DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

Resolución Sintetizada 84/2023

EXPTE. 65/2023 – DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Buenos Aires, 16 de noviembre de 2023

LA TITULAR DE LA DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL RESUELVE:

1: Apruébase el uso del sistema de GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) como sistema integrado generador de documentos electrónicos oficiales válidos, caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de las actuaciones y expedientes de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. Dicho sistema actuará como plataforma para la gestión de expedientes y documentos electrónicos y su implementación será obligatoria según el cronograma de implementación de los distintos módulos que oportunamente se fije y comunique la SECRETARIA GENERAL, sin perjuicio de las disposiciones contenidas en el artículo 2º.,

2°: El Sistema Informático ELEVA como sistema de gestión documental administrativa electrónica, continuará operativo para todas aquellas cuestiones relacionadas con el trámite de las consultas, reclamos y denuncias del público de la radio y la televisión y demás servicios regulados por la Ley 26.522, así como también las recomendaciones públicas a las autoridades con competencia en materia de radiodifusión y a los titulares, autoridades o profesionales de los medios de comunicación social contemplados en dicha ley, o de presentaciones administrativas o judiciales en las que se les ordene ajustar sus comportamientos al ordenamiento jurídico en cuanto se aparten de él, conforme lo dispuesto en el artículo 19 de la citada norma. ,

3°: Reconócese a la SECRETARÍA DE INNOVACION PUBLICA o la que en un futuro la reemplace dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, o a quién ésta designe, como administradora del sistema GDE.

4°: A los fines de la implementación y funcionamiento del sistema GDE en la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, se designa al JEFE del DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÌA como Administrador Central.

5°: Serán funciones del Administrador Central: a) Administrar los usuarios y usuarias con permiso de administradores locales, b) Supervisar la base de datos del sistema .c) Otorgar permisos especiales. d) Administrar el alta, modificación y baja de las reparticiones, sectores, trámites, tipos de documentos y formularios controlados.

ARTICULO 6º: A los fines de la implementación y funcionamiento del sistema GDE en la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, se designa al DEPARTAMENTO DE TECNOLOGIA y al JEFE del DEPARTAMENTO DE MESA GENERAL DE ENTRADAS Y ARCHIVO GENERAL como Administradores Locales.

7º: Serán funciones de los Administradores Locales: a) Administrar el alta, modificación, baja de sectores y usuarios/as de las reparticiones. b) Habilitar a los usuarios internos y asignarles los niveles de autorización operativa .c) Asignar permisos según las funciones de cada usuario/a. d) Capacitar y prestar asistencia a usuarios y usuarias del sistema.

8º: Desígnese al DEPARTAMENTO DE MESA GENERAL DE ENTRADAS Y ARCHIVO GENERAL como administrador de guarda temporal.

9º: Apruébase el “Reglamento para el uso del Sistema de Gestión Documental Electrónica” (GDE) que obra como Anexo I y forma parte de la presente.

10º: Facúltase a la SECRETARIA GENERAL o en su ausencia a la DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA, a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas que resultaren necesarias para la implementación de la presente.

11º: Establécese que resultarán de aplicación las disposiciones contenidas en la Resolución de la entonces Secretaria de Modernización Administrativa del Ministerio de Modernización 44-E/2016, la Resolución 18 – E/2018 de la entonces Secretaría de Modernización Administrativa del Ministerio de Modernización, la Resolución Nº 43/2019 de la entonces Secretaria de Modernización Administrativa de la Secretaría de Gobierno de Modernización de la Jefatura de Gabinete de Ministros, sus modificatorias y complementarias o las que en un futuro las reemplacen exclusivamente respecto de las cuestiones operativas del uso del Sistema GDE, siempre que resultare pertinente su aplicación en el ámbito del organismo y para aquellas cuestiones que no estuvieran expresamente previstas en la presente Resolución. Los procedimientos especiales establecidos en la DEFENSORIA DEL PUBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL mantendrán su vigencia, resultando la presente regulación complementaria a los mismos.

12°: Las disposiciones contenidas en el Decreto 1759/1972 (TO 2017) resultarán de aplicación en el ámbito del organismo para todas aquellas cuestiones que no se encuentren reguladas expresamente.

13º: Ratifícase la vigencia de la Resolución DPSCA Nº 74/2021 para las tramitaciones que continúen realizándose en el Sistema electrónico ELEVA conforme lo dispuesto en el artículo 2° de la presente Resolución.

14°: Establécese que los actos administrativos de alcance general deberán ser publicados en la página web oficial del organismo resultando dicha publicación oficial en los términos dispuesto en el artículo 11 del Decreto-ley N° 19.549 y artículo 103 del Decreto N° 1759/1972 (TO 2017), sin perjuicio de la publicación por otros medios que en dichos actos se disponga.

15°: Establécese el Registro de Convenios de la DPSCA a través del módulo “Registro Legajo Multipropósito” (RLM) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE.

16°: Encomiéndese a la DIRECCION GENERAL DE PROTECCIÓN DE DERECHOS Y A LA DIRECCION GENERAL ADMINISTRATRIVA en forma conjunta la gestión de la capacitación a usuarios a fin de implementar el presente reglamento.

17°: La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2024.

18°: Comuníquese la presente Resolución a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS del PODER EJECUTIVO NACIONAL y a la COMISION BICAMERAL PERMANENTE DE PROMOCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, LAS TECNOLOGÍAS DE LAS TELECOMUNICACIONES Y LA DIGITALIZACIÓN.

19º: Regístrese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, comuníquese y archívese.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de la DEFENSORIA DEL PUBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. https://defensadelpublico.gob.ar/actos administrativos/

Miriam Liliana Lewin, Titular.

e. 21/11/2023 N° 94053/23 v. 21/11/2023