ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA NACIONAL
Decreto 45/2023
DECTO-2023-45-APN-PTE - Estructura
organizativa. Modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 14/12/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-148216275-APN-DNDO#JGM, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de
marzo de 1992) y sus modificatorios y los Decretos Nros. 174 del 2 de
marzo de 2018 y sus modificatorios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y
sus modificatorios, 54 del 20 de diciembre de 2019, 598 del 16 de julio
de 2020, 124 del 21 de febrero de 2021, 480 del 10 de agosto de 2022 y
137 del 13 de marzo de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 8/23 se modificó en último término la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92), estableciendo los
Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la
Nación y se establecieron las Secretarías de Presidencia necesarias
para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación.
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.
Que atento las modificaciones introducidas en la Ley de Ministerios
resulta necesario efectuar las correspondientes adecuaciones en la
conformación organizativa, transfiriendo desde la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS la SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA a la
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y la
SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA
al MINISTERIO DE SALUD.
Que, asimismo, resulta oportuno disponer la transferencia del INSTITUTO
NACIONAL DE JUVENTUDES (INJUVE), organismo desconcentrado de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, al MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que, por razones de gestión, procede transferir la OFICINA
ANTICORRUPCIÓN, organismo desconcentrado de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN, al MINISTERIO DE JUSTICIA y modificar el rango y jerarquía
asignados a su titular.
Que, en virtud de las atribuciones dispuestas por el citado Decreto N°
8/23, deviene necesario transferir diversos organismos actuantes en la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y en la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que, asimismo, resulta necesario reordenar el Organigrama de
Aplicación, los Objetivos y el ámbito jurisdiccional de actuación de
organismos desconcentrados y descentralizados de las Secretarías
dependientes de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
Que se estima conveniente que el SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN NACIONAL
TRIBUTARIO Y SOCIAL (SINTyS) sea administrado y actualizado por la
SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a cuyo fin resulta
menester la adecuación de los Objetivos del CONSEJO NACIONAL DE
COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
aprobados por el Decreto N° 598/20.
Que por el Decreto N° 124/21 se creó el CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL como
un órgano colegiado y de participación ciudadana para el debate y la
búsqueda de consensos sobre prioridades estratégicas para el desarrollo
del país que serán definidas y sometidas a su consideración por el
Presidente de la Nación, cumpliendo funciones en el ámbito de la
ex-SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,
procediendo en esta instancia a establecer su funcionamiento en la
SECRETARÍA DE ESTRATEGIA NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico correspondiente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Transfiérese la SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN
PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a la SECRETARÍA DE
COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con excepción de
la DIRECCIÓN NACIONAL DE PRENSA y la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL y sus unidades dependientes.
ARTÍCULO 2°.- Transfiérese la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE
DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
al MINISTERIO DE SALUD.
ARTÍCULO 3º.- Sustitúyese el artículo 8° del Decreto N° 174 del 2 de
marzo de 2018 por el siguiente:
“ARTÍCULO 8°. - Créase en el ámbito del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO,
como organismo desconcentrado, el INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES
(INJUVE), cuyos objetivos serán:
1. Entender en el diseño e implementación de políticas destinadas a
jóvenes.
2. Presidir el funcionamiento del Consejo Federal de la Juventud
conforme la Ley N° 26.227.
3. Fomentar en los jóvenes la participación comunitaria, el compromiso
público y valores como la solidaridad, la equidad, la memoria, la
responsabilidad y la identidad nacional.
4. Fortalecer el reconocimiento de los jóvenes en la sociedad como
sujetos activos de derechos.
5. Articular la intervención de los organismos gubernamentales
competentes en toda materia que se vincule a problemáticas relacionadas
con la juventud, comprendiendo aspectos como la capacitación en oficios
y primer empleo, terminalidad educativa, políticas culturales,
artísticas, iniciativas deportivas, turismo, prevención de adicciones,
situación de calle, salud reproductiva, participación ciudadana,
violencia institucional o escolar, entre otras.
6. Diseñar e impulsar acciones tendientes a incentivar la participación
de la juventud en el abordaje de las distintas problemáticas de la
población, en forma complementaria con las políticas estatales.
7. Impulsar la creación de centros juveniles atendiendo a las
necesidades territoriales y locales de la juventud.
8. Promover la institucionalización y articulación de los espacios de
juventud en todas las jurisdicciones del territorio nacional.
9. Entender en materia de subsidios y becas vinculados a las
problemáticas relacionadas con la juventud”.
ARTÍCULO 4º.- Transfiérese el INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES
(INJUVE), organismo desconcentrado de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, a la órbita del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
ARTÍCULO 5°. - Sustitúyese el artículo 1° del Decreto N° 54 del 20 de
diciembre de 2019 por el siguiente:
“ARTÍCULO 1°.- Dispónese que la OFICINA ANTICORRUPCIÓN, creada por el
artículo 13 de la Ley N° 25.233, tendrá carácter de organismo
desconcentrado del MINISTERIO DE JUSTICIA”.
ARTÍCULO 6°.- Sustitúyese el artículo 2° del Decreto N° 54 del 20 de
diciembre de 2019 por el siguiente:
“ARTÍCULO 2°.- El Titular de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN tendrá rango y
jerarquía de Secretario y dependerá funcionalmente del MINISTERIO DE
JUSTICIA. Gozará de independencia técnica y cumplirá las funciones que
le competen sin recibir instrucciones del Ministro de Justicia ni de
ninguna otra autoridad superior del PODER EJECUTIVO NACIONAL”.
ARTÍCULO 7º.- Transfiérese la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD,
organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA
GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a la órbita de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 8º.- Transfiérese el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y
ECONOMÍA SOCIAL (INAES), organismo descentralizado actuante en el
ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a la órbita del
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
ARTÍCULO 9º.- Transfiérese el INSTITUTO NACIONAL DE LA AGRICULTURA
FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA, organismo descentralizado actuante en
el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a la órbita del
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
ARTÍCULO 10.- Establécese que las Unidades de Gabinete de Asesores
tendrán rango y jerarquía de Subsecretaría.
ARTÍCULO 11.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,
aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado I, SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por el siguiente:
“I.- SECRETARÍA GENERAL
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS
- SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN GENERAL
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
CASA MILITAR”.
ARTÍCULO 12.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,
aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado II, SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por el siguiente:
“II.- SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES
- SUBSECRETARÍA TÉCNICA
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES”.
ARTÍCULO 13.- Suprímese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,
aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado III, SECRETARÍA DE ASUNTOS
ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 14.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,
aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y
PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por el siguiente:
“IV.- SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA
- SUBSECRETARÍA DE PRENSA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA
- SUBSECRETARÍA DE CONTENIDOS DE DIFUSIÓN
- SUBSECRETARÍA DE VOCERÍA PRESIDENCIAL”.
ARTÍCULO 15.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,
aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, por el siguiente:
“V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA LEGAL
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA
- SUBSECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN Y REFORMA DEL ESTADO
- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO
SECRETARÍA EJECUTIVA DE GOBIERNO
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE GABINETE
- SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INTERINSTITUCIONAL
- SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA
SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y CON LA SOCIEDAD CIVIL
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PARLAMENTARIOS
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
- SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
- OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES
SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN DEL ESTADO
- SUBSECRETARÍA DE DESREGULACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE CALIDAD REGULATORIA
SECRETARÍA DE EMPRESAS Y SOCIEDADES DEL ESTADO
- SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN SOCIETARIA
- SUBSECRETARÍA DE APOYO LEGAL SOCIETARIO
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE GESTIÓN Y COORDINACIÓN GENERAL
SECRETARÍA DE ESTRATEGIA NACIONAL”.
ARTÍCULO 16.- Suprímese del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, el Apartado III, SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 17.- Sustitúyese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, el Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por el obrante en la PLANILLA ANEXA
(IF-2023-148459005-APN-DNDO#JGM) al presente artículo, que forma parte
integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 18.- Sustitúyese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, por
el obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2023-148469602-APN-DNDO#JGM) al
presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 19.- Sustitúyese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en
los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,
aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, la parte correspondiente a la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN, conforme el siguiente detalle:
“PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
Organismos Desconcentrados
CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES
Organismos Descentralizados
SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN
AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA (AFI)”.
ARTÍCULO 20.- Sustitúyese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en
los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,
aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado I, SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por el siguiente:
“I - SECRETARÍA GENERAL
Organismos Desconcentrados
CASA PATRIA GRANDE “PRESIDENTE NÉSTOR CARLOS KIRCHNER”
Organismos Descentralizados
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE MUSEOS Y ARCHIVOS PRESIDENCIALES
AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR”.
ARTÍCULO 21.- Incorpórase al Anexo III - Ámbitos jurisdiccionales en
los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,
aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y
PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme al siguiente detalle:
“IV - SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA
Empresas y Entes del Sector Público Nacional
RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO
TÉLAM SOCIEDAD DEL ESTADO
CONTENIDOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO”.
ARTÍCULO 22.- Sustitúyese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en
los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,
aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, por el siguiente:
“V - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Organismos Descentralizados
AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (AAIP)
AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE)
AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD (ANDIS)
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET)
AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO
TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN (ANPIDTI)
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM)
BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG)
COMISIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES (CONAE)
Empresas y Entes del Sector Público Nacional
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
VEHÍCULO ESPACIAL DE NUEVA GENERACIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA
SECRETARÍA DE EMPRESAS Y SOCIEDADES DEL ESTADO
CORPORACIÓN ANTIGUO PUERTO MADERO SOCIEDAD ANÓNIMA”.
ARTÍCULO 23.- Sustitúyese el Objetivo 4 de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN TÉCNICA Y ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN del CONSEJO NACIONAL
DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES, aprobado por el Anexo II del
artículo 4° del Decreto N° 598 del 16 de julio de 2020, por el
siguiente:
“4. Coordinar la gestión del SISTEMA DE INFORMACIÓN SOCIAL (SISFAM)”.
ARTÍCULO 24.- Transfiérese la DIRECCIÓN NACIONAL DEL SISTEMA DE
IDENTIFICACIÓN NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN TÉCNICA Y ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN del CONSEJO NACIONAL
DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES a la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN
de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 25.- Establécese que el CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL creado por
el Decreto N° 124 del 21 de febrero de 2021 funcionará en el ámbito de
la SECRETARÍA DE ESTRATEGIA NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
ARTÍCULO 26.- Suprímese el cargo extraescalafonario de Coordinador o
Coordinadora de Seguimiento y Asistencia de Entes Descentralizados,
Empresas y Sociedades del Estado, creado por el artículo 18 del Decreto
N° 480 del 10 de agosto de 2022 con dependencia de la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
ARTÍCULO 27.- Suprímese el cargo extraescalafonario de Jefe/a de la
Unidad de Coordinación Ejecutiva de la SECRETARÍA DE GABINETE de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, creado por el artículo 2° del
Decreto N° 137 del 13 de marzo de 2023.
ARTÍCULO 28.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las
áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales
existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente
mantendrán las acciones, dotaciones y personal con sus respectivos
niveles, situación de revista y suplementos vigentes a la fecha.
ARTÍCULO 29.- Las transferencias que se disponen por los artículos 1°,
2°, 4°, 7°, 8°, 9° y 24 de la presente medida comprenden las unidades
organizativas, como así también los créditos presupuestarios, bienes y
dotaciones vigentes a la fecha y el personal con sus respectivos cargos
y niveles escalafonarios, situación de revista y suplementos vigentes a
la fecha.
ARTÍCULO 30.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias
correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas
por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos
presupuestarios previstos en las Jurisdicciones y Entidades de origen.
ARTÍCULO 31.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Nicolás Posse
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 15/12/2023 N° 102917/23 v. 15/12/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
PLANILLA
ANEXA AL ARTÍCULO 17
(ANEXO II)
IV.- SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y
PRENSA
OBJETIVOS
1. Intervenir en la formulación, ejecución y supervisión de la política
de comunicación pública del ESTADO NACIONAL.
2. Entender en la comunicación y difusión de las actividades del Sector
Público Nacional y de los actos del ESTADO NACIONAL y en su relación
institucional con los medios de comunicación.
3. Coordinar el diseño, la planificación, la implementación y el
seguimiento de las campañas de comunicación del ESTADO NACIONAL y de la
producción de sus contenidos.
4. Desarrollar la imagen institucional del ESTADO NACIONAL.
5. Entender en la planificación, ejecución y supervisión de la política
de prensa y comunicación presidencial.
6. Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la elaboración de los
mensajes, discursos y declaraciones públicas, cuando se lo requiera.
7. Entender en el diseño y la elaboración de contenidos de las redes
sociales del Presidente de la Nación.
8. Supervisar las tareas de vocería presidencial, comunicando las
decisiones adoptadas por el Presidente de la Nación.
9. Entender, desde el aspecto comunicacional, en la confección y
seguimiento de la agenda presidencial y las actividades que requieren
la presencia del Presidente de la Nación, coordinando con los
Ministerios y demás organismos que conforman el Sector Público Nacional
y organismos vinculados con la Sociedad Civil, para su difusión.
10. Entender en la relación con los medios de comunicación nacionales e
internacionales.
11. Entender en la información que se brinda sobre la gestión de
gobierno a los medios de comunicación, nacionales, provinciales, de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales e internacionales.
12. Participar en la obtención, análisis y sistematización de la
información de las acciones de gobierno.
13. Entender en la producción, realización y emisión de Cadenas
Nacionales y transmisiones de actos oficiales de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN.
14. Entender, en coordinación con las áreas con competencia en la
materia, en lo relativo a las transmisiones presidenciales, incluyendo
las tareas de producción, edición y fotografía.
15. Supervisar la elaboración de la síntesis de prensa para la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
16. Coordinar la realización de mediciones, estudios e investigaciones
y el desarrollo e implementación de herramientas para la evaluación de
la ejecución de las políticas de prensa y de comunicación de la
actividad presidencial y del ESTADO NACIONAL.
17. Intervenir en tareas vinculadas con el manejo de los diferentes
tipos de lenguaje y aspectos lingüísticos requeridos en la comunicación
de la gestión del ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
18. Efectuar la planificación, coordinación y ejecución de la
publicidad oficial de gestión centralizada, y coordinar y ejecutar la
publicidad oficial de gestión descentralizada.
19. Entender en acciones de vinculación del ESTADO NACIONAL con la
ciudadanía, en el ámbito de su competencia.
20. Fortalecer la libertad de expresión y la pluralidad cultural e
informativa.
21. Participar en el cumplimiento de los objetivos de comunicación
institucional en redes según plataforma y medios.
22. Entender en la formulación, ejecución y control de las políticas de
comunicación social y de medios de comunicación social, en particular a
la difusión de opciones educativas.
23. Administrar y controlar los medios de difusión que se encuentran en
el ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL y aquellas empresas del sector
en las que la Jurisdicción sea accionista.
24. Entender en el lineamiento de las políticas referentes a Medios
Públicos Nacionales y su instrumentación.
25. Intervenir de conformidad con las pautas y lineamientos impartidos
por el Jefe de Gabinete de Ministros, en la administración y
funcionamiento de RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA S.E., integrada por LS82
Canal 7, LRA Radio Nacional y Radiodifusión Argentina al Exterior (RAE).
26. Intervenir, de conformidad con las pautas y lineamientos impartidos
por el Jefe de Gabinete de Ministros, en la administración y el
funcionamiento de TELAM S.E. y de CONTENIDOS PÚBLICOS S.E., así como en
la operación, desarrollo y explotación del contenido y funcionamiento
del Polo de Producción Audiovisual y de las señales integrantes de
dicha sociedad.
27. Entender en la participación del ESTADO NACIONAL en TELESUR, de
conformidad con las pautas y lineamientos impartidos por el Jefe de
Gabinete de Ministros.
28. Ejercer la presidencia del CONSEJO ASESOR DEL SISTEMA ARGENTINO DE
TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE, pudiendo delegar dicha función en un
funcionario de la Secretaría con rango no inferior a Subsecretario.
29. Entender en la administración, operación y desarrollo del Banco
Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA), sus señales,
medios relacionales y conexos.
30. Coordinar mecanismos para el seguimiento y la circulación de la
información de gestión de los organismos y las acciones de gobierno.
31. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la administración de
los activos digitales del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
32. Entender en la aplicación de los tratados y convenios nacionales e
internacionales, leyes y reglamentos generales relativos a la materia
de su competencia.
33. Intervenir en la planificación y elaboración de contenidos
gráficos, audiovisuales y digitales del ESTADO NACIONAL, impulsando el
uso de herramientas tecnológicas en su producción.
34. Intervenir en lo inherente a las expresiones tecnológicas,
artísticas, educativas, culturales, informativas y formativas y
aquellas vinculadas a la divulgación del conocimiento que el ESTADO
NACIONAL propicie difundir a través de medios audiovisuales, redes
digitales, parques temáticos y otros.
35. Entender en el desarrollo de estudios, diagnósticos e informes que
permitan realizar análisis para fortalecer el diseño, implementación y
evaluaciones de impacto de las políticas de comunicación pública a
nivel nacional.
36. Intervenir en la definición de la estrategia de comunicación y de
contenidos realizada por canales y plataformas de comunicación directa
del ESTADO NACIONAL con los ciudadanos: "Mi Argentina”,
"argentina.gob.ar” TINA, etc., en coordinación con las áreas de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con competencia específica en la
materia.
37. Coordinar con TELAM S.E. todo lo atinente al proceso de publicidad
oficial.
38. Entender en la gestión económico-financiera, patrimonial, contable,
de sistemas y en la administración de los recursos humanos de la
Secretaría.
39. Entender en la instrucción de los sumarios administrativos de la
Secretaría.
40. Coordinar el servicio jurídico en el ámbito de su competencia.
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA
SUBSECRETARÍA DE PRENSA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en la planificación, ejecución y supervisión
de la política de prensa y comunicación presidencial, así como en la
elaboración de contenidos relativos a la actividad presidencial.
2. Intervenir en la planificación y diseño de la información sobre la
gestión de gobierno destinada a los medios de comunicación, nacionales,
provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales e
internacionales.
3. Intervenir en la producción, realización y emisión de Cadenas
Nacionales y transmisiones de actos oficiales de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN.
4. Asistir a la Secretaría, en la confección y seguimiento de la agenda
presidencial y las actividades que requieran la presencia del
Presidente de la Nación.
5. Supervisar la elaboración de la información que se brinda sobre la
gestión de gobierno a los medios de comunicación, nacionales,
provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales e
internacionales.
6. Elaborar la Síntesis de Prensa para el área de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN.
7. Coordinar y articular las vocerías del ESTADO NACIONAL.
8. Planificar y organizar la cobertura institucional de los actos de
gobierno tanto audiovisual, gráfica, fotográfica como digital.
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA
SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en todo lo relativo a la organización y
difusión de las actividades del Sector Público Nacional y de los actos
del ESTADO NACIONAL.
2. Asistir a la Secretaría en la comunicación del ESTADO NACIONAL con
los medios de comunicación, nacionales y provinciales.
3. Asistir a la Secretaría en la planificación, contratación y
ejecución de la publicidad oficial de gestión centralizada y la
coordinación y ejecución de la publicidad oficial de gestión
descentralizada.
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA
SUBSECRETARÍA DE CONTENIDOS DE DIFUSIÓN
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en la ejecución y supervisión de la política
y los contenidos de la comunicación pública.
2. Asistir a la Secretaría en los temas relacionados con la información
pública del Gobierno Nacional.
3. Asistir a la Secretaría en la definición de los lineamientos, en
temas vinculados con la información de gobierno, para asesorar a los
titulares de las Jurisdicciones y Entidades de la Administración
Pública Nacional.
4. Asistir a la Secretaría en lo relativo a la planificación y
proyección de opinión pública y pedidos de información de gestión.
5. Asistir a la Secretaría en el diseño, la supervisión y el
seguimiento de la producción de contenidos de comunicación del ESTADO
NACIONAL.
6. Asistir a la Secretaría en las relaciones institucionales con
organismos privados, estatales o de la sociedad civil que requieran
información sobre los objetivos gubernamentales.
7. Intervenir en la difusión de los objetivos de gestión del ESTADO
NACIONAL a fin de proyectar la imagen del país en el ámbito interno y
externo.
8. Intervenir en la estrategia, planificación, elaboración y difusión
de mensajes por canales de comunicación directa con los ciudadanos.
9. Asistir a la Secretaría en la definición de la estrategia de
comunicación y de contenidos realizada por canales y plataformas de
comunicación directa del ESTADO NACIONAL con los ciudadanos: "Mi
Argentina”, "argentina.gob.ar” TINA, etc., en coordinación con las
áreas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con competencia
específica en la materia.
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA
SUBSECRETARÍA DE VOCERÍA PRESIDENCIAL
OBJETIVOS
1. Ejercer la vocería de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, comunicando las
medidas de gobierno.
2. Efectuar las tareas de divulgación de la agenda presidencial a los
medios de comunicación nacionales e internacionales.
3. Intervenir en la planificación de la comunicación digital de la
actividad presidencial.
4. Desarrollar las actividades relacionadas con la producción, la
difusión de actos y otros eventos que requieren la presencia del
Presidente de la Nación, en coordinación con las demás dependencias de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
5. Intervenir en la elaboración de contenidos y de la imagen
institucional de los portales de Internet y otros canales de
comunicación digital del Presidente de la Nación, en coordinación con
las áreas de la Secretaría con competencia en la materia.
6. Recopilar y sistematizar información vinculada a las actividades
presidenciales para su divulgación en las plataformas digitales de la
Casa Rosada.
7. Colaborar en la comunicación de las actividades del Sector Público
Nacional y de los actos del ESTADO NACIONAL.
8. Asistir a la Secretaría en la elaboración de contenidos de las redes
sociales del Presidente de la Nación, en coordinación con las áreas con
competencia en la materia.
9. Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la elaboración de los
mensajes, discursos y declaraciones públicas cuando se lo requiera.
10. Elaborar y elevar a la superioridad informes sobre el impacto de
los actos presidenciales en los medios nacionales e internacionales.
IF-2023-148459005-APN-DNDO#JGM
PLANILLA
ANEXA AL ARTÍCULO 18
(ANEXO II)
V. - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
1. Entender en el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico
y administrativo de los distintos Servicios Administrativos Financieros
de la Jurisdicción.
2. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el diseño del
anteproyecto de presupuesto de la Jurisdicción y en la evaluación de su
cumplimiento.
3. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la realización de los
trámites administrativos relacionados con la gestión de los recursos
humanos y la obtención de materiales, equipamientos tecnológicos y de
todo otro insumo necesario para las unidades ejecutoras de las
distintas categorías programáticas de los distintos Servicios
Administrativos Financieros de la Jurisdicción.
4. Supervisar y coordinar las acciones que hacen al desarrollo de las
tareas relacionadas con los aspectos económicos, financieros,
contables, patrimoniales, de sistemas informáticos y de control de
gestión de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la
Jurisdicción.
5. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos y
en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios de
la Jurisdicción.
6. Entender la gestión documental de la Jurisdicción y en el
seguimiento y archivo de todos los actos administrativos dictados por
el Jefe de Gabinete de Ministros y por los titulares de las distintas
dependencias de la Jurisdicción, como así también de toda la
documentación administrativa vinculada con la actividad sustantiva de
la misma.
7. Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo de la Jurisdicción.
8. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en materia de comunicación,
prensa, relaciones institucionales, ceremonial y protocolo.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA LEGAL
OBJETIVOS
1. Coordinar el servicio jurídico permanente de la Jurisdicción e
intervenir en los proyectos de actos administrativos vinculados con las
actividades sustantivas de las áreas de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
2. Dirigir la representación del ESTADO NACIONAL en los procesos
judiciales en los que deba intervenir la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
3. Coordinar con las áreas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con
competencia en la materia el análisis jurídico de los proyectos
normativos por ellas elaborados, con carácter previo a su dictado.
4. Supervisar las actuaciones en las que se substancien recursos
administrativos contra actos emanados de la Jurisdicción.
5. Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia
de proyectos de leyes y actos administrativos.
6. Supervisar la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de
los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico
relativos a su competencia.
7. Coordinar el asesoramiento legal que brinde la Secretaría en todas
aquellas materias que sean competencia de la Jurisdicción.
8. Intervenir en la tramitación de los sumarios
administrativo-disciplinarios que se instruyan en la Jurisdicción.
9. Asistir a la Secretaría en la gestión documental de la Jurisdicción
y en el seguimiento y archivo de todos los actos administrativos
dictados por el Jefe de Gabinete de Ministros y por los titulares de
las distintas dependencias de la Jurisdicción, como así también de toda
la documentación administrativa vinculada con la actividad sustantiva
de la misma.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
1. Dirigir el diseño e implementación de políticas administrativas,
presupuestarias y financieras de los distintos Servicios
Administrativos Financieros de la Jurisdicción.
2. Asistir a la Secretaría en la aplicación de la política de recursos
humanos, organización y sistemas administrativos de la Jurisdicción.
3. Intervenir en el diseño e implementación de las políticas
presupuestarias y financieras de la Jurisdicción.
4. Intervenir en el diseño, formulación, coordinación de la ejecución,
modificación y evaluación del cumplimiento del presupuesto de la
Jurisdicción.
5. Asistir en la ejecución de las acciones necesarias para las
contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios y
demás adquisiciones destinadas a la Jurisdicción.
6. Dirigir, en el ámbito de su competencia, el desarrollo,
implementación y mantenimiento de los sistemas informáticos y de
comunicaciones y sus condiciones de seguridad.
7. Supervisar la gestión patrimonial, mantenimiento edilicio,
administración de bienes muebles e inmuebles y servicios de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS.
8. Asistir a la Secretaría en la coordinación, monitoreo y supervisión
de las acciones que hacen al desarrollo de las tareas relacionadas con
los aspectos económicos, financieros, contables, patrimoniales, de
sistemas informáticos y de control de gestión de la Jurisdicción.
9. Coordinar la comunicación, prensa, relaciones institucionales,
ceremonial y protocolo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA
OBJETIVOS
1. Entender en el diseño de políticas que promuevan el
perfeccionamiento de la organización y el funcionamiento de la
Administración Pública Nacional, con el objetivo de reducir el gasto
público y propender a una administración pública moderna y eficiente.
2. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros con la transformación del
Estado en los niveles nacional, provincial y municipal con vistas al
desarrollo económico y social, el mejoramiento integral de las
respectivas organizaciones administrativas y asesorar en relación a la
determinación de las prioridades correspondientes.
3. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la transformación,
modernización y desarrollo de la política de gestión del empleo público
tendiendo a la optimización y fortalecimiento de los recursos humanos
de la Administración.
4. Asistir a las distintas jurisdicciones y entidades de la
Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada en el
diseño, implementación y evaluación de medidas encaminadas a mejorar la
calidad y eficiencia de la gestión pública.
5. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el análisis y propuesta
del diseño de la estructura de la Administración Pública Nacional
centralizada y descentralizada.
6. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la implementación de las
políticas relativas a la mejora estratégica de los recursos humanos y
su capacitación, la política salarial del sector público, la promoción
y el desarrollo de carrera de los agentes de la Administración Pública
Nacional y en la propuesta de las normas reglamentarias en la materia.
7. Entender en la formulación de políticas nacionales en materia de
recursos humanos, gestión del empleo público, evaluaciones de desempeño
y compensaciones, en el ámbito de su competencia.
8. Integrar las Comisiones Negociadoras que se constituyan en el marco
de la Ley N° 14.250 y sus modificatorias en las que intervengan
organismos descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las
instituciones de seguridad social y entes estatales, empresas y
Sociedades del Estado, como parte del sector empleador.
9. Asesorar y/o intervenir frente a requerimientos, consultas o
presentaciones efectuadas por parte de entidades gremiales,
estableciendo un criterio uniforme para toda la Administración Pública
Nacional.
10. Representar al ESTADO NACIONAL en las negociaciones colectivas en
las cuales el mismo sea parte, en coordinación con las demás
Jurisdicciones y Entidades competentes.
11. Ejercer la representación del Estado empleador en el Consejo de
Administración del Fondo Permanente de Capacitación y Recalificación
Laboral (FOPECAP) y asistir técnicamente en la formulación y evaluación
de los programas académicos a financiar por el referido Fondo.
12. Entender en la interpretación de la normativa de empleo público y
relaciones laborales de empleo público, en el ámbito de su competencia.
13. Entender en la sistematización de los procesos de administración de
los recursos humanos de la Administración Pública Nacional: liquidación
de salarios, justificación de inasistencias, otorgamiento y
convalidación de licencias y protección de la salud en el trabajo, en
coordinación con la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA, Y TECNOLOGÍA.
14. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la temática de gestión
y empleo público concerniente al Consejo Federal de la Función Pública
(COFEFUP).
15. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el diseño, desarrollo e
implementación de políticas públicas de fortalecimiento institucional y
en la promoción de políticas de integridad en la función pública, en
coordinación con los organismos del ESTADO NACIONAL con competencias en
la materia.
16. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el diseño, desarrollo e
implementación de las políticas de capacitación y carrera
administrativa para el personal de la Administración Pública Nacional.
17. Entender en la elaboración de planes y programas tendientes a la
vinculación y la cooperación técnico-académica en el ámbito de su
competencia, con universidades nacionales e internacionales, Entidades
y/o centros académicos, de formación y/o investigación, organismos
internacionales y organizaciones de la sociedad civil.
18. Entender en la conducción del Cuerpo de Administradores
Gubernamentales.
SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA
SUBSECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN Y REFORMA DEL ESTADO
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en el diseño de políticas que promuevan el
perfeccionamiento de la organización y el funcionamiento general de la
Administración Pública Nacional.
2. Intervenir en el diseño y elaboración de estándares para la medición
y monitoreo de la gestión pública, en coordinación con las áreas con
competencia de la Jurisdicción.
3. Proponer el dictado de actos administrativos que propicien la
simplificación y transparencia de los procedimientos administrativos,
articulando acciones con las áreas con competencia especifica de la
Jurisdicción.
4. Colaborar, en el ámbito de su competencia, en lo concerniente al
Consejo Federal de la Función Pública (COFEFUP).
5. Proponer lineamientos relacionados con el fortalecimiento
institucional y la promoción de políticas de integridad en la función
pública, en coordinación con las áreas con competencia del ESTADO
NACIONAL.
6. Desarrollar y administrar instrumentos de seguimiento y análisis
referidos a las políticas públicas de integridad y fortalecimiento
institucional en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en
coordinación con las áreas con competencia del ESTADO NACIONAL.
7. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la evaluación de la
información originada en las Jurisdicciones cuyas competencias se
encuentran vinculadas con los sistemas de control del Sector Público
Nacional, las políticas públicas de integridad y fortalecimiento
institucional del ESTADO NACIONAL, con el fin de obtener coherencia en
el accionar de la administración e incrementar su eficacia.
8. Entender en la coordinación del SISTEMA DE INFORMACIÓN MAPA DE LA
ACCIÓN ESTATAL, creado por la Decisión Administrativa N° 1926/20.
9. Establecer pautas y criterios metodológicos para la implementación
de un modelo de gestión por resultados en los organismos de la
Administración Pública Nacional.
10. Diseñar programas de desarrollo y fortalecimiento de la cultura
organizacional en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración
Pública Nacional.
SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en la planificación y formulación de
políticas nacionales en materia de recursos humanos y gestión de la
política salarial.
2. Promover la realización de programas dirigidos al desarrollo y
modernización de la gestión del empleo público en los organismos del
Sector Público Nacional, brindando asistencia técnica en la materia.
3. Implementar las políticas de evaluación de desempeño de los recursos
humanos del Estado, y controlar la correcta ejecución de las políticas
de selección y reclutamiento de personal.
4. Supervisar el análisis de la información vinculada a la evolución
del empleo público, el diseño y la administración de la política
salarial del personal de la Administración Pública Nacional.
5. Asistir en la sistematización de los procesos de administración de
los recursos humanos tales como, liquidación de salarios, justificación
de inasistencias, otorgamiento y convalidación de licencias y
protección de la salud en el trabajo.
6. Colaborar con los gobiernos provinciales, municipales y de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en el desarrollo de capacidades de gestión de
empleo público.
7. Entender en la sistematización de las normas, doctrina y criterios
jurisprudenciales relativos a la gestión de las relaciones laborales en
el ámbito del Sector Público Nacional.
8. Asistir a la Secretaría en la interpretación y el control en la
aplicación de la normativa que rige las relaciones laborales de empleo
público, realizando estudios y propuestas normativas, proponiendo
acciones para revisar y consolidar la legislación referida.
9. Coordinar la implementación de mecanismos de interacción con las
áreas vinculadas a la gestión de las relaciones laborales y de recursos
humanos del Sector Público Nacional.
10. Asistir a la Secretaría en las Comisiones Negociadoras que se
constituyan en el marco de la Ley N° 14.250 y sus modificatorias, en
las que intervengan organismos descentralizados, comprendiendo en estos
últimos a las instituciones de seguridad social y entes estatales o
empresas y Sociedades del Estado, como parte del sector empleador.
11. Intervenir en el análisis, aprobación y aplicación de las medidas
relativas a la política salarial de la Administración Pública Nacional
y de los sistemas de incentivos del empleo público.
12. Ejercer las funciones fijadas por la Ley N° 20.173 y sus normas
modificatorias.
13. Intervenir en el diseño y planificación de las políticas para la
capacitación permanente del personal del Sector Público Nacional y
supervisar su correcta ejecución.
14. Asistir a la Secretaría en la formulación del Plan Federal de
Formación y Capacitación en Gestión Pública, y monitorear su
implementación.
15. Supervisar los planes de capacitación y de formación propuestos por
los Ministerios y organismos descentralizados, así como determinar los
créditos aplicables a cada actividad de capacitación, de conformidad
con las políticas vigentes en la materia.
16. Entender en la ejecución de la política de capacitación y formación
para el personal de las distintas Jurisdicciones y Entidades del Sector
Público Nacional, estableciendo pautas metodológicas y didácticas, y
brindar asistencia técnica a requerimiento de los gobiernos
provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en el
ámbito de su competencia.
17. Supervisar la operación y funcionamiento del Sistema Nacional de
Capacitación, estableciendo normas de calidad de las acciones de
formación, evaluando su impacto en el desempeño del personal y en las
unidades organizativas en las que trabajen, en cumplimiento de los
objetivos y metas de las distintas Jurisdicciones y Entidades.
18. Entender en el diseño y ejecución de programas de capacitación y de
formación destinados a los funcionarios de nivel gerencial, en el
ámbito de su competencia.
19. Entender en la acreditación, supervisión y evaluación de los
planes, programas y acciones de formación y capacitación del Sector
Público Nacional, en línea con la carrera administrativa.
20. Administrar los datos del registro de prestadores de servicios
formativos.
21. Asistir técnicamente en la elaboración y/o desarrollo de programas
de capacitación específicos e investigación a requerimiento de los
gobiernos provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA EJECUTIVA DE GOBIERNO
OBJETIVOS
1. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en todas las cuestiones
vinculadas a los aspectos logísticos y administrativos propios del
desarrollo de sus funciones institucionales.
2. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la resolución de los
temas que le indique el PODER EJECUTIVO NACIONAL y en los propios del
ámbito de competencia de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
3. Asesorar al Jefe de Gabinete de Ministros en la elaboración de los
planes y programas de las áreas bajo su responsabilidad directa y en la
coordinación de los correspondientes a las jurisdicciones y los
organismos descentralizados actuantes en sus órbitas, así como en la
supervisión de su ejecución.
4. Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a
dar adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por el
Jefe de Gabinete de Ministros.
5. Coordinar el Gabinete de Asesores del Jefe de Gabinete de Ministros.
6. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el diseño y coordinación
de políticas públicas de la Administración vinculadas con el
cumplimiento de los objetivos de gobierno.
7. Entender, en la coordinación de vinculación institucional con
organismos y autoridades del ámbito nacional, provincial, de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y/o municipal, así como con distintos sectores
del ámbito público y privado.
8. Entender en la recopilación, análisis y sistematización de
información de interés para el Jefe de Gabinete de Ministros, así como
intervenir en su direccionamiento a los Ministerios y sus organismos
dependientes.
9. Organizar la convocatoria y preparar las reuniones del Gabinete de
Ministros.
10. Coordinar, con las áreas de gobierno correspondientes, la
producción de información estratégica relativa a la gestión
gubernamental como insumo para la toma de decisiones.
11. Intervenir en el diseño de estrategias de gobierno, coordinando las
políticas públicas involucradas.
12. Entender en el diseño e implementación de la planificación
estratégica de las políticas, proyectos y programas impulsados por la
Jurisdicción.
13. Entender en la definición de los procedimientos de evaluación y
seguimiento de los planes, programas y proyectos de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, la optimización de la gestión de los mismos, el
intercambio y la evaluación de impacto en la implementación de las
políticas.
14. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la coordinación y
ejecución de acciones tendientes a fortalecer la vinculación política e
institucional con los distintos poderes del ESTADO NACIONAL,
provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipal y con el
sector privado, académico y con las organizaciones de la sociedad civil.
15. Entender en la coordinación interinstitucional e
interjurisdiccional de los temas delegados por el Jefe de Gabinete de
Ministros que requieran intervención de las distintas áreas de
gobierno, así como en la articulación de la gestión de los temas
prioritarios con las provincias, los municipios y la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES.
16. Diseñar y ejecutar una agenda política tendiente a la gestión de
demandas y necesidades provenientes de organismos nacionales y
sub-nacionales.
17. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en su participación en las
relaciones, negociaciones y representación del país con los bancos y
organismos multilaterales y bilaterales de crédito y de asistencia
técnica para el desarrollo de los que la REPÚBLICA ARGENTINA forme
parte, en los aspectos que hacen a las políticas de dichos organismos,
en los préstamos, cooperaciones técnicas y donaciones provenientes de
los mismos, en coordinación con las áreas de la Administración Pública
Nacional con competencia en la materia.
18. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en las acciones necesarias
para la operatividad del COMITÉ EJECUTIVO DE LUCHA CONTRA LA TRATA Y
EXPLOTACIÓN DE PERSONAS Y PARA LA PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A LAS
VÍCTIMAS, creado por la Ley N° 26.842.
19. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la coordinación y
supervisión del análisis, la formulación y la evaluación de la
estrategia presupuestaria, como así también en la elaboración del
Proyecto de la Ley de Presupuesto Nacional y en el seguimiento de su
ejecución.
20. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la determinación de los
lineamientos estratégicos que permitan la evaluación y toma de
decisiones con relación a los programas y proyectos de inversión,
cualquiera sea su fuente de financiamiento, en coordinación con las
áreas competentes.
21. Coordinar la evaluación del gasto, colaborando en el diagnóstico y
seguimiento de la producción pública contemplada en el Presupuesto
Nacional.
22. Colaborar en el seguimiento y análisis de la relación fiscal entre
la Nación y las Provincias y monitorear el grado de cumplimiento de las
metas fiscales contenidas en la Ley de Presupuesto Nacional.
23. Intervenir en la elaboración de los informes que, en materia
presupuestaria, le sean requeridos por el Jefe de Gabinete de Ministros
en oportunidad de su concurrencia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN,
como así también en aquellos informes que cualquiera de las Cámaras le
solicite y los que deba brindar a la Comisión Bicameral Permanente del
HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN,
24. Dictar, en su carácter de Autoridad de Aplicación del SISTEMA
NACIONAL DE INVERSIONES PÚBLICAS, creado por la Ley N° 24.354, las
normas de instrumentación, complementarias y/o aclaratorias y celebrar
todos los actos que se requieran para la debida implementación del
mismo.
25. Intervenir en el estudio y ejecución de los proyectos de inversión,
así como en el seguimiento, promoción, asistencia y toda otra actividad
tendiente a lograr la concreción de los proyectos de inversión que
surjan a partir de los mismos, en coordinación con las áreas
competentes.
26. Entender en la centralización normativa de los contratos regidos
por la Ley N° 27.328 y coordinar el apoyo consultivo, operativo y
técnico a los órganos o entes licitantes, en las etapas de formulación
del proyecto, elaboración de la documentación licitatoria y ejecución
del contrato.
27. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el control tutelar de
la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD.
SECRETARÍA EJECUTIVA DE GOBIERNO
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE GABINETE
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en la coordinación del Gabinete de Asesores
del Jefe de Gabinete de Ministros.
2. Gestionar la coordinación integral de los circuitos destinados a dar
adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por la
Secretaría y el Jefe de Gabinete de Ministros.
3. Asistir a la Secretaría en todas las cuestiones vinculadas a los
aspectos logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus
funciones institucionales.
4. Supervisar el diseño y la elaboración de los procedimientos de
evaluación y seguimiento de los planes, programas y proyectos de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
5. Dirigir el diseño, elaboración, definición de ajustes y
actualizaciones de instrumentos, herramientas y procedimientos
tendientes a posibilitar la disponibilidad de insumos de información,
en coordinación con las áreas competentes.
6. Coordinar la vinculación interinstitucional con organismos y
autoridades del ámbito nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES y/o municipal, así como con distintos sectores del ámbito
público y privado.
7. Participar en la coordinación interinstitucional de los temas
delegados por el Jefe de Gabinete de Ministros que requieran
intervención de las distintas áreas de gobierno.
SECRETARÍA EJECUTIVA DE GOBIERNO
SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INTERINSTITUCIONAL
OBJETIVOS
1. Participar en el diseño y coordinación de políticas públicas de su
competencia vinculadas con el cumplimiento de los objetivos de gobierno.
2. Participar en el diseño de estrategias de gobierno, coordinando las
políticas públicas del ESTADO NACIONAL involucradas.
3. Articular la coordinación interinstitucional con los organismos
nacionales y sub-nacionales para la implementación de políticas y
programas en todo el territorio.
4. Participar en el diseño y desarrollo de una agenda política
tendiente a la gestión de demandas y necesidades de naturaleza nacional
y local.
5. Asistir a la Secretaría en la coordinación y ejecución de acciones
tendientes a fortalecer la vinculación política e institucional con los
distintos poderes del ESTADO NACIONAL, provincial, municipal y de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, sector privado, académico y
organizaciones de la sociedad civil.
6. Articular la coordinación interjurisdiccional de los planes,
programas y proyectos que comprendan la participación de las
provincias, municipios y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
7. Asistir a la Secretaría en la coordinación interministerial de los
planes, programas y proyectos que requieran la intervención de las
distintas áreas de gobierno.
SECRETARÍA EJECUTIVA DE GOBIERNO
SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA
OBJETIVOS
1. Asesorar a la Secretaría para la coordinación y supervisión del
análisis, la formulación y la evaluación de la estrategia
presupuestaria.
2. Asesorar a la Secretaría en la elaboración del Proyecto de la Ley de
Presupuesto Nacional y en el seguimiento de su ejecución.
3. Participar en la evaluación del gasto contemplado en el Presupuesto
Nacional y en el seguimiento y análisis de la relación fiscal entre la
Nación y las provincias.
4. Participar en el monitoreo del grado de cumplimiento de las metas
fiscales contenidas en la Ley de Presupuesto Nacional.
5. Asistir a la Secretaría en la elaboración de los informes que, en
materia presupuestaria, le sean requeridos por el Jefe de Gabinete de
Ministros.
6. Entender en el control de la formulación y evaluación de los
proyectos de inversión realizadas por las Jurisdicciones, en cuanto al
cumplimiento de las metodologías y procedimientos establecidos.
7. Participar en la elaboración del Plan Nacional de Inversiones
Públicas (PNIP).
8. Gestionar el Banco de Proyectos de Inversión (BAPIN).
9. Asistir a la Secretaría en la determinación de los lineamientos
estratégicos que permitan la evaluación y toma de decisiones con
relación a los programas y proyectos de inversión, elaborando una
propuesta de priorización.
10. Participar en el Fondo para la Convergencia Estructural del
MERCOSUR (FOCEM).
11. Intervenir en la centralización normativa de los contratos regidos
por la Ley N° 27.328 y prestar apoyo consultivo, operativo y técnico, a
solicitud de los órganos o entes licitantes, en las etapas de
formulación del proyecto, elaboración de la documentación licitatoria y
ejecución del contrato de proyectos de participación público privada.
12. Entender en el control de la formulación y evaluación de los
proyectos de inversión realizados en las Jurisdicciones, en
cumplimiento de lo establecido en el inciso b) del artículo 5° de la
Ley N° 24.354, cuando se trate de proyectos de inversión pública
ejecutados a través de contratos de participación público privada en
los términos de la Ley N° 27.328.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y CON LA SOCIEDAD CIVIL
OBJETIVOS
1. Diseñar e implementar las relaciones parlamentarias del PODER
EJECUTIVO NACIONAL, cumpliendo las obligaciones y prerrogativas
constitucionales inherentes a su vínculo con el HONORABLE CONGRESO DE
LA NACIÓN.
2. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la evaluación de la
oportunidad, mérito y conveniencia de los Proyectos de Ley, de mensajes
al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y del decreto que disponga la
prórroga de sesiones ordinarias o de la convocatoria a sesiones
extraordinarias.
3. Coordinar las acciones necesarias para la concurrencia del Jefe de
Gabinete de Ministros al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, en el
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL y confeccionar y supervisar la elaboración de la memoria
detallada de la marcha del Gobierno de la Nación.
4. Entender en la elaboración de los informes solicitados por ambas
Cámaras y la Comisión Bicameral Permanente del HONORABLE CONGRESO DE LA
NACIÓN, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 100, incisos 9,
10 y 11 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
5. Entender en las relaciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL con ambas
Cámaras del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, sus comisiones e
integrantes y en lo relativo a la tramitación de los actos que deban
ser remitidos a ese Poder en cumplimiento de lo establecido en el
artículo 100, inciso 6 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y demás normas que
así lo establezcan.
6. Asesorar al Jefe de Gabinete de Ministros en las relaciones con
organizaciones y sectores representativos de la comunidad.
7. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la relación con las
organizaciones y sectores políticos, sociales, económicos y
representativos de la comunidad.
8. Proponer los cursos de acción a seguir en materia de cooperación y
diálogo entre los sectores representativos de la sociedad civil.
SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y CON LA SOCIEDAD CIVIL
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PARLAMENTARIOS
OBJETIVOS
1. Organizar y coordinar la vinculación con ambas Cámaras del HONORABLE
CONGRESO DE LA NACIÓN, en lo atinente a la confección y presentación
del Informe del Jefe de Gabinete de Ministros al HONORABLE CONGRESO DE
LA NACIÓN y la Memoria detallada del estado de la Nación, y asistir en
el tratamiento de las materias y proyectos específicos del área.
2. Diseñar los mecanismos institucionales tendientes a la elaboración
de los Informes del Jefe de Gabinete de Ministros al HONORABLE CONGRESO
DE LA NACIÓN.
3. Entender en la elaboración del Informe Mensual y la Memoria Anual, y
su publicación.
4. Asistir a la Secretaría en la coordinación de las acciones
necesarias para la concurrencia del Jefe de Gabinete de Ministros al
HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y confeccionar y supervisar la
elaboración de la memoria detallada de la marcha del Gobierno de la
Nación, asistiendo al Jefe de Gabinete de Ministros en el cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 101 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
5. Coordinar las relaciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL con ambas
Cámaras del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, sus Comisiones e
integrantes y, en especial en lo relativo a la tramitación de los
proyectos de ley y en particular los que deban ser remitidos a ese
Poder en cumplimiento de lo establecido en el artículo 100, inciso 6 de
la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
6. Asistir a la Secretaría en la elaboración de los informes que
cualquiera de las Cámaras le solicite y los que deba brindar a la
Comisión Bicameral Permanente del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN,
atento a lo normado por el artículo 100, incisos 9, 10 y 11 de la
CONSTITUCIÓN NACIONAL.
7. Gestionar a requerimiento del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, el
suministro de información y documentación solicitada ante los
organismos competentes y la asistencia de funcionarios cuando sean
debidamente notificados.
8. Coordinar el seguimiento de los proyectos legislativos considerados
prioritarios por la Secretaría, produciendo los informes
correspondientes.
9. Asistir a la Secretaría en la coordinación de las relaciones
institucionales y políticas con los representantes de ambas Cámaras del
HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y sus autoridades.
10. Asistir a la Secretaría en los asuntos jurídicos y constitucionales
relativos a la relación con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
OBJETIVOS
1. Diseñar, proponer y coordinar las políticas de innovación
administrativa y tecnológica del Sector Público Nacional en sus
distintas áreas y determinar los lineamientos estratégicos y la
propuesta de las normas reglamentarias en la materia.
2. Entender en el diseño de las políticas que promuevan el gobierno
abierto, la gobernanza y gestión de datos y el gobierno digital, como
principios de diseño aplicables al ciclo de políticas públicas en el
Sector Público Nacional.
3. Diseñar y desarrollar servicios digitales transversales para el
ESTADO NACIONAL.
4. Promover políticas, programas y acuerdos de servicios digitales e
innovación pública en el territorio nacional, en particular en las
Jurisdicciones provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y
municipales.
5. Intervenir en la definición de estrategias y estándares sobre
tecnologías de la información, comunicaciones asociadas y otros
sistemas electrónicos de tratamiento de información de la
Administración Pública Nacional.
6. Colaborar con las provincias, con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
y con los municipios en sus procesos de innovación administrativa y
tecnológica, coordinando las acciones específicas de las Entidades y
Jurisdicciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
7. Diseñar, coordinar e implementar la incorporación y mejoramiento de
los procesos, tecnologías, infraestructura informática y sistemas y
tecnologías de gestión del Sector Público Nacional.
8. Proponer mejoras en el diseño de los procedimientos administrativos
y en su relación con los servicios que ésta brinda a los ciudadanos, a
fin de propiciar su simplificación, transparencia y control social y
elaborar los desarrollos informáticos correspondientes, en coordinación
con la SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN DEL ESTADO.
9. Actuar como Autoridad de Aplicación del régimen normativo que
establece la infraestructura de firma digital dispuesta por la Ley N°
25.506.
10. Entender en el desarrollo de sistemas tecnológicos con alcance
transversal, o comunes a los organismos y Entes de la Administración
Pública Nacional centralizada y descentralizada.
11. Entender en la ciberseguridad y protección de infraestructuras
críticas de información y comunicaciones asociadas del Sector Público
Nacional y de los servicios de información y comunicaciones definidos
en el artículo 1° de la Ley N° 27.078.
12. Entender en la elaboración y ejecución de políticas vinculadas al
desarrollo, uso y fomento del software público, su interoperabilidad,
estandarización y reutilización por parte del ESTADO NACIONAL.
13. Participar en la elaboración y en la ejecución de la política en
materia de telecomunicaciones, en coordinación con las áreas de la
Administración Pública Nacional con competencia específica en la
materia.
14. Supervisar a los organismos y entes de control de los prestadores
de los servicios en materia de comunicaciones y de las normas de
regulación de las licencias, autorizaciones, permisos o registros de
servicios de comunicaciones, o de otros títulos habilitantes
pertinentes otorgados por el ESTADO NACIONAL o las provincias acogidas
por convenios a los regímenes federales en la materia.
15. Entender en la promoción del acceso universal a las nuevas
tecnologías como herramientas de información y conocimiento, como
asimismo en la coordinación con las provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES, las empresas y los organismos de su dependencia, en
relación a la optimización del uso de las facilidades y redes
existentes.
16. Administrar las participaciones del ESTADO NACIONAL en VEHÍCULO
ESPACIAL DE NUEVA GENERACIÓN S.A.
17. Ejercer el control tutelar del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
(ENACOM).
18. Entender en lo relativo a las políticas, normas y sistemas de
compras del Sector Público Nacional y supervisar las acciones
desempeñadas por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
19. Intervenir en la formulación e implementación de las políticas en
materia de inscripción y calificación de constructores y firmas
consultoras de obras públicas y ejercer el contralor en todo lo
relacionado con el accionar del REGISTRO NACIONAL DE CONSTRUCTORES Y
FIRMAS CONSULTORAS DE OBRAS PÚBLICAS, creado por el artículo 13 de la
Ley N° 13.064 y sus modificatorias.
20. Establecer las políticas nacionales y las prioridades consiguientes
bajo la forma de planes nacionales de ciencia, tecnología e innovación.
21. Impulsar la creación de Fondos Sectoriales, para financiar
proyectos de investigación e innovación en áreas prioritarias para el
sector productivo o en sectores con alto contenido de bienes públicos,
en coordinación con los Ministerios con competencia específica.
22. Formular las políticas y establecer los mecanismos, instrumentos e
incentivos necesarios para que el sector privado contribuya con
recursos a las actividades e inversiones en el campo científico,
tecnológico e innovativo.
23. Encomendar la realización de estudios que promuevan el desarrollo
de la ciencia, la tecnología y de la innovación en el país.
24. Establecer la política de cooperación internacional en materia de
ciencia, tecnología e innovación, y las alianzas estratégicas, para
promover su implementación, en el marco de sus competencias.
25. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la coordinación
funcional de los organismos del Sistema Científico Tecnológico de la
Administración Nacional, y evaluar su actividad.
26. Ejercer la coordinación ejecutiva del Consejo Interinstitucional de
Ciencia y Tecnología (CICYT), establecido por la Ley N° 25.467,
promoviendo mecanismos de coordinación entre los organismos del Sistema
Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación procurando el consenso, el
intercambio y la cooperación entre todas las unidades y organismos que
lo conforman.
27. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en las actividades
relativas a la Presidencia y Coordinación Ejecutiva del Gabinete
Científico Tecnológico (GACTEC), en los términos de la normativa
vigente en la materia.
28. Contribuir al mejoramiento y la consolidación de las instituciones
de ciencia y tecnología a través de la realización de evaluaciones
institucionales, programáticas, de proyectos y temáticas, y a la
implementación de los planes que se deriven de las mismas.
29. Entender en la conformación de redes entre las instituciones del
Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, posibilitando su
funcionamiento interactivo, coordinado y flexible ante los
requerimientos de la sociedad y optimizando los vínculos entre las
instituciones del sector público y el sector privado y la participación
del sector privado en la inversión en ciencia y tecnología e
innovación, para contribuir a mejorar la capacidad de innovación, la
competitividad y la creación de empleo genuino.
30. Promover, en el ámbito de su competencia, la formación y empleo de
recursos humanos calificados, en cuanto a su promoción y movilidad; así
como la utilización, renovación y ampliación de los recursos físicos y
las infraestructuras disponibles.
31. Concertar y coordinar las acciones de los gobiernos nacional,
provincial y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, tendientes al
desarrollo nacional de la ciencia y la tecnología.
32. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el ejercicio del
control tutelar del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y
TÉCNICAS (CONICET), y de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA
INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN.
33. Ejercer el control tutelar de la COMISIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES
ESPACIALES (CONAE) y del BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG).
34. Entender en la promoción y el impulso de la investigación, y en la
aplicación, el financiamiento y la transferencia de los conocimientos
científicos tecnológicos.
35. Intervenir en la formulación y celebración de convenios
internacionales de integración científica y tecnológica de carácter
bilateral o multilateral y coordinar la cooperación internacional en el
ámbito de la ciencia, tecnología e innovación productiva.
36. Intervenir en la formulación de las políticas y programas para el
establecimiento y funcionamiento del Sistema Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación, así como en la gestión de los instrumentos
para la aplicación de la Ley N° 23.877 de Innovación Tecnológica.
37. Intervenir en materia de promoción de la industria del software con
los alcances del régimen establecido por la Ley N° 25.922, de promoción
de la biotecnología moderna en el ámbito de su competencia, y de
promoción de la nanotecnología a través de la Fundación de
Nanotecnología -FAN- (Decreto N° 380/05).
38. Dirigir la gestión del SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN NACIONAL
TRIBUTARIO Y SOCIAL (SINTyS).
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en el desarrollo y coordinación de las
políticas que promuevan la apertura y el gobierno digital como
principios de diseño aplicables al ciclo de políticas públicas en el
Sector Público Nacional.
2. Asistir a la Secretaría en el desarrollo de una estrategia nacional
de gobierno abierto, en el marco de la agenda de innovación del Sector
Público Nacional.
3. Desarrollar y coordinar, en el ámbito de su competencia, las
políticas, marcos normativos y plataformas tecnológicas necesarias para
el gerenciamiento de la información pública como un activo estratégico
para el desarrollo de políticas, productos y servicios públicos basados
en la evidencia.
4. Entender en el diseño, planificación y ejecución de la estrategia de
apertura de datos e información pública del Sector Público Nacional.
5. Entender en la formulación y seguimiento del Plan de Acción Nacional
de Gobierno Abierto en el marco de la participación en la Alianza para
el Gobierno Abierto.
6. Promover la realización de acuerdos bilaterales, multilaterales e
interjurisdiccionales que favorezcan la apertura de datos del Sector
Público Nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y
municipal, en coordinación con los organismos competentes.
7. Desarrollar y coordinar las políticas, marcos normativos y
plataformas tecnológicas necesarias para promover la participación
ciudadana en el proceso de formulación de políticas públicas
colaborativas.
8. Diseñar y desarrollar servicios digitales transversales para el
ESTADO NACIONAL.
9. Promover la creación de una red de innovación pública y gobierno
abierto a nivel nacional generando espacios de trabajo colaborativo,
intercambio y capacitación con el Sector Público Nacional, provincial,
de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, el sector privado,
académico y organizaciones de la sociedad civil.
10. Verificar el cumplimiento de los estándares y normativas definidas
por la Secretaría en las soluciones informáticas que se propongan o
implementen desde ella.
11. Dirigir y supervisar el accionar de la OFICINA NACIONAL DE
TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN (ONTI), promoviendo la integración de nuevas
tecnologías, su compatibilidad e interoperabilidad de acuerdo con los
objetivos y estrategias definidas en el Plan de Modernización del
Estado.
12. Asistir a la Secretaría en la ciberseguridad y protección de
infraestructuras críticas de información y comunicaciones asociadas del
Sector Público Nacional y de los servicios de información y
comunicaciones definidos en el artículo 1° de la Ley N° 27.078, en
coordinación con los Ministerios con competencia específica.
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN
OBJETIVOS
1. Promover y coordinar la aplicación de las nuevas tecnologías de
gestión documental para la paulatina supresión del soporte papel como
medio de almacenamiento y legalidad de los actos administrativos, en el
ámbito del Sector Público Nacional, municipal, provincial y de otros
poderes.
2. Coordinar el accionar de los referentes de tecnología y procesos de
los organismos del ESTADO NACIONAL para la implementación de los
Sistemas de Gestión Documental y su integración con sus sistemas
verticales.
3. Supervisar la implementación de las iniciativas de innovación
relativas a la gestión documental, procesos, servicios de tramitación a
distancia y sistemas de autenticación electrónica de personas, en
relación con los sistemas transversales centrales, coordinando acciones
con las áreas con competencia específica de la Jurisdicción.
4. Intervenir en el diseño de políticas de innovación que tiendan a la
mejora de los procesos en los organismos del Sector Público Nacional,
coordinando acciones con las áreas con competencia específica de la
Jurisdicción.
5. Intervenir en el marco regulatorio del régimen relativo a la validez
legal del documento y firma digital, así como en los aspectos
vinculados con la incorporación del documento y firma digital a los
circuitos de información del Sector Público Nacional y con su archivo
en medios alternativos al papel.
6. Monitorear el cumplimiento de los estándares y normativas definidas
por la Secretaría en las soluciones transversales que se propongan o
implementen.
7. Entender en el desarrollo de tableros de reportes de sistemas
transversales que se implementen en el ámbito de su competencia y
proveer información a los organismos competentes.
8. Asistir a la Secretaría en la promoción de políticas, programas y
acuerdos de innovación pública en el territorio nacional, en particular
en las Jurisdicciones provinciales, municipales y en la CIUDAD AUTÓNOMA
DE BUENOS AIRES, coordinando acciones con las áreas con competencia
específica de la Jurisdicción.
9. Asistir a la Secretaría en la promoción de acuerdos federales y en
el desarrollo de programas de asistencia técnica a los gobiernos
provinciales, municipales, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y a otros
poderes del ESTADO NACIONAL, en la implementación de los productos y
programas de la Secretaría.
10. Prestar colaboración para la simplificación, mejora y
digitalización de los principales trámites a nivel provincial, de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, gestionando una plataforma
digital única, diseñada de forma personalizada y de acuerdo con los
perfiles de los diferentes usuarios, en coordinación con la SECRETARÍA
DE SIMPLIFICACIÓN DEL ESTADO.
11. Asistir a los gobiernos provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES y municipales en materia de estándares, normativas y
procesos de innovación pública definidos por la Secretaría.
12. Asistir a la Secretaría en la promoción de políticas, programas y
acuerdos de servicios digitales en el territorio nacional, en
particular en las Jurisdicciones provinciales, municipales y en la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
13. Supervisar el funcionamiento del Programa Punto Digital en todo el
territorio nacional.
14. Asistir a la Secretaría en la gestión del SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN
NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL (SINTyS).
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SUBSECRETARÍA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en el desarrollo de las políticas nacionales
y las prioridades consiguientes bajo la forma de planes nacionales de
ciencia, tecnología e innovación.
2. Impulsar, fomentar y consolidar la generación y aprovechamiento
social de los conocimientos, buscando la igualdad en oportunidades para
personas, organismos y regiones de la REPÚBLICA ARGENTINA.
3. Colaborar en la creación de Fondos Sectoriales para financiar
proyectos de investigación e innovación en áreas prioritarias para el
sector productivo o en sectores con alto contenido de bienes públicos,
en coordinación con los Ministerios con competencia específica.
4. Establecer espacios para la investigación científica y la innovación
tecnológica, procurando la interacción y armonización entre ambas, y
difundiendo, transfiriendo, y diseminando los conocimientos para su
aprovechamiento en la actividad productiva.
5. Colaborar en la formulación de políticas y el establecimiento de
mecanismos, instrumentos e incentivos para que el sector privado
contribuya con recursos a las actividades e inversiones en el campo
científico, tecnológico e innovativo, como así también, encomendar la
realización de estudios que promuevan el desarrollo de la ciencia, la
tecnología y de la innovación productiva en el país.
6. Patrocinar la realización de análisis prospectivos que permitan
prever nuevos escenarios para el desarrollo de procesos de planeamiento
estratégico.
7. Impulsar la divulgación de la ciencia y la tecnología a todos los
sectores sociales y en el acercamiento de la ciencia y la innovación a
la sociedad.
8. Entender en el desarrollo de acciones de cooperación e integración
institucional entre la jurisdicción y organismos de los distintos
poderes del Estado, en el ámbito internacional, Nacional, provincial,
municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, entes regionales e
instituciones intermedias; como así también en el diseño y ejecución de
políticas públicas destinadas a jóvenes actores de la Ciencia, la
Tecnología y la Innovación Productiva.
9. Colaborar en la coordinación ejecutiva del CONSEJO
INTERINSTITUCIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA (CICYT), promoviendo
mecanismos de coordinación entre los organismos del Sistema Nacional de
Ciencia, Tecnología e Innovación procurando el consenso, el intercambio
y la cooperación entre todas las unidades y organismos que lo conforman.
10. Asistir a la Secretaría en relación al mejoramiento y la
consolidación de las instituciones de ciencia y tecnología a través de
la realización de evaluaciones institucionales, programáticas, de
proyectos y temáticas, y a la implementación de los Planes de
Mejoramiento que se deriven de las mismas.
11. Generar y facilitar la articulación de políticas de innovación
pública y ciencia abierta que favorezcan la gestión de los datos e
información del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación
como un activo cívico.
12. Promover la conformación de redes entre las instituciones del
Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, posibilitando su
funcionamiento interactivo, coordinado y flexible ante los
requerimientos de la sociedad y optimizando los vínculos entre las
instituciones del sector público y el sector privado y la participación
del sector privado en la inversión en ciencia y tecnología e
innovación, para contribuir a mejorar la capacidad de innovación, la
competitividad y la creación de empleo genuino.
13. Llevar el registro de los organismos y entidades científicas y
tecnológicas de todo el país, en el marco del Régimen de Importaciones
para Insumos destinados a Investigaciones Científico-Tecnológicas, en
virtud de la Ley N° 25.613.
14. Proponer a la Secretaría el presupuesto anual de ingresos y gastos
de la función ciencia y tecnología a ser incorporado al proyecto de ley
de presupuesto de la administración pública nacional y/o al Plan
Nacional de Inversión Pública.
15. Gestionar un Observatorio de Ciencia, Tecnología e Innovación.
16. Asistir a la Secretaría en la formulación de las políticas y
programas para el establecimiento y funcionamiento del Sistema Nacional
de Ciencia, Tecnología e Innovación, así como en la gestión de los
instrumentos para la aplicación de la Ley N° 23.877 de Innovación
Tecnológica.
17. Colaborar en lo relativo al Gabinete Científico Tecnológico
(GACTEC).
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES
OBJETIVOS
1. Proponer políticas de contrataciones y de organización del Sistema
de Contrataciones de la Administración Pública Nacional, especialmente
a fin de promover el estricto cumplimiento de los principios generales
a los que debe ajustarse la gestión de las contrataciones públicas.
2. Desarrollar mecanismos que promuevan la adecuada y efectiva
instrumentación de criterios de sustentabilidad ambientales, éticos,
sociales y económicos en las contrataciones públicas.
3. Promover el perfeccionamiento permanente del Sistema de
Contrataciones de la Administración Pública Nacional.
4. Diseñar, implementar y administrar los sistemas que sirvan de apoyo
a la gestión de las contrataciones, los que serán de utilización
obligatoria por parte de las Jurisdicciones y Entidades contratantes.
5. Diseñar, implementar y administrar un sistema de información en el
que se difundirán las políticas, normas, sistemas, procedimientos,
instrumentos y demás componentes del Sistema de Contrataciones de la
Administración Pública Nacional.
6. Administrar, en el ámbito de su competencia, la información que
remitan las Jurisdicciones y Entidades contratantes en cumplimiento de
las disposiciones legales vigentes.
7. Administrar el sitio web en el que se difundan las políticas,
normas, sistemas, procedimientos, instrumentos y demás componentes del
Sistema de Contrataciones de la Administración Pública Nacional.
8. Colaborar en la administración y reglamentación del funcionamiento
del Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas creado por el
artículo 13 de la Ley N° 13.064 y sus modificatorias, debiendo
intervenir en la formulación e implementación de las políticas de
inscripción y calificación de constructores y firmas consultoras de
obras públicas y ejercer el contralor en todo lo relacionado con el
accionar del citado Registro.
9. Administrar el Sistema Electrónico de Contrataciones.
10. Proyectar las normas legales y reglamentarias en la materia de su
competencia.
11. Intervenir en forma previa y obligatoria en la elaboración de los
proyectos de normas vinculados con el ámbito de su competencia
producidos por otros organismos cuando las mismas resulten aplicables a
todas o algunas de las Jurisdicciones y Entidades comprendidas en el
artículo 8°, inciso a) de la Ley N° 24.156.
12. Asesorar y dictaminar en las cuestiones particulares que, en
materia de contrataciones públicas, sometan las Jurisdicciones y
Entidades a su consideración y dictar las normas aclaratorias,
interpretativas y complementarias en el ámbito de su competencia.
13. Elaborar el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para las
contrataciones de obras públicas y concesiones de obras públicas,
establecer su régimen de penalidades y la forma, plazo y demás
condiciones para confeccionar e informar el Plan Anual de
Contrataciones.
14. Aplicar las sanciones fijadas en el Pliego Único de Bases y
Condiciones Generales para las contrataciones de obras públicas y
concesiones de obras públicas.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN DEL ESTADO
OBJETIVOS
1. Colaborar en el diseño de la política de simplificación y
desburocratización de los trámites y procesos del Sector Público
Nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y
municipal, articulando acciones con las áreas con competencia
específica.
2. Colaborar en la formulación de políticas, propuestas,
implementación, evaluación, revisión integral de los marcos
regulatorios y control de los procesos y trámites del ESTADO NACIONAL,
con especial atención en aquellos que afectan al sector productivo y a
la inversión, coordinando acciones con las áreas de la Administración
Pública con competencia específica en la materia.
3. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la definición y
monitoreo de los temas vinculados a la desregulación y simplificación
de trámites y procesos de la Administración Pública Nacional
centralizada, descentralizada y organismos desconcentrados, con
especial foco en aquellos concernientes al sector productivo nacional,
en el ámbito de su competencia.
4. Diseñar, proponer y coordinar, junto a la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN,
CIENCIA Y TECNOLOGÍA, las políticas de desarrollo administrativo y
tecnológico del ESTADO NACIONAL en sus distintas áreas, su
administración central y descentralizada, y determinar los lineamientos
estratégicos y la propuesta de las normas reglamentarias en la materia.
5. Promover, en el marco de su competencia, los principios de calidad
regulatoria y la aplicación de estándares internacionales, en materia
de simplificación y desburocratización de los trámites y procesos en el
Sector Público Nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES y municipal, a fin de facilitar la competitividad, el libre
mercado y promover el desarrollo productivo de la REPÚBLICA ARGENTINA,
en miras a constituir un estado que se encuentre al servicio del
ciudadano y el sector productivo.
6. Establecer principios de buenas prácticas en materia de
desregulación, simplificación y desburocratización, bajo estándares
internacionales, para ser aplicados en la Administración Pública
Nacional centralizada, descentralizada y organismos desconcentrados.
7. Participar en el ámbito de su competencia en la elaboración de
programas de capacitación del personal de la Administración Pública
Nacional centralizada, descentralizada y organismos desconcentrados en
materia de desregulación, simplificación y desburocratización, para el
dictado de actos administrativos, coordinando acciones con las áreas
competentes de la Jurisdicción.
8. Colaborar, en el marco de su competencia, con las provincias, la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los municipios en procesos de
desarrollo administrativo y tecnológico, coordinando las acciones con
las áreas competentes de la Jurisdicción.
9. Promover, en el ámbito de su competencia, procesos de reforma y
modernización transversales al Sector Público Nacional, coadyuvando
asimismo con los sectores públicos provinciales y locales, protegiendo
la interacción estratégica entre el Estado, los ciudadanos y la matriz
productiva, destinadas a fortalecer e impulsar una agenda común de
mejora regulatoria que incluya políticas de revisión normativa, de
desregulación, simplificación y desburocratización, fomentando el uso
de herramientas tecnológicas, en coordinación con las áreas con
competencia específica de la Jurisdicción.
10. Participar, en el ámbito de su competencia específica, en la
planificación de las políticas dirigidas al sector productivo y de los
procesos de seguimiento, monitoreo y evaluación de los planes y
programas de desburocratización para que el sistema productivo y
comercial opere con eficiencia en su relacionamiento con el ESTADO
NACIONAL.
11. Diseñar, proponer e implementar planes y programas de control de
gestión destinados a facilitar el cumplimiento de las metas de
desburocratización, desregulación y simplificación de trámites y
procesos, para facilitar la toma de decisiones y promover la mejora
continua de los mismos, como también de monitoreo del cumplimiento de
los principios de buenas prácticas establecidos en la materia.
12. Diseñar e implementar una metodología de análisis de impacto
regulatorio, con el fin de garantizar la calidad regulatoria y
supervisar que los beneficios de las mismas sean superiores a sus
costos.
13. Participar, en el ámbito de su competencia, en el diseño de la
estrategia de inserción internacional del país en relación con
organismos internacionales en que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte o
tenga participación, en coordinación con las áreas competentes de la
Administración Pública Nacional.
14. Participar en el Comité de Política Regulatoria de la Organización
para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
15. Promover, en coordinación con la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA
Y TECNOLOGÍA, la implementación de herramientas tecnológicas en todos
los procesos del Sector Público Nacional, a fin de agilizar el
intercambio de información entre las distintas áreas del ESTADO
NACIONAL, basado en el objetivo estratégico de alcanzar un gobierno
digital y tecnológico al servicio del ciudadano y del sector productivo.
16. Proponer, en coordinación con la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA
Y TECNOLOGÍA, diseños en los procedimientos administrativos que
propicien su simplificación, transparencia y control social y elaborar
los desarrollos informáticos correspondientes.
17. Establecer pautas y criterios metodológicos para la implementación
de un modelo de gestión por resultados en la Administración Pública
Nacional y organismos descentralizados, coordinando su accionar con las
áreas con competencia específica de la Jurisdicción.
18. Promover acuerdos con organismos provinciales y locales, en el
ámbito de su competencia.
19. Diseñar y ejecutar mecanismos que permitan establecer canales de
consulta pública ciudadana, así como su publicación y difusión, para
fortalecer la participación de la sociedad en el proceso de toma de
decisiones que afectan la vida, la libertad o el patrimonio de las
personas y las empresas, en coordinación con las áreas competentes de
la Administración Pública Nacional.
SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN DEL ESTADO
SUBSECRETARÍA DE DESREGULACIÓN
OBJETIVOS
1. Ejecutar planes, programas y proyectos de simplificación en el
ámbito nacional de los trámites de la Administración Pública Nacional
centralizada, descentralizada y organismos desconcentrados.
2. Ejecutar planes, programas, proyectos y participar en el diseño de
medidas e instrumentos para la promoción y ejecución de las políticas
de desregulación y simplificación de trámites, bajo la aplicación de
los principios de calidad regulatoria.
3. Asistir a la Administración Pública centralizada, descentralizada,
organismos desconcentrados del ámbito nacional, así como a las
provincias y a los municipios a su requerimiento, en la formulación de
programas de seguimiento y evaluación para la implementación de
reformas basadas en la calidad regulatoria y simplificación de trámites
y procesos.
4. Asistir a los organismos del Sector Público Nacional en el diseño de
políticas de innovación administrativa que tiendan a la mejora de los
procesos, y coordinar acciones para lograr la ejecución de las mismas,
en coordinación con las áreas con competencia específica de la
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.
5. Colaborar en la formulación de políticas, propuestas,
implementación, evaluación, revisión integral de todos los marcos
regulatorios, con especial atención en aquellos que afectan al sector
productivo y a la inversión, directa o indirectamente, en el marco de
su competencia.
6. Asistir a la Secretaría en la promoción de acuerdos con organismos
provinciales y locales, en materia de su competencia.
7. Colaborar en el diseño de mecanismos que permitan establecer canales
de consulta pública ciudadana, así como su publicación y difusión.
SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN DEL ESTADO
SUBSECRETARÍA DE CALIDAD REGULATORIA
OBJETIVOS
1. Analizar el cumplimiento a las normas referidas a desregulación,
desburocratización y simplificación administrativa de los proyectos y
anteproyectos de actos administrativos, de la Administración Pública
nacional centralizada, descentralizada y organismos desconcentrados en
el ámbito nacional, proponiendo, en su caso, modificaciones con
sujeción a las normas jurídicas aplicables.
2. Proponer los contenidos estratégicos y las modalidades para la
formación de expertos en los niveles gerenciales que conforman la
Administración Pública Nacional, en los temas de competencia de la
Secretaría, en coordinación con las áreas con competencia específica de
la Jurisdicción.
3. Realizar estudios acerca de normativa que implique una carga
administrativa o costos a las empresas y ciudadanos según mejores
prácticas internacionales.
4. Implementar planes, programas y proyectos para el diseño de medidas
e instrumentos para la promoción y ejecución de las políticas de
calidad regulatoria promovidas por el gobierno nacional, gestionar y
velar por el cumplimiento de las herramientas de análisis de impacto
regulatorio.
5. Asistir a la Secretaría en el análisis de las normas referidas a
desregulación, de los proyectos y anteproyectos de actos
administrativos, de la administración de gobierno e institucionales que
se sometan a consideración del PODER EJECUTIVO NACIONAL y del Jefe de
Gabinete de Ministros y demás asuntos que tramiten en la Secretaría
proponiendo, en su caso, modificaciones con sujeción a las normas
jurídicas aplicables.
6. Asistir a la Secretaría en la promoción de acuerdos con organismos
provinciales y locales, en materia de su competencia.
SECRETARÍA DE EMPRESAS Y SOCIEDADES DEL ESTADO
OBJETIVOS
1. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la coordinación,
seguimiento y evaluación de los planes de acción y los presupuestos de
las empresas, sociedades del Estado, cuentas y fondos especiales,
cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica en su área.
2. Diseñar, implementar los instrumentos para el seguimiento de los
planes de acción y los presupuestos de las empresas y sociedades del
Estado, con el objeto de resguardar el interés público general
comprometido.
3. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la competencia que tiene
asignada en materia de intervención, liquidación, cierre,
privatización, fusión, disolución o centralización de empresas,
sociedades del Estado, cuentas y fondos especiales cualquiera sea su
denominación o naturaleza jurídica en su área.
4. Proponer al Jefe de Gabinete de Ministros los lineamientos sobre los
que deberán ajustar su actuación los titulares de las dependencias del
ESTADO NACIONAL que posean bajo su ámbito la titularidad del ejercicio
de los derechos societarios en las empresas y sociedades del Estado,
cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica, con el objeto de
resguardar el interés público general comprometido.
5. Asistir al Jefe de Gabinete en la definición de las directivas y
recomendaciones a las que deberán ajustar su actuación los titulares de
las dependencias del ESTADO NACIONAL que posean bajo su ámbito la
titularidad del ejercicio de los derechos societarios en las empresas y
sociedades del Estado cualquiera sea su denominación o naturaleza
jurídica con el objeto de resguardar el interés público general
comprometido.
6. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la intervención previa a
la designación de los directores que actuarán en representación del
ESTADO NACIONAL en las empresas y sociedades actuantes en la órbita de
los Ministerios y Secretarías que conforman la Administración Pública
Nacional.
7. Dirigir el diseño y desarrollo de un sistema de monitoreo permanente
del desempeño de las empresas y sociedades del Estado, actuantes en la
órbita de los Ministerios y Secretarías que conforman la Administración
Pública Nacional.
8. Dirigir la obtención de datos e información relevante o prioritaria
para la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS que permitan efectuar la
evaluación y seguimiento de los planes de acción proveniente de las
empresas y sociedades del Estado, y cuentas y fondos especiales
cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica.
9. Intervenir en la administración, coordinación y ejecución de las
políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios
correspondientes a las participaciones accionarias pertenecientes al
ESTADO NACIONAL en las empresas de su ámbito.
10. Administrar las participaciones del ESTADO NACIONAL en la
COORPORACIÓN ANTIGUO PUERTO MADERO S.A.
11. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el control tutelar de
la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE).
SECRETARÍA DE EMPRESAS Y SOCIEDADES DEL ESTADO
SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN SOCIETARIA
OBJETIVOS
1. Supervisar el seguimiento y evaluación de la formulación y
programación presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten
durante el ejercicio financiero respecto de las empresas y sociedades
del Estado.
2. Proponer proyectos integrales vinculados a la intervención,
liquidación, cierre, privatización, fusión, disolución, centralización
de las empresas y sociedades del Estado, analizando su factibilidad en
el ámbito de su competencia.
3. Participar en la evaluación y seguimiento de los planes de acción y
presupuestos de las empresas y sociedades del Estado.
4. Realizar los análisis e informes requeridos por la Secretaría
previos a la designación de los directores que actuarán en
representación del ESTADO NACIONAL en las empresas y sociedades
actuantes en la órbita de los Ministerios y Secretarías que conforman
la Administración Pública Nacional.
5. Proponer recomendaciones, en el marco de su competencia, sobre las
que deberán ajustar su actuación los titulares de las dependencias del
ESTADO NACIONAL que posean bajo su ámbito la titularidad del ejercicio
de los derechos societarios representantes del ESTADO NACIONAL en las
empresas y sociedades del Estado.
6. Asistir a la Secretaría en la administración, coordinación y
ejecución de las políticas y acciones que hacen al ejercicio de los
derechos societarios correspondientes a las participaciones accionarias
pertenecientes al ESTADO NACIONAL en las empresas de su ámbito.
7. Asistir a la Secretaría en la administración de las participaciones
del ESTADO NACIONAL en la CORPORACIÓN ANTIGUO PUERTO MADERO S.A.
SECRETARÍA DE EMPRESAS Y SOCIEDADES DEL ESTADO
SUBSECRETARÍA DE APOYO LEGAL SOCIETARIO
OBJETIVOS
1. Articular las cuestiones vinculadas a los aspectos legales y
normativos propios del desarrollo de las funciones institucionales de
la Secretaría.
2. Asesorar a la Secretaría, desde el punto de vista legal, en las
participaciones del Estado en las entidades, sociedades y empresas en
materia de su competencia.
3. Evaluar los aspectos legales y normativos de los proyectos
integrales de intervención, liquidación, cierre, privatización, fusión,
disolución, centralización o descentralización de las sociedades del
Estado, analizando su factibilidad en el ámbito de su competencia.
4. Efectuar recomendaciones relativas a las mandas de cada dependencia
del ESTADO NACIONAL respecto de su participación en asambleas de
empresas y sociedades del Estado.
5. Asesorar a la Secretaría desde el punto de vista legal respecto de
los derechos societarios de las empresas y sociedades del Estado,
cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica.
6. Brindar asistencia técnica legal a las dependencias del ESTADO
NACIONAL que posean bajo su ámbito la titularidad del ejercicio de los
derechos políticos empresas y sociedades del Estado que lo requieran,
así como a las empresas y sociedades del estado en la órbita de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
SECRETARÍA DE EMPRESAS Y SOCIEDADES DEL ESTADO
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE GESTIÓN Y COORDINACIÓN GENERAL
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en la definición de políticas y el
establecimiento de lineamientos de implementación, la evaluación y el
seguimiento de las empresas y sociedades del Estado respecto a la
responsabilidad financiera y los objetivos de gestión, la transparencia
en compras y contrataciones, la eficiencia en la gestión de capital
humano, la gestión eficaz del riesgo operacional y el control de
gestión.
2. Implementar y administrar un sistema de monitoreo permanente del
desempeño de las empresas y sociedades del Estado, cualquiera sea su
denominación o naturaleza jurídica en su área.
3. Desarrollar y proponer recomendaciones respecto a la formulación de
objetivos de gestión e indicadores clave de desempeño a ser controlados
en las empresas y sociedades del Estado, así como respecto a los
mecanismos de seguimiento del logro de dichos objetivos.
4. Elaborar lineamientos de implementación respecto de las normativas
vigentes que promuevan la transparencia en las compras y contrataciones
de las sociedades del Estado y realizar su seguimiento.
5. Formular directivas que promuevan la gestión eficiente del capital
humano en las empresas y sociedades del Estado y realizar su
seguimiento.
6. Establecer recomendaciones y lineamientos de implementación que
promuevan la gestión del riesgo operacional en las sociedades del
Estado y realizar su seguimiento.
7. Diseñar mecanismos que promuevan la transparencia de gestión en las
sociedades del Estado referidas a la implementación de controles
internos, controles de cumplimiento normativo, auditorías internas y/o
externas, entre otros, y realizara el seguimiento de su implementación.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE ESTRATEGIA NACIONAL
OBJETIVOS
1. Entender en la identificación, el análisis y el seguimiento de
aquellos asuntos que resulten prioritarios para el desarrollo la
seguridad nacional y deban ser sometidos a consideración del Jefe de
Gabinete de Ministros.
2. Participar en el desarrollo de una estrategia de seguridad nacional,
así como otros documentos conceptuales y criterios en esta materia,
coordinando con las áreas competentes del ESTADO NACIONAL.
3. Asesorar al Jefe de Gabinete de Ministros en cuestiones
internacionales, de seguridad, defensa y en la identificación de
información estratégica relevante en la materia.
4. Coordinar el análisis, planeamiento, seguimiento y evaluación de los
asuntos vinculados a la estrategia internacional y de seguridad
nacional, en el ámbito de su competencia.
5. Entender en el asesoramiento y asistencia al Jefe de Gabinete de
Ministros en su intervención para la formulación y coordinación de los
planes y en el funcionamiento de los Consejos Sectoriales de la
Administración Pública Nacional.
6. Asistir y asesorar al Jefe de Gabinete de Ministros en la
articulación de acciones con las diferentes áreas del Estado Nacional,
Provincial y Municipal, frente a situaciones de crisis que puedan
afectar la estrategia de seguridad nacional.
7. Entender en la determinación de prioridades estratégicas para el
desarrollo del CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL creado por el Decreto N°
124/21, con el objeto de generar consensos entre los distintos actores.
8. Entender en la identificación, el análisis y el seguimiento de
aquellos asuntos que resulten estratégicos para el desarrollo nacional
y deban ser sometidos a consideración del Jefe de Gabinete de
Ministros, incluyendo la gestión de crisis y emergencias.
9. Intervenir en el establecimiento, el análisis, la planificación y el
seguimiento de los temas prioritarios y estratégicos para el desarrollo
nacional en materia productiva y territorial.
10. Intervenir en cuestiones relativas a las prioridades de la
estrategia de inserción internacional del país, en coordinación con el
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y
demás áreas de la Administración Pública Nacional competentes.
11. Participar en el diseño de la estrategia de inserción internacional
del país en relación con organismos internacionales (UNASUR, G20, G24,
OCDE, MERCOSUR, CELAC y otras instancias internacionales en que la
REPÚBLICA ARGENTINA sea parte o tenga participación), en coordinación
con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.
12. Participar en la coordinación de la agenda de vinculación
internacional e institucional del Jefe de Gabinete de Ministros, en
coordinación con las áreas de la Administración Publica Nacional con
competencia en la materia.
13. Participar en la coordinación estratégica de los temas relacionados
con la participación de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en
cumbres, viajes y visitas de Jefes de Estado y de Gobierno, en
coordinación con las áreas con competencia en la materia.
IF-2023-148469602-APN-DNDO#JGM