MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Resolución 2228/2023
RESOL-2023-2228-APN-MDS
Ciudad de Buenos Aires, 14/11/2023
VISTO el Expediente EX-2023-131553138-APN-DGA#MDS, la Ley de
Ministerios y sus normas modificatorias y complementarias, la Ley N°
24.156 y sus normas modificatorias y complementarias, los Decretos N°
1344 del 4 de octubre de 2007 y sus normas modificatorias y
complementarias y N° 689 del 12 de octubre de 2022; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 14 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y
de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional establece que la
reglamentación de dicha norma establecerá las técnicas de programación
presupuestaria y los clasificadores de gastos y recursos que serán
utilizados para la elaboración del presupuesto de gastos y recursos de
todas las jurisdicciones y entidades que conforman el sector público
nacional.
Que el artículo 14 del Anexo al Decreto N° 1344/07 establece asimismo
el modo en que se estructura el presupuesto de gastos de cada una de
las jurisdicciones y entidades de la Administración Nacional, de
acuerdo con las categorías allí establecidas.
Que la Programación Presupuestaria de la ejecución es aquella tarea
inmediata a la formulación y previa a la ejecución presupuestaria
propiamente dicha, conformando un estadio intermedio entre la
asignación del crédito y la efectiva aplicación del gasto.
Que las Jurisdicciones y Organismos de la Administración Pública
Nacional elaboran un programa anual de utilización del crédito
presupuestario desagregado en trimestres.
Que esta programación por períodos permite graduar la ejecución del
gasto de la Jurisdicción y constituye la base para determinar las
cuotas de compromiso y de devengado, siendo que la cuota de compromiso
tiene naturaleza trimestral y la de devengado tiene naturaleza mensual
(siempre dentro del trimestre que corresponda).
Que, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social, el proceso de
Formulación, Programación y Evaluación del Presupuesto es llevado a
cabo en la órbita de la Dirección de Programación y Ejecución
Presupuestaria, dependiente de la Dirección General de Administración
de la Secretaría de Gestión Administrativa.
Que el proceso de Formulación Presupuestaria es de aplicación para la
elaboración del Anteproyecto de Presupuesto Nacional bajo la
responsabilidad de la mencionada Dirección de Programación y Ejecución
Presupuestaria, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la
Oficina Nacional de Presupuesto, dependiente de la Subsecretaría de
Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía.
Que, por otro lado, la llamada programación presupuestaria comprende
todos los procedimientos que se sustancian desde la distribución del
presupuesto de gastos y recursos de la Administración Nacional mediante
la pertinente Decisión Administrativa de distribución de cada
ejercicio, hasta el tratamiento de las modificaciones al aquel en sus
etapas de programación y ejecución propiamente dichas.
Que, asimismo, el artículo 101 la Ley Nº 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y
sus modificaciones, establece que autoridad superior de cada
jurisdicción es responsable del mantenimiento y de un adecuando sistema
de control interno que incluirá los instrumentos de control previo y
posterior incorporados en el plan de organización y en los reglamentos
y manuales de procedimiento de cada organismo y la auditoria interna.
Que, en miras de atender a lo allí dispuesto, resulta pertinente
establecer un Manual de Procedimiento Interno para la Formulación,
Programación y Evaluación Presupuestaria que regirá la gestión de
dichos procedimientos en la órbita de la Dirección General de
Administración dependiente de la Secretaría de Gestión Administrativa
de este Ministerio de Desarrollo Social.
Que el objeto del referido Manual consiste en describir las tareas
involucradas en la Formulación, Programación y Evaluación
Presupuestaria que realiza la Dirección de Programación y Ejecución
Presupuestaria, dependiente de la citada Dirección General de
Administración.
Que el Manual de Procedimiento que se propicia presenta en forma
ordenada, secuencial y detallada el procedimiento de Formulación,
Programación y Evaluación Presupuestaria en la órbita de esta Cartera
Ministerial.
Que su aplicación proporcionará uniformidad y homogeneidad en el
procesamiento de los hechos y el desempeño de los agentes y
funcionarios, frente a situaciones equivalentes, de modo tal que sus
resultados sean comparables entre sí y se incremente la transparencia
de la Administración institucional.
Que la Unidad de Auditoria Interna de este Ministerio de Desarrollo
Social, tomo intervención de su competencia, emitiendo opinión
favorable para la aprobación del Manual de Procedimiento Interno de
Formulación, Programación y Evaluación Presupuestaria.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la SECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA han tomado la intervención que les compete.
Que el Servicio Jurídico Permanente de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por la Ley 24.156 de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus normas
modificatorias y complementarias, el Decreto Nº 1.344/07 y sus normas
modificatorias y complementarias, y el Decreto Nº 689 del 12 de octubre
de 2022.
Por ello,
LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el “MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE FORMULACIÓN,
PROGRAMACIÓN Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA” que como Anexo
(IF-2023-132251831-APN-DGA#MDS) forma parte integrante de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Victoria Tolosa Paz
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 17/11/2023 N° 93689/23 v. 17/11/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)