AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Resolución 647/2023
RESOL-2023-647-APN-D#ARN
Ciudad de Buenos Aires, 01/11/2023
VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto
Reglamentario N° 1390/98, la Norma AR 10.16.1 “Transporte de materiales
radiactivos”, Revisión 3, el Expediente N° 83830411/23 de la GERENCIA
SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, lo actuado por la
ACTIVIDAD CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIAL RADIACTIVO, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a), de la Ley
24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad
nuclear en la República Argentina deberá ajustarse a las regulaciones
que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su
competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o
Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.
Que la Norma AR 10.16.1 “Transporte de materiales radiactivos”,
Revisión 3, establece criterios de seguridad radiológica para el
transporte de tales materiales.
Que DIOXITEK S.A. ha solicitado a esta ARN la aprobación multilateral
del certificado de aprobación de Transporte en virtud de arreglos
especiales correspondiente al modelo de bulto EMI-9, número de serie 02
UY/0122/X, versión original.
Que la ACTIVIDAD CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIAL RADIACTIVO ha
tomado en el trámite la intervención que le compete, manifestando que
la institución solicitante ha dado cumplimiento a los requisitos
exigidos por la Norma AR 10.16.1 citada en el visto.
Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS ha
prestado su conformidad a la emisión del Certificado de Aprobación de
la Autoridad Competente, Validación de Transporte en virtud de arreglos
especiales del modelo de bulto EMI-9, NÚMERO DE SERIE 02, RA/3559/X,
versión original.
Que de conformidad con lo informado por la GERENCIA DE ASUNTOS
ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS - SUBGERENCIA GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERO
de esta ARN, ha tomado las acciones que le competen en cuanto al cobro
de la tasa de licenciamiento correspondiente al pago por parte de
DIOXITEK S.A.
Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS de esta ARN ha tomado en el trámite la intervención correspondiente.
Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente
para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece el
Artículo 22, Inciso a), de la Ley 24.804.
Por ello, en su reunión de fecha 25 de octubre de 2023 (Acta N° 43),
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la emisión del Certificado de Aprobación de la
Autoridad Competente, Validación de Transporte en virtud de arreglos
especiales del modelo de bulto EMI-9, NÚMERO DE SERIE 02, RA/3559/X,
versión original. Este certificado será válido para el transporte por
única vez del bulto modelo EMI-9 NS 2 desde la Unidad Irradiación del
Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU), Uruguay, hasta la planta de
Co-60 de DIOXITEK S.A., en el Centro Atómica Ezeiza y su
correspondiente regreso, desde la fecha de firma de esta Resolución y
con una fecha máxima para realizar dichas expediciones del 1° de
septiembre de 2024.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL y a la GERENCIA
SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS. Gírese copia a la
ACTIVIDAD CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIAL RADIACTIVO para que
notifique la presente Resolución a DIOXITEK S.A. Dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.
E/E Marina Di Giorgio
e. 03/11/2023 N° 89011/23 v. 03/11/2023