AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

Resolución 196/2023

RESOL-2023-196-APN-AAIP

Ciudad de Buenos Aires, 13/10/2023

VISTO el expediente N° EX-2023-96291834- -APN-AAIP, la Ley N° 27.275, las Resoluciones de la AAIP N°119 del 18 de julio de 2019 y N° 94 del 23 de mayo de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.275 de Derecho de Acceso a la Información Pública tiene como objeto garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública.

Que, según lo establece el artículo 19 de la citada Ley, la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (AAIP), ente autárquico con autonomía funcional en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, debe velar por el cumplimiento de los principios y procedimientos establecidos en la Ley N° 27.275, garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública y promover medidas de transparencia activa.

Que las políticas de transparencia buscan generar organizaciones capaces de hacer visible la gestión de los recursos públicos, las acciones que realizan y los resultados logrados, acercando de forma comprensible y accesible los actos de gobierno a la ciudadanía.

Que, desde su creación, la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA se abocó al desarrollo de políticas de acceso a la información y transparencia focalizadas en los ministerios y organismos descentralizados de la Administración Pública nacional.

Que entre los sujetos obligados a brindar información se encuentran, según lo establece el artículo 7°, inciso g), de la Ley N° 27.275, las empresas y sociedades del Estado, que abarcan a las empresas del Estado, las sociedades del Estado, las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, las sociedades de economía mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias.

Que, por su parte, en el inciso h) del artículo mencionado en el párrafo previo se incluyen como sujetos obligados a las empresas y sociedades en las cuales el Estado nacional tenga una participación minoritaria, pero sólo en lo referido a la participación estatal.

Que mediante la Resolución de la AAIP N° 119/19 se aprobaron los criterios orientadores e indicadores de mejores prácticas en la aplicación de la Ley N° 27.275, de observancia obligatoria para los sujetos enumerados en el artículo 7°, incisos a), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p) y q), de dicha Ley.

Que en el marco de la planificación estratégica 2022-2026, formalizada por la Resolución de la AAIP N° 94/23, y de las políticas de fortalecimiento institucional desarrolladas por la AAIP, se procura avanzar en acciones conjuntas con todos los sujetos obligados por la Ley N° 27.275, diseñando planes de acción sectoriales que permitan garantizar el derecho de acceso a la información como derecho humano, y que amplíen la conceptualización y la promoción de la transparencia hacia el interior de las organizaciones del Sector Público Nacional.

Que, sin perjuicio de los avances observados en las políticas de acceso a la información pública y transparencia que desarrollan las empresas alcanzadas por la Ley N° 27.275, se han identificado asimetrías en su implementación que hacen propicio el trabajo conjunto para el fortalecimiento de tales capacidades.

Que, en ese sentido, resulta oportuno generar estrategias específicas para este tipo de sujetos obligados, teniendo en consideración su diversidad y composición, y procurando una aplicación más efectiva de las disposiciones de la Ley N° 27.275 según su actividad social.

Que, para cumplir con dicho propósito, se propicia la creación e implementación de un programa de fortalecimiento institucional enfocado en promover y fortalecer el trabajo conjunto entre la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (AAIP) y los sujetos obligados enumerados en el artículo 7°, incisos g) y h), de la Ley N° 27.275, a fin de garantizar la transparencia, la participación social y el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información por parte de la ciudadanía.

Que las Direcciones Nacionales de Políticas de Acceso a la Información Pública y de Evaluación de Políticas de Transparencia impulsaron la presente medida a través de sus respectivas intervenciones en las actuaciones de referencia.

Que el Servicio Jurídico permanente de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA tomó intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 24, incisos e), g), k) y n), de la Ley N° 27.275.

Por ello,

LA DIRECTORA DE LA AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Crear el Programa de fortalecimiento de las políticas de transparencia y acceso a la información pública para empresas alcanzadas por el artículo 7, incisos g) y h), de la Ley N° 27.275, cuya formulación, como Anexo IF-2023-121893374-APN#DNPAIP, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Instruir a las Direcciones Nacionales de Políticas de Acceso a la Información Pública y de Evaluación de Políticas de Transparencia para realizar, de manera conjunta, las acciones necesarias para la ejecución del programa creado por el artículo 1° y establecer los mecanismos adecuados para su monitoreo y evaluación.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Beatriz de Anchorena

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 18/10/2023 N° 83421/23 v. 18/10/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)


Anexo - Programa de fortalecimiento de las políticas de transparencia y acceso a la información pública para empresas públicas

Objetivo general

Brindar asistencia técnica y capacitación a empresas públicas para la implementación situada de la Ley N° 27.275.

Destinatarios

Empresas alcanzadas por los incisos g) y h) del artículo 7° de la Ley N° 27.275

Objetivos específicos

• Identificar y dimensionar las capacidades existentes en las empresas de propiedad o con participación estatal para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley N° 27.275.

• Desarrollar instrumentos específicos para la incorporación de los derechos y garantías establecidos en la Ley N° 27.275, considerando las particularidades de las empresas públicas como sujetos obligados.

• Fortalecer las capacidades de las empresas públicas en materia de transparencia y acceso a la información a partir de instancias de capacitación, asistencia técnica y aprendizaje entre pares; a fin de contribuir al desarrollo de políticas de transparencia y acceso a la información acorde con las obligaciones establecidas por la Ley N° 27.275.

• Generar conocimiento, a partir de la sistematización de experiencias, que permita identificar buenas prácticas y aprendizajes para las políticas de transparencia y acceso a la información de las empresas con participación estatal.

Resultados esperados

Las empresas públicas cuentan con:

• Responsable de acceso a la información pública y transparencia, y de áreas específicas, con procesos y procedimientos establecidos para garantizar el acceso a la información pública y la transparencia.

• Mayores capacidades en materia de sus políticas de transparencia, evidenciadas a través de un mejor desempeño en el Índice de Transparencia Activa;

• Capacidades fortalecidas en materia de acceso a la información, específicamente en los procesos de tramitación de solicitudes de acceso a información pública, robusteciendo la calidad y mejorando el tiempo de respuesta de las solicitudes dentro de los plazos establecidos por ley y disminuyendo la cantidad de reclamos que recibe la AAIP por silencio dirigidos a dichas empresas.

Componentes y actividades

Componente 1: Análisis de capacidades

Actividades:

• Elaborar un diagnóstico que provea información primaria para identificar capacidades existentes, así como déficits de implementación de la Ley N° 27.275.

• Seleccionar y firmar convenios de colaboración con las empresas interesadas.

• Sensibilizar a las autoridades y personal de las empresas sobre el derecho de acceso a la información.

• Sistematizar la información relevada y elaborar informes, por empresa, con recomendaciones para el fortalecimiento de las políticas de acceso a la información y transparencia.

Componente 2: Fortalecimiento de capacidades

Actividades:

• Elaborar un programa de capacitación a partir de un documento síntesis sobre la etapa de análisis de capacidades.

• Como resultado del programa de capacitación, al finalizar, cada empresa contará con un plan de acción para el fortalecimiento de sus políticas de acceso a la información y transparencia.

• Realizar un seguimiento mensual del avance de los planes de acción y evaluar su cumplimiento, valorando e informado el desempeño de las empresas.

Componente 3: Aprendizajes y buenas prácticas

Actividades:

• Realizar un análisis de la implementación de los planes de acción a partir de la sistematización de la experiencia y su impacto en la calidad de los procesos de respuesta a las solicitudes de información y al desempeño en el Índice de Transparencia.

• Elaborar informes sobre los aprendizajes y las buenas prácticas en el fortalecimiento de las capacidades de las empresas públicas.

• Realizar una guías de buenas prácticas y procedimientos sobre Acceso a la Información Pública y Transparencia dirigido a empresas.

• Presentar los resultados del Programa en el Portal Nacional de Transparencia y en instancias participativas con empresas públicas y Organizaciones de la Sociedad Civil.