DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
Resolución Sintetizada 84/2023
EXPTE. 65/2023 – DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Buenos Aires, 16 de noviembre de 2023
LA TITULAR DE LA DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL RESUELVE:
1: Apruébase el uso del sistema de GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE)
como sistema integrado generador de documentos electrónicos oficiales
válidos, caratulación, numeración, seguimiento y registración de
movimientos de las actuaciones y expedientes de la DEFENSORÍA DEL
PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. Dicho sistema actuará
como plataforma para la gestión de expedientes y documentos
electrónicos y su implementación será obligatoria según el cronograma
de implementación de los distintos módulos que oportunamente se fije y
comunique la SECRETARIA GENERAL, sin perjuicio de las disposiciones
contenidas en el artículo 2º.,
2°: El Sistema Informático ELEVA como sistema de gestión documental
administrativa electrónica, continuará operativo para todas aquellas
cuestiones relacionadas con el trámite de las consultas, reclamos y
denuncias del público de la radio y la televisión y demás servicios
regulados por la Ley 26.522, así como también las recomendaciones
públicas a las autoridades con competencia en materia de radiodifusión
y a los titulares, autoridades o profesionales de los medios de
comunicación social contemplados en dicha ley, o de presentaciones
administrativas o judiciales en las que se les ordene ajustar sus
comportamientos al ordenamiento jurídico en cuanto se aparten de él,
conforme lo dispuesto en el artículo 19 de la citada norma. ,
3°: Reconócese a la SECRETARÍA DE INNOVACION PUBLICA o la que en un
futuro la reemplace dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, o a quién ésta designe, como administradora del sistema GDE.
4°: A los fines de la implementación y funcionamiento del sistema GDE
en la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL,
se designa al JEFE del DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÌA como Administrador
Central.
5°: Serán funciones del Administrador Central: a) Administrar los
usuarios y usuarias con permiso de administradores locales, b)
Supervisar la base de datos del sistema .c) Otorgar permisos
especiales. d) Administrar el alta, modificación y baja de las
reparticiones, sectores, trámites, tipos de documentos y formularios
controlados.
ARTICULO 6º: A los fines de la implementación y funcionamiento del
sistema GDE en la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN
AUDIOVISUAL, se designa al DEPARTAMENTO DE TECNOLOGIA y al JEFE del
DEPARTAMENTO DE MESA GENERAL DE ENTRADAS Y ARCHIVO GENERAL como
Administradores Locales.
7º: Serán funciones de los Administradores Locales: a) Administrar el
alta, modificación, baja de sectores y usuarios/as de las
reparticiones. b) Habilitar a los usuarios internos y asignarles los
niveles de autorización operativa .c) Asignar permisos según las
funciones de cada usuario/a. d) Capacitar y prestar asistencia a
usuarios y usuarias del sistema.
8º: Desígnese al DEPARTAMENTO DE MESA GENERAL DE ENTRADAS Y ARCHIVO GENERAL como administrador de guarda temporal.
9º: Apruébase el “Reglamento para el uso del Sistema de Gestión
Documental Electrónica” (GDE) que obra como Anexo I y forma parte de la
presente.
10º: Facúltase a la SECRETARIA GENERAL o en su ausencia a la DIRECCIÓN
GENERAL ADMINISTRATIVA, a dictar las normas complementarias,
aclaratorias y operativas que resultaren necesarias para la
implementación de la presente.
11º: Establécese que resultarán de aplicación las disposiciones
contenidas en la Resolución de la entonces Secretaria de Modernización
Administrativa del Ministerio de Modernización 44-E/2016, la Resolución
18 – E/2018 de la entonces Secretaría de Modernización Administrativa
del Ministerio de Modernización, la Resolución Nº 43/2019 de la
entonces Secretaria de Modernización Administrativa de la Secretaría de
Gobierno de Modernización de la Jefatura de Gabinete de Ministros, sus
modificatorias y complementarias o las que en un futuro las reemplacen
exclusivamente respecto de las cuestiones operativas del uso del
Sistema GDE, siempre que resultare pertinente su aplicación en el
ámbito del organismo y para aquellas cuestiones que no estuvieran
expresamente previstas en la presente Resolución. Los procedimientos
especiales establecidos en la DEFENSORIA DEL PUBLICO DE SERVICIOS DE
COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL mantendrán su vigencia, resultando la presente
regulación complementaria a los mismos.
12°: Las disposiciones contenidas en el Decreto 1759/1972 (TO 2017)
resultarán de aplicación en el ámbito del organismo para todas aquellas
cuestiones que no se encuentren reguladas expresamente.
13º: Ratifícase la vigencia de la Resolución DPSCA Nº 74/2021 para las
tramitaciones que continúen realizándose en el Sistema electrónico
ELEVA conforme lo dispuesto en el artículo 2° de la presente
Resolución.
14°: Establécese que los actos administrativos de alcance general
deberán ser publicados en la página web oficial del organismo
resultando dicha publicación oficial en los términos dispuesto en el
artículo 11 del Decreto-ley N° 19.549 y artículo 103 del Decreto N°
1759/1972 (TO 2017), sin perjuicio de la publicación por otros medios
que en dichos actos se disponga.
15°: Establécese el Registro de Convenios de la DPSCA a través del
módulo “Registro Legajo Multipropósito” (RLM) del sistema de Gestión
Documental Electrónica – GDE.
16°: Encomiéndese a la DIRECCION GENERAL DE PROTECCIÓN DE DERECHOS Y A
LA DIRECCION GENERAL ADMINISTRATRIVA en forma conjunta la gestión de la
capacitación a usuarios a fin de implementar el presente reglamento.
17°: La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2024.
18°: Comuníquese la presente Resolución a la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS del PODER EJECUTIVO NACIONAL y a la COMISION BICAMERAL
PERMANENTE DE PROMOCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL,
LAS TECNOLOGÍAS DE LAS TELECOMUNICACIONES Y LA DIGITALIZACIÓN.
19º: Regístrese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, comuníquese y archívese.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la
página WEB de la DEFENSORIA DEL PUBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN
AUDIOVISUAL. https://defensadelpublico.gob.ar/actos administrativos/
Miriam Liliana Lewin, Titular.
e. 21/11/2023 N° 94053/23 v. 21/11/2023