ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 960/2023
RESFC-2023-960-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 01/12/2023
VISTO el Expediente EX-2022-34215250-APN-DGA#APNAC del registro de esta
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, el Régimen de Valoración por
Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.), aprobado por la
Resolución de la Secretaría de Gestión y Empleo Público N° 53/2022, la
Ley Nº 25.164, Marco de Regulación de Empleo Público Nacional y su
Decreto Reglamentario Nº 1.421/2002 y modificatorios; los Decretos
Nros. 214/2006, homologatorio del Convenio Colectivo de Trabajo General
para la Administración Pública Nacional; 2.098/2008, homologatorio del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO; 415/2021, homologatorio del Acta Acuerdo de
fecha 26 de mayo de 2021 y su Anexo de la Comisión Negociadora del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO; 103/2022 homologatorio del Acta Acuerdo de
la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, de fecha 26 de noviembre de 2021 y
la Resolución RESFC-2022-204-APN-D#APNAC del Directorio, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional dispone que
la carrera administrativa del personal debe contemplar la aplicación de
criterios que incorporen los principios de transparencia, publicidad y
mérito en los procedimientos de selección para determinar la idoneidad
de la función a cubrir; mecanismos que garanticen la promoción en la
carrera basada en la evaluación de la eficiencia, eficacia, rendimiento
laboral y exigencias de capacitación acordes con las necesidades de las
tareas o funciones a desarrollar, así como la previsión de sistemas
basados en el mérito y la capacidad de los agentes, que motiven la
promoción de los mismos en la carrera.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo General dispone que la promoción
vertical de nivel escalafonario se efectuará conforme a los mecanismos
de selección y/o merituación y requisitos aplicables al cargo o función
al que aspire.
Que mediante el Decreto N° 415/2021, homologatorio del Acta Acuerdo de
la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
para el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.), de
fecha 26 de mayo de 2021, se dispuso la incorporación de un “RÉGIMEN DE
VALORACIÓN PARA LA PROMOCIÓN POR EVALUACIÓN Y MÉRITO” de los
trabajadores de Planta Permanente por medio del cual, aquellos que
cumplan con los requisitos de hasta DOS (2) niveles superiores podrán
solicitar ser valorados a los efectos de promocionar de nivel.
Que, a través del Decreto N° 103/2022, homologatorio del Acta Acuerdo
de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (COPIC), de fecha
26 de noviembre de 2021, se dispuso entre otras cuestiones, la
sustitución de la Cláusula TERCERA del Acta Acuerdo, homologada por el
Decreto N° 415/2021, referida al Régimen de Valoración para la
Promoción por Evaluación y Mérito.
Que por la Resolución de la Secretaría de Gestión y Empleo Público N°
53/2022 y con el acuerdo previo de la COPIC, que se expidió
favorablemente mediante Acta COPIC N° 172, se aprobó el Régimen de
Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito.
Que el mencionado constituye un Régimen de promoción vertical del nivel
escalafonario del personal permanente incorporado al régimen de
estabilidad, permitiendo a los trabajadores que cumplan con los
requisitos de acceso a niveles superiores promocionar a los niveles A,
B, C, D y E, hasta un máximo de DOS (2) niveles, de carácter voluntario.
Que la Dirección General de Recursos Humanos, mediante la Nota
NO-2022-51270575-APN-DGRH#APNAC, ha comunicado a la Dirección de
Presupuesto y Evaluación de Gastos en Personal de la OFICINA NACIONAL
DE PRESUPUESTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, la información de la
totalidad del personal, que se encuentre en condiciones de ascender de
nivel escalafonario indicando cantidad de cargos por nivel.
Que la Resolución RESFC-2022-204-APN-D#APNAC del Directorio dispuso el
inicio del Proceso de Valoración por Evaluación y Mérito, designando a
los miembros del Comité de Valoración y a la Secretaria Técnica
Administrativa.
Que, a partir de la entrada en vigencia del Proceso mencionado, se ha
recibido la postulación de la mayoría del personal de la Planta
Permanente, sujeto al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial aprobado
por el Decreto Nº 2.098/2008 (Si.N.E.P.), mediante el formulario
respectivo y adjuntando la documentación respaldatoria tendiente a
acreditar el cumplimiento de los diversos extremos que la citada
normativa prevé en su Artículo 14 para los Niveles Escalafonarios a los
que cada uno aspira como también de los requisitos contemplados en su
Artículo 15, en los casos en que es requerido.
Que del mismo modo se incorporó en cada actuación las respectivas
certificaciones de servicios y/o de funciones respectivas, como así
también el Formulario del Sistema de Gestión Documental Electrónica de
certificación de Recursos Humanos de la situación de revista del
personal, la definición del puesto a ocupar conforme al Nomenclador
Clasificador de Puestos y Funciones.
Que, con fecha 14 de noviembre de 2023, se reunió el Comité de
Valoración procediendo al análisis, constatación y evaluación de los
antecedentes curriculares, laborales y de formación que se vincularán
específicamente con el cumplimiento de los requisitos mínimos de acceso
de nivel escalafonario, como así también de las funciones a ejercer el
nuevo nivel, contemplando lo normado por los Artículos 14 y 15 del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO.
Que, concluida la instancia de valoración, el Comité emitió el Acta de
Cierre resultante de la misma, especificando los postulantes que
cumplen con los requisitos normativos, procediendo a aprobar las
postulaciones individualizadas en el documento
IF-2023-137368433-APN-DGRH#APNAC, y en el documento
IF-2023-137368753-APN-DGRH#APNAC, los que pasan a formar parte
integrante del presente acto.
Que los obrados se encuentran en condiciones propicias para el dictado
del acto administrativo que apruebe la actuación del Comité y en caso
de corresponder, disponga la designación de los trabajadores en los
nuevos puestos del nivel superior al que se postularan.
Que la Dirección de Presupuesto y Control de Gestión, mediante la Nota
NO-2023-137415650-APN-DPYCG#APNAC, ha informado sobre la existencia de
suficiente crédito presupuestario para dar curso a la totalidad de las
solicitudes en el ejercicio presupuestario en curso.
Que a los fines de proceder a la presente medida de Promoción por
Evaluación y Mérito resulta necesario aprobar la conversión de los
cargos de los trabajadores mencionados en el Acta del Comité
previamente citada, de acuerdo con los términos consignados en el
documento IF-2023-136972811-APN-DGRH#APNAC, el que como Anexo II
integra la presente.
Que, efectuado el análisis pertinente tendiente a determinar el grado a
asignar en el nuevo nivel al que ascienden en los términos del nuevo
Artículo 31 del Decreto 2098/2008, se ha elaborado la propuesta de
asignación de grado a cada uno de ellos, la que luce obrante en el
Informe IF-2023-136972600-DGRH#APNAC, incorporado como Anexo II del
presente acto.
Que del mismo modo se ha procedido a determinar el tramo en que cada trabajador continuará su carrera en el nuevo nivel.
Que mediante la Resolución RESFC-2023-819-APN-D#APNAC, de idéntica
materia y tenor que la presente, se deslizó involuntariamente un error
en los grados escalafonarios resultantes de la promoción vertical de
los agentes José Luis CORONEL (DNI N° 16.207.281) y Elizabeth Cira
FRANCO (DNI N° 32.946.928 ) consignados en su Anexo II
(IF-2023-124338906-APN-DGRH#APNAC), los que corresponden sean
subsanados, pasando a revistar el agente CORONEL en el Nivel B, Grado
11, Tramo Avanzado del Agrupamiento General; y la agente FRANCO en el
Nivel B, Grado 6, Tramo General del Agrupamiento General.
Que las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Recursos
Humanos, las Direcciones de Capacitación y Desarrollo de Carrera y de
Presupuesto y Control de Gestión y el Comité de Valoración y Mérito
conformado mediante Resolución N° 204/2022 del Directorio han tomado
las intervenciones de sus competencias.
Que la presente se dicta de acuerdo con las facultades conferidas por
el Artículo 23, inciso u), de la Ley Nº 22.351 y el Artículo 20 del
Anexo la Resolución de la Secretaría de Gestión y Empleo Público Nº
53/2022.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase lo actuado por el Comité de Valoración
constituido por la Resolución N° 204/2022 del Directorio plasmado
mediante las Actas suscriptas el día 14 de noviembre de 2023
identificadas como Informes IF-2023137368433-APN-DGRH#APNAC, e
IF-2023-137368753-APN-DGRH#APNAC que como Anexo I forman parte de la
presente.
ARTÍCULO 2°.- Conviértanse los cargos detallados en el Anexo II obrante
como documento IF-2023-1136972811-APN-DGRH#APNAC que integra el
presente acto.
ARTÍCULO 3°.- Desígnanse para la cobertura de los cargos simples del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.), por aplicación del
Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción para el
Personal del Si.N.E.P., a los postulantes incluidos en el Anexo III
obrante en el Informe IF-2023-136972600-APN-DGRH#APNAC, que forma parte
de la presente medida, según los Puestos, Niveles, Grados, Tramos y
Agrupamientos Escalafonarios allí consignados; quienes deberán tomar
posesión del nuevo cargo dentro de los TREINTA (30) días hábiles de su
notificación.
ARTÍCULO 4°.- Rectifícase el Anexo II de la RESFC-2023-819-APN-D#APNAC,
identificado como IF-2023-124338906-APN-DGRH#APNAC, respecto de los
agentes citados en los considerandos y cuya situación de revista es:
José Luis CORONEL (DNI N° 16207281) en el Nivel B, Grado 11, Tramo
Avanzado del Agrupamiento General; y Elizabeth Cira FRANCO (DNI N°
32946928) en el Nivel B, Grado 6, Tramo General del Agrupamiento
General.
ARTÍCULO 5º.- Determínase que por el Departamento de Mesa General de
Entradas, Salidas y Notificaciones se procederá a notificar en legal
forma a los interesados. Cumplido, y con las debidas constancias,
gírense los actuados a la Dirección General de Recursos Humanos para la
continuidad del trámite.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Virginia Laura Gassibe - Carlos Corvalan - Claudio David Gonzalez - Natalia Gabriela Jauri - Federico Granato
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 04/12/2023 N° 98612/23 v. 04/12/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV)