ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA NACIONAL
Decreto 73/2023
DECTO-2023-73-APN-PTE - Decreto N°
50/2019. Modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 21/12/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-150170576-APN-MINF, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de
marzo de 1992) y sus modificatorios, el Decreto Nº 50 del 19 de
diciembre de 2019 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 8/23 se modificó en último término la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92 y sus modificatorios)
estableciendo los Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los
negocios de la Nación y se establecieron las Secretarías de Presidencia
necesarias para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación.
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.
Que resulta necesario aprobar la conformación organizativa del
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA.
Que, asimismo, resulta necesario establecer el ámbito jurisdiccional de
actuación de los organismos desconcentrados y descentralizados del
citado Ministerio.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico correspondiente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Transfiérense los créditos presupuestarios, unidades
organizativas, bienes, personal con sus cargos y dotaciones vigentes a
la fecha de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO-URBANA, transferida por
el Decreto N° 8/23 del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO al MINISTERIO DE
INFRAESTRUCTURA.
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,
aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado XIII por el siguiente:
“XIII.- MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA LEGAL
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA
- SUBSECRETARÍA DE HÁBITAT Y VIVIENDA
- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL
- SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO–URBANA
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
- SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS
- SUBSECRETARÍA DE OBRAS DE ENERGÍA
- SUBSECRETARÍA DE OBRAS DE MINERÍA
- SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
- SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES
- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR
- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO
- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AÉREO
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD
- SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO DE COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD
SECRETARÍA DE CONCESIONES
- SUBSECRETARÍA DE ANÁLISIS Y DESARROLLO DE PROYECTOS
- SUBSECRETARÍA DE LICITACIÓN DE PROYECTOS
- SUBSECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL”.
ARTÍCULO 3°.– Suprímense del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,
aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios los Apartados XII y XXV.
ARTÍCULO 4°. - Sustitúyese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, el Apartado XIII por el obrante en la PLANILLA ANEXA
(IF-2023-151244378-APN-MINF) al presente artículo, que forma parte
integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 5°.- Suprímense del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios los Apartados XII y XXV.
ARTÍCULO 6°.- Sustitúyese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en
los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,
aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado XIII por el siguiente:
“XIII – MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Organismos Desconcentrados
INSTITUTO ARGENTINO DEL TRANSPORTE (IAT)
UNIDAD EJECUTORA DE LA OBRA DE SOTERRAMIENTO DEL CORREDOR FERROVIARIO
CABALLITO-MORENO DE LA LÍNEA SARMIENTO
INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN SÍSMICA
Organismos Descentralizados
JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE
ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC)
COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE (CNRT)
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV)
ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA)
DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD (DNV)
TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN (TTN)
ENTE NACIONAL DE OBRAS HÍDRICAS DE SANEAMIENTO (ENOHSA)
ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP)
INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA
Empresas y Entes del Sector Público Nacional
CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA
EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (AR-SAT)
FERROCARRILES ARGENTINOS SOCIEDAD DEL ESTADO (FASE)
OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE)
ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO
(ADIF)
DESARROLLO DEL CAPITAL HUMANO FERROVIARIO SOCIEDAD ANÓNIMA CON
PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA (DECAHF)
BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO (AGP)
EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA)
AEROLÍNEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANÓNIMA
INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL
PLAYAS FERROVIARIAS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA
AGENCIA DE PLANIFICACIÓN
ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO
AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AYSA)
AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR)
CORREDORES VIALES SOCIEDAD ANÓNIMA
ENTIDAD BINACIONAL PARA EL PROYECTO TÚNEL DE BAJA ALTURA FERROCARRIL
TRASANDINO CENTRAL (EBIFETRA)
ENTIDAD BINACIONAL PARA EL PROYECTO TÚNEL INTERNACIONAL PASO DE AGUA
NEGRA (EBITAIN)
ENTIDAD BINACIONAL PARA EL PROYECTO TÚNEL INTERNACIONAL PASO LAS LEÑAS
(EBILEÑAS)”.
ARTÍCULO 7°.- Suprímese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en los
que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,
aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado XII.
ARTÍCULO 8º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las
áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales
existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente
mantendrán las acciones, dotaciones y personal con sus respectivos
cargos, niveles, situación de revista y suplementos vigentes a la fecha.
ARTÍCULO 9º.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias
correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas
por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos
presupuestarios previstos en las Jurisdicciones y Entidades de origen.
ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Nicolás Posse
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 22/12/2023 N° 105146/23 v. 22/12/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
PLANILLA
ANEXA AL ARTÍCULO 4°
(ANEXO II)
XIII.- MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
UNIDAD GABINETE DE ASESORES
OBJETIVOS
1. Coordinar el Gabinete de Asesores del Ministro.
2. Brindar apoyo y asesoramiento en el diseño de la agenda estratégica
e institucional del Ministerio, de acuerdo a los objetivos planteados
para la gestión de gobierno.
3. Entender y asistir a al Ministro en todas las cuestiones vinculadas
con los aspectos logísticos y administrativos propios del desarrollo de
sus funciones institucionales.
4. Centralizar la información producida por las unidades dependientes
del Ministerio relativa a la implementación y ejecución de las
diferentes políticas públicas de competencia de la Jurisdicción.
5. Asesorar en las cuestiones relacionadas con los proyectos referidos
a convenios en el ámbito de su competencia.
6. Coordinar el despacho del Ministro.
7. Asistir al Ministro en todo lo concerniente a las relaciones
institucionales y de ceremonial y protocolo de la Jurisdicción.
8. Coordinar la relación con la prensa y los medios de comunicación de
la Jurisdicción.
9. Coordinar la comunicación institucional interna y externa, así como
la difusión de contenidos y el desarrollo e implementación de la imagen
institucional y de los contenidos digitales de la Jurisdicción.
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
1. Dirigir el diseño e implementación de políticas administrativas,
presupuestarias y financieras de los Servicios Administrativos
Financieros de la Jurisdicción.
2. Coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y
administrativo de los Servicios Administrativos Financieros del
Ministerio.
3. Asistir, en el ámbito de su competencia, a las unidades ejecutoras
de las distintas categorías programáticas en la formulación y
programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que
se proyecten durante el ejercicio financiero.
4. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos
del Ministerio.
5. Entender en el despacho y la gestión documental del Ministerio.
6. Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y
disciplinarios del Ministerio.
7. Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las
contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios, y
demás adquisiciones efectuadas por los Servicios Administrativos
Financieros del Ministerio.
8. Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo de la Jurisdicción, como así también de
proyectos de participación público-privada.
9. Intervenir en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y
contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de
programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financiamiento externo del Ministerio.
10. Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,
de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e
inmuebles y servicios del Ministerio.
11. Entender en la administración y coordinación de los sistemas y
recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones del Ministerio.
12. Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de
la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el
ámbito de la Jurisdicción, de acuerdo a las previsiones que establezca
la Autoridad de Aplicación en cada materia.
13. Coordinar el suministro de información pública en los términos de
la Ley N° 27.275 en relación a los fines, competencias y funcionamiento
del Ministerio.
14. Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO
NACIONAL en las empresas con participación estatal en el ámbito de la
Jurisdicción, y la representación del Ministerio en aquellos órganos
societarios de los entes donde la Jurisdicción y/o el ESTADO NACIONAL
posean participación accionaria y la tenencia accionaria sea ejercida
por el Ministerio, conforme las pautas y lineamientos impartidos al
Ministro por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA LEGAL
OBJETIVOS
1. Coordinar el servicio jurídico de la Jurisdicción, en lo que
respecta a la emisión de dictámenes.
2. Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo
que es competencia del Ministerio, en los asuntos judiciales,
prejudiciales y arbitrajes y en la contestación de los requerimientos
del Poder Judicial.
3. Monitorear el accionar de las unidades organizativas con competencia
en temas legales existentes en el ámbito de la Jurisdicción.
4. Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia
de proyectos de leyes y actos administrativos.
5. Supervisar la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de
los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico
relativos a su competencia.
6. Asistir, en el ámbito de su competencia, a la Secretaría en relación
con los contratos de obras y servicios públicos de la Jurisdicción.
7. Coordinar el asesoramiento legal que brinde la Secretaría en todas
aquellas materias que sean competencia de la Jurisdicción.
8. Intervenir en la tramitación de los sumarios administrativos y
disciplinarios que se instruyan en el Ministerio.
9. Asistir, en el ámbito de su competencia, a la Secretaría en la
coordinación de la gestión de los directores que representen al ESTADO
NACIONAL en las empresas con participación estatal en el ámbito de la
Jurisdicción, y la representación de la Jurisdicción en aquellos
órganos societarios de los entes donde posea participación accionaria y
la tenencia accionaria sea ejercida por el Ministerio.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
1. Asistir en el diseño de la política presupuestaria de los Servicios
Administrativos Financieros de la Jurisdicción y en la evaluación de su
cumplimiento.
2. Colaborar con la Secretaría en la asistencia a las unidades
ejecutoras de las distintas categorías programáticas de los Servicios
Administrativos Financieros de la Jurisdicción, en la formulación y
programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que
se proyecten durante el ejercicio financiero.
3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas, en la obtención de los recursos humanos, materiales,
equipamientos tecnológicos y los insumos necesarios para el
cumplimiento de los objetivos y metas establecidos.
4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que
presta servicio, así como la planificación de las actividades de
administración general de los distintos Servicios Administrativos
Financieros de la Jurisdicción.
5. Coordinar la aplicación de la política de administración del
personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de
comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como
la gestión de los espacios físicos del Ministerio.
6. Participar en la ejecución operativa de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo de la Jurisdicción, como así también de
proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su
competencia.
7. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y
contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de
programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación
público-privada, en lo que es materia de su competencia.
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA
OBJETIVOS
1. Asistir al Ministro, en orden a sus competencias, en todo lo
inherente a las políticas de ordenamiento social y territorial y de
desarrollo de vivienda, hábitat e integración urbana, así como entender
en el diseño de estrategias, planes y programas en el ámbito de su
competencia.
2. Intervenir en la determinación de los objetivos y políticas del área
de su competencia.
3. Intervenir en la formulación, elaboración y ejecución de la política
nacional en todas las materias relacionadas con el impulso a nivel
local, provincial y regional de la descentralización política y
económica para la consolidación del reequilibrio social y territorial.
4. Dirigir la formulación, elaboración y ejecución de la política
nacional en todas las materias relacionadas con el desarrollo del
hábitat, la vivienda y la integración urbana, atendiendo a las
diversidades, demandas y modos de habitar de las diferentes regiones
del país.
5. Asistir al Ministro en el diseño y ejecución de las políticas de
gestión de suelo, innovando y generando instrumentos urbanísticos y
jurídicos que garanticen el crecimiento conveniente de las áreas
metropolitanas, de las ciudades pequeñas y medianas, y de la protección
de los cordones periurbanos, en coordinación con provincias y
municipios.
6. Coordinar acciones que realicen el ESTADO NACIONAL, las provincias,
la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los municipios en lo referente a
la planificación del territorio, a los usos del suelo y a los programas
de infraestructura y hábitat, en el marco de lo que establezca la
política de ordenamiento territorial.
7. Dirigir la elaboración de planes y programas de fortalecimiento y
actualización de las políticas de desarrollo que tengan como objetivo
la competitividad y complementariedad territorial, tanto urbana como
rural.
8. Proponer lineamientos para el fomento del desarrollo urbano
equilibrado y sustentable en el territorio nacional, en coordinación
con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los municipios.
9. Asistir al Ministro en la formulación, desarrollo y coordinación de
políticas de regularización del suelo, mejoramiento y construcción de
vivienda e integración socio urbana.
10. Intervenir, en coordinación con las áreas de la Administración
Pública Nacional con competencia específica, en la ejecución de las
gestiones y obras relativas a la implementación de los programas de
integración socio urbanos.
11. Dirigir la elaboración de planes y programas para el desarrollo de
ciudades y áreas periurbanas compactas, integradas, inclusivas,
sustentables y resilientes, mediante el diseño y ejecución de obras de
infraestructura y servicio urbano.
12. Diseñar e implementar programas habitacionales que faciliten el
acceso al hábitat y el arraigo en la vivienda, en sus diferentes
modalidades.
13. Articular estrategias para la promoción de programas que fomenten
la participación del sector privado en el incremento de la oferta
habitacional, tanto en el mercado inmobiliario como en el de alquileres.
14. Promover la inversión de recursos en el ámbito de la vivienda para
diferentes sectores sociales, a través de la implementación de
programas específicos.
15. Dirigir el diseño e implementación de acciones que permitan mejorar
la calidad del hábitat de los sectores que habitan y/o trabajan en las
áreas rurales y/o costeras.
16. Asistir a la Secretaría en la promoción y el desarrollo de nuevas
tecnologías en lo que respecta a materiales, estandarización y
equipamientos, y técnicas regionales sustentables articulando con las
áreas de la Administración Pública Nacional con competencia específica.
SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA
SUBSECRETARÍA DE HÁBITAT Y VIVIENDA
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en la formulación, implementación y
ejecución de políticas públicas de acceso a soluciones habitacionales.
2. Promover el acceso a soluciones habitacionales en su aspecto
cuantitativo y cualitativo, mediante la implementación de políticas de
urbanización de barrios, regularización dominial y producción de suelo
urbano, en coordinación con las áreas competentes de la Administración
Pública Nacional.
3. Elaborar e impulsar planes de urbanización de barrios y propiciar la
dotación de infraestructura básica y equipamiento comunitario.
4. Entender en el diseño, elaboración e implementación de planes
nacionales de regularización dominial de barrios.
5. Asistir a la Secretaría en el desarrollo de acciones tendientes a la
identificación de inmuebles de dominio del ESTADO NACIONAL que puedan
ser afectados a las políticas y programas habitacionales, en
coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con
competencia en la materia.
6. Implementar, junto con otros organismos nacionales, provinciales, de
la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales y con las
organizaciones no gubernamentales pertinentes, las tareas vinculadas
con la identificación y adquisición estratégica de suelos para el
desarrollo de programas de acceso a la vivienda digna.
7. Elaborar y proponer las políticas públicas y programas de acceso a
soluciones habitacionales, en coordinación con las autoridades
provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales y con
los representantes de las organizaciones de la sociedad civil.
8. Formular programas de asistencia económica, subsidios y créditos, en
el ámbito de su competencia.
9. Intervenir en el diseño de las herramientas necesarias para llevar
adelante censos y relevamientos poblacionales, en el marco de su
competencia.
10. Celebrar convenios, en el ámbito de su competencia, con organismos
estatales provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES,
municipales, como así también con asociaciones profesionales,
organizaciones de la sociedad civil, centros universitarios y
organismos internacionales públicos y privados.
SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en la definición, formulación y gestión de
políticas de desarrollo y ordenamiento territorial, fortaleciendo la
estructura federal del país, así como entender en el diseño de
estrategias, planes y programas de inversión pública y privada en el
ámbito de su competencia.
2. Coordinar acciones con organismos nacionales, provinciales, de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, impulsando, promoviendo
y articulando estratégicamente los diferentes niveles de organización
territorial nacional e internacional.
3. Participar, junto con las provincias y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES, de las estrategias de reequilibrio del territorio y de la
formulación de los documentos técnicos específicos para implementar y
comunicar las políticas, planes, programas, acciones, proyectos, obras
e impacto de la inversión pública y/o privada.
4. Participar, articulando con los organismos nacionales, provinciales
y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con competencia en la materia,
en el relevamiento de suelos vacantes o disponibles, como así también
en la actualización, adecuación, homogenización de los sistemas de
inventario de los mismos y en la definición e implementación de
criterios, metodologías, herramientas y plataformas de gestión de
información para la mejora continua de los procesos de planificación y
diseño de proyectos territoriales.
5. Intervenir en la formulación de un cuerpo normativo y de
instrumentos y/o mecanismos de cooperación y articulación entre las
distintas Jurisdicciones y organizaciones para el abordaje territorial
equilibrado del desarrollo urbano.
6. Asistir con programas específicos y coordinar acciones tendientes a
que los organismos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES y municipales definan regulaciones sobre el suelo urbano,
teniendo en cuenta las particularidades de cada territorio.
7. Entender en la cooperación y asistencia técnica a organismos
públicos y privados y promover la capacitación y el perfeccionamiento
de profesionales y técnicos, en materia de su competencia.
SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA
SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO-URBANA
OBJETIVOS
1. Entender en el diseño y la implementación de políticas de
integración urbana y desarrollo territorial.
2. Entender en la transformación urbana de barrios, mediante un
abordaje integral que favorezca su integración y el desarrollo humano.
3. Entender en el fortalecimiento de la organización comunitaria y en
el diseño de mecanismos de participación para el desarrollo e
implementación de los proyectos de integración urbana.
4. Participar en el diseño y en la ejecución de proyectos de
infraestructura urbana y de mejoramiento del hábitat.
5. Entender en la implementación de iniciativas tendientes a la
vinculación y al desarrollo productivo en los proyectos de integración
urbana que se aborden.
6. Participar en el diseño e implementación de políticas de acceso a
soluciones habitacionales en los proyectos de integración urbana que se
aborden.
7. Coordinar acciones con organismos nacionales, provinciales, de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales en los asuntos inherentes
al área de su competencia.
8. Entender en la administración y gestión del REGISTRO NACIONAL DE
BARRIOS EN PROCESO DE INTEGRACIÓN URBANA y realizar su evaluación y
seguimiento.
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
OBJETIVOS
1. Intervenir en la elaboración, propuesta y ejecución de la política
nacional en todas las materias relacionadas con obras públicas de
infraestructura de minería, de energía, viales, hídricas y de
saneamiento, y de prevención sísmica, en especial en los programas de
inversión y pre inversión pública de su competencia, y en la
coordinación de los planes, programas y proyectos relativos a dichas
obras a nivel internacional, nacional, regional, provincial, de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal que correspondan a la
Jurisdicción.
2. Dirigir la elaboración, junto con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA
DE BUENOS AIRES y demás organismos nacionales y provinciales que
correspondan, de los documentos técnicos necesarios para implementar y
difundir las políticas, estrategias, planes, programas, proyectos,
obras e impactos de la inversión pública, en coordinación con las áreas
de la Jurisdicción con competencia en la materia.
3. Participar en la propuesta, elaboración y ejecución del marco
regulatorio y proyectos de programas a realizar en materia de obras
públicas de infraestructura hídrica, de minería, de energía, de
prevención sísmica y de planificación territorial de la inversión
pública, como así también de las que surjan de los entes
desconcentrados y descentralizados, a nivel internacional, regional,
nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y
municipal, en coordinación con las demás áreas de la Administración
Pública Nacional con competencia en la materia.
4. Asistir al Ministro en el ejercicio de los derechos societarios
correspondientes a las participaciones accionarias pertenecientes al
ESTADO NACIONAL en las empresas del área de su competencia.
5. Entender en el diseño e implementación de acciones y políticas que,
en el marco de la planificación estratégica de mediano y largo plazo,
promuevan las inversiones nacionales e internacionales en obras de
infraestructura, en el ámbito de su competencia.
6. Coordinar con las autoridades regionales, nacionales, provinciales,
de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, la identificación
y ejecución de obras de infraestructura y logística que potencien el
desarrollo.
7. Entender en el diseño de proyectos de conservación, preservación,
mantenimiento, construcción y reciclaje, tanto edilicios como de
infraestructura y espacio público, y de obras específicas solicitadas
por los organismos o reparticiones del ESTADO NACIONAL.
8. Intervenir en la ejecución de obras y en la administración de los
contratos, según las distintas modalidades de contratación, públicas y
público-privadas, de las obras y proyectos cuya realización sea
encomendada al Ministerio por otras Jurisdicciones y áreas del ESTADO
NACIONAL.
9. Entender en la definición e implementación de criterios,
metodologías, herramientas y plataformas de gestión de información para
la mejora continua de los procesos de planificación, desarrollo de
proyectos y ejecución de obras.
10. Entender, en coordinación con las áreas con competencia en la
materia, en la elaboración y ejecución del Plan de Construcción de
Obras Penitenciarias, de readecuación de instalaciones y ampliación de
los establecimientos carcelarios y unidades dependientes del SERVICIO
PENITENCIARIO FEDERAL y en el monitoreo y supervisión de las obras
penitenciarias, actualmente no afectadas al alojamiento de internos.
11. Entender en el desarrollo y coordinación de las políticas de
infraestructura que reduzcan la desigualdad entre la región Norte
-comprendida por las provincias de SALTA, JUJUY, TUCUMÁN, LA RIOJA,
CATAMARCA, MISIONES, CORRIENTES, CHACO, FORMOSA y SANTIAGO DEL ESTERO-
y el resto del país, en coordinación con las áreas del ESTADO NACIONAL
competentes en la materia.
12. Proponer el marco regulatorio relativo al manejo de los recursos
hídricos y a la organización y fortalecimiento del sector de agua
potable y saneamiento, vinculando y coordinando la acción de las demás
jurisdicciones provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y
municipales y de los organismos intervinientes en la prestación y
expansión de dichos servicios.
13. Participar en la propuesta, elaboración y ejecución del marco
regulatorio y de proyectos de programas a realizar en materia de obras
de infraestructura hídricas y planificación territorial de la inversión
pública a nivel internacional, nacional, regional, provincial, de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, como así también de las
que surjan de los entes desconcentrados y descentralizados, en
coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con
competencia en la materia.
14. Ejercer las facultades de Autoridad de Aplicación del Contrato de
Concesión de AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA), en
cumplimiento del Marco Regulatorio de la Concesión establecido por la
Ley N° 26.221.
15. Coordinar las actividades inherentes al Comité Ejecutor del Plan de
Gestión Ambiental y de manejo de la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo.
16. Entender en lo atinente al Fideicomiso de Infraestructura Hídrica,
en el marco de lo previsto en el Decreto N° 1381/01, y en lo atinente a
otros fondos fiduciarios y fideicomisos vinculados a su competencia.
17. Ejercer el contralor del accionar de la COMISIÓN REGIONAL DEL RÍO
BERMEJO (COREBE), del COMITÉ INTERJURISDICCIONAL DEL RÍO COLORADO
(COIRCO) y de la AUTORIDAD INTERJURISDICCIONAL DE LAS CUENCAS DE LOS
RÍOS LIMAY, NEUQUÉN Y NEGRO, así como de todo otro organismo de gestión
de cuencas, en representación del ESTADO NACIONAL, y participar, en la
órbita de su competencia, en la COMISIÓN DE COORDINACIÓN
INTERJURISDICCIONAL DEL PROGRAMA HIDROVÍA PARAGUAY - PARANÁ.
18. Participar en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones
para los llamados a concurso y/o licitaciones, como también en los
procesos licitatorios o contrataciones directas que se efectúen con
motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.
19. Intervenir en el diseño de la política exterior de la REPÚBLICA
ARGENTINA en materia de recursos hídricos internacionales compartidos,
cuencas, cursos de ríos sucesivos y contiguos, y cuerpos de agua en
general, asumir la representación técnica, y asistir en la gestión y
obtención de cooperación técnica y financiera internacional, en
coordinación con las áreas con competencia en la materia.
20. Participar en la planificación, programación, evaluación y/o
ejecución de proyectos de mitigación de las inundaciones en zonas
rurales y periurbanas, avenamiento y protección de infraestructura en
zonas rurales y periurbanas, incluyendo proyectos de obras de
emergencia, solicitadas por las provincias.
21. Participar en la definición y monitoreo de los objetivos y metas
que involucren al agua (recursos hídricos y servicios de agua y
saneamiento) establecidas por los organismos internacionales en los
cuales interviene y suscribe el ESTADO NACIONAL.
22. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la elaboración,
propuesta y ejecución de las políticas sobre puertos y vías navegables.
23. Asistir, en materia de su competencia, en el ejercicio del control
tutelar de los organismos descentralizados actuantes en la órbita de la
Jurisdicción.
24. Asistir, en el ámbito de su competencia, al Ministerio en la
definición, formulación y gestión de políticas de desarrollo,
fortaleciendo la estructura federal de la REPÚBLICA ARGENTINA.
25. Entender en el diseño de estrategias, planes y programas de
inversión pública y participación público-privado en el ámbito de su
competencia.
26. Entender en los procesos y procedimientos de redeterminación de
precios de las obras que se ejecuten en el ámbito de la Jurisdicción.
27. Coordinar la Comisión de Control y Seguimiento del Régimen de
Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública y de
Consultoría de Obra Pública de la Administración Pública Nacional, en
el ámbito de su competencia.
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en la elaboración, propuesta y ejecución de
los programas, proyectos y acciones en materia de infraestructura
pública.
2. Establecer estándares de calidad para la construcción y gestión de
las obras de infraestructura, en coordinación con las áreas
involucradas, y dictar normas para la fiscalización de los materiales
utilizados en la construcción de las obras de infraestructura pública y
de los supuestos de participación público-privada.
3. Celebrar convenios con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES, los municipios y con otras entidades para el desarrollo e
implementación de proyectos, programas y acciones en el marco de su
competencia.
4. Evaluar e intervenir en la gestión y la obtención de cooperación
técnica y financiera para el cumplimiento de los objetivos y políticas
del ámbito de su competencia, en coordinación con las áreas de la
Administración Pública Nacional competentes.
5. Asistir a la Secretaría en la elaboración y planificación de la
política nacional de obras de infraestructura y coordinar los planes y
programas a nivel nacional, regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA
DE BUENOS AIRES y municipal que correspondan a la Jurisdicción.
6. Asistir a la Secretaría en la elaboración y ejecución del Plan de
Construcción de Obras Penitenciarias, de readecuación de instalaciones
y ampliación de los establecimientos carcelarios y unidades
dependientes del SERVICIO
PENITENCIARIO FEDERAL y en el monitoreo y supervisión de las obras
penitenciarias, actualmente no afectadas al alojamiento de internos.
7. Asistir a la Secretaría en la ejecución de los programas, proyectos
y acciones en materia de obra, infraestructura pública, infraestructura
vial y a la organización y fortalecimiento del sector de agua potable y
saneamiento.
8. Participar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración y en
la aprobación de los pliegos de bases y condiciones particulares para
los llamados a contrataciones públicas que se efectúen con motivo de
las obras a realizarse.
9. Asistir a la Secretaría en la ejecución de obras y administración de
los contratos según las distintas modalidades de contratación, públicas
y público-privadas, de las obras y proyectos cuya realización sea
encomendada al Ministerio por otras Jurisdicciones y áreas del ESTADO
NACIONAL y ejecutar las obras correspondientes a la construcción,
conservación de los edificios públicos y restauración de monumentos
históricos nacionales.
10. Asistir a la Secretaría en la ejecución de la política nacional de
obras de infraestructura, coordinando acciones a nivel nacional,
regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal
que correspondan a la Jurisdicción.
11. Participar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración de
los pliegos de bases y condiciones en los procedimientos de selección.
12. Gestionar un sistema de control e información geográfica de las
obras de infraestructura públicas de su competencia, consideradas en
los planes estratégicos sectoriales y globales.
13. Participar, en el ámbito de su competencia, a solicitud de la
Jurisdicción responsable, en todo lo atinente al Fondo Fiduciario
Federal de Infraestructura Regional, creado por la Ley N° 24.855.
14. Intervenir en la ejecución de los compromisos del ESTADO NACIONAL
con las diferentes agencias y organismos internacionales en cuanto a la
debida realización de los programas y proyectos que se establezcan bajo
su órbita, tanto en su gestión contable y financiera como en el
seguimiento y evaluación de resultados e impacto de la ejecución.
15. Entender en la inspección, control, administración y seguimiento de
las obras de infraestructura pública en el ámbito de la Secretaría.
16. Celebrar convenios con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES, los municipios y con otras Entidades para el desarrollo e
implementación de los proyectos, programas y acciones en el área de su
competencia.
17. Coordinar la ejecución de obras de infraestructura de integración
físico territorial internacional, en coordinación con las áreas
competentes en la materia.
18. Asistir a la Secretaría en los procesos y procedimientos de
redeterminación de precios de las obras que se ejecuten en el ámbito de
su competencia.
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
SUBSECRETARÍA DE OBRAS DE ENERGÍA
OBJETIVOS
1. Intervenir en la elaboración y ejecución de la política de obras de
infraestructura energética nacional.
2. Intervenir en el diseño, elaboración e implementación de planes y
programas de infraestructura de obras de energía.
3. Articular en forma conjunta con el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD (ENRE), el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), la
UNIDAD ESPECIAL DEL SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA
(UESTEE) y la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CONEA), así como
con todo otro organismo sectorial, la ejecución de planes, programas y
proyectos de obras de infraestructura en el ámbito de su competencia.
4. Dirigir la ejecución de las obras públicas en materia energética que
lleve adelante el ESTADO NACIONAL.
5. Participar, en el ámbito de su competencia, en el ejercicio de las
funciones, los derechos y las obligaciones referidas a los contratos de
obra pública correspondientes a los proyectos que integran los
aprovechamientos hidroeléctricos y demás contratos de obra pública para
la construcción de centrales hidroeléctricas en ejecución y/o a
ejecutar por el ESTADO NACIONAL.
6. Participar, en el ámbito de su competencia en el ejercicio de las
funciones, los derechos y las obligaciones referidas a los contratos de
obra pública para la construcción de las obras de infraestructura
gasíferas en ejecución y/o a ejecutar por el ESTADO NACIONAL.
7. Participar, en el ámbito de su competencia, en la aprobación de los
pliegos de bases y condiciones para llamados a concurso y/o
licitaciones, como así también en los procesos licitatorios o
contrataciones hasta su finalización.
8. Asesorar a la Secretaría en temas relativos al contralor respecto de
los entes u organismos de control de las áreas privatizadas o
concesionadas de su competencia, supervisando, si correspondiere, el
cumplimiento de los marcos regulatorios correspondientes.
9. Elaborar, junto con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES, los municipios y los organismos internacionales, los documentos
técnicos necesarios para implementar y difundir las políticas,
estrategias, planes, programas, proyectos, obras de infraestructura
energética e impactos de la inversión pública, en coordinación con las
áreas de la Jurisdicción con competencia en la materia.
10. Asistir a la Secretaría en la elaboración de políticas en las
materias relacionadas con infraestructura energética, y en la ejecución
de los planes y programas relativos a dichas obras a nivel
internacional, nacional, regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES y municipal.
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
SUBSECRETARÍA DE OBRAS DE MINERÍA
OBJETIVOS
1. Intervenir en el diseño, elaboración e implementación de planes y
programas de infraestructura de obras de minería.
2. Intervenir en la dotación de infraestructura minera para la
ejecución de los trabajos necesarios para la definición de reservas de
mineral positivas.
3. Intervenir en la contratación para la construcción de naves,
depósitos y otras obras de infraestructura minera afectadas al proceso
productivo, campamentos y viviendas, edificios, caminos, instalaciones
de energía, comunicaciones, sanidad, capacitación, oficinas
administrativas y otras obras de infraestructura auxiliares de la
prospección, exploración y explotación minera.
4. Participar en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones
para llamados a concurso y/o licitaciones, como así también en los
procesos licitatorios o contrataciones que se efectúen con motivo de
las acciones vinculadas al área de su competencia, hasta su
finalización.
5. Asesorar a la Secretaría en temas relativos al contralor respecto de
los entes u organismos de control de las áreas privatizadas o
concesionadas de su competencia, supervisando, si correspondiere, el
cumplimiento de los marcos regulatorios correspondientes.
6. Elaborar, junto con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES, los municipios y los organismos internacionales, los documentos
técnicos necesarios para implementar y difundir las políticas,
estrategias, planes, programas, proyectos, obras de infraestructura
minera e impactos de la inversión pública, en coordinación con las
áreas de la Jurisdicción con competencia en la materia.
7. Asistir a la Secretaría en la elaboración de políticas en las
materias relacionadas con infraestructura minera, y de la ejecución de
los planes y programas relativos a dichas obras a nivel internacional,
nacional, regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y
municipal.
8. Asistir a la Secretaría en el diseño e implementación de acciones y
políticas que, en el marco de la planificación estratégica de mediano y
largo plazo, promuevan las inversiones nacionales e internacionales en
materia de infraestructura minera.
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS
OBJETIVOS
1. Gestionar proyectos vinculados a las obras públicas hidráulicas, de
concesión de obras hídricas y de adaptación a los extremos climáticos,
realizando la gestión relativa a la participación de la Secretaría en
todo el ciclo de vida de las mismas, comprendiendo sus etapas de
proyecto, licitación, construcción, operación, mantenimiento y cese de
utilidad.
2. Asistir a la Secretaría respecto de las necesidades planteadas por
las distintas Jurisdicciones para solucionar problemas de naturaleza
hídrica y contribuir al desarrollo de las economías en cuencas
nacionales e internacionales.
3. Participar en la elaboración de los pliegos y en el proceso de
licitación y de adjudicación de la obra pública hidráulica, en el marco
de su competencia, de conformidad con la legislación nacional vigente.
4. Monitorear las obras financiadas y/o licitadas por la Secretaría que
se encuentran en ejecución en el área de su competencia, efectuando la
supervisión, inspección, control de marcha de obra, certificación y
redeterminación de precios, en el ámbito de su competencia.
5. Colaborar con las áreas del Ministerio con competencia específica en
la elaboración de proyectos de obras hidráulicas orientados al uso,
aprovechamiento, conservación, protección y monitoreo de los recursos
hídricos.
6. Asistir a la Secretaría en la evaluación y promoción del
establecimiento y aplicación de normas de la obra pública hidráulica y
su concesión.
7. Asesorar a la Secretaría en los aspectos relativos a la contratación
de la obra pública hidráulica y de concesión de obras hídricas, como
también en lo inherente a la elaboración de los términos de la relación
contractual, en coordinación con las áreas competentes.
8. Supervisar el cumplimiento de la legislación vigente en materia
ambiental y de normas de seguridad e higiene en el trabajo en las
distintas etapas de ejecución de las obras, en el marco de su
competencia.
9. Asistir a la Secretaría en sus acciones en la COMISIÓN REGIONAL DEL
RÍO BERMEJO (COREBE), del COMITÉ INTERJURISDICCIONAL DEL RÍO COLORADO
(COIRCO) y de la AUTORIDAD INTERJURISDICCIONAL DE LAS CUENCAS DE LOS
RÍOS LIMAY, NEUQUÉN Y NEGRO, así como de todo otro organismo de gestión
de cuencas, en representación del ESTADO NACIONAL; y en la COMISIÓN DE
COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL DEL PROGRAMA HIDROVÍA PARAGUAY -
PARANÁ.
10. Ejercer la Secretaría General del Consejo Hídrico Federal (COHIFE).
11. Asistir a la Secretaría en el diseño de la política exterior de la
REPÚBLICA ARGENTINA en materia de recursos hídricos internacionales
compartidos, cuencas, cursos de ríos sucesivos y contiguos y cuerpos de
agua en general, participando en la representación técnica, asistiendo
en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera
internacional, en el marco de su competencia.
12. Informar sobre el estado de ejecución de las obras dentro del área
de influencia de la Autoridad de Cuenca Matanza-Riachuelo (ACUMAR).
13. Intervenir en la planificación, coordinación, ejecución y
supervisión de la gestión operativa de los proyectos llevados a cabo
por la Secretaría, en el marco de la planificación estratégica de la
gestión de los recursos hídricos, para la preservación, el uso y el
aprovechamiento de los mismos, en coordinación con los organismos
competentes en la materia y Jurisdicciones involucradas.
14. Asistir en la confección del planeamiento estratégico de la gestión
de los recursos hídricos, para su desarrollo sustentable y en forma
coordinada con los otros recursos naturales.
15. Promover la formulación y ejecución de planes, programas y
proyectos orientados al uso, aprovechamiento, conservación, protección
y monitoreo de los recursos hídricos.
16. Gestionar los programas nacionales de monitoreo de recursos
hídricos, como la Red Hidrológica Nacional, el Sistema Nacional de
Radares Meteorológicos, y otros similares en el ámbito de su
competencia.
17. Asistir en la evaluación y/o ejecución de los proyectos de
infraestructura de obras hídricas multipropósito o de recuperación de
tierras productivas, de mitigación de inundaciones en zonas rurales y
periurbanas y avenamiento y protección de infraestructura en zonas
rurales y periurbanas, en el marco de lo establecido por el Decreto N° 1381/01 y de los convenios firmados con las provincias, a
financiarse mediante el Fideicomiso de Infraestructura Hídrica o
préstamos de organismos internacionales.
18. Participar en el proceso de licitación, adjudicación, contratación
y concesión de la obra pública hidráulica y de saneamiento, en el marco
del circuito operativo de su competencia.
19. Elaborar informes sobre el estado de ejecución físico y financiero
de las obras financiadas por el Fondo de Infraestructura y por el
Tesoro Nacional.
20. Coordinar la aplicación de los recursos financieros planificando la
inversión en obras en materia de su competencia.
21. Intervenir en los procesos y procedimientos de redeterminaciones de
precios de los contratos de obra hídrica, en materia de su competencia.
22. Celebrar convenios, en el ámbito de su competencia, con organismos
estatales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y
municipales, así como con asociaciones profesionales, organizaciones de
la sociedad civil, centros universitarios y organismos internacionales
públicos y privados.
23. Promover la capacitación y el perfeccionamiento de profesionales y
técnicos en la materia de su competencia.
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
OBJETIVOS
1. Asistir al Ministro en la propuesta, elaboración y ejecución de las
políticas y planes en materia de sistemas de transporte.
2. Intervenir en la supervisión, regulación, coordinación, fomento y
desarrollo técnico y económico de los sistemas de transporte.
3. Asistir al Ministro en el ejercicio de los derechos societarios
correspondientes a las participaciones accionarias pertenecientes al
ESTADO NACIONAL en las empresas del área de su competencia.
4. Intervenir en la elaboración, aplicación y fiscalización del régimen
de flotas de transporte, tanto terrestre como mercante, fluvial, de
cabotaje y ultramar y aérea.
5. Participar en las relaciones entre la Jurisdicción y los organismos
y empresas actuantes en la órbita de la Jurisdicción, en materia de
planificación y regulación del transporte.
6. Asistir al ministro en la formulación, elaboración y ejecución de la
política nacional en materia relativa al impulso local, provincial y
regional, en el área de su competencia.
7. Asiste al Ministro en la elaboración de las políticas y normas de
regulación de los servicios públicos del área de su competencia.
8. Intervenir en la construcción, habilitación y fiscalización de las
infraestructuras correspondientes a transporte, en particular vías
terrestres, aeropuertos, puertos y vías navegables.
9. Intervenir en la elaboración de normas de regulación de las
licencias de servicios públicos del área de su competencia, otorgadas
por el ESTADO NACIONAL o las provincias acogidas por convenios a los
regímenes federales en la materia.
10. Entender en la elaboración de las estructuras arancelarias y
tarifarias en materia de transporte.
11. Asistir al Ministro en las funciones de Autoridad de Aplicación de
las leyes que regulan el ejercicio de las actividades relativas al
transporte.
12. Entender en la elaboración de normas de definición de estándares
industriales para los equipamientos en materia de transporte.
13. Intervenir en el ejercicio de facultades de contralor respecto de
aquellos entes u organismos de control de las áreas privatizadas o
dadas en concesión en materia de transporte, así como también hacer
cumplir los marcos regulatorios correspondientes.
14. Intervenir en la investigación y desarrollo tecnológico en materia
de transporte, a fin de facilitar los cambios tecnológicos, la
integración de datos y la implementación de innovaciones que promuevan
el desarrollo sostenible de todo el sistema.
15. Intervenir en la elaboración y aplicación de políticas estratégicas
de armonización federal, mediante la coordinación nacional, la
registración y sistematización de datos relativos al Sistema Nacional
de la Seguridad Vial.
16. Intervenir en la elaboración y ejecución de la política nacional de
transporte aéreo y terrestre, así como en su regulación y coordinación.
17. Intervenir en todo lo relacionado con el transporte internacional
terrestre, fluvial, marítimo y aéreo.
18. Intervenir en la supervisión, regulación, coordinación, fomento y
desarrollo técnico y económico de los sistemas de transporte.
19. Intervenir en la elaboración y ejecución de la política de
transporte de carga reservada para la matrícula nacional.
20. Entender en el seguimiento y actualización del Plan Nacional del
Transporte Sostenible, proponiendo el diseño y coordinación de los
estudios de funcionamiento de medios de transporte eléctricos y/o que
utilicen combustibles alternativos para determinar sus capacidades,
viabilidad e impacto.
21. Intervenir en la ejecución de la política nacional de fletes.
22. Intervenir en la elaboración y ejecución de la política de
transporte de carga reservada para la matrícula nacional.
23. Entender en el diseño, elaboración y propuesta de la política
regulatoria del sistema de transporte de jurisdicción nacional en sus
distintas modalidades.
24. Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones
de procesos para el otorgamiento de concesiones de permisos y/o
cualquier otra figura jurídica que implique prestación de servicio de
transporte, y supervisar la aplicación de los procedimientos
respectivos.
25. Entender en el desarrollo de recursos humanos y técnicos y en el
fortalecimiento de capacidades institucionales en materia de transporte.
26. Entender en la propuesta de nuevos servicios de transporte y
mecanismos de control y en la planificación de sistemas de organización
territorial, en materia de su competencia.
27. Entender en la realización de los estudios y acciones que propendan
al perfeccionamiento del sistema de transporte en todas sus modalidades
y en particular a la coordinación intermodal.
28. Intervenir en el funcionamiento de un sistema integrado de
transporte terrestre, fluvial, aéreo, marítimo, lacustre y de las vías
navegables, así como del transporte multimodal.
29. Intervenir en la interacción de la Jurisdicción con organismos
públicos, privados, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
y municipales, en la definición de las políticas públicas relativas a
los medios de transporte y sus actividades subsidiarias, y en los
programas integrales de desarrollo regional promovidos por el ESTADO
NACIONAL, en el ámbito de su competencia.
30. Entender en la asignación de los planes, programas y proyectos
relacionados a las compensaciones de tarifas y/o subsidios a operadores
y/o usuarios del sistema de transporte y en la compensación tarifaria,
autorizaciones de pago y/o resarcimientos financiados con fondos
fiduciarios cuya administración se encuentre a su cargo y en
coordinación con las áreas competentes de la Jurisdicción.
31. Entender en los mecanismos de control y fiscalización para la
liquidación de las compensaciones tarifarias relacionadas con los
servicios de transporte que se prestan a través de los diferentes modos.
32. Entender en la administración y gestión de los planes y proyectos
del Sistema Único de Boleto Electrónico o el que en el futuro lo
reemplace; gestionar los datos y la información generados por dicho
sistema y el Sistema de Gestión de Flota.
33. Entender, en el ámbito de su competencia, en lo relativo al Fondo
Fiduciario Federal de Infraestructura Regional, creado por la Ley N°
24.855.
34. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en los aspectos
vinculados a las Leyes Nros. 24.449 y 26.363.
35. Intervenir en la organización, dirección y fiscalización del
registro de inscripción, fijación de capacidades y calificación de las
empresas vinculadas al sector transporte.
36. Intervenir en la homologación de los acuerdos armatoriales y sus
accesorios.
37. Asistir, en materia de su competencia, en el ejercicio del control
tutelar de los organismos descentralizados actuantes en la órbita de la
Jurisdicción.
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES
OBJETIVOS
1. Intervenir en la elaboración, ejecución y evaluación de políticas y
planes referidos a los puertos, vías navegables, transporte fluvial y
marítimo.
2. Intervenir, en el marco de su competencia, como autoridad de
aplicación, en el ejercicio de las funciones de las Leyes Nros. 24.093
y 27.419.
3. Intervenir en el control y fiscalización de los servicios de
transporte fluvial, marítimo y los vinculados a ellos que se
desarrollen en el ámbito de su competencia.
4. Entender en la realización de los estudios para la actualización de
la normativa vigente en lo referente a modalidades operativas, aptitud
técnica de equipos, seguros, capacitación y titulación del personal
embarcado y toda otra normativa vinculada al ámbito de su competencia.
5. Intervenir en materia de compensaciones tarifarias y de costos de
explotación del transporte fluvial y marítimo y de las actividades
portuarias y vías navegables.
6. Entender en la administración, control y gestión de las
instalaciones, embarcaciones, materiales, equipos y recursos humanos
afectados a las actividades y áreas de su competencia.
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR
OBJETIVOS
1. Intervenir en la elaboración, ejecución y evaluación de las
políticas, planes y programas referidos al transporte automotor de
carga y de pasajeros de jurisdicción nacional, de carácter nacional y/o
internacional.
2. Intervenir en los estudios para la actualización de los seguros y el
régimen tarifario en el ámbito de su competencia.
3. Intervenir en la elaboración de la normativa en lo referente a
modalidades operativas, aptitud técnica de equipos y personal de
conducción en el ámbito de su competencia.
4. Participar en la elaboración y propuesta de políticas sobre permisos
y/o concesión de explotación de los servicios de transporte automotor
de pasajeros y de carga de jurisdicción nacional.
5. Intervenir en la planificación y estructuración del transporte
automotor urbano, suburbano e interurbano de carga y de pasajeros de
jurisdicción nacional.
6. Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones
de concursos y/o licitaciones, así como también en los procesos
licitatorios para el otorgamiento de concesiones o contrataciones que
se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su
competencia.
7. Participar en las reuniones de consulta, técnicas o negociaciones
con autoridades de transporte automotor, provinciales o internacionales.
8. Participar en la celebración de acuerdos y/o convenios con
organismos y/o entidades, a fin de obtener asesoramiento y/o asistencia
técnica para el cumplimiento de los objetivos del área, en coordinación
con las áreas con competencia en la materia.
9. Intervenir en materia de compensaciones tarifarias y de costos de
explotación del transporte automotor de carga y de pasajeros de
jurisdicción nacional.
10. Intervenir en las rendiciones financieras de los subsidios y
compensaciones efectuadas en el marco de la gestión económica del
sistema de transporte automotor.
11. Analizar y proponer la implementación de nuevas tecnologías, en el
ámbito de su competencia.
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO
OBJETIVOS
1. Intervenir en los aspectos vinculados al transporte ferroviario de
carga y de pasajeros, así como en la propuesta de políticas
regulatorias y de explotación de dichos servicios.
2. Intervenir en la planificación y estructuración del transporte
ferroviario de jurisdicción nacional e internacional, y en la
propuesta, evaluación y revisión del Plan Nacional de Transporte, en el
ámbito de su competencia.
3. Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones
de concursos y/o licitaciones, así como también en los procesos
licitatorios para el otorgamiento de concesiones o contrataciones que
se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su
competencia.
4. Intervenir en las consultas técnicas o negociaciones con autoridades
de transporte ferroviario, provinciales o de otros países.
5. Colaborar con la Secretaría en el ejercicio de los derechos
societarios correspondientes a las participaciones societarias
pertenecientes al ESTADO NACIONAL en las empresas de transporte
ferroviario, de carga y de pasajeros, así como en los aspectos de
gestión de las concesiones ferroviarias referidos al ordenamiento y
circulación, en el ámbito de su competencia.
6. Intervenir en las propuestas y/o modificaciones de programas y
proyectos relacionados con las compensaciones tarifarias y de costos de
explotación del transporte ferroviario de carga y de pasajeros; y en la
realización de estudios relativos a regímenes de tarifas, cánones,
aranceles y tasas del transporte ferroviario, en coordinación con las
áreas competentes.
7. Asistir en los organismos encargados del accionar y funcionamiento
del transporte ferroviario en la implementación de políticas y buenas
prácticas.
8. Intervenir en la difusión de las políticas, planes, programas y
proyectos ferroviarios entre los distintos actores del sistema, en
coordinación con las áreas de la Jurisdicción con competencia en la
materia.
9. Analizar y proponer la implementación de nuevas tecnologías, en el
ámbito de su competencia.
10. Intervenir en las rendiciones financieras de los subsidios y
compensaciones efectuadas en el marco de la gestión económica del
sistema de transporte ferroviario.
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AÉREO
OBJETIVOS
1. Intervenir en los aspectos vinculados al transporte aéreo, así como
en la elaboración y propuesta de políticas de explotación y regulación
del mismo.
2. Intervenir en la elaboración, ejecución y evaluación de las
políticas, planes y programas referidos al transporte aéreo, nacional,
regional e internacional.
3. Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones
de concursos y/o licitaciones, así como también intervenir en los
procesos licitatorios para el otorgamiento de concesiones o
contrataciones que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al
área de su competencia.
4. Participar en las reuniones de consulta, y en las negociaciones con
autoridades de transporte aéreo, nacional e internacional, en el ámbito
de su competencia.
5. Colaborar con la Secretaría en el ejercicio de los derechos
societarios correspondientes a las participaciones accionarias
pertenecientes al ESTADO NACIONAL en las empresas de transporte aéreo;
así como en los aspectos de gestión de las concesiones de aeropuertos.
6. Participar, en coordinación con los organismos competentes en
materia de regulación del transporte aéreo, en la implementación de
políticas y buenas prácticas.
7. Analizar y proponer la implementación de nuevas tecnologías, en el
ámbito de su competencia.
8. Participar en el proceso de concesiones y autorizaciones de
servicios de transporte aéreo, en coordinación con las áreas con
competencia en la materia.
9. Entender en la realización de estadísticas y estudios económicos del
transporte aéreo.
10. Participar, en coordinación con las áreas de las Administración
Pública Nacional con competencia en la materia, en el control de los
derechos del usuario del transporte aéreo.
11. Participar en coordinación con las áreas de las Administración
Pública Nacional con competencia en la materia, en la determinación,
control y seguimiento de la capacidad económico-financiera de los
explotadores de servicios de transporte aéreo.
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD
OBJETIVOS
1. Asistir al Ministro en la elaboración y ejecución de la política e
instrumentos de regulación, estandarización y coordinación en materia
de telecomunicaciones, servicios satelitales, servicios de comunicación
audiovisual y servicios postales, promoviendo la conectividad en todo
el territorio nacional, en el marco de su competencia.
2. Participar en la elaboración de los proyectos de leyes, tratados y
normativa en el ámbito de su competencia, promoviendo la conectividad
en todo el territorio nacional, propendiendo a la mejora en la calidad
regulatoria y en la simplificación administrativa, en coordinación con
las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la
materia.
3. Intervenir en la elaboración de las estructuras arancelarias en
materia de su competencia.
4. Elaborar los proyectos y dictar, cuando correspondiere, normas de
regulación de las licencias, autorizaciones, permisos o registros de
servicios del área de su competencia.
5. Intervenir en la elaboración, ejecución y reglamentación del régimen
del servicio postal.
6. Asistir al Ministro en el ejercicio de los derechos societarios
correspondientes a las participaciones accionarias pertenecientes al
ESTADO NACIONAL en las empresas del área de su competencia.
7. Participar, en el ámbito de su competencia, en el establecimiento de
los criterios de atribución de bandas de espectro radioeléctrico, de
determinación de topes por prestador y/o servicio y en la modificación
y actualización del Cuadro Nacional de Bandas de Frecuencias del
Espectro Radioeléctrico, tendiendo a la simplificación y celeridad en
los procesos de asignación de frecuencias, en coordinación con las
áreas con competencia en la materia.
8. Participar, en el ámbito de su competencia, en la administración y
gestión de los recursos órbita-espectro correspondientes a redes
satelitales, de conformidad con los tratados internacionales suscriptos
y ratificados por el ESTADO NACIONAL, en coordinación con las áreas con
competencia en la materia.
9. Participar, en el ámbito de su competencia, en el diseño y
aprobación de los Programas de Servicio Universal, en coordinación con
las áreas con competencia en la materia.
10. Asistir en la elaboración de normas en materia de interoperabilidad
e interconexión de las redes públicas de telecomunicaciones, en el
ámbito de su competencia, a efectos de asegurar la libre competencia y
concurrencia en el mercado.
11. Entender en la promoción de la conectividad y del acceso universal
a las nuevas tecnologías como herramientas de información y
conocimiento; en el ámbito de su competencia, y en la optimización del
uso de las facilidades y redes existentes, en coordinación con las
provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, los municipios, las
empresas y los organismos con competencia en la materia.
12. Propiciar los proyectos de leyes, decretos, decisiones
administrativas o resoluciones de carácter general, en el ámbito de su
competencia, articulando acciones, fijando y unificando criterios de
interpretación de las áreas bajo su órbita.
13. Asistir, en el ámbito de su competencia, en la representación del
ESTADO NACIONAL ante los organismos internacionales que correspondan, y
en la elaboración y negociación de tratados, acuerdos o convenios
internacionales de comunicaciones o relativos a la sociedad de la
información y el conocimiento, en coordinación con las áreas de la
Administración Pública Nacional que corresponda.
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en la definición de los criterios de
actualización de los marcos regulatorios de servicios de
telecomunicaciones, servicios satelitales, de comunicación audiovisual
y del servicio postal, en el ámbito de su competencia.
2. Asistir a la Secretaría en la elaboración de los proyectos y del
dictado de normas, cuando correspondiere, de regulación de las
licencias, autorizaciones, permisos o registros de servicios, así como
en su otorgamiento, en el ámbito de su competencia.
3. Asistir a la Secretaría, en el marco de su competencia, en la
interpretación de las normas técnicas que regulan las
telecomunicaciones, los servicios postales, los servicios de
comunicación audiovisual y digitales.
4. Promover el dictado de normas que fomenten y estimulen la
competencia, así como también prevengan y desalienten las prácticas
monopólicas, las conductas anticompetitivas, predatorias y/o de abuso
de posición dominante, en el marco de su competencia.
5. Asesorar a la Secretaría en el dictado de normas que regulen los
servicios postales y propendan al desarrollo de la distribución de
logística liviana.
6. Intervenir en el diseño de programas para la aplicación de los
recursos provenientes del fondo del servicio universal.
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD
SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO DE COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD
OBJETIVOS
1. Recomendar alternativas para la adecuada utilización de la
infraestructura de Red de la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES
SATELITALES (ARSAT) y el desarrollo satelital.
2. Participar, en el ámbito de su competencia, en las propuestas de
actualización del Cuadro Nacional de Atribución de Bandas del Espectro
Radioeléctrico.
3. Asistir a la Secretaría, en el marco de su competencia, en la
representación del ESTADO NACIONAL ante los organismos internacionales
que correspondan en materia de telecomunicaciones.
4. Asesorar, en el marco de su competencia, en la elaboración de los
regímenes de cánones, aranceles y tasas de los servicios de su
competencia.
5. Proponer medidas de promoción de conectividad, acceso universal y
optimización del uso de facilidades y redes existentes, poniendo de
relieve las necesidades del sector y propiciando la conformación de
mesas de trabajo que integren a los actores relevantes.
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
SECRETARÍA DE CONCESIONES
OBJETIVOS
1. Entender, en coordinación con las áreas del Ministerio con
competencia en la materia, en el desarrollo de los proyectos de
concesiones para la construcción y explotación de obras públicas y la
prestación de servicios públicos, y entender en la gestión de las
distintas etapas de los procesos licitatorios.
2. Entender en la elaboración y el análisis de los pliegos de bases y
condiciones y demás documentación destinada a regir los procedimientos
de selección del concesionario, como así también en los procesos
licitatorios de las obras de infraestructura y los servicios públicos,
en el ámbito de su competencia.
3. Entender en las tareas de estudio y aprobación de los anteproyectos
y proyectos relativos a las obras de infraestructura que estén sujetos
a concesión en el ámbito del Ministerio.
4. Entender en los procesos de evaluación y licitación de proyectos de
obras de infraestructura y servicios públicos dados en concesión por el
ESTADO NACIONAL.
5. Dirigir, en el ámbito de su competencia, las actividades
administrativas vinculadas a la gestión contable, financiera, legal o
de otra índole que se tramite en los procesos licitatorios de las obras
de infraestructura y servicios públicos concesionados desde el
Ministerio, en coordinación con las áreas competentes de la
Jurisdicción.
6. Intervenir en la certificación, administración y seguimiento de las
obras de infraestructura y servicios públicos dados en concesión en la
órbita del Ministerio.
7. Dirigir la fiscalización y el control posterior del cumplimiento de
los proyectos de concesión de obras de infraestructura y servicios
públicos por parte del o los sujetos concesionarios que sean realizados
en el ámbito de la Jurisdicción.
8. Intervenir en los procesos licitatorios de las obras de
infraestructura y servicios públicos dados en concesión por el ESTADO
NACIONAL cuando esta sea requerida por otras áreas de la Administración
Pública Nacional.
SECRETARÍA DE CONCESIONES
SUBSECRETARÍA DE ANÁLISIS Y DESARROLLO DE PROYECTOS
OBJETIVOS
1. Definir las condiciones económicas necesarias para la realización de
las licitaciones de concesión de obras de infraestructura y servicios
públicos.
2. Analizar la viabilidad económico-financiera de los proyectos
sometidos a su consideración.
3. Intervenir en las propuestas de distribución de riesgos entre el
concesionario y el ESTADO NACIONAL.
4. Participar, en el marco de su competencia, en la evaluación de los
proyectos de concesión de obras y servicios públicos, y de aquellos que
provengan de las áreas sustantivas del Ministerio; así como en los
proyectos de iniciativa privada, en el marco de lo previsto por la Ley
N° 17.520 y sus modificatorias.
5. Entender, en el ámbito de su competencia, en la normalización y,
eventualmente, la renegociación de todos los contratos de concesión
vigentes que hayan sido prorrogados, así como también de aquellos que
estén próximos a vencer.
6. Dirigir, en el ámbito de su competencia, la revisión de las
condiciones de los activos concesionados del ESTADO NACIONAL, las
inversiones que deben ser realizadas para su puesta en valor
(identificación y estimación de costos) y las condiciones para que
estos activos sean concesionados nuevamente a través de una licitación
pública.
7. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la gestión de los
reclamos que pudieran surgir entre el ESTADO NACIONAL y el
concesionario, en coordinación con las áreas de la Jurisdicción con
competencia en la materia.
SECRETARÍA DE CONCESIONES
SUBSECRETARÍA DE LICITACIÓN DE PROYECTOS
OBJETIVOS
1. Dirigir la gestión la licitación de los proyectos de concesiones que
hayan sido aprobados por la Secretaría.
2. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la preparación de los
pliegos de bases y condiciones para los procesos licitatorios y de
concesión de obras.
3. Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en las
actividades vinculadas a la gestión administrativa de los procesos
licitatorios de las obras de infraestructura y servicios públicos
concesionados por el Ministerio, en coordinación con las áreas
competentes de la Jurisdicción.
4. Proponer a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, nuevos
lineamientos y pautas para las buenas prácticas en materia de
licitaciones y concesiones, en coordinación con otras áreas del
Ministerio.
5. Intervenir en la promoción nacional y/o internacional de los
proyectos de obras de infraestructura y servicios públicos en
coordinación con las áreas competentes de la Jurisdicción.
SECRETARÍA DE CONCESIONES
SUBSECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
OBJETIVOS
1. Entender en los procesos de control y tareas de fiscalización del
cumplimiento de los proyectos de concesión de obras de infraestructura
y servicios públicos licitados.
2. Realizar el seguimiento del avance de los proyectos de concesión de
obras de infraestructura y servicios públicos licitados, durante el
período de construcción, y en la observancia por parte del
concesionario de los parámetros establecidos en el contrato de
concesión.
3. Intervenir en el control y fiscalización de los proyectos en la fase
de ejecución, desde el término de la fase de construcción y hasta el
término de la concesión.
4. Entender en el control de la observancia por parte del concesionario
de todos los parámetros establecidos en el contrato de concesión
durante su ejecución.
5. Establecer, en el ámbito de su competencia, cursos de acción ante el
incumplimiento de obligaciones a su cargo por parte de los
concesionarios.
6. Dirigir el diseño, implementación y actualización de un sistema de
seguimiento de los contratos de concesión vigentes.
IF-2023-151244378-APN-MINF