PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

Disposición 1185/2023

DISFC-2023-1185-APN-PNA#MSG

Ciudad de Buenos Aires, 09/10/2023

Visto lo propuesto por la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, mediante EX-2022-108271048- -APN-DPSN#PNA, lo analizado por la Dirección de Planeamiento, y

CONSIDERANDO:

Que, la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, es el organismo responsable que entiende en la gestión de los aspectos técnicos normativos relativos a la seguridad y protección de la navegación, de los bienes y de la vida humana con ella relacionada, la titulación, habilitación y registración del personal de la Marina Mercante Nacional y navegante en general, armadores y en lo concerniente a las condiciones de seguridad para autorización de amarre en puerto.

Que, la Ordenanza N° 3-18 (DPSN) TOMO 1 “RÉGIMEN TÉCNICO DEL BUQUE” titulada “NORMAS SOBRE DISPOSITIVOS Y MEDIOS DE SALVAMENTO EN BUQUES DE LA MATRÍCULA MERCANTE NACIONAL”, establece normas para determinados tipos de artefactos navales atendiendo a sus características, servicios y zonas de navegación que estén afectados.

Que, la Resolución MSC.402 (96), adopta las prescripciones sobre el mantenimiento, examen minucioso, prueba de funcionamiento, revisión y reparación de los botes salvavidas y los botes de rescate, dispositivos de puesta a flote y aparejos de suelta.

Que, atento a las permanentes actualizaciones de las normativas internacionales, la mencionada Dirección impulsa el Volante Rectificativo a la norma de referencia, con el objeto de adecuar la reglamentación nacional.

Que la Dirección de Planeamiento no tiene objeciones que formular, toda vez que el contenido de la ordenanza propiciada se adecua a los criterios de coherencia y cohesión requeridos dentro del sistema reglamentario y el de publicaciones, vigentes en la organización.

Que ha tomado intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos, la cual se expidió mediante Dictamen Jurídico obrante en el IF-2022-135974201-APN-PNAR#PNA.

Que esta instancia está facultada para dictar el correspondiente acto administrativo, de acuerdo con los preceptos del Artículo 5º, inciso a), apartado 2 de la Ley Nº 18.398 “Ley General de la Prefectura Naval Argentina” y sus modificatorias.

Por ello,

EL PREFECTO NACIONAL NAVAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1º. APRUÉBASE el Volante Rectificativo N° 1-2023 a la Ordenanza N° 3-18 (DPSN) TOMO 1 “RÉGIMEN TÉCNICO DEL BUQUE” titulada “NORMAS SOBRE DISPOSITIVOS Y MEDIOS DE SALVAMENTO EN BUQUES DE LA MATRÍCULA MERCANTE NACIONAL”, que se adjunta como Anexo DI-2023-115771448-APN-DPLA#PNA y que forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2º. La citada norma actualizada entrará en vigencia a partir de la fecha de la publicación del presente acto administrativo en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 3º. Por la Dirección de Planeamiento, procédase a la publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, la impresión de UN (1) ejemplar patrón y su actualización en los sitios oficiales de internet e intranet de la Prefectura Naval Argentina.

ARTÍCULO 4°. Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Mario Ruben Farinon - Carlos Alfredo Villarreal - Jorge Raúl Bono

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n. El/los mismos podrán ser consultado/s en: https://www.argentina.gob.ar/prefecturanaval

e. 10/10/2023 N° 81772/23 v. 10/10/2023