SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA

Decreto 550/2023

DCTO-2023-550-APN-PTE - Dase por designado Director Nacional de Planificación y Seguimiento.

Ciudad de Buenos Aires, 23/10/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-95593021-APN-SIP#JGM, la Ley N° 27.701, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 7 del 10 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 195 del 28 de febrero de 2020 y su modificatorio, 88 del 23 de febrero de 2023 y las Decisiones Administrativas Nros. 536 del 18 de abril de 2020 y 1865 del 14 de octubre de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.

Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios, vacantes y financiados presupuestariamente, en las jurisdicciones y unidades organizativas dependientes de la Presidencia de la Nación, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Presidente de la Nación.

Que por el Decreto N° 7/19 se sustituyó el artículo 9° del Título III de la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias) y se creó, entre otras, la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes a la referida Secretaría.

Que por el Decreto N° 195/20 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la citada Secretaría.

Que por la Decisión Administrativa N° 1865/20 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por el Decreto N° 88/23 se transfirió la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN, entonces dependiente de la SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a la órbita de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director o Directora Nacional de Planificación y Seguimiento de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por la Decisión Administrativa N° 536/20 se exceptuó al señor Juan Santiago MAGARIO BERGEROT, de nacionalidad mexicana, del requisito de nacionalidad para el ingreso a la Administración Pública Nacional, previsto en el artículo 4°, inciso a) del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público N° 25.164.

Que la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico permanente de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 13 de julio de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al señor Juan Santiago MAGARIO BERGEROT (D.N.I. N° 92.616.297) en el cargo de Director Nacional de Planificación y Seguimiento de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con carácter de excepción respecto a las disposiciones del artículo 14 de dicho Convenio.

ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° del presente decreto deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 13 de julio de 2023.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 20 – 17 - SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Agustín Oscar Rossi

e. 24/10/2023 N° 85697/23 v. 24/10/2023