AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 647/2023

RESOL-2023-647-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 01/11/2023

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la Norma AR 10.16.1 “Transporte de materiales radiactivos”, Revisión 3, el Expediente N° 83830411/23 de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, lo actuado por la ACTIVIDAD CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIAL RADIACTIVO, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a), de la Ley 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que la Norma AR 10.16.1 “Transporte de materiales radiactivos”, Revisión 3, establece criterios de seguridad radiológica para el transporte de tales materiales.

Que DIOXITEK S.A. ha solicitado a esta ARN la aprobación multilateral del certificado de aprobación de Transporte en virtud de arreglos especiales correspondiente al modelo de bulto EMI-9, número de serie 02 UY/0122/X, versión original.

Que la ACTIVIDAD CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIAL RADIACTIVO ha tomado en el trámite la intervención que le compete, manifestando que la institución solicitante ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos por la Norma AR 10.16.1 citada en el visto.

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS ha prestado su conformidad a la emisión del Certificado de Aprobación de la Autoridad Competente, Validación de Transporte en virtud de arreglos especiales del modelo de bulto EMI-9, NÚMERO DE SERIE 02, RA/3559/X, versión original.

Que de conformidad con lo informado por la GERENCIA DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS - SUBGERENCIA GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERO de esta ARN, ha tomado las acciones que le competen en cuanto al cobro de la tasa de licenciamiento correspondiente al pago por parte de DIOXITEK S.A.

Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS de esta ARN ha tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece el Artículo 22, Inciso a), de la Ley 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 25 de octubre de 2023 (Acta N° 43),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar la emisión del Certificado de Aprobación de la Autoridad Competente, Validación de Transporte en virtud de arreglos especiales del modelo de bulto EMI-9, NÚMERO DE SERIE 02, RA/3559/X, versión original. Este certificado será válido para el transporte por única vez del bulto modelo EMI-9 NS 2 desde la Unidad Irradiación del Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU), Uruguay, hasta la planta de Co-60 de DIOXITEK S.A., en el Centro Atómica Ezeiza y su correspondiente regreso, desde la fecha de firma de esta Resolución y con una fecha máxima para realizar dichas expediciones del 1° de septiembre de 2024.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL y a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS. Gírese copia a la ACTIVIDAD CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIAL RADIACTIVO para que notifique la presente Resolución a DIOXITEK S.A. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.

E/E Marina Di Giorgio

e. 03/11/2023 N° 89011/23 v. 03/11/2023