MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución 1647/2023

RESOL-2023-1647-APN-MEC

Ciudad de Buenos Aires, 16/11/2023

Visto el expediente EX-2023-118824579-APN-DGDA#MEC, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2023 formulado por Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima, empresa del Sector Público Nacional actuante en el ámbito de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía.

Que la ley 24.156 contiene en el Capítulo III del Título II, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la medida propiciada.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.

Que esta resolución se dicta en virtud a las facultades previstas en el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del 4 de octubre de 2007.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2023 de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima, empresa del Sector Público Nacional actuante en el ámbito de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, de acuerdo al detalle obrante en los anexos I (IF-2023-125722219-APN-SSP#MEC) y II (IF-2023-125382313-APN-SSP#MEC).

ARTICULO 2°.- Estímanse en la suma de ciento noventa y dos mil setecientos noventa y seis millones ciento treinta y siete mil novecientos treinta y un pesos ($ 192.796.137.931) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de ciento cincuenta y nueve mil seiscientos noventa y tres millones ochocientos veintiséis mil ochocientos cuarenta y tres pesos ($ 159.693.826.843) los gastos de consumo, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo estimado en la suma de treinta y tres mil ciento dos millones trescientos once mil ochenta y ocho pesos ($ 33.102.311.088), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2023-125382313-APN-SSP#MEC).

ARTICULO 3°.- Estímanse en la suma de doscientos veinticinco mil cuatrocientos ochenta y ocho millones doscientos cuarenta y ocho mil setecientos cincuenta y ocho pesos ($ 225.488.248.758) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de ciento setenta y siete mil setecientos noventa y ocho millones doscientos noventa mil noventa y ocho pesos ($ 177.798.290.098) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (Ahorro) estimado en cuarenta y siete mil seiscientos ochenta y nueve millones novecientos cincuenta y ocho mil seiscientos sesenta pesos ($ 47.689.958.660), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2023-125382313-APN-SSP#MEC).

ARTICULO 4°.- Esímanse en la suma de quince mil ochocientos treinta y cinco millones setecientos cincuenta y un mil doscientos treinta y dos pesos ($ 15.835.751.232) los recursos de capital y fíjanse en la suma de cuarenta y ocho mil novecientos cincuenta y ocho millones trescientos noventa mil seiscientos sesenta pesos ($ 48.958.390.660) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 3° de esta resolución, estímase el Resultado Financiero (Superávit) para el ejercicio 2023 en catorce mil quinientos sesenta y siete millones trescientos diecinueve mil doscientos treinta y dos pesos ($ 14.567.319.232), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2023-125382313-APN-SSP#MEC).

ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Sergio Tomás Massa

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 21/11/2023 N° 93924/23 v. 21/11/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII)