AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO

Resolución 262/2023

RESOL-2023-262-APN-ACUMAR#MOP

Ciudad de Buenos Aires, 27/10/2023

VISTO el Expediente EX-2023-113969379 -APN-SG#ACUMAR, la Ley N° 26.168, la Ley N° 2.217 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, la Ley N° 13.642 de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, la Resolución N° 71/2020 (RESOL-2020-71- APN-ACUMAR#MOP) texto ordenado aprobado por Resolución N° 155/2022 (RESOL-2022-155 APN-ACUMAR#MOP) de la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR), y

CONSIDERANDO:

Que ACUMAR fue creada como un ente de derecho público interjurisdiccional, con competencias en el área de la Cuenca Matanza Riachuelo, mediante la Ley Nº 26.168 a la que adhirieron los Gobiernos de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, mediante las Leyes N° 2.217 y N° 13.642, respectivamente.

Que, si bien fue creada bajo la órbita del ESTADO NACIONAL, la Autoridad de Cuenca es un ente creado entre personas públicas estatales correspondientes a distintas esferas de competencia constitucional, que cuenta con facultades delegadas por las tres jurisdicciones que la componen.

Que la Ley No 26.168 establece en su artículo 2º in fine que ACUMAR dictará sus reglamentos de organización interna y de operación.

Que ACUMAR presentó en el año 2016 la actualización del Plan Integral de Saneamiento de la Cuenca Matanza Riachuelo (PISA 2016) que entre sus objetivos plantea “fortalecer las acciones de prevención socio ambiental”, así como también “fortalecer el rol de la ACUMAR”.

Que para llevar a cabo dichos objetivos se plantea la ejecución de líneas de acción cuya meta sea la prevención del daño ambiental, a través de la construcción de una conciencia ambiental en la ciudadanía que implique modificaciones en los hábitos sociales y culturalesde los vecinos de la Cuenca Matanza Riachuelo, a los fines de garantizar la sustentabilidady la perdurabilidad de las acciones ejecutadas.

Que en ese sentido se visualizó la necesidad de generar espacios específicos de juventudes, con el sentido de instrumentar vínculos asociativos en la comunidad que promuevan y fortalezcan la participación de sectores etáreos menores de 25 años.

Que a partir de estos sectores se consideró desarrollar un espacio de política pública integrado por jóvenes para jóvenes, entendiendo ademásla gran diversidad de actoressocialesjuveniles en términos sociales, culturales, políticos y económicos.

Que para favorecer la inclusión de los actores sociales juveniles en las políticas públicas vinculadas al saneamiento ambiental de la Cuenca, es necesario desarrollar metodologías y herramientas que les interpelen y contengan, es necesario crear un espacio institucional específico dentro del organismo.

Que en uso de su facultad reglamentaria y en el marco del PISA 2016, se ha diseñado el “PROGRAMA DE JUVENTUDES”, con el objetivo de acompañar e involucrar a la población juvenil que habita la Cuenca Matanza Riachuelo, en variados procesos de inclusión en acciones que les contengan.

Que el presente “PROGRAMA DE JUVENTUDES”, surge como necesidad de poner en marcha y dotar de un marco institucional a las políticas de juventudes que se vienen llevando adelante desde la DIRECCIÓN COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN SOCIAL.

Que las acciones necesarias para implementar dicho Programa estarán a cargo y serán desplegadas por la DIRECCIÓN COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN SOCIAL, la que conforme el artículo 8°, del ANEXO II de la Resolución No 71/2020 - T.O. por Resolución N° 155/2022, establece entre sus funciones las de:

“a) Convocar a todas aquellas organizaciones con intereses en el área, que se registren ante ACUMAR;

b) Organizar las reuniones de la COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN SOCIAL y las acciones que como consecuencia de estas se proponga impulsar;

c) Supervisar las tareas de la COORDINACIÓN DE LA COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN SOCIAL; y

d) Realizar el seguimiento del avance de las acciones comprendidas por el PISA, en el marco de sus competencias.”

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS de ACUMAR, en el ámbito de sus competencias.

Que el CONSEJO DIRECTIVO, aprobó el dictado de la presente medida e instruyó a esta Presidencia a proceder a la suscripción del correspondiente acto administrativo.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley No 26.168 y el inciso d) del artículo 15 del Anexo II de la Resolución la Resolución N° 71/2020 texto ordenado aprobado por Resolución N° 155/2022 de ACUMAR.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. - Apruébase el “PROGRAMA DE JUVENTUDES”, el que como Anexo I IF-2023- 115236282-APN-DCPS#ACUMAR, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2°.- La implementación del Programa estará a cargo de la DIRECCIÓN COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN SOCIAL de ACUMAR.

ARTÍCULO 3°. - Para la implementación del Programa se podrán celebrar acuerdos con otros organismos o entes públicos ya sean del ámbito nacional, provincial, municipal o de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

ARTÍCULO 4°. - La presente entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 5°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Martin Sabbatella

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 31/10/2023 N° 87713/23 v. 31/10/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)


Programa Juventudes

Índice:



Programa Juventudes

1. Fundamentos:

Teniendo en cuenta lo contenido en la Ley N° 26.168, de creación de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo y los cuerpos normativos propios del Plan Integral de Saneamiento Ambiental (PISA) y a fin de dar cumplimiento con la construcción de ámbitos y canales donde los distintos habitantes puedan acceder a información de calidad, que les permita aportar a la resolución de las distintas problemáticas acaecidas en la Cuenca. Desde la Dirección Comisión de Participación Social y en cumplimiento con el artículo cuarto de la Ley, se promueven ámbitos participativos destinados a todas las franjas etarias que integran la población de este territorio.

Entendiendo que la promoción de los derechos ambientales y el desarrollo actividades propias del organismo, deben estar también específicamente enfocadas en los sectores juveniles.

2. Antecedentes:

En relación a la presente propuesta, para su diseño se han tenido en cuenta que en los distintos ámbitos de Estado que conforman la Cuenca Matanza Riachuelo, existen espacios como secretarías y direcciones de juventud, que sumado al Instituto Nacional de la Juventud y junto a leyes como la N° 14.581, que vertebran y estructuran la participación de les jóvenes en diferentes ámbitos vinculados a las políticas públicas que impactan en su desarrollo personal y su crecimiento en comunidad. Todo ello con el objeto de impulsar líneas de acción consensuadas que permitan un abordaje territorial, coherente con la integralidad que debe tener la política de juventud y la política social nacional, vinculadas con la política ambiental.

En lo directamente vinculado a la Dirección Comisión de Participación Social se ha comenzado una tarea con juventudes de la Cuenca en el mes de agosto del año 2022, vinculada a la promoción de los derechos ambientales y el desarrollo de actividades en torno a los temas que abarca el organismo. Las primeras aproximaciones al mencionado grupo etario fueron la promoción de la preservación de las reservas naturales urbanas y áreas protegidas, para las que se organizó recorrida con guía por la Reserva Natural de Ciudad Evita, en articulación con vecinos del barrio y el municipio, safari fotográfico (taller de fotografía con teléfonos en recorrida por la Reserva). Respecto de acciones vinculadas con la recuperación del río como espacio de ocio y uso público, en este sentido se realizaron plantaciones en la ribera, en conjunto con organizaciones sociales y con charlas sobre la historia de la contaminación de la Cuenca Matanza Riachuelo (CMR). También se llevaron adelante charlas sobre otros temas ambientales, varias acompañadas de murales de construcción participativa, como síntesis de lo realizado en conjunto con actores sociales de distintas instituciones con las que se está trabajando. Además de la difusión del trabajo del área con respecto a les jóvenes y el cuidado del ambiente, proponiendo un voluntariado de trabajo sobre la Cuenca.

En el corriente año se dio inicio al taller de mecánica ciclista comunitaria, destinado a la comunidad educativa de la EEM N° 2 DE 13 "Ernesto Che Guevara", del Parque Avellaneda. Articulando con la Mesa de Trabajo del Parque, el taller se propone como un espacio que no sólo fomenta la movilidad sostenible, sino también promueve la autonomía de jóvenes en el ámbito de la mecánica básica, otorgando herramientas simbólicas y prácticas, promoviendo la organización comunitaria en torno a la escuela y quienes la habitan, promoviendo a su vez la equidad de género.

3. Objetivos:

3.i General:

Fortalecer, ampliar y estimular la participación de los jóvenes y de las organizaciones juveniles enmarcadas a las políticas públicas de la Cuenca Matanza Riachuelo.

3.ii Específicos:

• Impulsar líneas de acción consensuadas que permitan un abordaje territorial amplio.

• Consolidar la perspectiva de integralidad de las políticas sectoriales de juventud.

• Promover canales de acceso a información de calidad vinculada a la temática ambiental.

• Inducir a la construcción de canales de intercambio de información, aportes y perspectivas en relación al diseño y aplicación de políticas públicas.

4. Alcance:

El presente programa será de aplicación en el territorio de la Cuenca Matanza Riachuelo, integrada por 14 municipios y la Ciudad de Buenos Aires.

5. Componentes y Funciones:

5.1 Componente 1: pone el foco en el monitoreo de las acciones emanadas del PISA y aquellas vinculadas al cumplimiento del fallo de la SCJN que estén vinculadas con juventudes, con énfasis en las situaciones de igualdad de género, diferentes franjas etarias, niveles de escolarización e inclusión en el mundo laboral.

5.2 Los índices para ello serán:

• Sectores etarios 13 / 25 años.

• Acceso a información pública.

• Niveles de escolarización.

• Salud.

• Inclusión laboral.

5.3 Las funciones de este componente se vinculan con:

• Consolidación mediante documentos que revisen la información propia del componente.

• Monitoreo de las dinámicas de la información relevada sobre la temática.

• Seguimiento de los distintos procesos vinculados al acceso a política pública específica.

• Definición y medición de indicadores propios de la relación entre las acciones ambientales y la franja etaria de 13 a 25 años.

• Generación de información útil y estandarizada utilizada como insumo para fortalecer el acceso a la información pública.

5.4 Componente 2:

Relevar, construir y consolidar canales de doble flujo informativo que consoliden el rol y los aportes que las juventudes están en condiciones de llevar adelante, en lo relativo a la política socioambiental diseñada y aplicada desde ACUMAR.

5.5 Los índices para ello serán:

• Canales de información.

• Abordajes ambientales.

• Ejes temáticos de interés.

• Redes sociales.

• Piezas comunicacionales.

5.6 Las funciones de este componente se vinculan con:

• Seguimiento de canales de información y acceso a redes sociales preexistentes.

• Relevamiento de espacios de intervención con eje ambiental.

• Producción de distintos productos informativos ambientales con formato variado.

• Validación de aportes realizados por las juventudes de la Cuenca como insumos en el diseño de política ambiental.

• Producción de piezas informativas.

• Generación de información útil y estandarizada utilizada como insumo para fortalecer el acceso a la información pública.

6. Estructura Operativa

El programa se inserta de modo integral dentro de la actual estructura operativa de la Dirección Comisión de Participación Social.

7. Presupuesto:

El presente programa no implica afectación presupuestaria específica.

8. Referencias:

Ley 26168, creación Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo

Ley de Acceso a información pública:

https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/265000-269999/265949/norma.htm

Instituto Nacional de Juventudes, https://www.argentina.gob.ar/iefatura/instituto-nacional-de- juventud/fortalecimiento-institucional

Ley 14581: https://www.argentina.gob.ar/iusticia/derechofacil/leysimple/centros-de- estudiantes


IF-2023-115236282-APN-DCPS#ACUMAR