MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO
Resolución 563/2023
RESOL-2023-563-APN-SIYDP#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 25/10/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-118515347-APN-DGD#MDP, los Decretos
Nros. 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 716 de
fecha 2 de septiembre de 2020, 68 de fecha 1° de febrero de 2022, y las
Resoluciones Nros. 115 de fecha 22 de febrero de 2022 de la ex
SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL
EXTERNA del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y 76 de fecha 6 de
marzo de 2023 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del Decreto Nº 716 de fecha 2 de septiembre de 2020 se
creó el “Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales”,
que tiene como objetivo promover el ordenamiento territorial, incidir
en la planificación productiva local, en el desarrollo sustentable e
inclusivo, incentivar la generación de empleo local y potenciar las
sinergias derivadas de la localización común.
Que mediante el Artículo 5º del citado decreto, se estableció como
Autoridad de Aplicación del “Programa Nacional para el Desarrollo de
Parques Industriales” a la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL
CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO, quedando facultada para determinar las formas y condiciones
para el otorgamiento de las herramientas de financiamiento definidas en
el mismo.
Que a fin de establecer una modalidad operativa que permita sostener en
términos reales el alcance de las herramientas del Programa, la citada
norma fue modificada por el Decreto Nº 68 de fecha 1° de febrero de
2022, que amplió las atribuciones de la Autoridad de Aplicación,
facultándola a precisar los montos máximos a ser otorgados por
beneficio, tanto por los Aportes No Reintegrables (ANR) como a Créditos
con Bonificación de Tasa.
Que por la Resolución N° 76 de fecha 6 de marzo de 2023 de la
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE
ECONOMÍA se estableció en PESOS CIENTO SETENTA MILLONES ($ 170.000.000)
el monto máximo a otorgar por beneficio para Aportes No Reintegrables
(ANR) en el marco del “Programa Nacional para el Desarrollo de Parques
Industriales”.
Que de acuerdo al comportamiento observado en distintas variables
económicas y su incidencia directa en los proyectos presentados, se
entiende oportuno y necesario establecer un nuevo monto máximo a
otorgar en concepto de Aporte No Reintegrable, aplicable a la ejecución
del Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por los Artículos 4º y 5° del Decreto N° 716/20 y su
modificatorio.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Artículo 1° de la Resolución N° 76 de
fecha 6 de marzo de 2023 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO
PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, por el siguiente:
“ARTÍCULO 1°.- Establécese, para el Ejercicio 2023, un monto máximo a
otorgar por beneficio en el marco del “Programa Nacional para el
Desarrollo de Parques Industriales” de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA
MILLONES ($ 250.000.000) para Aportes No Reintegrables (ANR)”.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Jose Ignacio De Mendiguren
e. 27/10/2023 N° 86642/23 v. 27/10/2023