SISTEMA
DE DISTRIBUCIÓN DE SEÑALES MULTIPUNTO
MULTICANAL EN EL MERCOSUR
(DEROGACIÓN DE LAS RESOLUCIONES GMC N°
71/97 Y 43/98)
VISTO: El Tratado de Asunción,
el Protocolo de Ouro Preto y las Resoluciones N° 71/97 y 43/98 del
Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que por Resolución GMC N° 71/97 se aprobó el “Sistema de distribución
de señales multipunto multicanal en el MERCOSUR (MMDS)”, referido a la
coordinación y uso de los canales radioeléctricos del servicio MMDS en
la banda de 2.500 a 2.686 MHz.
Que por Resolución GMC N° 43/98 se aprobó la fe de erratas de la
Resolución GMC N° 71/97.
Que con los nuevos servicios y sistemas de telecomunicaciones se han
efectivizado modificaciones en el uso dado en forma general al segmento
de frecuencias 2.500 a 2.700 MHz.
Que, no obstante, aún existen varios sistemas MMDS que se mantienen en
operación en algunos de los Estados Partes del MERCOSUR, incluyendo
zonas de frontera.
Que ios parámetros técnicos de operación de las estaciones transmisoras
de los mencionados sistemas MMDS fueron oportunamente coordinados en el
marco del procedimiento aprobado por Resolución GMC N° 71/97,
correspondiendo mantener su protección ante eventuales interferencias
perjudiciales que pudieran ser generadas por los nuevos sistemas de
telecomunicaciones móviles internacionales (
International Mobile Telecommunications,
IMT) y sus estaciones.
EL
GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar la tabla de las estaciones de distribución de señales
multipunto multicanal (MMDS) coordinadas que consta como Anexo y forma
parte de la presente Resolución, con los parámetros técnicos allí
indicados, en tanto continúen en operación.
Art. 2 - Derogar las Resoluciones GMC N° 71/97 y 43/98.
Art. 3 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento
jurídico de los Estados Partes antes del 09/I/2024.
CXXVI
GMC - Buenos Aires, 13/IV/23.
ANEXO
IF-2023-120184222-APN-SAIN#ENACOM