MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Resolución 2230/2023

RESOL-2023-2230-APN-MDS

Ciudad de Buenos Aires, 14/11/2023

VISTO el Expediente EX-2023-125732778-APN-DGA#MDS, la Ley de Ministerios y sus normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 y sus normas modificatorias y complementarias, los Decretos N° 1344 del 4 de octubre de 2007 y sus normas modificatorias y complementarias y N° 689 del 12 de octubre de 2022; y

CONSIDERANDO:

Que la 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional establece, en su Título IV, lo relativo al “Sistema de Tesorería”, que está compuesto por el conjunto de órganos, normas y procedimientos que intervienen en la recaudación de los ingresos y en los pagos que configuran el flujo de fondos del sector público nacional, así como en la custodia de las disponibilidades que se generen.

Que la Tesorería General de la Nación, de la Subsecretaria de Presupuesto de la Secretaria de Hacienda del Ministerio de Economía es el órgano rector del sistema de tesorería y, como tal coordina el funcionamiento de todas las unidades o servicios de tesorería que operan en el sector público nacional, dictando las normas y procedimientos conducentes a ello.

Que, asimismo, por el Decreto Nº 1023/01, sus modificatorios y complementarios, el Poder Ejecutivo Nacional instituyó el Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional.

Que por el Decreto Nº 1030/16, sus modificatorios y complementarios, se aprobó la reglamentación al citado decreto, poniendo en vigencia el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional.

Que por su parte la Disposición N° 62/2016, de la Oficina Nacional de Compras, aprobó el “Manual de procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, el cual contiene las normas procedimentales a las que deberán ajustarse los procedimientos de selección que se gestionen al amparo del Decreto Delegado N° 1023/2001, sus modificatorios y complementarios y su reglamentación.

Que, en el marco de los diversos procedimientos de contratación llevados a cabo en el ámbito de la Dirección de Compras y Contrataciones, de la Dirección General de Administración dependiente de la Secretaría de Gestión Administrativa de este Ministerio de Desarrollo Social son recibidos por parte de esta Cartera Ministerial, a título de custodio, diversos valores consistentes en Pólizas, Cheques, Transferencias Bancarias o Pagarés, los cuales se entregan, generalmente, como garantías o cauciones.

Que la Coordinación de Tesorería, dependiente de la Dirección General de Administración, es la responsable de recibir y custodiar dichos valores, así como también de realizar la registración de las altas y bajas de los valores en custodia.

Que, asimismo, el artículo 101 la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional establece que autoridad superior de cada jurisdicción es responsable del mantenimiento y de un adecuando sistema de control interno que incluirá los instrumentos de control previo y posterior incorporados en el plan de organización y en los reglamentos y manuales de procedimiento de cada organismo y la auditoria interna.

Que, en miras de atender a lo allí dispuesto, resulta pertinente establecer un Manual de Procedimiento Interno para el Procedimiento de Registro, Custodia y Devolución de Valores, Garantías y Fondos de Terceros que regirá la gestión de dichos procedimientos en la órbita de la Dirección General de Administración dependiente de la Secretaría de Gestión Administrativa de este Ministerio de Desarrollo Social.

Que el objeto del referido Manual consiste en describir las tareas involucradas en el Procedimiento de Registro, Custodia y Devolución de Valores, Garantías y Fondos de Terceros llevados a cabo en la órbita de la Dirección General de Administración.

Que el Manual de Procedimiento que se propicia presenta en forma ordenada, secuencial y detallada el procedimiento de Procedimiento de Registro, Custodia y Devolución de Valores, Garantías y Fondos de Terceros en la órbita de esta Cartera Ministerial.

Que su aplicación proporcionará uniformidad y homogeneidad en el procesamiento de los hechos y el desempeño de los agentes y funcionarios, frente a situaciones equivalentes, de modo tal que sus resultados sean comparables entre sí y se incremente la transparencia de la administración institucional.

Que la Unidad de Auditoria Interna de este Ministerio de Desarrollo Social, tomo intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable para la aprobación del Manual de Procedimiento de Registro, Custodia y Devolución de Valores, Garantías y Fondos de Terceros que por este acto se propicia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la SECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA han tomado la intervención que les compete.

Que el Servicio Jurídico Permanente de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus normas modificatorias y complementarias, el Decreto Nº 1.344/07 y sus normas modificatorias y complementarias, y el Decreto Nº 689 del 12 de octubre de 2022.

Por ello,

LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el “MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE REGISTRO, CUSTODIA Y DEVOLUCIÓN DE VALORES, GARANTÍAS Y FONDOS DE TERCEROS” que como Anexo (IF-2023-132125597-APN-DGA#MDS) forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Victoria Tolosa Paz

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 17/11/2023 N° 93699/23 v. 17/11/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)