SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución 1220/2023
RESOL-2023-1220-APN-PRES#SENASA
Ciudad de Buenos Aires, 29/11/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-129044215- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley N°
27.233; el Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus
modificatorios; la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del
10 de diciembre de 2018 y su modificatoria; la Resolución N°
RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Artículo 1° de la Ley N° 27.233 se declara de interés
nacional la sanidad de los animales y los vegetales, así como la
prevención, el control y la erradicación de las enfermedades y de las
plagas que afecten la producción silvoagropecuaria nacional, la flora y
la fauna, la calidad de las materias primas producto de las actividades
silvo-agrícolas, ganaderas y de la pesca, así como también la
producción, inocuidad y calidad de los agroalimentos, los insumos
agropecuarios específicos y el control de los residuos químicos y
contaminantes químicos y microbiológicos en los alimentos y el comercio
nacional e internacional de dichos productos y subproductos.
Que por el Artículo 5° de la mencionada ley se establece que el
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) es la
autoridad de aplicación y el encargado de planificar, ejecutar y
controlar el desarrollo de las acciones previstas en ella.
Que, asimismo, el Artículo 12 de dicha ley dispone que el SENASA, para
el cumplimiento de sus objetivos, contará con los recursos establecidos
por el Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus
modificatorios, así como por aquellos que le hayan sido asignados por
la normativa vigente.
Que por el citado Decreto N° 1.585/96 y sus modificatorios se asigna al
SENASA, con autarquía económico-financiera y técnico-administrativa y
dotado de personería jurídica propia, la responsabilidad de ejecutar
las políticas nacionales en materia de sanidad y calidad animal y
vegetal, para prevenir, controlar y erradicar las enfermedades de los
animales y las plagas vegetales, en salvaguarda del patrimonio
sanitario animal y vegetal de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que a través de la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del
10 de diciembre de 2018 y su modificatoria se aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo de este Servicio
Nacional.
Que mediante la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de
mayo de 2019 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
y sus modificatorias se aprueba la estructura organizativa de nivel
inferior al segundo nivel operativo.
Que el Plan Estratégico Institucional (PEI) es un instrumento de
gestión para la toma de decisiones de la organización actual y a
futuro, que resulta fundamental para guiar al Organismo.
Que, en efecto, el PEI presenta la misión institucional, estableciendo
los ejes, los lineamientos y las acciones de política pública. Al mismo
tiempo, propone ejes estratégicos para el fortalecimiento de sus
capacidades institucionales.
Que el diseño de un PEI permite trazar los objetivos de gestión,
posibilita una mejor coordinación de esfuerzos en pos de alcanzar
objetivos comunes en forma participativa y evolucionar como
organización, permitiendo, a su vez, erigirse como un espacio de
reflexión, evaluación, control y análisis de desvíos y, en
consecuencia, incrementa la transparencia, la eficacia y eficiencia del
SENASA.
Que la elaboración del PEI 2023-2027 nació en el marco del Convenio de
Colaboración, Articulación, Asistencia y Cooperación entre el SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y la SECRETARÍA DE
GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que, en ese sentido, la Coordinación General de Desarrollo y
Planificación Estratégica del citado Servicio Nacional y la Dirección
Nacional de Fortalecimiento de las Capacidades de Gestión de la
mencionada Secretaría dirigieron, de manera combinada, el proceso de
construcción colectiva del PEI 2023-2027.
Que promover el desarrollo y el crecimiento federal de la planificación
contribuye al alcance del máximo potencial de gestión, por medio de
políticas públicas participativas que respeten las particularidades
locales y regionales, fortaleciendo la calidad institucional, la
integración y el acceso de las diversas audiencias del país a esta
cuestión.
Que, por lo expuesto, se elaboró el PLAN ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL
2023-2027 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud
de las facultades conferidas por el Artículo 8°, inciso h), del Decreto
N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios.
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el PLAN ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL 2023-2027 del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (PEI 2023-2027)
que, como Anexo (IF-2023-131135155-APN-PRES#SENASA), forma parte
integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Encomiéndase a la Coordinación General de Desarrollo y
Planificación Estratégica del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA la supervisión de la adecuada implementación del PEI
2023-2027, incluyendo las evaluaciones o actualizaciones que
correspondan, así como la propuesta de instrumentos que sean necesarias
a tal fin, para operativizar las acciones de dicho plan.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Diana Guillen
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/11/2023 N° 97499/23 v. 30/11/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)