ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 5428/2023
RESOG-2023-5428-E-AFIP-AFIP -
Impuestos sobre los Combustibles y al Dióxido de Carbono. Ley N°
23.966, Título III. RG N° 3.388. Marcadores químicos y reagentes
homologados. Proveedores autorizados. RG Nº 4.234. Su complementaria.
Ciudad de Buenos Aires, 06/10/2023
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2023-02325787- -AFIP-DEGEAP#SDGFIS, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo establecido por el artículo 17 de la Resolución
General Nº 3.388 y su modificatoria, le corresponde a este Organismo
homologar, mediante el dictado de una resolución general, los
marcadores químicos y reagentes -que deben utilizar los sujetos pasivos
del impuesto y los titulares de estaciones de servicio, bocas de
expendio, distribuidores, fraccionadores y revendedores de combustibles
líquidos- que resulten aprobados para su comercialización, e informar
la respectiva empresa proveedora autorizada.
Que en tal sentido, a través de la Resolución General Nº 4.234, se
homologaron los marcadores químicos y reagentes de la empresa CORAS S A
ARGENTINA (CUIT N° 33-58117891-9), autorizando a la misma para su
comercialización por el lapso de TREINTA Y SEIS (36) meses.
Que por las Resoluciones Generales Nros. 5.098 y 5.380, esta
Administración Federal extendió hasta el 30 de septiembre de 2023,
inclusive, con una ampliación automática de DOS (2) meses, la referida
homologación y autorización para comercializar los productos.
Que con la conformidad otorgada por la Subsecretaría de Hidrocarburos
de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, en cuanto a
darle continuidad al sistema “marcador/reagente” oportunamente
homologado y autorizado a su comercialización, se procede a renovar
hasta el 30 de septiembre de 2024, inclusive, la homologación y
autorización establecidas por la Resolución General N° 4.234 y sus
complementarias, a efectos de que el organismo técnico competente y la
empresa solicitante puedan cumplimentar lo previsto en el Apartado C)
del Anexo IV de la mencionada Resolución General N° 3.388, su
modificatoria y sus complementarias.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y
Fiscalización.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el artículo 14 del Título III de la Ley N° 23.966 de Impuestos sobre
los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono, texto ordenado en
1998 y sus modificaciones, el artículo 23 del Anexo del Decreto N° 501
del 31 de mayo de 2018, y el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de
julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Renovar hasta el 30 de septiembre de 2024, inclusive, la
homologación de sistema “marcador/reagente” y la autorización otorgada
a la empresa CORAS S A ARGENTINA (CUIT N° 33-58117891-9), para
comercializar dichos productos, establecidas por la Resolución General
Nº 4.234 y sus complementarias, siempre que se cumplan durante dicho
plazo los requisitos y condiciones previstos en la Resolución General
N° 3.388, su modificatoria y sus complementarias.
Cumplido el plazo previsto en el párrafo anterior, sin haberse
dispuesto una nueva homologación de sistema “marcador/reagente” y/o
autorización para comercializar los productos, el mismo se extenderá
automáticamente hasta la entrada en vigencia de una resolución general
que otorgue otra homologación y/o autorización o TRES (3) meses, lo que
ocurra primero.
ARTÍCULO 2°.- Esta resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.
Carlos Daniel Castagneto
e. 10/10/2023 N° 81562/23 v. 10/10/2023