MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

Resolución 1/2023

RSOLU-2023-1-APN-SLYA#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 18/12/2023

Visto el expediente EX-2023-148977741- -APN-DGDA#MEC, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el decreto 411 del 21 de febrero de 1980 (t.o. 1987) se reglamentó la representación del Estado Nacional en juicio, estableciéndose las autoridades u órganos competentes para emitir decisiones vinculadas con esa materia.

Que a través del artículo 1° del decreto 411/1980 (t.o. 1987) se dispuso que la promoción y contestación de acciones judiciales sean autorizadas por resolución de los/as ministros/as, secretarios/as ministeriales y secretarios/as y Jefe/a de la Casa Militar de la Presidencia de la Nación o de los órganos superiores de los entes descentralizados.

Que asimismo se estableció que cuando la importancia del asunto o sus consecuencias justifiquen la intervención del Poder Ejecutivo Nacional, las autoridades y órganos mencionados en el considerando precedente puedan requerir que se los autorice por decreto para promover o contestar la acción judicial.

Que mediante el artículo 2° del citado decreto se contempló que las funciones enunciadas en su artículo 1° puedan ser encomendadas por los/as ministros/as y secretarios/as ministeriales a los/as subsecretarios/as de sus respectivas jurisdicciones.

Que por lo expuesto, dadas las facultades y los objetivos de dirigir la representación y patrocinio del Estado Nacional, en lo que es competencia del Ministerio de Economía, en los asuntos judiciales, prejudiciales y arbitrajes, como así también, en la contestación de los requerimientos del Poder Judicial que tiene actualmente la denominada Subsecretaría Legal, procede delegar en el titular de esa Subsecretaría las facultades previstas en el decreto 411/1980 (t.o. 1987), y dejar sin efecto la resolución 210 de 13 de septiembre de 2021 de la Secretaría Legal y Administrativa (RESOL-2021-210-APN-SLYA#MEC).

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta de acuerdo con las facultades contempladas en los artículos 1° y 2° del decreto 411/1980 (t.o. 1987).

Por ello,

EL SECRETARIO LEGAL Y ADMINISTRATIVO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Delégase en el titular de la Subsecretaría Legal dependiente de esta secretaría, las facultades previstas en el decreto 411 del 21 de febrero de 1980 (t.o. 1987).

ARTÍCULO 2°.- Déjase sin efecto la resolución 210 del 13 de septiembre de 2021 de la Secretaría Legal y Administrativa (RESOL-2021-210-APN-SLYA#MEC).

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

José García Hamilton

e. 20/12/2023 N° 103789/23 v. 20/12/2023