PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
Disposición 1270/2023
DISFC-2023-1270-APN-PNA#MSG
Ciudad de Buenos Aires, 31/10/2023
Visto lo propuesto por la Dirección de Policía de Seguridad de la
Navegación, mediante EX-2022-107628172-APN-DPSN#PNA, lo analizado por
la Dirección de Planeamiento, y
CONSIDERANDO:
Que, la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación entiende en
todos los aspectos técnicos normativos relativos a la seguridad y
protección de la navegación, de los bienes y de la vida humana con ella
relacionada, la titulación, habilitación y registración del personal de
la Marina Mercante Nacional y navegante en general.
Que, el Departamento Reglamentación de la Navegación, se encarga del
control de la vigencia de las leyes, decretos, resoluciones y demás
disposiciones que regulen el ordenamiento administrativo de la
navegación, para coordinar y si procede promover su derogación,
modificación o actualización.
Que, el Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima
Internacional adoptó la Resolución MSC.506(105), mediante la cual se
introdujeron enmiendas al Código para la construcción y el equipo de
unidades móviles de perforación mar adentro, 2009 (Código MODU 2009).
Que, de acuerdo con dichas enmiendas, se impulsa el proyecto de Volante
Rectificativo a la Ordenanza N° 7-05 (DPSN) TOMO 1 “RÉGIMEN TÉCNICO DEL
BUQUE” titulada “NORMAS DE SEGURIDAD PARA LAS UNIDADES MÓVILES DE
PERFORACIÓN Y BUQUES DE APOYO O SUMINISTRO MAR ADENTRO”, con el fin de
actualizar la normativa nacional de referencia.
Que, del mismo modo, solicitan la derogación del Anexo 1 “Modelo del
Certificado de Seguridad para Unidades Móviles de Perforación Mar
Adentro”, y el Anexo 2 “Modelo del Certificado de Aptitud para Buques
de Apoyo o Suministro Mar Adentro” de la mencionada Ordenanza.
Que, la Dirección de Planeamiento no tiene objeciones que formular,
toda vez que el contenido de la publicación propiciada se adecua a los
criterios de coherencia y cohesión requeridos dentro del sistema
reglamentario y el de publicaciones, vigentes en la organización.
Que ha tomado intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos, la cual
se expidió mediante Dictamen Jurídico obrante en el
IF-2023-51582246-APN-PNAR#PNA.
Que, se han cumplido los principios normativos establecidos en la
Resolución Nº 390/2018 (14/05/2018) del Ministerio de Seguridad que
aprobó los “PRINCIPIOS RECTORES DE LAS BUENAS PRÁCTICAS EN MATERIA DE
SIMPLIFICACIÓN aplicables al MINISTERIO DE SEGURIDAD y las Fuerzas
Policiales y de Seguridad Federales”.
Que, esta instancia está facultada para dictar el correspondiente acto
administrativo, de acuerdo con los preceptos del Artículo 5°, inciso
a), apartado 23 de la Ley N° 18.398 “Ley General de la Prefectura Naval
Argentina”.
Por ello,
EL PREFECTO NACIONAL NAVAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1°. DERÓGUESE la DISFC-2023-1174-APN-PNA#MSG.
ARTÍCULO 2°. APRUÉBESE el Volante Rectificativo N° 1-2023 a la
Ordenanza N° 7-05 (DPSN) TOMO 1 “RÉGIMEN TÉCNICO DEL BUQUE” titulada
“Normas de Seguridad para las Unidades Móviles de Perforación y Buques
de Apoyo o Suministro Mar Adentro”, que se adjuntan como Anexo
DI-2023-115768684-APN-DPLA#PNA y que forma parte de la presente
Disposición.
ARTÍCULO 3°. La citada norma actualizada entrará en vigencia a partir
de la fecha de la publicación del presente acto administrativo en el
Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 4°. Por la Dirección de Planeamiento procédase a la impresión
de UN (1) ejemplar patrón, a su publicación en el Boletín Oficial de la
República Argentina y a su difusión en los sitios oficiales de internet
e intranet de la Prefectura Naval Argentina.
ARTÍCULO 5°. Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Mario Ruben Farinon - Carlos Alfredo Villarreal
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en:
https://www.argentina.gob.ar/prefecturanaval
e. 02/11/2023 N° 88593/23 v. 02/11/2023htm