MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
Disposición 23/2023
DI-2023-23-APN-SSCRYF#MS
Ciudad de Buenos Aires, 24/11/2023
VISTO el EX-2023-119118280- -APN-DNCSSYRS#MS, las Resoluciones N° 1738
de fecha 16 de junio de 2021 y N° 191 de fecha 13 de febrero de 2023
del Ministerio de Salud y las Disposiciones N° 226 de fecha 9 de
septiembre de 2022 y N° 6 de fecha 7 de marzo de 2023 de la
SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Ministerial N° 1738 de fecha 16 de junio de 2021 se
crea el SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN DE LA CALIDAD EN SALUD en el
ámbito del PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN
MÉDICA y el Registro Nacional de Entidades de Evaluación Externa de la
Calidad en Salud, en el que incorpora a aquellas entidades que realizan
procesos de evaluación externa de la calidad.
Que por Resolución Ministerial N° 191 de fecha 13 de febrero de 2023 se
crea el SISTEMA INTEGRAL DE EVALUACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE
SALUD (SIER), el que tiene como objetivo primario promover una
formación de posgrado comprometida con la calidad priorizando los
componentes humanísticos, para la conformación de profesionales con
carácter crítico y reflexivo.
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 13 de la
mencionada Resolución, las Entidades Evaluadoras de las Residencias del
Equipo de Salud que cumplan con los requisitos básicos definidos por el
marco regulatorio, podrán ser inscriptas en el Registro Nacional de
Entidades de Evaluación Externa de la Calidad en Salud, a cargo de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN
SANITARIA.
Que por la Disposición N° 6 de fecha 7 de marzo de 2023 de esta
SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN se crea el
CIRCUITO PARA EL PROCESO DE EVALUACIÓN GLOBAL DE LAS RESIDENCIAS DEL
EQUIPO DE SALUD y se aprobaron los INSTRUMENTOS PARA LA EVALUACIÓN
GLOBAL DE LAS RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y los ESTÁNDARES
NACIONALES PARA LA ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, que
deben ser utilizados por aquellas Entidades de Evaluación Externa de la
Calidad en Salud cuyo objeto a evaluar sean las residencias del equipo
de salud.
Que, el equipo técnico del SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN DE LA CALIDAD
EN SALUD concluye que la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES acredita
idoneidad, aptitud y antecedentes académicos suficientes para formar
parte del Registro Nacional de Entidades de Evaluación Externa de la
Calidad en Salud.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO y DIRECCIÓN
NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA
propician la medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
artículo 9° de la Resolución MS 1738/21 y artículo 13 de la Resolución
MS N° 191/23 y el artículo 2° de la Disposición SsCRyF N° 226/22 y
artículos 2° y 3° Disposición SsCRyF N° 6/23.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DISPONE:
Artículo 1°.- Incorpórase a la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES al REGISTRO
NACIONAL DE ENTIDADES DE EVALUACIÓN EXTERNA DE LA CALIDAD EN SALUD,
como Entidad Evaluadora de las Residencias del Equipo de Salud.
Artículo 2°.- Reconócese los procesos de evaluación y acreditación de
residencias de los equipos de salud de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES,
por una vigencia de CUATRO (4) años a partir de la publicación de la
presente, debiendo ser renovado con los mismos requerimientos con un
mínimo de NOVENTA (90) días previo a su vencimiento.
Artículo 3°.- Todo cambio en los mecanismos de acreditación de la
UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES deberán ser informados a este MINISTERIO.
Artículo 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio Antonio Ortiz
e. 28/11/2023 N° 96294/23 v. 28/11/2023