MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 1647/2023
RESOL-2023-1647-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 16/11/2023
Visto el expediente EX-2023-118824579-APN-DGDA#MEC, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2023 formulado por
Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima, empresa del Sector Público
Nacional actuante en el ámbito de la Secretaría de Energía del
Ministerio de Economía.
Que la ley 24.156 contiene en el Capítulo III del Título II, el Régimen
Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes
Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud a las facultades previstas en el
artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del 4
de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2023 de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima, empresa
del Sector Público Nacional actuante en el ámbito de la Secretaría de
Energía del Ministerio de Economía, de acuerdo al detalle obrante en
los anexos I (IF-2023-125722219-APN-SSP#MEC) y II
(IF-2023-125382313-APN-SSP#MEC).
ARTICULO 2°.- Estímanse en la suma de ciento noventa y dos mil
setecientos noventa y seis millones ciento treinta y siete mil
novecientos treinta y un pesos ($ 192.796.137.931) los ingresos de
operación y fíjanse en la suma de ciento cincuenta y nueve mil
seiscientos noventa y tres millones ochocientos veintiséis mil
ochocientos cuarenta y tres pesos ($ 159.693.826.843) los gastos de
consumo, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo
estimado en la suma de treinta y tres mil ciento dos millones
trescientos once mil ochenta y ocho pesos ($ 33.102.311.088), de
acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2023-125382313-APN-SSP#MEC).
ARTICULO 3°.- Estímanse en la suma de doscientos veinticinco mil
cuatrocientos ochenta y ocho millones doscientos cuarenta y ocho mil
setecientos cincuenta y ocho pesos ($ 225.488.248.758) los ingresos
corrientes y fíjanse en la suma de ciento setenta y siete mil
setecientos noventa y ocho millones doscientos noventa mil noventa y
ocho pesos ($ 177.798.290.098) los gastos corrientes, y como
consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (Ahorro) estimado
en cuarenta y siete mil seiscientos ochenta y nueve millones
novecientos cincuenta y ocho mil seiscientos sesenta pesos ($
47.689.958.660), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas
del anexo II (IF-2023-125382313-APN-SSP#MEC).
ARTICULO 4°.- Esímanse en la suma de quince mil ochocientos treinta y
cinco millones setecientos cincuenta y un mil doscientos treinta y dos
pesos ($ 15.835.751.232) los recursos de capital y fíjanse en la suma
de cuarenta y ocho mil novecientos cincuenta y ocho millones
trescientos noventa mil seiscientos sesenta pesos ($ 48.958.390.660)
los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el
Resultado Económico establecido en el artículo 3° de esta resolución,
estímase el Resultado Financiero (Superávit) para el ejercicio 2023 en
catorce mil quinientos sesenta y siete millones trescientos diecinueve
mil doscientos treinta y dos pesos ($ 14.567.319.232), de acuerdo con
el detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2023-125382313-APN-SSP#MEC).
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/11/2023 N° 93924/23 v. 21/11/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)