MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
Disposición 25/2023
DI-2023-25-APN-SSCRYF#MS
Ciudad de Buenos Aires, 29/11/2023
VISTO el Expediente EX-2023-118711272- -APN-DNCSSYRS#MS del registro
del MINISTERIO DE SALUD, la Disposición SsCRyF N° 24 de fecha 24 de
noviembre de 2023; y,
CONSIDERANDO:
Que por la Disposición SsCRyF N° 24 de fecha 24 de noviembre de 2023 se
aprobó el documento de “Revalidación de la certificación profesional”.
Que se ha advertido un error material involuntario en el texto del
artículo 1° de la disposición citada, en cuanto establece que el
documento mencionado en el párrafo precedente “forma parte integrante
de la presente Resolución”, cuando el acto administrativo es una
Disposición de esta Subsecretaría.
Que en consecuencia resulta procedente la rectificación de la medida subsanando la redacción del Artículo 1° de la misma.
Que los efectos de la rectificación son retroactivos, considerándose el
acto corregido desde su nacimiento como si se lo hubiera emitido
correctamente.
Que el artículo 101 del Decreto N° 1759/72 (T.O por Decreto N° 894/17)
dispone que “…en cualquier momento podrán rectificarse los errores
materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no
altere lo sustancial del acto o decisión. En los expedientes
electrónicos se realizará mediante la subsanación de errores materiales
en el sistema de Gestión Documental Electrónica, previa vinculación del
acto administrativo que la autorice…..”
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por
el artículo 9° de la Resolución N° 1463 de fecha 13 de septiembre de
2017 y modificatoria y el artículo 101 del Decreto N° 1759/72 (T.O por
Decreto N° 894/17).
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Rectifíquese la Disposición SsCRyF N° 24 de fecha 24 de
noviembre de 2023 sustituyendo el artículo 1°, que quedará redactado de
la siguiente manera: “ARTÍCULO 1°.- Apruébase el documento de
“Revalidación de la certificación profesional” que como Anexo
(IF2023-118741933-APN-DMCYSP#MS) forma parte integrante de la presente
Disposición, y será el estándar para el proceso de renovación de los
certificados de especialistas de la medicina en los que se evalúen
antecedentes de las y los profesionales, según lo dispuesto en los
incisos c y d del punto 2 de las “NORMAS GENERALES PARA LA RENOVACIÓN
DE LOS CERTIFICADOS DE ESPECIALISTAS MÉDICOS Y ODONTOLÓGICOS QUE OTORGA
EL MINISTERIO DE SALUD”, aprobadas por la Resolución N° 1463/17 del
MINISTERIO DE SALUD y su modificatoria.
ARTÍCULO 2º.- Ratifíquense todos los términos de lo dispuesto por la
Disposición SsCRyF N° 24 de fecha 24 de noviembre de 2023, que no han
sido objeto de modificación por la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese y dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL. Cumplido archívese.
Claudio Antonio Ortiz
e. 01/12/2023 N° 98054/23 v. 01/12/2023