ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 819/2023
RESFC-2023-819-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 20/10/2023
VISTO el Expediente EX-2022-34215250-APN-DGA#APNAC del registro de la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, la Ley Nº 25.164, Marco de
Regulación de Empleo Público Nacional y su Decreto Reglamentario Nº
1.421/2002 y modificatorios; los Decretos Nros. 214/2006, homologatorio
del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración
Pública Nacional; 2.098/2008, homologatorio del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial para el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO; 415/2021, homologatorio del Acta Acuerdo de fecha 26 de mayo
de 2021 y su Anexo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO;
103/2022 homologatorio del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO, de fecha 26 de noviembre de 2021, el Régimen de Valoración por
Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.), aprobado por la
Resolución N° 53/2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público y la
Resolución RESFC-2022-204-APN-D#APNAC del Directorio, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional Nº 25.164
dispone que la carrera administrativa del personal debe contemplar la
aplicación de criterios que incorporen los principios de transparencia,
publicidad y mérito en los procedimientos de selección para determinar
la idoneidad de la función a cubrir; mecanismos que garanticen la
promoción en la carrera basada en la evaluación de la eficiencia,
eficacia, rendimiento laboral y exigencias de capacitación acordes con
las necesidades de las tareas o funciones a desarrollar, así como la
previsión de sistemas basados en el mérito y la capacidad de los
agentes, que motiven la promoción de los mismos en la carrera.
Que el Decreto N° 214/2006 homologatorio del Convenio Colectivo de
Trabajo General dispone que la promoción vertical de nivel
escalafonario se efectuará conforme a los mecanismos de selección y/o
merituación y requisitos aplicables al cargo o función al que aspire.
Que mediante el Decreto N° 415/2021, homologatorio del Acta Acuerdo de
la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
para el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.), de
fecha 26 de mayo de 2021, se dispuso la incorporación de un “RÉGIMEN DE
VALORACIÓN PARA LA PROMOCIÓN POR EVALUACIÓN Y MÉRITO” de los
trabajadores de Planta Permanente por medio del cual, aquellos que
cumplan con los requisitos de hasta DOS (2) niveles superiores podrán
solicitar ser valorados a los efectos de promocionar de nivel.
Que, a través del Decreto N° 103/2022, homologatorio del Acta Acuerdo
de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (COPIC), de fecha
26 de noviembre de 2021, se dispuso entre otras cuestiones, la
sustitución de la Cláusula TERCERA del Acta Acuerdo, homologada por el
Decreto N° 415/2021, referida al Régimen de Valoración para la
Promoción por Evaluación y Mérito.
Que por la Resolución N° 53/2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo
Público y con el acuerdo previo de la COPIC, que se expidió
favorablemente mediante Acta COPIC N° 172, se aprobó el Régimen de
Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito.
Que el mencionado constituye un Régimen de promoción vertical del nivel
escalafonario del personal permanente incorporado al régimen de
estabilidad, permitiendo a los trabajadores que cumplan con los
requisitos de acceso a niveles superiores promocionar a los niveles A,
B, C, D y E, hasta un máximo de DOS (2) niveles, de carácter voluntario.
Que la Dirección General de Recursos Humanos, mediante la Nota
NO-2022-51270575-APN-DGRH#APNAC, ha comunicado a la Dirección de
Presupuesto y Evaluación de Gastos en Personal de la OFICINA NACIONAL
DE PRESUPUESTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, la información de la
totalidad del personal, que se encuentre en condiciones de ascender de
nivel escalafonario indicando cantidad de cargos por nivel.
Que la Resolución RESFC-2022-204-APN-D#APNAC del Directorio dispuso el
inicio del Proceso de Valoración por Evaluación y Mérito, designando a
los miembros del Comité de Valoración y a la Secretaria Técnica
Administrativa.
Que, a partir de la entrada en vigencia del Proceso mencionado, se ha
recibido la postulación de la mayoría del personal de la Planta
Permanente, sujeto al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial aprobado
por el Decreto Nº 2.098/2008 (Si.N.E.P.), mediante el formulario
respectivo y adjuntando la documentación respaldatoria tendiente a
acreditar el cumplimiento de los diversos extremos que la citada
normativa prevé en su Artículo 14 para los Niveles Escalafonarios a los
que cada uno aspira como también de los requisitos contemplados en su
Artículo 15, en los casos en que es requerido.
Que del mismo modo se incorporó en cada actuación las respectivas
certificaciones de servicios y/o de funciones respectivas, como así
también el Formulario del Sistema de Gestión Documental Electrónica de
certificación de Recursos Humanos de la situación de revista del
personal, la definición del puesto a ocupar conforme al Nomenclador
Clasificador de Puestos y Funciones.
Que, con fecha 19 de octubre 2023, se reunió el Comité de Valoración
procediendo al análisis, constatación y evaluación de los antecedentes
curriculares, laborales y de formación que se vincularán
específicamente con el cumplimiento de los requisitos mínimos de acceso
de nivel escalafonario, como así también de las funciones a ejercer el
nuevo nivel, contemplando lo normado por los Artículos 14 y 15 del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO.
Que, concluida la instancia de valoración, el Comité emitió el Acta de
Cierre resultante de la misma, especificando los postulantes que
cumplen con los requisitos normativos, procediendo a aprobar las
postulaciones individualizadas en el documento
IF-2023-124326175-APN-DCYD#APNAC
Que los obrados se encuentran en condiciones propicias para el dictado
del acto administrativo que apruebe la actuación del Comité y en caso
de corresponder, disponga la designación de los trabajadores en los
nuevos puestos del nivel superior al que se postularan.
Que a los fines de proceder a la presente medida de Promoción por
Evaluación y Mérito resulta necesario aprobar la conversión de los
cargos de los trabajadores mencionados en el Acta del Comité
previamente citada, de acuerdo con los términos consignados en el
documento IF-2023-124334728-APN-DGRH#APNAC.
Que, efectuado el análisis pertinente tendiente a determinar el grado a
asignar en el nuevo nivel al que ascienden en los términos del nuevo
Artículo 31 del Si.N.E.P., se ha elaborado la propuesta de asignación
de grado a cada uno de ellos, la que luce obrante en el documento
IF-2023-124338906-APN-DGRH#APNAC.
Que del mismo modo se ha procedido a determinar el tramo en que cada trabajador continuará su carrera en el nuevo nivel.
Que el Artículo 22° de la Resolución N° 53/2022 de la Secretaría de
Gestión y Empleo Público establece que al trabajador de Planta
Permanente con estabilidad adquirida que se encuentre ejerciendo una
Función Ejecutiva en el marco del Si.N.E.P., se le deberá instrumentar
mediante el acto administrativo correspondiente la reasignación del
ejercicio de dicha Función Ejecutiva a la nueva situación escalafonaria
que hubiera obtenido el agente producto de su postulación y posesión
del cargo en el presente régimen.
Que la agente de la Planta Permanente Patricia del Carmen MANCILLA se
encuentra designada transitoriamente en el cargo de Intendenta del
Parque Nacional Lanin, dependiente de la Dirección Nacional de
Operaciones -Nivel B con Función Ejecutiva III- de acuerdo con los
términos de la Resolución RESFC-2022-427-APN-D#APNAC del Directorio.
Que, consecuentemente, corresponde ratificar la asignación de pago por
suplemento por función ejecutiva que le fuera otorgada a la precitada
agente.
Que las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Recursos
Humanos, las Direcciones de Capacitación y Desarrollo de Carrera y el
Comité de Valoración y Mérito conformado mediante Resolución N°
204/2022 del Directorio han tomado las intervenciones de sus
respectivas competencias.
Que la presente se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el
Artículo 23, inciso u), de la Ley Nº 22.351 y el Artículo 20 del Anexo
de la Resolución Nº 53/2022 Secretaría de Gestión y Empleo Público.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase lo actuado por el Comité de Valoración
constituido por la Resolución N° 204/2022 del Directorio, plasmado
mediante el Acta suscripta en fecha 2 de octubre de 2023 identificada
como Informe IF-2023-124326175-APN-DCYD#APNAC, que forma parte
integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Conviértense los cargos detallados en el Anexo
IF-2023-124334728-APN-DGRH#APNAC, que forma parte integrante de la
presente.
ARTÍCULO 3°.- Desígnanse para la cobertura de los cargos simples del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.), por aplicación del
Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción para el
Personal del Si.N.E.P., a los postulantes incluidos en el Anexo
IF-2023-124338906-APN-DGRH#APNAC, que forma parte integrante de la
presente medida, según los Puestos, Niveles, Grados, Tramos y
Agrupamientos Escalafonarios allí consignados; quienes deberán tomar
posesión del nuevo cargo dentro de los TREINTA (30) días hábiles de su
notificación.
ARTÍCULO 4°.- Ratifíquese la asignación de pago por suplemento por
función ejecutiva que le fuera otorgada a la Agente Patricia del Carmen
MANCILLA se encuentra designada transitoriamente en el cargo de
Intendenta del Parque Nacional Lanin, dependiente de la Dirección
Nacional de Operaciones -Nivel B con Función Ejecutiva III- de acuerdo
con los términos de la Resolución RESFC-2022-427-APN-D#APNAC del
Directorio.
ARTÍCULO 5º.- Determínase que por el Departamento de Mesa General de
Entradas, Salidas y Notificaciones se procederá a notificar en legal
forma a los interesados. Cumplido, y con las debidas constancias,
gírense los actuados a la Dirección General de Recursos Humanos para la
continuidad del trámite.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carlos Corvalan - Virginia Laura Gassibe - Francisco Luis Gonzalez
Taboas - Claudio David Gonzalez - Natalia Gabriela Jauri - Federico
Granato
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 24/10/2023 N° 85335/23 v. 24/10/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)
(Nota Infoleg: por art. 4° de la Resolución N° 960/2023
de la Administración de Parques Nacionales B.O. 04/12/2023 se
refectifica el Anexo II de la presente Resolución identificado como
IF-2023-124338906-APN-DGRH#APNAC, respecto de los
agentes citados en los considerandos y cuya situación de revista es:
José Luis CORONEL (DNI N° 16207281) en el Nivel B, Grado 11, Tramo
Avanzado del Agrupamiento General; y Elizabeth Cira FRANCO (DNI N°
32946928) en el Nivel B, Grado 6, Tramo General del Agrupamiento
General)