JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

Disposición 50/2023

DI-2023-50-APN-ONC#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 04/12/2023

VISTO, el Expediente Electrónico EX-2023-143384796-APN-DNCBYS#JGM, el Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y complementarios, el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1.030 de fecha 15 de septiembre de2016, sus modificatorios y complementarios, las Disposiciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES N° 25 de fecha 26 de junio de 2023 y su modificatoria N° 49 de fecha 30 de noviembre de 2023,

y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios, el PODER EJECUTIVO NACIONAL instituyó el RÉGIMEN DE CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL.

Que por el Decreto N° 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus modificatorios, se aprobó la reglamentación del Decreto Delegado N° 1.023/2001, para los contratos comprendidos en el inciso a) del artículo 4° de la norma legal aludida, con el objeto de mejorar –entre otras metas— la eficiencia, eficacia, calidad y sostenibilidad en materia de contrataciones públicas.

Que por su parte, el inciso b) del artículo 115 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1.030/16, dispone que la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES tiene por función proponer políticas de contrataciones y de organización del sistema, especialmente a fin de promover el estricto cumplimiento de los principios generales a los que debe ajustarse la gestión de las contrataciones públicas y que a tal efecto tendrá amplias facultades, entre otras, para desarrollar mecanismos que promuevan la adecuada y efectiva instrumentación de criterios de sustentabilidad ambientales, éticos, sociales y económicos en las contrataciones públicas.

Que, en ese sentido, la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES ha elaborado y publicado oportunamente, un Manual de Compras Públicas Sustentables y ONCE (11) Fichas de Recomendación para Compras y Contrataciones Sostenibles.

Que, mediante la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES N° 25 de fecha 26 de junio de 2023, se aprobaron las ONCE (11) Fichas de Recomendación para Compras y Contrataciones Sostenibles citadas.

Que, asimismo, mediante la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES N° 49 de fecha 30 de noviembre de 2023, se sustituyeron los incisos a y g del Artículo 1º de la disposición citada en el considerando precedente, a fin de actualizar el contenido de la Ficha de Recomendación N° 1. Recomendaciones Generales para la Contratación de Servicios de Catering con Criterios Sostenibles y de la Ficha de Recomendación N° 7. Recomendaciones Generales para la adquisición de Productos Plásticos con Criterios Sostenibles.

Que como resultado del monitoreo permanente de los avances que se verifican en la materia, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES DE BIENES Y SERVICIOS de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES ha procedido a actualizar el contenido del Manual de Compras Públicas Sustentables oportunamente difundido.

Que, consecuentemente, resulta necesario aprobar el mencionado Manual que deberá ser considerado en los procedimientos de selección que se gestionen al amparo del Decreto Delegado N° 1.023/01, sus modificatorios y complementarios y su reglamentación.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDÍCOS de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 23, inciso a), del Decreto Delegado N° 1023/01 y sus modificatorios y complementarios y del artículo 115, inciso b) apartado 1° del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16.

Por ello,

EL TITULAR DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el “Manual de Compras Públicas Sostenibles”, que como Anexo registrado en el Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales bajo el número IF-2023-142965643-APNDNCBYS#JGM, forma parte integrante de la presente Disposición.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que el documento aprobado mediante el artículo 1°.- deberá ser considerado por las distintas jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional comprendidas dentro del ámbito de aplicación subjetivo del Decreto Nº 1030/16 y sus modificatorios, siempre que resulte aplicable a los procedimientos que propicien en términos de oportunidad, mérito y conveniencia.

ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día hábil siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial y será de aplicación a los procedimientos de selección que a partir de esa fecha se autoricen, o a los que a partir de esa fecha se convoquen, cuando no se requiera autorización previa y que se rijan por el Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Roberto Raúl Gilbert

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 05/12/2023 N° 99251/23 v. 05/12/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)