ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO

Disposición 51/2023

DI-2023-51-APN-DPE#APNAC

Ciudad de Buenos Aires, 22/09/2023

VISTO el Expediente EX-2023-60136092-APN-DGA#APNAC del registro de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, las Resoluciones RESFC-2022-783-APN-D#APNAC, RESFC-2022-930-APN-D#APNAC RESFC-2023-638-APN-D#APNAC y RESFC-2023-722-APN-D#APNAC del Directorio, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Expediente citado en el Visto tramita el Proyecto “Gestión de Residuos y Recuperación de Materiales” del MUNICIPIO DE SIERRA GRANDE presentado ante el Parque Nacional Islote Lobos, según consta en el documento IF-2023-96923799-APN-DPE#APNAC.

Que, por la Resolución RESFC-2022-783-APN-D#APNAC del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES se aprobó el PROGRAMA DE TRANSFERENCIAS A MUNICIPIOS VINCULADOS A LAS ÁREAS PROTEGIDAS NACIONALES Y SUS ZONAS DE AMORTIGUACIÓN.

Que, dicho programa está dirigido a municipios, localidades u otras unidades de gobierno local (UGLs) que estén incluidos en las zonas de amortiguación o áreas de influencia socio económica directa de las Áreas Protegidas Naturales (APNs), a partir de la asistencia en virtud de su dimensión ambiental, social y económica y de esta manera, fortalecer y mejorar las relaciones funcionales existentes entre la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES y las UGLs circundantes a las APNs que impactan en el cumplimiento de los objetivos de conservación y manejo definidos por la APN para éstas.

Que el MUNICIPIO DE SIERRA GRANDE se encuentra ubicado en el área de influencia socio económica directa del Parque Nacional Islote Lobos (PNIL), por lo que contribuir a las políticas de conservación y del turismo sostenible de esta UGL, guarda total sintonía con el Objetivo General del PROGRAMA DE TRANSFERENCIAS A MUNICIPIOS VINCULADOS A LAS ÁREAS PROTEGIDAS NACIONALES Y SUS ZONAS DE AMORTIGUACIÓN.

Que las autoridades del Parque Nacional Islote Lobos, a través del documento IF-2023-96923799-APN- DPE#APNAC, el que como Anexo forma parte integrante de la presente, afirman que el proyecto de interés permitirá mostrar un modelo de desarrollo compatible con la conservación de la biodiversidad y los recursos culturales en total sinergia con los objetivos y actividades PNIL.

Que, la presentación efectuada cumple con los requerimientos formales y los objetivos establecidos por la Resolución RESFC-2022-783-APN-D#APNAC del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, específicamente los Objetivos A-”Asistir técnica y económicamente a las UGL vinculadas e involucradas con las APNs”, E) “Crear empleo local sostenible, propiciar la equidad de género y favorecer el arraigo y el desarrollo humano en el territorio vinculado a las APNs”; H) “Impulsar la incorporación de pautas de gestión sostenible y esquemas circulares en la gestión integral municipal de residuos que impacten de modo favorable en la gestión de las APNs”.

Que, en línea con el PROGRAMA DE TRANSFERENCIAS A MUNICIPIOS VINCULADOS A LAS ÁREAS PROTEGIDAS NACIONALES Y SUS ZONAS DE AMORTIGUACIÓN, el proyecto se propone disminuir los riesgos a la salud, la contaminación, reducir la basura, y reutilizar los materiales.

Que, el problema señalado en el Proyecto es que en la actualidad en la localidad de Sierra Grande y el balneario Playas Doradas los residuos urbanos que no cuentan con separación en origen, siendo indiscriminadamente arrojados a vertederos no autorizados para tal fin, el que con el tiempo se han transformado en los denominados “basurales clandestinos”. Asimismo, señalan que por la acción del viento y las lluvias esta basura arrojada en los basurales - en su mayoría plásticos se dispersan por el aire y suelo- obstruyan desagües pluviales y vertientes naturales de agua, contaminación que no solo afecta el ambiente sino también pone en riesgo la salud de las personas.

Que, según la Cláusula TERCERA del Convenio a suscribirse, la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES asistirá técnica y administrativamente al municipio en la realización del proyecto.

Que, conforme lo requerido en el Anexo IF-2023-96923799-APN-DPE#APNAC, para la realización del Proyecto es necesaria la adquisición de contenedores puntos limpios, Equipo de Cinta de Transporte para clasificación de residuos/ Cinta de picoteo, Enfardadora automática, DOCE (12) carros móviles y Chipiadora de rama a explosión, todo ello valuado en PESOS QUINCE MILLONES CIENTO SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($ 15.165.850.-) de acuerdo con los presupuestos incorporados en el Proyecto.

Que, la Intendencia del Parque Nacional Islote Lobos ha presentado conformidad al Proyecto mediante IF-2023- 96923799-APN-DPE#APNAC.

Que el Proyecto cuenta con evaluación técnica favorable según consta en la Grilla de Evaluación Técnica IF- 2023-96327974-APN-DPE#APNAC y en el Informe Técnico de IF-2023-97611385-APN-DPE#APNAC, ambos documentos de la Dirección de Planeamiento Estratégico.

Que, por lo anterior, corresponde aprobar el proyecto y, consecuentemente, suscribir un Convenio Específico entre la MUNICIPALIDAD DE SIERRA GRANDE y la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES para la ejecución del proyecto antes mencionado, el que como documento IF-2023-96923799-APN- DPE#APNAC forma parte integrante de la presente.

Que la Dirección de Presupuesto y Control de Gestión, dependiente de la Dirección General de Administración, ha tomado intervención mediante documento IF-2023-100251466-APN-DPYCG#APNAC.

Que la MUNICIPALIDAD DE SIERRA GRANDE se encuentra inscripta y con número de Beneficiario, con cuenta habilitada para la recepción de pagos por el sistema de Cuenta Única del Tesoro (CUT).

Que, a fin de dar a publicidad y registrar esta Disposición de carácter público, será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.

Que la Resolución RESFC-2022-930-APN-D#APNAC del Directorio delega en la Dirección de Planeamiento Estratégico las facultades para que, en nombre y representación de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, proceda a la aprobación de los proyectos presentados por las Unidades de Gobierno Local (UGLs), el texto de los convenios y el pago de los desembolsos respectivos, así como la firma de convenios específicos en el marco del PROGRAMA DE TRANSFERENCIAS A MUNICIPIOS VINCULADOS A LAS ÁREAS PROTEGIDAS NACIONALES Y SUS ZONAS DE AMORTIGUACIÓN.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, las Direcciones de Planeamiento Estratégico y de Presupuesto y Control de Gestión, y la Intendencia del Parque Nacional Islote Lobos han tomado las intervenciones de sus competencias.

Que, la presente medida se dicta conforme a las atribuciones conferidas por la Decisión Administrativa N° 1.422/2016, asignadas al suscripto por la Decisión Administrativa DECAD-2020-324-APN-JGM, las Resoluciones RESFC-2022-930-APN-D#APNAC, RESFC-2023-638-APN-D#APNAC y RESFC-2023-722-APN-D#APNAC del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

Por ello,

EL DIRECTOR DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Proyecto “Gestión de Residuos y Recuperación de Materiales” que, como documento IF-2023-96923799-APN-DPE#APNAC, forma parte integrante de la presente, por lo expuesto en los Considerandos del presente acto administrativo.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Convenio Específico a suscribirse entre la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES y la MUNICIPALIDAD DE SIERRA GRANDE, el que como documento IF-2023-97815872-APN-DPE#APNAC, forma parte integrante de la presente, por lo expuesto en los Considerandos del presente acto administrativo.

ARTÍCULO 3º.- Apruébase el pago de PESOS QUINCE MILLONES CIENTO SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($ 15.165.850.-) programado como único desembolso para el ejercicio 2023 al MUNICIPIO DE SIERRA GRANDE, provincia de Río Negro, en concepto de aporte para ser destinado a la ejecución del Proyecto “Gestión de Residuos y Recuperación de Materiales” en el marco del Convenio celebrado con esta Administración, conforme a lo expuesto en los Considerandos de la presente, todo ello de acuerdo a la disponibilidad financiera del organismo.

ARTÍCULO 4º.- Impútase la suma mencionada en el Artículo 3º a la Partida Presupuestaria 5.8.6, Transferencias a gobiernos municipales, para financiar gastos de capital.

ARTÍCULO 5º.- Determínase que por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones se notifique en legal forma al MUNICIPIO DE SIERRA GRANDE, al domicilio sito en Calle 10 s/n, Municipio de Sierra Grande, Provincia de Río Negro.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Pablo Martin Estomba

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 25/10/2023 N° 85635/23 v. 25/10/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII)