AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

Resolución 292/2023

RESFC-2023-292-APN-AABE#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 23/10/2023

VISTO el Expediente EX-2023-91616070-APN-DCCYS#AABE y sus asociados EX-2022-17054701-APN-DACYGD#AABE y EX-2022-18737315-APN-DCCYS#AABE, las Leyes Nros. 20.785 y 26.634 con sus modificatorias y complementarias, los Decretos Nros. 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015, 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016, todos ellos con sus modificatorios y/o complementarios, 29 de fecha 10 de enero de 2018, 844 de fecha 6 de diciembre de 2019, la Resolución de fecha 16 de diciembre de 2020, el Oficio de fecha 22 de diciembre de 2020 ambos del JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL N° 3 SECRETARÍA N° 9 de la Ciudad de MORÓN, la Resolución Nº 10 de fecha 13 de enero de 2023 (RESFC-2023-10-APN-AABE#JGM), y

CONSIDERANDO:

Que por el primer Expediente citado en el Visto tramita la venta mediante el procedimiento de Subasta Pública Nº 392-0001-SPU23, del Vehículo Marca: CHEVROLET Modelo: MERIVA GL 1.8 SEDAN, Dominio: KBO-015, Año 2011, por cuenta y orden del JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL N° 3 SECRETARÍA N° 9 con asiento en la Ciudad de MORÓN, en el marco de la causa judicial caratulada “INCIDENTE DE MEDIDA CAUTELAR”, formado en los autos “MORA BOGADO, RUTH ELIZABETH Y OTROS S/INF. ART. 145 BIS DEL CÓDIGO PENAL”, Expediente N° FSM 70252/2019/51.

Que mediante Resolución Nº 10 de fecha 13 de enero de 2023 (RESFC-2023-10-APN-AABE#JGM), se aprobó lo actuado y se dejó sin efecto el procedimiento de selección por el cual tramitó la Subasta Pública N° 392-0011-SPU22, cuyo objeto era la venta del vehículo en cuestión.

Que a través de la Nota NO-2023-87295391-APN-DACONT#AABE de fecha 28 de julio de 2023, la DIRECCIÓN DE ASUNTOS CONTENCIOSOS solicitó que se convoque un nuevo procedimiento en los mismos términos a los definidos en la Subasta Pública N° 392-0011-SPU22.

Que en virtud del tiempo transcurrido, el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN a través del Informe IF-2023-80671138-APN-TTN#MOP, de fecha 12 de julio de 2023, dictaminó el valor actual del respectivo vehículo por el monto total de PESOS SETECIENTOS TREINTA MIL OCHOCIENTOS ($ 730.800), así como también se tuvo en cuenta el informe de estado de deuda obrante en la Nota NO-2023-85240384-APN-DCCYS#AABE de fecha 24 de julio de 2023.

Que en tal sentido, la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS inició un nuevo procedimiento identificado como Subasta Pública Nº 392-0001-SPU23, elaborando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares identificado como PLIEG-2023-123023115-APN-DCCYS#AABE.

Que conforme lo establecido por el Decreto Nº 29 de fecha 10 de enero del 2018 y el Artículo 81 del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional, se implementó en forma obligatoria el Sistema de Gestión Electrónica “SUBAST.AR”, como medio para efectuar en forma electrónica todos los procedimientos de subasta pública que realicen las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional.

Que mediante Disposición Nº 63-E de fecha 27 de septiembre de 2016 y su modificatoria Disposición Nº 6-E de fecha 18 de enero de 2018, la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 39 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales (t.o. julio 2023), la Unidad Operativa de Contrataciones estableció los modos en que podrán constituirse las garantías, ello en función de las características de la contratación en trato.

Que conforme los antecedentes expuestos, corresponde autorizar el llamado a Subasta Pública y aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que regirá la misma, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 11, inciso b) del Decreto Nº 1.023/01, sus modificatorios y complementarios.

Que siguiendo lo dispuesto por el Artículo 50 del Decreto N° 1.030/16, resulta oportuno delegar en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de este Organismo la emisión de circulares modificatorias para este procedimiento de contratación, con los alcances y excepciones allí previstas.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de esta Agencia ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Resolución de fecha 16 de diciembre de 2020 y Oficio de fecha 22 de diciembre de 2020 ambos del JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL N° 3 SECRETARÍA N° 9 con asiento en la Ciudad de MORÓN, Leyes Nros. 20.785 y 26.364 (con las modificaciones introducidas por la Ley 27.508), la REGLAMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DEL FONDO FIDUCIARIO PÚBLICO “FONDO DE ASISTENCIA DIRECTA A VÍCTIMAS DE TRATA – LEY Nº 26.364” CREADO POR LA LEY Nº 27.508 aprobada por el Decreto Nº 844/19, por el Artículo 11 incisos a) y b) del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado mediante el Decreto Nº 1.023/01, sus respectivas normas modificatorias y/o complementarias y por los Decretos Nros. 1.382/12, 1.416/13, 2.670/15 y 29/18.

Por ello,

EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase el segundo llamado a convocatoria, mediante el procedimiento de Subasta Pública Nº 392-0001-SPU23, para la venta del Vehículo MARCA: CHEVROLET MODELO: MERIVA GL 1.8 SEDAN, DOMINIO: KBO-015 AÑO: 2011, por cuenta y orden del JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL N° 3 SECRETARÍA N° 9 con asiento en la Ciudad de MORÓN, Provincia de BUENOS AIRES, en el marco de la causa judicial caratulada “INCIDENTE DE MEDIDA CAUTELAR”, formado en los autos “MORA BOGADO, RUTH ELIZABETH Y OTROS S/INF. ART. 145 BIS DEL CÓDIGO PENAL”, Expediente N° FSM 70252/2019/51.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2023-123023115-APN-DCCYS#AABE) que como Anexo integra la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- El producto que ingrese con motivo del cumplimiento de la presente Resolución se depositará en la cuenta bancaria que oportunamente designe el JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL N° 3 SECRETARÍA N° 9 con asiento en la Ciudad de MORÓN.

ARTÍCULO 4º.- Delégase en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la facultad para emitir circulares modificatorias en el marco del presente procedimiento de contratación, de conformidad con lo establecido por el artículo 50 del Decreto N° 1.030/16.

ARTÍCULO 5º.- Notifíquese al JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL N° 3 SECRETARÍA N° 9 con asiento en la Ciudad de MORÓN, PROVINCIA DE BUENOS AIRES y al TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL Nº 2, con asiento en Ciudad de SAN MARTÍN, PROVINCIA DE BUENOS AIRES y a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE BIENES SECUESTRADOS Y DECOMISADOS DURANTE EL PROCESO PENAL del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Eduardo Alfonso Albanese - Juan Agustín Debandi

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/10/2023 N° 87414/23 v. 30/10/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)