JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO
Resolución 517/2023
RESOL-2023-517-APN-SGYEP#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 17/11/2023
VISTO el Expediente Nº EX-2023-133865791- -APN-SGYEP#JGM del Registro
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto 50 del 19 de
diciembre de 2019 y sus modificatorios y las Decisiones Administrativas
Nos. 1865 de fecha 14 de octubre de 2020 y 1926 de fecha 23 de octubre
de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría,
creándose la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, así como también,
estableciendo los objetivos de las Unidades Organizativas.
Que el citado Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios ha asignado entre
los objetivos de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS los de asistir al Jefe de Gabinete de
Ministros en la definición de lineamientos estratégicos para la
realización de programas dirigidos a mejorar la gestión sobre la base
de la implementación de la gestión por resultados y la planificación
estratégica en las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público
Nacional; el diseño e implementación de programas que propendan a la
mejora de los servicios a la ciudadanía propiciando la mejora de la
calidad en la gestión de los organismos públicos, así como el
desarrollo e implementación de programas de optimización de procesos y
procedimientos en las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público
Nacional.
Que, asimismo, el decreto mencionado precedentemente crea la
SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL bajo la órbita de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, cuyos objetivos son desarrollar pautas y lineamientos
metodológicos para el seguimiento y evaluación de planes, programas y
proyectos establecidos por las organizaciones públicas; evaluar y
consolidar la información originada en las Jurisdicciones cuyas
competencias se encuentran vinculadas con los sistemas de control del
Sector Público Nacional, las políticas públicas de integridad y
fortalecimiento institucional del Estado Nacional y desarrollar y
administrar instrumentos de seguimiento y análisis referidos a las
políticas públicas de integridad y fortalecimiento institucional en el
ámbito de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL.
Que conforme la Decisión Administrativa N° 1865 de fecha 14 de octubre
de 2020, la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES DE
GESTIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO
INSTITUCIONAL de esta Secretaría, tiene entre sus objetivos administrar
un sistema de gestión del conocimiento que promueva el intercambio de
información y experiencias en materia de fortalecimiento de las
capacidades institucionales en el ámbito del Sector Público Nacional.
Que en el marco de la Decisión Administrativa N° 1926 del 23 de octubre
de 2020, se implementó el SISTEMA DE INFORMACIÓN MAPA DE LA ACCIÓN
ESTATAL y la RED INTERINSTITUCIONAL DE FORTALECIMIENTO DE LA GESTIÓN
PÚBLICA, que permitió la consolidación de un repositorio de planes
estratégicos y evaluaciones de políticas públicas.
Que el SISTEMA DE INFORMACIÓN MAPA DE LA ACCIÓN ESTATAL se inscribe en
el marco de las iniciativas de Acceso a la Información Pública y Datos
Abiertos establecidos en la Ley N° 27.275 que impulsa el Gobierno
Nacional.
Que, en función de ello y a fin de contribuir con el fortalecimiento de
las capacidades técnicas, políticas y administrativas del Estado en
materia de planificación, seguimiento y evaluación de las políticas
públicas en el ámbito de la Administración Pública Nacional, la
DIRECCIÓN NACIONAL DE FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES DE GESTIÓN
propicia instrumentar la creación del “BANCO DE EVALUACIONES DE
POLÍTICAS PÚBLICAS” con el objeto de describir, sistematizar e informar
a la ciudadanía de los documentos evaluativos generados por los
organismos de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL.
Que en el mismo sentido deviene se propicia instrumentar el “BANCO DE
PLANES ESTRATÉGICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL”, a efectos
de describir, sistematizar e informar a la ciudadanía de los documentos
de planificación estratégica generados por los organismos de la
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL.
Que ha tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL de la SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO
PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, sin objeciones que
formular a la presente medida.
Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Créase el “BANCO DE EVALUACIONES DE POLÍTICAS PÚBLICAS”
bajo la órbita de SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, como plataforma digital interactiva que permita la búsqueda
de evaluaciones de políticas públicas y/o acciones estatales, tendiente
al fortalecimiento de las capacidades técnicas, políticas y
administrativas del Estado en materia de evaluación de las políticas
públicas en el ámbito de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL.
ARTÍCULO 2° Créase el “BANCO DE PLANES ESTRATÉGICOS DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL” bajo la órbita de la SUBSECRETARÍA DE
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO
PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, como plataforma
digital interactiva que permita la búsqueda de planes estratégicos de
políticas públicas y/o acciones estatales, tendiente al fortalecimiento
de las capacidades técnicas, políticas y administrativas del Estado en
materia de planificación y seguimiento de las políticas públicas en el
ámbito de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL.
ARTÍCULO 3º.- Institúyase a la SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO
INSTITUCIONAL de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS como Autoridad de Aplicación de la
presente medida, con facultad para establecer y actualizar las
disposiciones referentes al funcionamiento del “BANCO DE EVALUACIÓN DE
POLÍTICAS PÚBLICAS” y del “BANCO DE PLANES ESTRATÉGICOS DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL”.
ARTÍCULO 4º.- La presente resolución será de aplicación a los
organismos comprendidos en el inc. a) del artículo 8º de la Ley Nº
24.156 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 5°. - Los Gobiernos Provinciales, Municipales y de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES podrán incorporar documentación al “BANCO DE
EVALUACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS” y al “BANCO DE PLANES ESTRATÉGICOS DE
LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL”, mediante solicitud a través del
CONSEJO FEDERAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA (COFEFUP).
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Ana Gabriela Castellani
e. 23/11/2023 N° 94643/23 v. 23/11/2023