PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 814/2023
DECAD-2023-814-APN-JGM - Modificación presupuestaria.
Ciudad de Buenos Aires, 09/10/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-114151125-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.701
de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2023 y la Decisión Administrativa N° 4 del 9 de enero de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que corresponde adecuar el presupuesto vigente de diversas
Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional, con el objeto
de afrontar gastos impostergables para su normal funcionamiento.
Que la presente adecuación presupuestaria contempla, entre otras
cuestiones, el refuerzo de los créditos de gastos en personal, con el
fin de atender necesidades vigentes en materia salarial, de gastos de
funcionamiento, equipamiento, así como de los créditos para el pago de
subsidios, compensaciones y transferencias varias.
Que corresponde ampliar el presupuesto del MINISTERIO DE TURISMO Y
DEPORTES en lo concerniente a créditos y recursos humanos por la
transferencia de UNA (1) agente proveniente del MINISTERIO DE
EDUCACIÓN, según lo establecido en la Decisión Administrativa N° 230
del 23 de marzo de 2023.
Que corresponde incrementar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE
SEGURIDAD en atención a la transferencia de UN (1) agente proveniente
de la Planta Permanente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
conforme lo establecido en la Decisión Administrativa N° 530 del 30 de
junio de 2023.
Que corresponde ampliar el presupuesto de cargos del MINISTERIO DE
ECONOMÍA por la transferencia de UN (1) agente proveniente del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, según lo establecido en la Decisión
Administrativa N° 650 del 4 de agosto de 2023.
Que resulta necesario incrementar NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS (956)
cargos en la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado
actuante en el ámbito del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, según lo
establecido en la Decisión Administrativa N° 710 del 25 de agosto de
2023.
Que es menester incrementar el presupuesto de la CAJA DE RETIROS,
JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICÍA FEDERAL, organismo
descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN,
BIENESTAR, CONTROL Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE
SEGURIDAD para atender el pago de sentencias judiciales previsionales.
Que corresponde incrementar el presupuesto del INSTITUTO DE AYUDA
FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES, organismo
descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, con el
fin de atender gastos en personal para afrontar principalmente los
aumentos de haberes dispuestos por paritarias del Sector Público
Nacional.
Que corresponde incrementar el presupuesto de la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), organismo descentralizado
actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, con el fin de atender
el pago de una prestación monetaria no contributiva para trabajadores
informales en los meses de octubre y noviembre del corriente año.
Que es necesario modificar el presupuesto de la SUPERINTENDENCIA DE
SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del
MINISTERIO DE SALUD, en virtud de la transferencia de UN (1) cargo
proveniente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL,
dispuesta por la Decisión Administrativa N° 471 del 12 de junio de 2023.
Que resulta oportuno modificar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL con el fin de atender la transferencia de UNA (1)
agente proveniente de la planta permanente de la Dirección General de
Líneas Aéreas del Estado del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA
ARGENTINA, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE DEFENSA, dispuesta por la Decisión Administrativa N° 699
del 18 de agosto de 2023.
Que es menester reforzar los créditos presupuestarios incluidos en la
órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO-
destinados a CONTENIDOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO y EMPRESA
ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES S.A. (AR-SAT), ambas empresas del
Sector Público Nacional actuantes en el ámbito de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, a AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. (AYSA),
empresa del Sector Público Nacional actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, CASA DE MONEDA SOCIEDAD DEL ESTADO y POLO
TECNOLÓGICO CONSTITUYENTES S.A., ambas empresas del Sector Público
Nacional actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA y
ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS S.E. (ADIF) y
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, ambas empresas
del Sector Público Nacional actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE
TRANSPORTE.
Que resulta oportuno afectar, con destino al TESORO NACIONAL, los
remanentes de ejercicios anteriores generados por desafectación de
deuda exigible o devolución de pagos, y cuyos fondos respectivos se
encuentran en cuentas escriturales, que fueron confirmados por los
Servicios Administrativos Financieros respectivos, de acuerdo con el
relevamiento realizado por la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que, a tales efectos, mediante el artículo 88 de la Ley N° 11.672,
Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) se faculta al Jefe
de Gabinete de Ministros a afectar con destino al TESORO NACIONAL los
excedentes financieros de las cuentas bancarias incorporadas al Sistema
del Fondo Unificado de Cuentas Oficiales, establecido por el Decreto N°
8586 del 31 de marzo de 1947 y sus modificaciones, con excepción de las
cuentas correspondientes a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD
SOCIAL (ANSeS) y al Sistema Único de la Seguridad Social y de los
excedentes financieros originados en donaciones internas y externas
percibidos por las Jurisdicciones y Entidades de la Administración
Nacional, agregando que el PODER EJECUTIVO NACIONAL fijará las normas
de procedimiento relacionadas con la facultad conferida por el referido
artículo.
Que el artículo 15 de la Decisión Administrativa N° 4/23 dispone que se
deben ingresar a la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN de la SUBSECRETARÍA
DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA
los remanentes de recursos de Jurisdicciones y Entidades de la
Administración Nacional correspondientes a ejercicios anteriores, con
excepción de aquellas Jurisdicciones o Entidades que cuenten con una
norma con jerarquía de ley que disponga otro destino.
Que mediante el artículo 11 de la Ley Nº 27.701 de Presupuesto General
de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023 se faculta al Jefe
de Gabinete de Ministros a incorporar la contratación de obras o
adquisición de bienes y servicios en la medida en que ellas se
financien con cargo a las facultades previstas en los artículos 8º y 9º
de la citada ley.
Que, en ese marco, es menester autorizar la contratación plurianual de
una obra de inversión con incidencia en ejercicios futuros, modificando
las planillas anexas al artículo 11 de la Ley Nº 27.701 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus
modificatorias, por el artículo 88 de la Ley N° 11.672, Complementaria
Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) y por los artículos 6°, 8°, 9°,
11 y 33 de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2023.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2023, de acuerdo con el detalle obrante en
las PLANILLAS ANEXAS (IF-2023-115919275-APN-SSP#MEC) al presente
artículo, que forman parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Modificase el Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2023 en lo que corresponde a los cargos, de
acuerdo con el detalle obrante en las PLANILLAS ANEXAS
(IF-2023-115919004-APN-SSP#MEC) al presente artículo, que forman parte
integrante de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 3°.- Incorpórase en las PLANILLAS ANEXAS al artículo 11 de la
Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2023 la contratación de UNA (1) obra con incidencia en
ejercicios futuros, de acuerdo con el detalle obrante en las PLANILLAS
ANEXAS (IF-2023-115916711-APN-SSP#MEC) al presente artículo, que forman
parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 4°.- Amplíase en PESOS CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS
TREINTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS SIETE MIL ($43.435.607.000) el
monto establecido en el artículo 33 de la Ley N° 27.701 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, destinado
al pago de deudas previsionales de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y
PENSIONES DE LA POLICÍA FEDERAL, organismo descentralizado actuante en
el ámbito de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN, BIENESTAR, CONTROL Y
TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE SEGURIDAD, reconocidas en
sede judicial por la parte que corresponda abonar en efectivo por todo
concepto, como consecuencia de retroactivos originados en ajustes
practicados en las prestaciones correspondientes a retiradas y
retirados y pensionadas y pensionados.
ARTÍCULO 5°.- Las Jurisdicciones y Entidades, que correspondan,
comprendidas en el artículo 1° de la presente medida ingresarán a la
TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA los
importes correspondientes a los remanentes de ejercicios anteriores
hasta el 30 de octubre de 2023, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 15 de la Decisión Administrativa N° 4 del 9 de enero de 2023.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Agustín Oscar Rossi - Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/10/2023 N° 81952/23 v. 10/10/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)