AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
Resolución 211/2023
RESFC-2023-211-APN-AABE#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 30/08/2023
VISTO el Expediente EX-2022-118446783-APN-DACYGD#AABE y sus asociados
EX-2016-01416276-APN-DMEYD#AABE y EX-2017-02149843-APN-DMEYD#AABE, los
Decretos Nros. 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de
septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015, 1.064 de
fecha 5 de octubre de 2016, las Resoluciones Nros. 129
(RESFC-2018-129-APN-AABE#JGM) de fecha 27 de abril de 2018, 130
(RESFC-2018-130-APN-AABE#JGM) de fecha 27 de abril de 2018, 411
(RESFC-2019-411-APN-AABE#JGM) de fecha 30 de septiembre de 2019 y 413
(RESFC-2019-413-APN-AABE#JGM) de fecha 30 de septiembre de 2019, el
Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado
por Resolución Nº 177 de fecha 16 de julio de 2022 (texto Ordenado)
(RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM), el CONVENIO DE ENTREGA EN CUSTODIA
PROVISORIA GRATUITA (IF-2022-131397104-APN-DIREI#MD) y el CONVENIO DE
ENTREGA EN CUSTODIA PROVISORIA GRATUITA
(IF-2022-131397200-APN-DIREI#MD) ambos de fecha 5 de diciembre de 2022,
y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la presentación
efectuada por el ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, dependiente del
MINISTERIO DE DEFENSA, por la cual solicita la asignación en uso de DOS
(2) bienes inmuebles propiedad del ESTADO NACIONAL, en jurisdicción de
la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, ubicados en la calle
Martín Alonso Pinzón Nº 1.055 Monoblock B Piso 3º, Ciudad de CÓRDOBA,
Departamento CAPITAL, Provincia de CÓRDOBA; identificados
catastralmente como Departamento 11 – Pedanía 1 – Localidad 1 –
Circunscripción 3 - Sección 13 – Manzana 30 – Parcela 4 – Unidad PH 24
y Unidad PH 25 respectivamente, el primero correspondiente al CIE Nº
1400003528/1, Unidad Funcional Nº 25, con una superficie cubierta
propia de CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y SEIS
DECÍMETROS CUADRADOS (53,86 m2) y el segundo vinculado al CIE Nº
1400003536/1, Unidad Funcional Nº 24, con una superficie cubierta
propia de CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CATORCE DECÍMETROS
CUADRADOS (53,14 m2), según se detalla en el croquis que como ANEXO
(IF-2023-76618911-APN-DNGAF#AABE) forma parte integrante de la presente
medida.
Que el ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO informa que los inmuebles
mencionados se destinarán a vivienda de servicio para el personal del
EJÉRCITO ARGENTINO.
Que de los relevamientos e informes técnicos efectuados en el marco de
las inspecciones y estudios de factibilidad con el objeto de constatar
las condiciones de ocupación de dichos inmuebles, se verificó que se
trata de DOS (2) departamentos linderos (unidades PH 24 y PH 25),
ubicados en el tercer piso del Monoblock B, actualmente con obras de
reparación y mantenimiento y bajo custodia del EJÉRCITO ARGENTINO.
Que mediante el Decreto Nº 1.064 de fecha 5 de octubre de 2016 se
autorizó a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, en los
términos del artículo 20 del Anexo al Decreto Nº 2.670/15, a disponer
y/o enajenar diversos inmuebles pertenecientes al dominio del ESTADO
NACIONAL, entre los cuales se encuentran los inmuebles de marras.
Que por conducto de las Resoluciones Nros. 129
(RESFC-2018-129-APN-AABE#JGM) y 130 (RESFC-2018-130-APN-AABE#JGM) de
fecha 27 de abril de 2018 respectivamente, se desafectaron los
inmuebles descriptos en el considerando primero de la jurisdicción del
MINISTERIO DE SALUD y se autorizó la convocatoria para la venta de los
mismos mediante el procedimiento de subasta pública.
Que por las Resoluciones Nros. 411 (RESFC-2019-411-APN-AABE#JGM) y 413
(RESFC-2019-413-APN-AABE#JGM) de fecha 30 de septiembre de 2019
respectivamente, se dispuso aprobar lo actuado y declarar desiertos los
llamados a Subasta Pública Nros. 7/18 y 8/18 para la venta de los
referidos inmuebles, por no haberse registrado interesados de acuerdo a
lo establecido en la normativa vigente en la materia.
Que la DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN DE OPERACIONES mediante Informe
IF-2023-68568489-APN-DEO#AABE de fecha 14 de junio de 2023 informó que
no constan operaciones o trámites en curso que guarden relación con los
inmuebles en cuestión.
Que el día 5 de diciembre de 2022 se suscribieron el CONVENIO DE
ENTREGA EN CUSTODIA PROVISORIA GRATUITA
(IF-2022-131397104-APN-DIREI#MD) y el CONVENIO DE ENTREGA EN CUSTODIA
PROVISORIA GRATUITA (IF-2022-131397200-APN-DIREI#MD), entre la AGENCIA
DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, el MINISTERIO DE DEFENSA y el
ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, por los inmuebles descriptos
precedentemente, a los fines de su custodia provisoria.
Que mediante el Decreto Nº 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012 y su
modificatorio, se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL
ESTADO, como organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, estableciéndose que será el órgano rector,
centralizador de toda la actividad de administración de bienes muebles
e inmuebles del ESTADO NACIONAL, ejerciendo en forma exclusiva la
administración de los bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL, cuando no
corresponda a otros organismos estatales.
Que el inciso 20 del artículo 8º del Decreto Nº 1.382/12 determina que
la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO podrá asignar, y
reasignar los bienes inmuebles que integran el patrimonio del ESTADO
NACIONAL, los cuales se considerarán concedidos en uso gratuito a la
respectiva jurisdicción, la que tendrá su administración y custodia y
que tan pronto cese dicho uso deberán volver a la jurisdicción de la
AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que el artículo 23 del Anexo al Decreto Nº 2.670 de fecha 1º de
diciembre de 2015 establece que la asignación y transferencia de uso de
los bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL entre las distintas
jurisdicciones o entidades del Sector Público Nacional, será dispuesta
por la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que resulta asimismo aplicable lo previsto en el Capítulo I del Título
II de la Parte General del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles
del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 177 de fecha 16 de julio
de 2022 (texto Ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM).
Que en consecuencia, corresponde en esta instancia asignar en uso los
inmuebles mencionados en el considerando primero al MINISTERIO DE
DEFENSA - ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO.
Que la presente se enmarca en la decisión del PODER EJECUTIVO NACIONAL
de hacer prevalecer el proceso de preservación del patrimonio
inmobiliario estatal y la racionalización del espacio físico del mismo,
con vista a su mejor aprovechamiento y utilización, destinando la
afectación de los bienes inmuebles estatales a la planificación,
desarrollo y ejecución de políticas públicas.
Que las distintas Áreas de la Agencia con competencia han tomado intervención en el marco de las presentes actuaciones.
Que el Servicio Jurídico Permanente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los Decretos Nros. 1.382/12, 1.416/13 y 2.670/15.
Por ello,
EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Déjanse sin efecto el CONVENIO DE ENTREGA EN CUSTODIA
PROVISORIA GRATUITA (IF-2022-131397104-APN-DIREI#MD) y el CONVENIO DE
ENTREGA EN CUSTODIA PROVISORIA GRATUITA
(IF-2022-131397200-APN-DIREI#MD), suscriptos ambos en fecha 5 de
diciembre de 2022 entre la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL
ESTADO, el MINISTERIO DE DEFENSA y el ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO.
ARTÍCULO 2º.- Asígnanse en uso al MINISTERIO DE DEFENSA - ESTADO MAYOR
GENERAL DEL EJÉRCITO, DOS (2) bienes inmuebles propiedad del ESTADO
NACIONAL, ubicados en la calle Martín Alonso Pinzón Nº 1.055 Monoblock
B Piso 3º, Ciudad de CÓRDOBA, Departamento CAPITAL, Provincia de
CÓRDOBA; identificados catastralmente como Departamento 11 – Pedanía 1
– Localidad 1 – Circunscripción 3 - Sección 13 – Manzana 30 – Parcela 4
– Unidad PH 24 y Unidad PH 25 respectivamente, el primero
correspondiente al CIE Nº 1400003528/1, Unidad Funcional Nº 25, con una
superficie cubierta propia de CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON
OCHENTA Y SEIS DECÍMETROS CUADRADOS (53,86 m2) y el segundo vinculado
al CIE Nº 1400003536/1, Unidad Funcional Nº 24, con una superficie
cubierta propia de CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CATORCE
DECÍMETROS CUADRADOS (53,14 m2), según se detalla en el croquis que
como ANEXO (IF-2023-76618911-APN-DNGAF#AABE) forma parte integrante de
la presente medida, con el objeto de destinarlos a vivienda de servicio
para el personal del EJÉRCITO ARGENTINO.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 4º.- Agréguese copia de lo actuado a los Expedientes
EX-2016-01416276-APN-DMEYD#AABE y EX-2017-02149843-APN-DMEYD#AABE y
prosíganse su curso.
ARTÍCULO 5º.- Notifíquese al MINISTERIO DE DEFENSA y al ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO.
ARTÍCULO 6º.- Dése cuenta a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 7º.- Dése intervención a la DIRECCIÓN DE DESPLIEGUE
TERRITORIAL con el objeto de proceder a la entrega de los inmuebles a
la jurisdicción mencionada en el Artículo 2º y suscribir las actas
correspondientes.
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Eduardo Alfonso Albanese - Juan Agustín Debandi
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/10/2023 N° 86877/23 v. 27/10/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)