MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1972/2023
RESOL-2023-1972-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 26/09/2023
VISTO el EX-2023-112488341- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976), y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que en las páginas 1/3 del RE-2023-112484914-APN-DGD#MT y en el
RE-2023-113211453-APN-DTD#JGM del expediente de referencia, obran,
respectivamente, el acuerdo y su anexo, celebrados entre la ASOCIACION
DE PILOTOS DE LINEAS AEREAS (A.P.L.A.), por la parte sindical, y la
empresa AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, por la parte
empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N°
14.250 (t.o. 2004).
Que a través del mentado acuerdo las partes pactan cuestiones relativas
a la liquidación del Impuesto a las Ganancias, en el marco del Dictamen
de firma conjunta de la Dirección de Imposición Directa, y la Dirección
Nacional de Impuestos, ambas del Ministerio de Economía, obrante en el
IF-2023-109233146-APN-DNI#MEC, recaído en el EX-2023-109076986-
-APN-DGDA#MEC, conforme la vigencia y detalles allí impuestos.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando su personería y facultades para negociar
colectivamente, conforme las constancias obrantes en autos.
Que los delegados de personal han tomado la intervención que les
compete, conforme lo normado en el Artículo 17º de la Ley Nº 14.250.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que una vez dictado el presente corresponde comunicar para su toma de
conocimiento a la SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS del MINISTERIO DE
ECONOMIA y a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el
DECTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárense homologados el acuerdo y el anexo celebrados
entre la ASOCIACION DE PILOTOS DE LINEAS AEREAS (A.P.L.A.), por la
parte sindical, y la empresa AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA,
por la parte empleadora, obrantes, respectivamente, en las páginas 1/3
del RE-2023-112484914-APN-DGD#MT y en el RE-2023-113211453-APN-DTD#JGM,
ambos del EX-2023-112488341- -APN-DGD#MT, conforme lo dispuesto en la
Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Subsecretaría de Gestión Administrativa. Cumplido, pase a la
Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de
que proceda al registro de los instrumentos identificados en el
Artículo 1° de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido ello,
comuníquese para su toma de conocimiento a la SUBSECRETARIA DE INGRESOS
PUBLICOS DEL MINISTERIO DE ECONOMIA y a la ADMINISTRACION FEDERAL DE
INGRESOS PUBLICOS. Finalmente, procédase a la guarda del presente
legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N°
402/00 “E”.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuita de los instrumentos homologados y de esta Resolución,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5°
de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/11/2023 N° 91289/23 v. 10/11/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)