INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 1966/2023
RESOL-2023-1966-APN-INCAA#MC
Ciudad de Buenos Aires, 06/12/2023
VISTO el EX-2023-124739256- -APN-SGE#INCAA del Registro del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley 17.741(t.o. 2001) y sus
modificatorias, los Decretos Nº 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, N°
178 de fecha 3 de abril de 2023, las Resoluciones INCAA N° 1 de fecha 2
de enero de 2017, N° 65 de fecha 12 de enero de 2017, N° 1697 de fecha
12 de junio de 2015, N° 1238-E de fecha 26 de septiembre de 2022, N°
599-E de fecha 9 de mayo de 2023, y;
CONSIDERANDO:
Que la actividad cinematográfica y audiovisual constituye un bien
jurídico protegido en el artículo 75, inciso 19, de la Constitución
Nacional, mediante el cual se tutela la identidad y pluralidad
cultural, el patrimonio artístico y los espacios culturales y
audiovisuales.
Que por Ley Nº 17.741 (t.o. 2001), y sus modificatorias, el INSTITUTO
tiene como objetivos fundamentales el fomento, la regulación y la
difusión de la actividad cinematográfica en todo el territorio nacional.
Que dentro de las atribuciones previstas en la mencionada Ley se
establecen las facultades para ejecutar medidas de fomento tendientes a
desarrollar la cinematografía nacional, pudiendo a tal efecto auspiciar
concursos, establecer premios, adjudicar becas de estudio e
investigación; la facultad para acrecentar la difusión de la
cinematografía argentina, realizando y/o participando en muestras,
festivales regionales, nacionales e internacionales; y emplear todo
otro medio necesario para sus logros.
Que el Artículo 24° de la citada Ley establece que el Fondo de Fomento
Cinematográfico podrá destinarse al otorgamiento de premios;
participación y realización de festivales y ciclos; promoción de
actividades que concurran a asegurar la mejor difusión, distribución
exhibición de películas naciones; y el cumplimiento de toda otra
actividad que deba realizar el INSTITUTO de acuerdo con las funciones y
atribuciones que le asigna la ley.
Que el artículo 3° del Decreto N° 1536/2002 establece que el Presidente
del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES determinará la
planta de personal, su distribución y asignación de funciones y podrá
asignar las dotaciones que estime correspondan a las distintas unidades
del organismo, de conformidad con la estructura que establezca.
Que el artículo 8° de la Ley 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias,
define qué se entiende por película nacional y con respecto a películas
de cortometraje, las que tengan un tiempo de proyección inferior a
SESENTA (60) minutos.
Que el capítulo IX de la Ley, contempla los principales aspectos de las
películas nacionales de cortometrajes, quedando a cargo del INSTITUTO
dictar las normas destinadas a su reglamentación.
Que el INSTITUTO ha dictado diferentes medidas a los fines de fomentar y difundir este tipo de producciones.
Que como antecedente resulta oportuno mencionar que por Resolución
INCAA N° 1697/2015 se creó “PREMIOS INCAA TV”, hoy conocidos como
PEMIOS CINE.AR, por medio del cual, un Jurado selecciona un proyecto de
corto metraje ganador en el marco de los Festivales y el Instituto
adquiere los derechos de exhibición para la señal televisiva CINE.AR
TV, la plataforma VOD CINE.AR PLAY y el resto de sus pantallas.
Que resulta menester destacar que hasta el año 2022 se han reconocido
215 cortometrajes en Festivales que se realizan en todo el país,
llegando a triplicarse la cantidad de premiaciones y menciones.
Que el reconocimiento desde el INSTITUTO resultó ser la puerta de
entrada de las obras a Festivales Internacionales de todo tipo y sus
realizadores han logrado que las mismas sean reconocidas y
multipremiadas.
Que mediante Resoluciones INCAA N° 1/2017 y N° 65/2017, se aprobaron el
Régimen General y Regional de Fomento que tienen por objetivo
consolidar la normativa de fomento de la actividad cinematográfica que
la ley 17.741 (t. o. 2001) y sus modificatorias pone a cargo del
INSTITUTO, e incluye la reglamentación de los mecanismos de fomento
respecto de cortometrajes de género ficción o animación, cualquiera sea
su soporte de rodaje mediante la modalidad de concursos, otorgando
facultades de difusión y exhibición a favor del INSTITUTO.
Que este tipo de producciones también se impulsa desde el conocido
Concurso HISTORIAS BREVES, cuya primera edición se realizó en el año
1995 y tiene como objetivo la producción de películas de cortometrajes
de ficción.
Que, asimismo estas producciones se nutren de las tesis que como
trabajo final realiza el alumnado de la Escuela Nacional de
Experimentación y Realización Cinematográfica (ENERC).
Que mediante Resolución INCAA N° 1238-E/2022, se aprobó la estructura
orgánica del INCAA; siendo competencia de la GERENCIA DE EXHIBICIÓN Y
AUDIENCIAS, entender en la ejecución de las políticas de promoción y
difusión de producciones de la industria cinematográfica nacional, a
través de las distintas plataformas de exhibición del INSTITUTO, como
así también mediante la realización de muestras y festivales y la
participación en los que se realicen, con el fin de garantizar a todos
los ciudadanos de nuestro país el acceso gratuito a los bienes
culturales audiovisuales.
Que el campo del cine y del audiovisual se encuentra en plena
transformación desde la llegada de las tecnologías digitales que
permiten un acceso masivo a través de modalidades novedosas en las
técnicas de producción, distribución y exhibición de obras
cinematográficas.
Que en esa línea se dictó la Resolución INCAA N° 599-E/2023, a fin de
proveer al fortalecimiento y el reconocimiento de la producción de los
cortometrajes nacionales a nivel federal desde la exhibición y
contemplar todas las pantallas a cargo del Instituto para los premios,
los cuales pasaron a denominarse PREMIOS CINE.AR.
Que las producciones nacionales de cortometrajes pueden considerarse
como el primer acercamiento de jóvenes directores y realizadores
integrales al INSTITUTO y se inscribe en el marco para la promoción de
nuevas realizadores y realizadoras en el ámbito de la producción
nacional.
Que muchos Directores y Directoras reconocidos hoy por la industria
cinematográfica nacional e internacional han hecho sus primeras
experiencias en cortometrajes, a través del Concurso HISTORIAS BREVES.
Que en los últimos años, la producción audiovisual nacional e
internacional ha ido incrementando la cantidad de realizaciones en
formato cortometraje.
Que en atención a los objetivos de difusión y exhibición del INSTITUTO,
el desarrollo y crecimiento de las pantallas del Organismo, la
posibilidad de nutrirlas y de brindar más espacios de exhibición a las
obras audiovisuales, todo cuanto constituye un paso fundamental en la
formación de las audiencias y de acceso a todas las personas a nivel
federal al contenido, resulta oportuno consolidar nuevas políticas de
fomento y difusión para las producciones de cortometrajes.
Que este tipo de proyectos abarca actividades propias del campo:
producción, exhibición, investigación, formación, y aborda de forma
creativa cualquier género o formato (ficción, documental, animación),
en función de los objetivos y de los recursos disponibles.
Que el INSTITUTO viene desarrollando a través de diversas propuestas apoyo a las producciones de cortometraje.
Que resulta fundamental la creación de un programa que nuclee el quehacer audiovisual de los proyectos de cortometraje.
Que la finalidad del Programa para el fortalecimiento de la Exhibición
de las películas de Cortometrajes, a denominarse: “Cortos en Pantalla –
Universo de cortos-Mundo Corto – Mírate un corto – te invito un corto
“, es la de generar herramientas de articulación institucional y
territorial que busquen propiciar una ampliación en la exhibición y
producción integral de las áreas de la industria audiovisual y así
generar un vínculo más estrecho entre el ámbito de la cinematografía y
las artes audiovisuales con los y las directores que realicen
producciones de cortometraje en sus diversos formatos y categorías,
otorgándole de esta manera un marco de unión institucional a la
multiplicidad de aportes que el INSTITUTO viene haciendo y que a su vez
favorezca una mayor inclusión de este tipo de producciones en el ámbito
de la cultura audiovisual, pudiendo llegar a cada sector del país.
Que la GERENCIA DE EXHIBICIÓN Y AUDIENCIAS, la GERENCIA GENERAL y la
GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención que les
compete.
Que las facultades para la aprobación de esta resolución se encuentran
comprendidas en Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, y en
los Decretos Nº 1536/2002 y Nº 178/2023.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Crear en el ámbito de la GERENCIA DE EXHIBICIÓN Y
AUDIENCIAS del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES el
Programa de Apoyo y Fortalecimiento de la Exhibición del Cortometraje,
el cual estará a cargo de la Coordinación Operativa de Espacios INCAA,
dependiente de la Gerencia de Exhibición y audiencias.
ARTÍCULO 2º.- Establecer que será competencia del Programa:
1. Trabajar en la recopilación de las medidas vigentes y proponer
nuevas para la exhibición de cortometrajes y resguardo del acervo
cinematográfico en la materia.
2. Producir informes, investigaciones, estadísticas, publicaciones,
capacitaciones y reuniones con representantes de la industria del
cortometraje con el fin de conocer las necesidades y recomendar
acciones a las distintas gerencias y áreas del INSTITUTO NACIONAL DE
CINE Y ARTES AUDIOVISUALES en la materia.
3. Facilitar la articulación con los distintos programas y áreas
existentes en el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES que
por sus características y finalidades puedan aportar a la promoción y
exhibición de los proyectos de cortometrajes en el ámbito local,
regional y nacional, ofreciendo el acceso a los contenidos relevados
por el programa.
4. Promover la realización de eventos, acciones y otras actividades que
tengan como finalidad la exhibición y difusión de las películas
nacionales de cortometrajes.
5. Continuar las instancias de reconocimiento y premiación para
contribuir al fortalecimiento de la producción de cortometrajes en los
ámbitos de fomento, exhibición y distribución y promover nuevas.
6. Promover la formación, capacitación y difusión sobre las
características y potencialidades de este tipo de producción
audiovisual para sectores de la industria, docentes y estudiantes de
cine, jurados, visualizadores y las/los trabajadores del ámbito público
en las áreas de cultura, y otros ámbitos en los que corresponda.
7. Fomentar mesas de trabajo con el fin de acercar a las partes del
quehacer audiovisual para fortalecer los circuitos de exhibición.
8. Trabajar en conjunto con las distintas áreas y sectores en la
posibilidad de crear un Catálogo de obras de películas de cortometrajes
junto con su evolución histórica y demás datos que puedan resultar de
interés para el sector.
9. Recibir propuestas, recomendaciones y acciones de trabajo relacionadas con los objetivos de este programa.
ARTÍCULO 3º.- Imputar el gasto que el cumplimiento de sus objetivos
demande a la partida correspondiente, sujeto a disponibilidad
presupuestaria del Organismo; asimismo, la GERENCIA DE EXHIBICIÓN Y
AUDIENCIAS deberá articular la implementación de estas acciones con la
GERENCIA DE EXHIBICION, GERENCIA GENERAL y demás gerencias del
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.
ARTÍCULO 4°.- Establecer que la presente Resolución entrará en vigencia
a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República
Argentina.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y oportunamente archívese.
Nicolas Daniel Batlle
e. 08/12/2023 N° 100675/23 v. 08/12/2023