ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 863/2023
RESFC-2023-863-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 03/11/2023
VISTO el Expediente EX-2023-45592662-APN-DGA#APNAC del registro de la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, las Leyes Nros. 22.351, y sus
modificatorias y 27.701, el Decreto N° 647 de fecha 16 de septiembre de
2022, la Resolución Conjunta RESFC-2023-9-APN-APNAC#MAD de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO y la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES
NACIONALES, de fecha 14 de abril de 2023, las Resoluciones del
Directorio Nros. RESFC-2023-387-APN-D#APNAC de fecha 24 de mayo de
2023, RESFC-2023-548-APN-D#APNAC de fecha 7 de julio,
RESFC-2023-727-APN-D#APNAC de fecha 8 de septiembre del 2023 y
RESFC-2023-813-APN-D#APNAC de fecha 20 de octubre del 2023, y
CONSIDERANDO:
Que el ingreso de personal al régimen de estabilidad sólo procede
mediante la sustanciación de los correspondientes procesos de
selección, conforme lo disponen los Artículos 4° y 8° del Anexo a la
Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional Nº 25.164, los
Artículos concordantes de su Decreto Reglamentario Nº 1.421/2002 y los
Artículos 11°, 19°, 51°, 56° y 57° del Convenio Colectivo de Trabajo
General para la Administración Pública Nacional homologado por el
Decreto Nº 214 de fecha 27 de febrero de 2006, aplicables también para
la promoción del personal permanente a cargos superiores.
Que por el Decreto Nº 647 de fecha 16 de septiembre de 2022 y sus
modificatorios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
del Cuerpo de Guardaparques Nacionales.
Que por la Resolución Conjunta RESFC-2023-9-APN-APNAC#MAD de la
Secretaría de Gestión y Empleo Público y la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES
NACIONALES, de fecha 14 de abril de 2023. Se aprobó el RÉGIMEN DE
SELECCIÓN para el ingreso a la planta permanente del AGRUPAMIENTO DE
CONSERVACIÓN TERRITORIAL Y DEL AGRUPAMIENTO TÉCNICO DEL CUERPO DE
GUARDAPARQUES NACIONALES, de conformidad con lo previsto en el Artículo
29° del referido CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL para el
PERSONAL DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES contenido en el Anexo I
del precitado Decreto.
Que, mediante la Resolución del Directorio RESFC-2023-387-APN-D#APNAC
se dio por iniciado el proceso para la cobertura de TREINTA Y CUATRO
(34) cargos vacantes y financiados de la planta permanente Categoría
Guardaparque GCT-1 del AGRUPAMIENTO DE CONSERVACIÓN TERRITORIAL DEL
CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES, PRIMER LLAMADO, de la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado
actuante en la órbita del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE que fueren detallados en el Anexo obrante como documento
IF-2023-55791997-APN-DCYD#APNAC de la referida Resolución.
Que mediante el Artículo 2º de la Resolución precitada se designaron
los miembros de los respectivos Comités de Selección del Proceso.
Que mediante la Resolución del Directorio RESFC-2023-548-APN-D#APNAC se
aprobaron las Bases de la Convocatoria definidas por el Comité de
Selección Nro. 1 y por el Comité de Selección Nro. 2, se convocó al
proceso de selección y llamado a inscripción de postulantes para la
cobertura de los cargos referidos en el Anexo
IF-2023-55791997-APN-DCYD#APNAC fijándose un cronograma tentativo para
el desarrollo del proceso de selección.
Que de acuerdo a lo prescripto en el Artículo 11° de la Resolución
Conjunta RESFC-2023-9-APNAPNAC#MAD de la Secretaría de Gestión y Empleo
Público y la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES y las Bases del
Concurso, los Comités de Selección han elaborado las Nóminas de
Ingresos al Curso de Habilitación del Agrupamiento de Conservación,
conforme a los resultados de las etapas del Proceso, que lucen en los
documentos IF-2023-123091012-APN-DCYD#APNAC e
IF-2023-122759280-APN-DCYD#APNAC.
Que mediante la Resolución RESFC-813-APN-D#APNAC del Directorio de la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES se aprobaron las Nóminas de
Ingresos precitadas
Que los Comités de Selección Nros 1 y 2 procedieron a rectificar las
Nóminas de Ingresantes al Curso de Habilitación tal como se detalla en
los documentos IF-2023-129996578-APN-DCYD#APNAC e
IF-2023-130000097-APN-DCYD#APNAC, respectivamente.
Que por lo expuesto corresponde rectificar los términos de la Resolución RESFC-813-APN-D#APNAC del Directorio.
Que se debe publicar por UN (1) día las Nóminas de Ingresos al Curso de
Habilitación del Agrupamiento de Conservación del presente proceso en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y la Dirección de
Capacitación y Desarrollo de Carrera han tomado las intervenciones de
sus competencias.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 23, inciso i) e u) de la Ley Nº 22.351.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Rectificanse las Nóminas de Ingresantes al Curso de
Habilitación de Guardaparque de Conservación Territorial aprobada por
el Artículo 1º de la Resolución del Directorio
RESFC-2023-813-APN-D#APNAC de fecha 20 de octubre de 2023 contenida en
los Anexos IF-2023-123091012-APN-DCYD#APNAC e
IF-2023-122759280-APN-DCYD#APNAC, a través de los Anexos
IF-2023-129996578-APN-DCYD#APNAC e IF-2023-130000097-APN-DCYD#APNAC de
acuerdo con lo expuesto en los Considerandos, que forman parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carlos Corvalan - Francisco Luis Gonzalez Taboas - Claudio David Gonzalez - Federico Granato
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 08/11/2023 N° 90526/23 v. 08/11/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)