MINISTERIO DE ECONOMÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN Y FISCALIZACIÓN PESQUERA

Disposición 5/2023

DI-2023-5-APN-DNCYFP#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 07/12/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2023-117002143- -APN-DGDAGYP#MEC del Registro de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549, el Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1.759/72 T.O 2017, la Ley Nº 24.922 y sus modificatorias, y la Decisión Administrativa Nº 449 de fecha 5 de junio de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que por conducto de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y el Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1.759/72 T.O. 2017, se establecieron las normas de los procedimientos administrativos que se aplican en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada.

Que mediante el Artículo 2º de la Decisión Administrativa Nº 449 de fecha de fecha 5 de junio de 2023, se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que a través de la Disposición Nº DI-2023-5-APN-DNCYFP#MAGYP de fecha 5 de junio de 2023 de la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se incorporó toda la información, normativa vigente y/o instrucciones sobre la organización administrativa de la Dirección de Control y Fiscalización de la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, detallando minuciosamente los procedimientos administrativos efectuados diariamente relativos al control y la fiscalización de buques pesqueros que operan en aguas de dominio y jurisdicción nacional.

Que asimismo se suscribió la Disposición Nº DI-2023-204-APN-SSPYA#MEC de fecha 5 de junio de 2023 de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, por intermedio de la cual, entre muchas medidas, se creó en el SISTEMA FEDERAL DE INFORMACIÓN DE PESCA Y ACUICULTURA (SiFIPA) el Módulo de Acceso ‘Despacho a la Pesca’.

Que el mencionado Módulo fue creado a fin de que las administradas y los administrados requieran la autorización del despacho a la pesca de las embarcaciones pesqueras de bandera argentina que operen en los espacios marítimos definidos en el Artículo 4º de la citada Ley Nº 24.922, y/o en el Área Adyacente a la Zona Económica Exclusiva, de manera CIEN POR CIENTO (100%) digital, acelerando considerablemente los tiempos de la administración pública nacional para tratamiento a dichas peticiones.

Que atento a ello, el Manual de Procedimientos Administrativos de la Dirección de Control y Fiscalización de la referida Dirección Nacional ha quedado desactualizado y requiere actualizaciones constantes, por lo que deviene necesario introducir modificaciones relativas a los procedimientos administrativos establecidos en el texto oportunamente aprobado.

Que, de este modo, se promueve la actualización y readecuación del Manual de Procedimientos Administrativos de la Dirección de Control y Fiscalización de la aludida Dirección Nacional.

Que la AUDITORÍA SECTORIAL DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de Agricultura, Ganadería y Pesca de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto se dicta conforme a las facultades otorgadas por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549, el Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1.759/72 T.O. 2017 y por la Decisión Administrativa Nº 449 de fecha 5 de junio de 2023.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE COORDINACIÓN Y FISCALIZACIÓN PESQUERA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el Manual de Procedimientos Administrativos de la Dirección de Control y Fiscalización de la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA que registrado con el Nº IF-2023-51108207-APN-DNCYFP#MAGYP, forma parte integrante de la Disposición Nº DI-2023-5-APN-DNCYFP#MAGYP de fecha 5 de junio de 2023 de la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, por el Anexo que, registrado con el Nº IF-2023-136529387-APN-DNCYFP#MEC forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- La presente disposición entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Julian Suarez

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 08/12/2023 N° 100749/23 v. 08/12/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)