MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Resolución 2409/2023

RESOL-2023-2409-APN-MDS

Ciudad de Buenos Aires, 04/12/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2023-138952139- -APN-SSGTYSB#MDS y la Resolución N° RESOL-2023-2319- APN-MDS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° RESOL-2023-2319-APN-MDS se procedió a actualizar el REGISTRO NACIONAL DE BARRIOS POPULARES EN PROCESO DE INTEGRACIÓN URBANA (RENABAP) con los inmuebles donde se asientan barrios populares conformados con anterioridad al 31 de diciembre de 2021 y las construcciones existentes en dichos barrios, de conformidad con el ANEXO I (IF-2023-140184520-APNCRNBP#MDS) de dicha medida.

Que por el Art. 2° de la mencionada medida se dispuso “Comuníquese, publíquese y archívese”.

Que la orden de publicación no ha indicado de manera indubitable el medio por el cual debe efectivizarse la mentada publicación.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE TIERRAS Y SERVICIOS BARRIALES y la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO-URBANA han tomado la intervención que le compete, propiciando la modificación del Art. 2° de la Resolución RESOL-2023-2319-APN-MDS, a los fines de dejar expresamente establecida la publicación de la medida en la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.

Que el presente acto se dicta en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y sus modificatorias y complementarias, el Decreto Nº 689 del 12 de octubre de 2022 y en uso de las facultades conferidas por el artículo 1º del Decreto Nº 573 del 1 de noviembre de 2023.

Por ello,

LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Artículo 2° de la Resolución RESOL-2023-2319-APN-MDS, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.”

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Victoria Tolosa Paz

e. 06/12/2023 N° 99674/23 v. 06/12/2023