SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
Decreto 105/2023
DECTO-2023-105-APN-PTE - Designaciones.
Ciudad de Buenos Aires, 28/12/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-149961911-APN-DRRHHYO#SLYT, la Ley N°
27.701, los Decretos Nros. 78 del 20 de enero de 2000 y sus
modificatorios, 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y
complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 50 del
19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.
Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación
transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios, vacantes y financiados presupuestariamente, en las
Jurisdicciones y unidades organizativas dependientes de la Presidencia
de la Nación, de conformidad con las estructuras organizativas, será
efectuada por el Presidente de la Nación.
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y
sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los
correspondientes a la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN.
Que por el Decreto N° 78/00 se aprobó la estructura organizativa de la citada Secretaría.
Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria de diversos
cargos vacantes y financiados dependientes de la SUBSECRETARÍA TÉCNICA
de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la cobertura transitoria de los cargos aludidos no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
ASUNTOS LEGALES de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Desígnanse con carácter transitorio, a partir de las
fechas que en cada caso se indica y por el término de CIENTO OCHENTA
(180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida,
a las personas que se detallan en el ANEXO I
(IF-2023-153493570-APN-DRRHHYO#SLYT) que forma parte integrante de la
presente medida en los cargos, Niveles y Grados del Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, que allí se
consignan, dependientes de la SUBSECRETARÍA TÉCNICA de la SECRETARÍA
LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Se autoriza el correspondiente pago de los Suplementos por Función
Ejecutiva del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal conforme se detalla en dicho ANEXO I.
ARTÍCULO 2°.- Desígnase con carácter transitorio, a partir del 20 de
diciembre de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la fecha de la presente medida, a la contadora
pública Lorena Andrea GUILLAN (D.N.I. N° 27.153.284) en el cargo de
Directora General de Administración de la SUBSECRETARÍA TÉCNICA de la
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel A -
Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto
N° 2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función
Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y
se efectúa la presente designación transitoria con carácter de
excepción respecto a las disposiciones del artículo 14 de dicho
Convenio.
ARTÍCULO 3°.- Los cargos involucrados en los artículos 1° y 2° del
presente decreto deberán ser cubiertos conforme los requisitos y
sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente,
en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro
del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la
fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto
será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción
20 - 02 - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Nicolás Posse
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/12/2023 N° 106676/23 v. 29/12/2023
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)