VISTO el Expediente Nº EX-2023-12144016- -APN-DGDYD#JGM del Registro de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la Resolución de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS Nº 412 del 31 de mayo de 2023, y
Que mediante la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº
412 del 31 de mayo de 2023 fue creado el PROGRAMA APOYO A LAS
ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL “FORTALECER OSC”.
Que el Programa “FORGALECER OSC” tiene objetivo de potenciar a las
Organizaciones de la Sociedad Civil, produciendo un impacto altamente
positivo en el desarrollo de las mismas, a raíz del trabajo articulado
con distintos actores institucionales relevantes abocados a la materia.
Que, en ese marco, se realizó una invitación a participar a las
Organizaciones de la Sociedad Civil la cual tuvo una amplia repercusión
que se tradujo en la presentación de numerosos proyectos e iniciativas.
Que dada esta amplia repercusión se considera conveniente impulsar la
continuidad del citado Programa en una segunda etapa que se denominará
“PROGRAMA FORTALECER OSC – 2da. EDICIÓN”.
Que a los fines de abarcar otro tipo de actividades que contribuyan al
fortalecimiento de las Organizaciones de la Sociedad Civil resulta
necesario reformular los objetivos específicos del Programa,
permitiendo así potenciar la articulación entre estas y el ESTADO
NACIONAL, dando lugar a un círculo virtuoso a partir del impulso a una
mayor participación de las mismas en acciones y políticas públicas.
Que, en consecuencia, corresponde modificar los Objetivos y Contenidos,
así como el Reglamento de Bases y condiciones para adecuarlo a las
particularidades del “PROGRAMA “FORTALECER OSC – 2da. EDICIÓN”, como
así también, dictar las normas complementarias y aclaratorias
necesarias para esta etapa.
Que, en ese sentido, es menester señalar que la Resolución de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 412/23 delegó en esta
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LA SOCIEDAD CIVIL de la SECRETARÍA DE
RELACIONES CON LA SOCIEDAD CIVIL Y DESARROLLO COMUNITARIO de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la implementación de dicho Programa,
como asimismo la facultad de modificar el Reglamento de Bases y
Condiciones, como así también, dictar las normas complementarias y
aclaratorias necesarias.
Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por
Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 412/23.
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON LA SOCIEDAD CIVIL DE LA JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS
ARTÍCULO 1°.- Convócase a la segunda edición del PROGRAMA APOYO A LAS
ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL “FORTALECER OSC”, el que se
denominará “FORTALECER OSC – 2da. EDICIÓN”.
ARTÍCULO 2°.- Invítase a las Organizaciones de la Sociedad Civil a
presentar proyectos en el marco de la convocatoria a desarrollar según
lo establecido en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3°.- Agréganse a los objetivos y contenidos del PROGRAMA APOYO
A LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL “FORTALECER OSC” los
objetivos y contenidos de la nueva etapa denominada “FORTALECER OSC –
2da. EDICIÓN”, que como Anexo I IF-2023-120024556-APN-SRCCYDC#JGM
forman parte integrante de la presente disposición.
ARTÍCULO 4°.- Agrégase al Reglamento de Bases y Condiciones del
PROGRAMA APOYO A LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL “FORTALECER
OSC” el Reglamento de Bases y Condiciones del “PROGRAMA FORTALECER OSC
– 2da. EDICIÓN” que, como Anexo II IF-2023-126332603-APN-SSRSC#JGM,
forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 5°.- Establécese que la presente entrará en vigencia desde su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en
la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 08/11/2023 N° 90338/23 v. 08/11/2023
1. - OBJETIVOS.
1.1. - OBJETIVO GENERAL.
1.2. - OBJETIVOSESPECÍFICOS.
2. - DESTINATARIOS Y REQUISITOS GENERALES.
3. - TIPO SE ASISTENCIA..
4. - TIPOS DE PROYECTOS.
5. - REQUISITOS DESEABLES.
6. - EVALUACIÓN.
7. - ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL.
8.. - PUBLICACIÓN..
9. - RENDICIÓN DE FONDOS.
10. - DEVOLUCIÓNDEFONDOS.
11. -DIFUSIÓN.
12. - SANCIONESPORINCUMPLIMIENTO.
13. - FINANCIAMIENTO.. 4
Promover la integración entre el Estado y la Sociedad Civil, a partir
del fortalecimiento de las Organizaciones de la Sociedad Civil.
Promover la implementación de proyectos que fortalezcan los esfuerzos y
las acciones de las Organizaciones de la Sociedad Civil en beneficio de
las comunidades en las que se hayan insertas, mediante la realización
de aportes que mejoren significativamente su funcionamiento, gestión y
capacidad operativa.
Aportar a la multiplicación de acciones positivas en la comunidad en
general a partir de la difusión en el ámbito de las Organizaciones de
la Sociedad Civil del impacto y resultados positivos obtenidos por las
entidades participantes en el programa, a los efectos de que otras
entidades puedan replicar dichas actividades.
Favorecer el desarrollo de capacidades institucionales en las
organizaciones de la sociedad civil, a través de la asistencia a las
necesidades concretas de su trabajo cotidiano, de forma que puedan
ampliar las posibilidades de una labor sostenida y más eficiente en
toda la extensión del territorio nacional.
2. - DESTINATARIOS Y REQUISITOS GENERALES
Los destinatarios serán organizaciones de la sociedad civil con
personería jurídica acreditada fehacientemente y con todas sus
obligaciones tributarias y previsionales al día. Dichas organizaciones
deberán contar con presencia efectiva en el territorio donde se
implementará el proyecto.
3. - TIPO DE ASISTENCIA
El apoyo económico se realizará a través de Aportes No Reembolsables
(ANR) por un importe mínimo de $10.000.000 y un máximo de $ 60.000.000
y hasta completar el financiamiento del programa, previsto en $
700.000.000 (pesos setecientos millones).
Las organizaciones de la sociedad civil deberán presentar proyectos que
signifiquen un fortalecimiento de su capacidad institucional,
atendiendo a sus necesidades operativas concretas, un crecimiento de
sus posibilidades institucionales y/o a una ampliación de los servicios
que presta en el territorio. A tal fin se atenderán los gastos que
signifiquen:
a. - Adquisición de bienes de uso,
equipamiento herramientas y materiales para mejoras edilicias y/o de
infraestructura, en pos de contribuir a la accesibilidad, mejoramiento
y/o ampliación de su capacidad instalada.
b. - Adquisición de vehículos utilitarios.
c. - Adquisición de herramientas que contribuyan a mejoras de gestión,
técnico administrativas o informáticas.
Los proyectos deberán fundamentar la necesidad de dichos bienes y cómo
contribuirán al fortalecimiento de la organización. En el caso de los
vehículos utilitarios deberá fundamentarse con rigurosidad la necesidad
de los mismos, además de justificar la incidencia de los costos de
contar o no con los mismos.
1.
Lautilizacióndeprácticasambientalessosteniblesqueayudenareducirelimpactonegativo.
1. La generación de un impacto social, económico, político o cultural
positivo en la región donde se desarrollará.
2. La participación de personas registradas en el RENATEP (Registro
Nacional de Trabajadoras de la Economía Popular).
La evaluación del cumplimiento de los requisitos de la propuesta como
así también su calificación y posterior determinación del orden de
mérito estarán a cargo de la Unidad de Coordinación Técnica de
Proyectos (UTCP) de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
La Secretaría de Relaciones con la Sociedad Civil y Desarrollo
Comunitario, para su desenvolvimiento y cumplimiento efectivo, podrá
contar con la colaboración de las áreas con competencia en la materia
de la Administración Pública Nacional, pudiendo preverse futuras
articulaciones que involucren y participen a otros Organismos para una
mejor operatoria de este proyecto.
La resolución aprobatoria del Programa se publicará en el sitio web de
la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, en el portal
Argentina.gob.ar.
Las organizaciones deberán realizar la rendición de los fondos
transferidos cumplimentando los requisitos y formatos establecidos en
el Reglamento de Bases y Condiciones.
En el caso de que, como resultado de la rendición de fondos quedaran
montos remanentes sin utilizar y/o sin justificar, la OSC deberá
transferir en forma inmediata dichos fondos a favor del Estado
Nacional, a la cuenta corriente que se informe a tales efectos.
Se difundirá en el sitio web de la Jefatura de Gabinete de Ministros de
la Nación, en el portal Argentina.gob.ar. el impacto y resultados
positivos obtenidos a partir de la participación en el presente
programa a los efectos de que sean conocidos por otras entidades
similares y puedan replicar su operatoria.
12. - SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO
a) Por falta de presentación de las rendiciones de fondos: La omisión
en la presentación de la rendición de cuentas en la forma y plazos
establecidos imposibilitará a los destinatarios a recibir nuevos
desembolsos financiados por la Jefatura de Gabinete de Ministros de la
Nación, como así también, quedarán sujetos a las demandas legales
civiles que correspondan por el recupero de los fondos y demandas
penales en su caso.
b) Por uso indebido de los fondos otorgados: En caso de que los
beneficiarios de la financiación utilizaran el dinero en conceptos no
permitidos, deberán restituir los montos a la Jefatura de Gabinete de
Ministros de la Nación. Ante el incumplimiento, la sanción consistirá
en la exclusión de dicha OSC en futuras convocatorias y financiamientos
que desarrolle esta Jefatura de Gabinete; sin perjuicio de las
denuncias penales correspondientes y de las acciones civiles para el
recupero de los fondos.
El desarrollo del Programa estará sujeto a la disponibilidad de fondos
de las partidas específicas de la Jurisdicción 25 - Jefatura de
Gabinete de Ministros - Programa 68.
ANEXO
II
CONVOCATORIA
REGLAMENTO DE BASES Y CONDICIONES
ÍNDICE
CONVOCATORIA.. 3
I. MARCO GENERAL. 3
II. OBJETIVOS. 3
III. INSTITUCIONES DESTINATARIAS. 4
IV. DE LOS PROYECTOS. 4
V. REQUISITOS. 5
VI. PRESENTACIÓN DE LOS PROYECTOS. 6
1. GESTIÓN.. 6
2. RECEPCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN.. 6
3. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR. 7
VII. CONSULTAS. 8
VIII. IMPEDIMENTOS DE PARTICIPACIÓN. 8
IX. PRESUPUESTO.. 9
X. ADMISIBILIDAD, EVALUACIÓN Y
SELECCIÓN. 10
1. ADMISIBILIDAD: 10
2. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN: 10
XI. COMUNICACIÓN A LAS INSTITUCIONES.
12
XII. SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO
ESPECÍFICO DE EJECUCIÓN: 12
XIII. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO.
13
XIV. RENDICIÓN.. 13
1. PRESENTACIÓN: 13
2. REQUISITOS MINIMOS: 14
3. OTRAS CONSIDERACIONES RESPECTO DE
LOS REQUISITOS: 15
4. PLAZO: 16
5. DEVOLUCIÓN DE FONDOS: 16
6. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO: 16
7. INFORME FINAL.: 16
XV. DIFUSIÓN Y PUBLICIDAD. 16
XVI. DISPOSICIONES GENERALES. 17
XVII. ACEPTACIÓN DE LAS BASES Y
CONDICIONES. 17
FORMULARIO DE POSTULACIÓN A PROGRAMA
“FORTALECER OSC - 2DA. EDICIÓN”. 18
CONVOCATORIA
La Jefatura de Gabinete de Ministros, a través de la Subsecretaría de
Relaciones con la Sociedad Civil en el marco del Programa “FORTALECER
OSC - 2DA. EDICIÓN”, convoca a instituciones públicas y privadas de
todo el país a presentar proyectos orientados a promover la integración
entre el Estado y la Sociedad Civil, del fortalecimiento de la
capacidad institucional, crecimiento y desarrollo de las organizaciones
de la sociedad civil que la integran.
I. MARCO GENERAL
La SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LA SOCIEDAD CIVIL (en adelante, LA
SUBSECRETARÍA) realiza la presente convocatoria con el fin de promover
el fortalecimiento de diferentes actores comunitarios, que permita
seleccionar de manera transparente, iniciativas que favorezcan el
desarrollo de sus actividades sustantivas buscando mejorar las
condiciones de vida del entorno en el cual se desarrollan.
La metodología para la aplicación del apoyo será la presentación de
proyectos por parte de las instituciones; las cuales deberán cumplir
con los requisitos y requerimientos específicos de participación.
II. OBJETIVOS
El programa tiene como objetivo general promover la integración entre
el Estado y la Sociedad Civil, a partir del fortalecimiento de la
capacidad institucional, crecimiento y desarrollo de las organizaciones
de la sociedad civil que la integran.
Adicionalmente, dichos proyectos deben atender necesidades concretas
del accionar cotidiano de las organizaciones de la sociedad civil y
significar una ampliación en su capacidad de acción en los servicios
que prestan en territorio.
En forma resumida sus objetivos específicos son:
• Ampliar las capacidades
institucionales de la OSC.
• Mejorar la prestación de los servicios brindados a la comunidad.
• Multiplicar la acción positiva circularizando el impacto y resultados
positivos alcanzados por las OSC participantes.
III. INSTITUCIONES DESTINATARIAS
Podrán presentarse las personas jurídicas de carácter público o
privado, constituidas como tales al momento de su presentación, así
como sociedades; asociaciones civiles; simples asociaciones;
fundaciones; mutuales; cooperativas, federaciones de cooperativas y
entidades de la economía popular (cooperativas de trabajo, agrupaciones
de microemprendedores, emprendimientos comunitarios, clubes del
trueque, ferias y mercados asociativos populares, redes de comercio
justo, empresas recuperadas, redes de consumo responsable, grupos
comunitarios de base, medios de comunicación comunitarios, núcleos de
agricultura familiar, comunidades de pueblos originarios).
Se excluyen expresamente los organismos del Estado, sea Nacional,
Provincial o Municipal.
IV. DE LOS PROYECTOS
Desarrollo del proyecto con
financiación.
El financiamiento de insumos para los proyectos de las instituciones
revestirá carácter de UN (1) desembolso dinerario por institución. La
asistencia financiera se realizará a través de Aportes No Reembolsables
(ANR).
A su vez, las instituciones deberán dar cuenta de la disponibilidad de
recursos propios que garanticen la viabilidad del proyecto, ya sean
económicos, humanos, materiales, entre otros.
• OBJETOS DE GASTO ELEGIBLE:
A. Herramientas.
B. Infraestructura básica y/o materiales para su refacción y/o
ampliación.
C. Maquinaria fija.
Maquinaria y equipo de producción.
Equipo sanitario y de laboratorio.
A. Vehículos utilitarios imprescindibles.
•
OBJETOS DE GASTO NO ELEGIBLE:
A. Alquileres
B. Bienes usados.
C. Compra de Inmuebles
D. Embarcaciones
E. Gastos en Personal
F. Obligaciones financieras, impositivas, tributos, aranceles y / o
equivalentes.
G. Viáticos.
H. Productos alimenticios, agropecuarios y forestales.
Alimentos para animales.
Productos Pecuarios.
Productos agroforestales.
1. Indumentaria y cartelería.
2. Todo otro gasto no alineado con el logro de los resultados previstos
en el proyecto.
* De presentarse actividades que no resulten elegibles, las mismas
serán rechazadas.
V. REQUISITOS
Serán considerados requisitos excluyentes para la adjudicación de
subsidios los siguientes lineamientos operativos específicos:
a. CONSTITUCIÓN: Estar legalmente
constituidas de acuerdo al tipo de organización.
En los casos de solicitarse recursos para la adquisición de materiales
para mejoras edilicias y/o de infraestructura, en pos de contribuir a
la accesibilidad, mejoramiento y/o ampliación de su capacidad
instaladas, deberá cumplirse con los siguientes requisitos:
a. SUPERFICIE: Disponer de la superficie necesaria para adaptar las
mejoras.
b. SITUACIÓN DOMINIAL: La institución deberá acreditar alguna de las
siguientes situaciones dominiales respecto al predio donde se
desarrolle el proyecto:
1. Acreditación de la titularidad del dominio de la propiedad por parte
de la institución, por medio de un Informe del registro de propiedad
inmueble de la jurisdicción.
2. Comodato acreditado por un lapso superior a DIEZ (10) años desde el
momento de la acreditación del subsidio.
3. Alquiler acreditado, desde el momento de la solicitud del subsidio.
Serán requisitos deseables para participar
1.
Disponerdegruposdevoluntariosparticipantesdelasaccionesdelaorganización
2.
Lautilizacióndeprácticasambientalessosteniblesqueayudenareducirelimpactonegativo.
3. Prever una instancia participativa (actividad, encuentro) a modo de
cierre del mismo para retribuir a la comunidad de la cual forma parte
la organización.
4. La disponibilidad de los recursos humanos necesarios para el
desarrollo de sus acciones y la implementación del proyecto
5. Que el proyecto estime un impacto social, económico, político o
cultural positivo en la región donde se desarrollará.
VI. PRESENTACIÓN DE LOS PROYECTOS
1. GESTIÓN
La convocatoria se gestionará a través del sitio web abocado a tal fin
en el portal Argentina.gob.ar.
En dicho espacio se podrá:
1. Descargar los documentos que
enmarcan la convocatoria: resolución aprobatoria del Programa
“FORTALECER OSC”, disposición que establece “FORTALECER OSC - 2da.
Edición”, bases y condiciones, modelos de documentación e instructivos
para la inscripción y postulación de proyectos, instructivo y modelos
de documentación para la rendición de los mismos.
2. Encontrar las direcciones de correo electrónico dispuestas para
consultas y/o presentación de proyectos.
3. Informarse de los resultados de la convocatoria.
Las fechas críticas de la convocatoria, en particular aquellas
referidas al período de inscripción y presentación de los proyectos,
serán informadas oportunamente a través del sitio web mencionado.
2. RECEPCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
Para aplicar a la presente convocatoria, se deberá remitir a la
dirección de correo electrónico
proyectosfortalecerosc2daedicion@jefatura.gob.ar un único formulario de
postulación completo y toda la documentación detallada en el presente
documento de Bases y Condiciones.
Según cada supuesto, tomando en consideración la accesibilidad de cada
OSC, podrá enviarse en formato digital al correo electrónico referido o
en su defecto, en formato papel por la mesa de entrada -cuyo domicilio
se encuentra en la página oficial de la Jefatura de Gabinete de
Ministros (Av. Presidente Julio A. Roca 782, CP 1067)- en sobre
cerrado. Dicho sobre deberá contener en el dorso:
- Destinatario: Programa Nacional
“FORTALECER OSC - 2DA. EDICIÓN” - SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LA
SOCIEDAD CIVIL
- Remitente: Nombre de la Organización Social, Localidad y Provincia.
3. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Cada INSTITUCIÓN que desee presentarse al Programa FORTALECER OSC -
2DA. EDICIÓN, deberá presentar la documentación detallados a
continuación:
a.
FORMULARIO DE POSTULACIÓN: La
institución presentará el proyecto para la adjudicación de un subsidio
económico no reembolsable que se encuentre en el marco del programa
“FORTALECER OSC - 2DA. EDICIÓN” en el formato establecido en su ANEXO I
del presente.
El proyecto deberá estar suscripto por la máxima autoridad de la
institución solicitante, con carácter de declaración jurada, incluyendo
la descripción completa del Proyecto, los datos de la institución, el
cronograma de actividades y un cuadro presupuestario que indique los
valores de referencia de los rubros solicitados, donde se detalle
claramente el valor unitario y el valor total.
a. DOCUMENTACIÓN INSTITUCIONAL:
• Constancia de Inscripción en la AFIP (CUIT) de la INSTITUCIÓN.
• Copia de DNI de la persona que suscriba la petición (frente y dorso).
• Certificación de la Cuenta bancaria pre existente emitida por la
institución bancaria. En todos los casos deberá acreditarse CONSTANCIA
DE APERTURA de Cuenta Corriente Bancaria o Cuenta Corriente Especial en
Banco público nacional, provincial o privado, que estuviere habilitado
para recibir fondos del gobierno nacional de conformidad con las normas
vigentes que regulan la materia.
• Constancia de CBU de la cuenta solicitante.
• Acreditación de la posesión, locación, comodato o usufructo del sitio
donde se desarrollará el proyecto.
• Acreditación de la personería jurídica: Copia simple de la Constancia
de Personería Jurídica (Resolución de otorgamiento de la personería
jurídica/Constancia de inscripción ante el Registro Nacional de
Comunidades Indígenas); Copia simple del Acta Constitutiva/Estatuto
actualizado; y Copia simple de la última Acta de designación de
autoridades.
La documentación referida a la institución se encontrará sujeta a la
Decisión Administrativa 862/2022 que en su Artículo 1° establece:
ARTÍCULO 1°.- Dispónese que las
jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional que tengan a su
cargo la ejecución de programas sociales, cuando resulte necesario para
el cumplimiento de sus fines, deberán requerir a la INSPECCIÓN GENERAL
DE JUSTICIA, al INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL o
al Registro Público provincial u organismo local competente, según
corresponda, la información sobre la constitución y funcionamiento de
organizaciones de la comunidad constituidas como asociaciones civiles,
fundaciones, asociaciones mutuales o cooperativas.
VII. CONSULTAS
Durante la etapa de presentación de proyectos los interesados podrán
realizar consultas a LA SUBSECRETARÍA, a través de correo electrónico,
dirigiéndose a la casilla
consultasfortalecerosc2daedicion@jefatura.gob.ar
VIII. IMPEDIMENTOS DE PARTICIPACIÓN.
No se admitirán proyectos presentados por instituciones que presenten
alguna/s de las siguientes situaciones:
• No poseer C.U.I.T. activo.
• Que el objeto real de la institución no sea concordante con el
declarado.
• Que no se pueda comprobar la creación o funcionamiento de la
institución.
• Que la Institución no posea cuenta bancaria.
No se admitirán proyectos presentados por instituciones que cuenten
entre sus autoridades con personas comprendidas dentro de las
siguientes circunstancias:
1. Estar directamente vinculados a LA
SUBSECRETARÍA mediante relación laboral bajo cualquier modalidad, o que
hayan participado en la organización, ejecución o desarrollo de la
presente convocatoria, sea que esta vinculación se produzca antes,
durante o al momento de la evaluación de los proyectos.
2. Funcionarías y funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional,
Provincial, Municipal o Comunal.
3. Quien tenga parentesco por consanguinidad dentro del cuarto y
segundo grado de afinidad de las personas mencionadas en los tres
puntos anteriores.
4. Diputadas y diputados nacionales y provinciales; Senadoras y
senadores nacionales y provinciales y municipales; concejalas y
concejales; funcionarias y funcionarios del orden legislativo municipal.
5. Funcionarias y funcionarios del Poder Judicial nacional, provincial,
municipal o federal.
Las incompatibilidades que se establecen en este Título VIII de
Impedimentos de Participación, se corroborarán a través de la
presentación del Formulario de Postulación, que posee carácter de
declaración jurada, publicado en la página web correspondiente al
Programa Nacional “FORTALECER OSC - 2DA. EDICIÓN” que se encuentra en
el portal de Argentina.gob.ar.
IX. PRESUPUESTO
El gasto que demande el cumplimiento de la presente convocatoria se
imputará al presupuesto asignado al PROGRAMA 68 DE LA SECRETARÍA DE
RELACIONES CONLA SOCIEDAD CIVIL Y DESARROLLO COMUNITARIO, hasta la suma
de $ 700.000.000 (pesos setecientos millones). No obstante, el
desarrollo del Programa estará sujeto a la disponibilidad de fondos de
la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación.
X. ADMISIBILIDAD, EVALUACIÓN Y
SELECCIÓN.
1. ADMISIBILIDAD:
Al vencimiento de la fecha para la presentación de proyectos, las áreas
jurídico-administrativas correspondientes y el equipo evaluador de LA
SUBSECRETARÍA analizarán toda la información provista por las
organizaciones postulantes.
Para que un proyecto sea considerado admisible, deberá satisfacer los
requisitos de tener completa la información solicitada y presentada en
tiempo y forma. La máxima autoridad de la institución solicitante será
la responsable legal del cumplimiento de las bases y condiciones de la
convocatoria establecidas en este documento.
Será CAUSAL DE INADMISIÓN y no podrá continuar el proceso de evaluación
aquel proyecto que INCURRA EN UNA O MÁS DE LAS SIGUIENTES SITUACIONES:
• Presentación fuera de término.
• Alguna de las situaciones detalladas en el punto VIII. IMPEDIMENTOS
DE PARTICIPACIÓN.
• No presentar de manera correcta, clara y completa la documentación
requerida.
• No cumplir con alguno/s de los requisitos establecidos en el punto V.
REQUISITOS de estas Bases y Condiciones.
Recibida toda la documentación indicada para ingresar al Programa, las
áreas jurídico-administrativas correspondientes verificarán el
cumplimiento de todos los requisitos y analizarán la documentación del
Proyecto presentado. Aquellos proyectos que hayan superado la instancia
de admisión pasarán a la etapa de Evaluación.
2. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN:
La Unidad de Coordinación Técnica de Proyectos (UTCP) de la Jefatura de
Gabinete de Ministros será la encargada de analizar y evaluar cada uno
de los perfiles de proyectos recibidos, en función de los objetivos del
presente programa y el cuadro de criterios y valoración que se detalla
a continuación.
La elegibilidad final de los proyectos seleccionados estará supeditada
a garantizar la ejecución del programa en cada una de las provincias
que se hubiesen presentado a la convocatoria.
Los proyectos admitidos serán evaluados a partir de los siguientes
criterios:
•
Cuestiones
formales de presentación:
o Los distintos documentos deben estar
redactados con claridad y precisión.
• La
factibilidad del proyecto
presentado, en función de:
o La concordancia y proporcionalidad
entre los objetivos planteados y los resultados esperados.
o La razonabilidad de los recursos disponibles y los montos solicitados.
o Los antecedentes de la Institución en la implementación de proyectos.
• La
calidad del proyecto
presentado, en función de:
o Los objetivos del proyecto responden
a los del Programa FORTALECER OSC - 2da. EDICIÓN.
o El impacto esperado, a partir de la definición clara de la
problemática o necesidad comunitaria que se busca abordar y el aporte
del proyecto en ese sentido.
o El alcance, a partir de la definición de los beneficiarios directos e
indirectos del proyecto.
• El cumplimiento con los siguientes requisitos deseables. Se
ponderarán especialmente aquellos proyectos que observen alguna/s de
las condiciones que se detallan a continuación:
o Dispongan de grupos de voluntarios
participantes para el desarrollo de sus acciones y la implementación
del proyecto.
o Dispongan de los recursos humanos necesarios para el desarrollo de
sus acciones y la implementación del proyecto.
o Se ponderará si entre los mencionados en los dos ítems anteriores
figuran personas inscriptas en el Registro Nacional de Trabajadores y
Trabajadoras de la Economía Popular (RENATEP).
o Contemplen la utilización de prácticas ambientales sostenibles que
ayuden a reducir el impacto negativo.
o Prevean una instancia participativa para retribuir a la comunidad de
la cual forma parte la organización.
o Prevean un impacto social, económico, político o cultural positivo en
la región donde se desarrollen.
El equipo evaluador, una vez analizado cada proyecto de acuerdo con los
criterios establecidos, realizará un Informe para su posterior
evaluación por parte de las autoridades competentes.
Los proyectos presentados serán analizados en el período de DOCE DÍAS
HÁBILES (12), para determinar su admisibilidad y posterior evaluación.
Pasados ese plazo, se publicará el orden de mérito de los proyectos
admitidos con la conformidad de la SUBSECRETARÍA.
XI. COMUNICACIÓN A LAS INSTITUCIONES
El listado de las instituciones seleccionadas será publicado en el
sitio web de LA SUBSECRETARÍA en el portal
Argentina.gob.ar.
Además de la publicación del orden de mérito de los proyectos
admitidos, se comunicará por correo electrónico a las instituciones que
hayan sido seleccionadas.
XII. SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO
ESPECÍFICO DE EJECUCIÓN:
Publicado el orden de mérito, se procederá a la suscripción de
Convenios Específicos de Ejecución con cada institución, destinados a
promover el cumplimento de los objetivos declarados en sus respectivos
proyectos, acorde a lo establecido en este documento de “Bases y
Condiciones”.
Al respecto, se le enviará a la institución una nota con el Convenio
Específico de Ejecución a suscribir (en formato PDF, vía correo
electrónico, informado en la documentación de solicitud de ingreso al
Programa).
El responsable legal del proyecto deberá firmar DOS (2) copias del
Convenio, y remitirlas en formato digital a la casilla de mail
informada anteriormente, y en formato papel por la mesa de entrada
-cuyo domicilio se encuentra en la página oficial de la Jefatura de
Gabinete de Ministros (Av. Presidente Julio A. Roca 782, CP 1067).
Una vez firmadas por LA SUBSECRETARÍA, se enviará UN (1) ejemplar a la
institución de forma digital o por correo postal.
XIII. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO.
Las instituciones contarán con TRES (3) MESES a partir del desembolso
para cumplir con los objetivos detallados en los proyectos presentados.
XIV. RENDICIÓN
1. PRESENTACIÓN:
Las rendiciones serán presentadas a LA SUBSECRETARÍA en formato papel
por la mesa de entrada -cuyo domicilio se encuentra en la página
oficial de la Jefatura de Gabinete de Ministros (Av. Presidente Julio
A. Roca 782, CP 1067), la misma deberá estar firmada por el presidente
y tesorero de la Institución.
Deberán realizarse mediante los Formularios II-A y II-B del Anexo III
del Convenio a suscribir:
-
FORMULARIO II-A: “Declaración Jurada sobre Aplicación de Fondos”.
- FORMULARIO II-B: “Documentación
respaldatoria de la inversión de los fondos”.
Se destaca que el importe consignado en el campo “Total” deberá ser
coincidente con el expresado en el Formulario II-A de “Declaración
Jurada sobre Aplicación de Fondos” como “Inversión documentada rendida
en la presente”.
Los mencionados formularios deberán acompañarse con las copias de los
comprobantes respaldatorios de la inversión que se detallan en el
Formulario II-B. Además de las facturas o tickets oficiales/fiscales,
se deberá acompañar copia de los comprobantes de las transferencias de
pago, o copia del extracto bancario.
Los gastos deberán ajustarse a lo dispuesto en el correspondiente
Programa y sus Bases y Condiciones (en los que se encuadra el
financiamiento), al Convenio Específico de Ejecución firmado y al acto
administrativo que ordene la transferencia.
2. REQUISITOS MINIMOS:
Son requisitos mínimos de rendición:
• Estar suscrita -con firma y aclaración en todas sus páginas,
incluyendo tickets, facturas y extracto bancario- por la autoridad
máxima y tesorero o contador de la institución, siempre en carácter de
Declaración Jurada, indicándose los fundamentos que hacen a su
presentación.
• Cumplir con el modelo utilizado, completando todos sus campos en
relación con el detalle de los comprobantes anexados a la rendición y/o
en la forma indicada.
• La rendición con todos sus documentos debe ser foliada en todas sus
hojas sin excepción, agregando documentación al final y con numeración
consecutiva.
• Contener el detalle de la totalidad de los comprobantes
respaldatorios por los fondos percibidos, debiendo encontrarse el monto
total, comprobando que lo indicado en Total sea coincidente con el
expresado en la Declaración Jurada.
• Comprobantes respaldatorios: se deberán entregar las copias de los
comprobantes de los gastos realizados en el marco del apoyo económico
otorgado, los cuales deben cumplir los siguientes parámetros:
• Los comprobantes se detallarán en la
planilla del Formulario 2: Planilla de Rendición.
• Deben adjuntar las constancias de inscripción de los proveedores que
pueden consultar mediante el siguiente link de la web de la AFIP:
https://seti.afip.gob.ar/padron-puc-constancia-internet/ConsultaConstanciaAction.do
• Para las constancias de validación de los comprobantes de gastos
deben ingresar los N° CAE (Código de Autorización Electrónico) y N° CAI
(Código de Autorización de Impresión).
Links para realizar la consulta:
https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/comprobantes/Default.aspx
• Deberán dar cumplimiento integral a la RG N° 1415/03 de la AFIP, a
saber:
■ Ticket con logotipo CF DGI (conforme
modelo de logotipo fiscal de la resolución general de la DGI N°
4104/96) y N° de controlador fiscal, o Factura tipo B o C 1 con número
1.
■ Cumplir con las reglamentaciones de la AFIP, en cuanto a su contenido
mínimo, debiendo contar con:
o Fecha
o Razón social
o Nro. de CUIT
o Domicilio legal
o Nro. de Ingresos brutos
o No presentar enmiendas, sobre escrituras, tachaduras o errores.
o Los datos deberán contener el concepto claro, completo y/o
debidamente fundamentado.
3. OTRAS CONSIDERACIONES RESPECTO DE
LOS REQUISITOS:
► La fecha de emisión de los
comprobantes incluidos en la rendición deberá estar dentro del plazo de
ejecución del otorgamiento.
► Los conceptos de los gastos deben ser concordantes con los aprobados
en el Acto Administrativo que otorga el financiamiento.
► El “período” facturado no debe ser anterior a la fecha de alta en el
impuesto respectivo, ni a la fecha de alta en la actividad económica.
► Los comprobantes deberán emitirse a condición contado. En caso de
otra condición de venta, se deberá acompañar la respectiva constancia
de pago por la cancelación total de la factura (Recibo del proveedor, y
transferencia bancaria).
► No se aceptarán gastos abonados con tarjetas de débito y/o crédito.
► No se aceptarán facturas confeccionadas manualmente.
► Adjuntar fotocopia certificada del extracto bancario en el cual se
muestra la recepción de los fondos. Con sello del banco. Debe
identificarse la transferencia recibida.
4. PLAZO:
La rendición debe ser presentada como máximo 30 (TREINTA) días corridos
después de la finalización del plazo de ejecución del proyecto.
5. DEVOLUCIÓN DE FONDOS:
En el caso de que, como resultado de la rendición de cuentas, hubiera
montos remanentes sin utilizar y/o sin justificar, la institución
deberá transferir en forma inmediata dichos fondos a favor del ESTADO
NACIONAL a la cuenta corriente que se informe a tales efectos.
6. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO:
Vencido el plazo otorgado para la rendición y no habiendo sido
cumplimentada, LA SUBSECRETARÍA comunicará por nota firmada a la
institución que debe regularizar la situación indicando un plazo a tal
efecto.
En caso de que se persista en el incumplimiento de la rendición, LA
JEFATURA DE GABINETE intimará por medio fehaciente, por única vez y por
el plazo de 30 (treinta) días corridos, a fin de que cumplimente la
rendición pendiente. Cumplido ese plazo, se habilitará el inicio de las
acciones administrativas y/o judiciales pertinentes. Lo mismo regirá en
el caso de realizarse observaciones en la rendición.
Cuando se trate de un incumplimiento de las pautas aprobadas, quedará
habilitada la vía judicial y/o administrativa para declarar la
caducidad y exigir el reembolso de los fondos otorgados.
7. INFORME FINAL.:
Las entidades deberán presentar un informe final sobre los logros
obtenidos el cual podrá ser publicado según decisión de la
SUBSECRETARÍA en caso de ser relevante para que el proyecto pueda ser
replicado.
XV. DIFUSIÓN Y PUBLICIDAD.
Por participar a través de la presentación de proyectos en esta
convocatoria, los postulantes prestan su conformidad - en caso de
resultar seleccionados - para que se difunda el nombre de la
institución, CUIT, lugar de asentamiento, título del proyecto y de ser
necesario una breve sinopsis del mismo; en el modo, lugar, formato,
soporte y/o cualquier medio que determine LA SUBSECRETARÍA por tiempo
indefinido. Adicionalmente permitirán la publicación de los logros
gracias a la participación en el presente programa.
XVI. DISPOSICIONES GENERALES.
Las instituciones beneficiadas por el financiamiento que incumplan
cualquiera de las normas establecidas en el presente documento, no
podrán presentarse a futuras convocatorias de cualquier tipo de las
realizadas por LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACIÓN o
cualquiera de las Secretarías o Subsecretarías que dependen de ella,
hasta no efectivizar su correspondiente cumplimiento.
XVII. ACEPTACIÓN DE LAS BASES Y
CONDICIONES.
El hecho de inscribirse y participar de la presente convocatoria
implica la aceptación y conocimiento de las presentes Bases y
Condiciones en todas sus cláusulas.
FORMULARIO DE POSTULACIÓN A PROGRAMA
“FORTALECER OSC - 2DA. EDICIÓN”.
(La presentación de este formulario reviste el carácter de Declaración
Jurada y los datos consignados son correctos, veraces y sin omisiones,
asumiendo responsabilidad administrativa, civil o penal por las
consecuencias derivadas de las falsedades o errores).
Aclaración: Cuando se mencionan caracteres, los mismos incluyen
espacios.
1. DATOS INSTITUCIONALES
1.1. Tipo de Institución: (marcar la
que corresponde)
Sociedad □
Asociación civil □
Simple asociación □
Fundación □
Mutual □
Cooperativa □
Federación de cooperativas:
Organización de la Economía Popular (especificar) □
Otro □ (especificar):
1.2. Datos de la institución:
Nombre/Razón Social:
CUIT:
Domicilio legal:
Localidad:
Departamento:
Provincia:
Teléfono:
Correo electrónico:
Actividad Principal (según AFIP):
Actividad/es secundaria/s (de corresponder):
1.3. Datos de la máxima autoridad
responsable de la institución:
Nombre y apellido:
Cargo:
Tipo y N° de Documento:
CUIL:
Domicilio:
Localidad:
Departamento:
Provincia:
Teléfono:
Correo electrónico:
1.4.
Información de la institución:
Describa a qué se dedica la institución, cuáles son sus objetivos y
antecedentes. (No más de 1000 caracteres).
1.5.
Financiamiento Gubernamental:
Describa si la institución percibió en oportunidades previas subsidios
del estado Nacional, Provincial y/o Municipal. En caso de haber
percibido subsidios, detalle brevemente en qué consistieron y cuál fue
el impacto logrado. (No más de 500 caracteres por subsidio).
2. DATOS DEL PROYECTO
2.1 Nombre del proyecto:
2.2. Especifique el lugar o la localidad donde se desarrollará el
proyecto
Domicilio:
Localidad:
Departamento:
Provincia:
3. FORMULACIÓN DEL PROYECTO
3.1.
Breve descripción del proyecto.
Realizar una breve descripción y fundamentación general de la propuesta
de trabajo. ¿Cuál es el fin último del proyecto? ¿Cómo lo van a
realizar? ¿Cuál es el resultado que se espera obtener? Indicar si
intervienen entidades o personas relacionadas con la Economía Popular.
(No más de 1500 caracteres).
3.2.
Describir el objetivo general
del proyecto. (No más de 300 caracteres).
3.3.
Describir los objetivos
específicos. (No más de 3 objetivos y hasta 300 caracteres por
objetivo).
3.4
Planificación de las etapas y/o
actividades necesarias para alcanzar el objetivo. Indicar el
plazo de duración del proyecto y el cronograma de realización de sus
principales etapas y/o actividades, (Tener en cuenta los plazos
estipulados en los lineamientos operativos). (No más de 1000
caracteres).
3.5.
Población destinataria del
proyecto. Detallar cantidad de personas beneficiadas (de manera
directa y/o indirecta). Explicar cómo se espera que impacte el proyecto
en la población destinataria. (No más de 1000 caracteres).
3.6.
Sustentabilidad del proyecto.
Describir el impacto ambiental del proyecto. ¿Qué impacto tiene en los
recursos naturales de su entorno? (No más de 500 caracteres).
3.7.
Sostenibilidad del proyecto.
Describir el impacto social y económico del proyecto en el marco de la
región donde desarrolla su actividad. (No más de 1000 caracteres).
4. FINANCIAMIENTO.
4.1 Indique el monto total solicitado.
Expresar en Pesos (letras y números)
4.2. RUBROS DE FINANCIAMIENTO
Los fondos serán destinados
EN FORMA
EXCLUSIVA a:
Completar de manera detallada CADA
ÍTEM a comprar con el monto solicitado.