MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Resolución 2409/2023
RESOL-2023-2409-APN-MDS
Ciudad de Buenos Aires, 04/12/2023
VISTO el Expediente Nº EX-2023-138952139- -APN-SSGTYSB#MDS y la Resolución N° RESOL-2023-2319- APN-MDS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° RESOL-2023-2319-APN-MDS se procedió a
actualizar el REGISTRO NACIONAL DE BARRIOS POPULARES EN PROCESO DE
INTEGRACIÓN URBANA (RENABAP) con los inmuebles donde se asientan
barrios populares conformados con anterioridad al 31 de diciembre de
2021 y las construcciones existentes en dichos barrios, de conformidad
con el ANEXO I (IF-2023-140184520-APNCRNBP#MDS) de dicha medida.
Que por el Art. 2° de la mencionada medida se dispuso “Comuníquese, publíquese y archívese”.
Que la orden de publicación no ha indicado de manera indubitable el medio por el cual debe efectivizarse la mentada publicación.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE TIERRAS Y SERVICIOS BARRIALES y la
SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO-URBANA han tomado la intervención que
le compete, propiciando la modificación del Art. 2° de la Resolución
RESOL-2023-2319-APN-MDS, a los fines de dejar expresamente establecida
la publicación de la medida en la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL.
Que el presente acto se dicta en virtud de lo dispuesto en la Ley de
Ministerios y sus modificatorias y complementarias, el Decreto Nº 689
del 12 de octubre de 2022 y en uso de las facultades conferidas por el
artículo 1º del Decreto Nº 573 del 1 de noviembre de 2023.
Por ello,
LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Artículo 2° de la Resolución
RESOL-2023-2319-APN-MDS, el que quedará redactado de la siguiente
manera:
“ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.”
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Victoria Tolosa Paz
e. 06/12/2023 N° 99674/23 v. 06/12/2023