MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Resolución 2228/2023

RESOL-2023-2228-APN-MDS

Ciudad de Buenos Aires, 14/11/2023

VISTO el Expediente EX-2023-131553138-APN-DGA#MDS, la Ley de Ministerios y sus normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 y sus normas modificatorias y complementarias, los Decretos N° 1344 del 4 de octubre de 2007 y sus normas modificatorias y complementarias y N° 689 del 12 de octubre de 2022; y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 14 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional establece que la reglamentación de dicha norma establecerá las técnicas de programación presupuestaria y los clasificadores de gastos y recursos que serán utilizados para la elaboración del presupuesto de gastos y recursos de todas las jurisdicciones y entidades que conforman el sector público nacional.

Que el artículo 14 del Anexo al Decreto N° 1344/07 establece asimismo el modo en que se estructura el presupuesto de gastos de cada una de las jurisdicciones y entidades de la Administración Nacional, de acuerdo con las categorías allí establecidas.

Que la Programación Presupuestaria de la ejecución es aquella tarea inmediata a la formulación y previa a la ejecución presupuestaria propiamente dicha, conformando un estadio intermedio entre la asignación del crédito y la efectiva aplicación del gasto.

Que las Jurisdicciones y Organismos de la Administración Pública Nacional elaboran un programa anual de utilización del crédito presupuestario desagregado en trimestres.

Que esta programación por períodos permite graduar la ejecución del gasto de la Jurisdicción y constituye la base para determinar las cuotas de compromiso y de devengado, siendo que la cuota de compromiso tiene naturaleza trimestral y la de devengado tiene naturaleza mensual (siempre dentro del trimestre que corresponda).

Que, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social, el proceso de Formulación, Programación y Evaluación del Presupuesto es llevado a cabo en la órbita de la Dirección de Programación y Ejecución Presupuestaria, dependiente de la Dirección General de Administración de la Secretaría de Gestión Administrativa.

Que el proceso de Formulación Presupuestaria es de aplicación para la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto Nacional bajo la responsabilidad de la mencionada Dirección de Programación y Ejecución Presupuestaria, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Oficina Nacional de Presupuesto, dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía.

Que, por otro lado, la llamada programación presupuestaria comprende todos los procedimientos que se sustancian desde la distribución del presupuesto de gastos y recursos de la Administración Nacional mediante la pertinente Decisión Administrativa de distribución de cada ejercicio, hasta el tratamiento de las modificaciones al aquel en sus etapas de programación y ejecución propiamente dichas.

Que, asimismo, el artículo 101 la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificaciones, establece que autoridad superior de cada jurisdicción es responsable del mantenimiento y de un adecuando sistema de control interno que incluirá los instrumentos de control previo y posterior incorporados en el plan de organización y en los reglamentos y manuales de procedimiento de cada organismo y la auditoria interna.

Que, en miras de atender a lo allí dispuesto, resulta pertinente establecer un Manual de Procedimiento Interno para la Formulación, Programación y Evaluación Presupuestaria que regirá la gestión de dichos procedimientos en la órbita de la Dirección General de Administración dependiente de la Secretaría de Gestión Administrativa de este Ministerio de Desarrollo Social.

Que el objeto del referido Manual consiste en describir las tareas involucradas en la Formulación, Programación y Evaluación Presupuestaria que realiza la Dirección de Programación y Ejecución Presupuestaria, dependiente de la citada Dirección General de Administración.

Que el Manual de Procedimiento que se propicia presenta en forma ordenada, secuencial y detallada el procedimiento de Formulación, Programación y Evaluación Presupuestaria en la órbita de esta Cartera Ministerial.

Que su aplicación proporcionará uniformidad y homogeneidad en el procesamiento de los hechos y el desempeño de los agentes y funcionarios, frente a situaciones equivalentes, de modo tal que sus resultados sean comparables entre sí y se incremente la transparencia de la Administración institucional.

Que la Unidad de Auditoria Interna de este Ministerio de Desarrollo Social, tomo intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable para la aprobación del Manual de Procedimiento Interno de Formulación, Programación y Evaluación Presupuestaria.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la SECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA han tomado la intervención que les compete.

Que el Servicio Jurídico Permanente de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus normas modificatorias y complementarias, el Decreto Nº 1.344/07 y sus normas modificatorias y complementarias, y el Decreto Nº 689 del 12 de octubre de 2022.

Por ello,

LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el “MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE FORMULACIÓN, PROGRAMACIÓN Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA” que como Anexo (IF-2023-132251831-APN-DGA#MDS) forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Victoria Tolosa Paz

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 17/11/2023 N° 93689/23 v. 17/11/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)