ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO
Disposición 51/2023
DI-2023-51-APN-DPE#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 22/09/2023
VISTO el Expediente EX-2023-60136092-APN-DGA#APNAC del registro de la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, las Resoluciones
RESFC-2022-783-APN-D#APNAC, RESFC-2022-930-APN-D#APNAC
RESFC-2023-638-APN-D#APNAC y RESFC-2023-722-APN-D#APNAC del Directorio,
y
CONSIDERANDO:
Que, por el Expediente citado en el Visto tramita el Proyecto “Gestión
de Residuos y Recuperación de Materiales” del MUNICIPIO DE SIERRA
GRANDE presentado ante el Parque Nacional Islote Lobos, según consta en
el documento IF-2023-96923799-APN-DPE#APNAC.
Que, por la Resolución RESFC-2022-783-APN-D#APNAC del Directorio de la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES se aprobó el PROGRAMA DE
TRANSFERENCIAS A MUNICIPIOS VINCULADOS A LAS ÁREAS PROTEGIDAS
NACIONALES Y SUS ZONAS DE AMORTIGUACIÓN.
Que, dicho programa está dirigido a municipios, localidades u otras
unidades de gobierno local (UGLs) que estén incluidos en las zonas de
amortiguación o áreas de influencia socio económica directa de las
Áreas Protegidas Naturales (APNs), a partir de la asistencia en virtud
de su dimensión ambiental, social y económica y de esta manera,
fortalecer y mejorar las relaciones funcionales existentes entre la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES y las UGLs circundantes a las APNs
que impactan en el cumplimiento de los objetivos de conservación y
manejo definidos por la APN para éstas.
Que el MUNICIPIO DE SIERRA GRANDE se encuentra ubicado en el área de
influencia socio económica directa del Parque Nacional Islote Lobos
(PNIL), por lo que contribuir a las políticas de conservación y del
turismo sostenible de esta UGL, guarda total sintonía con el Objetivo
General del PROGRAMA DE TRANSFERENCIAS A MUNICIPIOS VINCULADOS A LAS
ÁREAS PROTEGIDAS NACIONALES Y SUS ZONAS DE AMORTIGUACIÓN.
Que las autoridades del Parque Nacional Islote Lobos, a través del
documento IF-2023-96923799-APN- DPE#APNAC, el que como Anexo forma
parte integrante de la presente, afirman que el proyecto de interés
permitirá mostrar un modelo de desarrollo compatible con la
conservación de la biodiversidad y los recursos culturales en total
sinergia con los objetivos y actividades PNIL.
Que, la presentación efectuada cumple con los requerimientos formales y
los objetivos establecidos por la Resolución RESFC-2022-783-APN-D#APNAC
del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES,
específicamente los Objetivos A-”Asistir técnica y económicamente a las
UGL vinculadas e involucradas con las APNs”, E) “Crear empleo local
sostenible, propiciar la equidad de género y favorecer el arraigo y el
desarrollo humano en el territorio vinculado a las APNs”; H) “Impulsar
la incorporación de pautas de gestión sostenible y esquemas circulares
en la gestión integral municipal de residuos que impacten de modo
favorable en la gestión de las APNs”.
Que, en línea con el PROGRAMA DE TRANSFERENCIAS A MUNICIPIOS VINCULADOS
A LAS ÁREAS PROTEGIDAS NACIONALES Y SUS ZONAS DE AMORTIGUACIÓN, el
proyecto se propone disminuir los riesgos a la salud, la contaminación,
reducir la basura, y reutilizar los materiales.
Que, el problema señalado en el Proyecto es que en la actualidad en la
localidad de Sierra Grande y el balneario Playas Doradas los residuos
urbanos que no cuentan con separación en origen, siendo
indiscriminadamente arrojados a vertederos no autorizados para tal fin,
el que con el tiempo se han transformado en los denominados “basurales
clandestinos”. Asimismo, señalan que por la acción del viento y las
lluvias esta basura arrojada en los basurales - en su mayoría plásticos
se dispersan por el aire y suelo- obstruyan desagües pluviales y
vertientes naturales de agua, contaminación que no solo afecta el
ambiente sino también pone en riesgo la salud de las personas.
Que, según la Cláusula TERCERA del Convenio a suscribirse, la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES asistirá técnica y
administrativamente al municipio en la realización del proyecto.
Que, conforme lo requerido en el Anexo IF-2023-96923799-APN-DPE#APNAC,
para la realización del Proyecto es necesaria la adquisición de
contenedores puntos limpios, Equipo de Cinta de Transporte para
clasificación de residuos/ Cinta de picoteo, Enfardadora automática,
DOCE (12) carros móviles y Chipiadora de rama a explosión, todo ello
valuado en PESOS QUINCE MILLONES CIENTO SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS
CINCUENTA ($ 15.165.850.-) de acuerdo con los presupuestos incorporados
en el Proyecto.
Que, la Intendencia del Parque Nacional Islote Lobos ha presentado
conformidad al Proyecto mediante IF-2023- 96923799-APN-DPE#APNAC.
Que el Proyecto cuenta con evaluación técnica favorable según consta en
la Grilla de Evaluación Técnica IF- 2023-96327974-APN-DPE#APNAC y en el
Informe Técnico de IF-2023-97611385-APN-DPE#APNAC, ambos documentos de
la Dirección de Planeamiento Estratégico.
Que, por lo anterior, corresponde aprobar el proyecto y,
consecuentemente, suscribir un Convenio Específico entre la
MUNICIPALIDAD DE SIERRA GRANDE y la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES
NACIONALES para la ejecución del proyecto antes mencionado, el que como
documento IF-2023-96923799-APN- DPE#APNAC forma parte integrante de la
presente.
Que la Dirección de Presupuesto y Control de Gestión, dependiente de la
Dirección General de Administración, ha tomado intervención mediante
documento IF-2023-100251466-APN-DPYCG#APNAC.
Que la MUNICIPALIDAD DE SIERRA GRANDE se encuentra inscripta y con
número de Beneficiario, con cuenta habilitada para la recepción de
pagos por el sistema de Cuenta Única del Tesoro (CUT).
Que, a fin de dar a publicidad y registrar esta Disposición de carácter
público, será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
Que la Resolución RESFC-2022-930-APN-D#APNAC del Directorio delega en
la Dirección de Planeamiento Estratégico las facultades para que, en
nombre y representación de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES,
proceda a la aprobación de los proyectos presentados por las Unidades
de Gobierno Local (UGLs), el texto de los convenios y el pago de los
desembolsos respectivos, así como la firma de convenios específicos en
el marco del PROGRAMA DE TRANSFERENCIAS A MUNICIPIOS VINCULADOS A LAS
ÁREAS PROTEGIDAS NACIONALES Y SUS ZONAS DE AMORTIGUACIÓN.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, las Direcciones de
Planeamiento Estratégico y de Presupuesto y Control de Gestión, y la
Intendencia del Parque Nacional Islote Lobos han tomado las
intervenciones de sus competencias.
Que, la presente medida se dicta conforme a las atribuciones conferidas
por la Decisión Administrativa N° 1.422/2016, asignadas al suscripto
por la Decisión Administrativa DECAD-2020-324-APN-JGM, las Resoluciones
RESFC-2022-930-APN-D#APNAC, RESFC-2023-638-APN-D#APNAC y
RESFC-2023-722-APN-D#APNAC del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE
PARQUES NACIONALES.
Por ello,
EL DIRECTOR DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Proyecto “Gestión de Residuos y Recuperación
de Materiales” que, como documento IF-2023-96923799-APN-DPE#APNAC,
forma parte integrante de la presente, por lo expuesto en los
Considerandos del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Convenio Específico a suscribirse entre la
ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES y la MUNICIPALIDAD DE SIERRA
GRANDE, el que como documento IF-2023-97815872-APN-DPE#APNAC, forma
parte integrante de la presente, por lo expuesto en los Considerandos
del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 3º.- Apruébase el pago de PESOS QUINCE MILLONES CIENTO SESENTA
Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($ 15.165.850.-) programado como
único desembolso para el ejercicio 2023 al MUNICIPIO DE SIERRA GRANDE,
provincia de Río Negro, en concepto de aporte para ser destinado a la
ejecución del Proyecto “Gestión de Residuos y Recuperación de
Materiales” en el marco del Convenio celebrado con esta Administración,
conforme a lo expuesto en los Considerandos de la presente, todo ello
de acuerdo a la disponibilidad financiera del organismo.
ARTÍCULO 4º.- Impútase la suma mencionada en el Artículo 3º a la
Partida Presupuestaria 5.8.6, Transferencias a gobiernos municipales,
para financiar gastos de capital.
ARTÍCULO 5º.- Determínase que por el Departamento de Mesa General de
Entradas, Salidas y Notificaciones se notifique en legal forma al
MUNICIPIO DE SIERRA GRANDE, al domicilio sito en Calle 10 s/n,
Municipio de Sierra Grande, Provincia de Río Negro.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Pablo Martin Estomba
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 25/10/2023 N° 85635/23 v. 25/10/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)