SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución 7/2024
RESOL-2024-7-APN-PRES#SENASA
Ciudad de Buenos Aires, 03/01/2024
VISTO el Expediente N° EX-2023-32198489- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley N°
27.233; el Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-776-APN-PTE del 19 de
noviembre de 2019; las Resoluciones Nros. 134 del 22 de marzo de 1994
del entonces INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, 152 del
27 de marzo de 2006 y RESOL-2023-255-APN-PRES#SENASA del 27 de marzo de
2023, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA;
la Disposición N° 18 del 4 de diciembre de 2006 de la Dirección
Nacional de Protección Vegetal del citado Servicio Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 134 del 22 de marzo de 1994 del ex-INSTITUTO
ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL se aprueba el Programa Nacional
de Control y Erradicación de Mosca de los Frutos (PROCEM).
Que mediante la Resolución N° 152 del 27 de marzo de 2006 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) se aprueba el
“Plan de Emergencia Fitosanitaria para Áreas Libres de Mosca de los
Frutos”.
Que a través de la Disposición N° 18 del 4 de diciembre de 2006 de la
Dirección Nacional de Protección Vegetal del aludido Servicio Nacional
se declara como Área Libre de la Plaga Mosca de los Frutos de
importancia económica (Díptero, Tephritidae) a los valles de la Región
Patagónica (Alto Valle del Río Negro y Neuquén, Valle Medio del Río
Negro, Valle Inferior del Río Negro, Valle del Río Colorado, Valle de
General Conesa, interior de la Meseta Patagónica y Valle Inferior del
Río Chubut), en el marco del PROCEM.
Que con fecha 21 de marzo de 2023 se detectó en la localidad de Cinco
Saltos, Provincia de RÍO NEGRO, UN (1) ejemplar hembra inseminada, como
así también una captura múltiple [TRES (3) ejemplares] de Moscas del
Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied.), en UNA (1) trampa del área
urbana, por lo que correspondió declarar la Emergencia Fitosanitaria
por brote de la plaga, debidamente establecida mediante la Resolución
N° RESOL-2023-255-APN-PRES#SENASA del 27 de marzo de 2023 del mentado
Servicio Nacional.
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por las referidas Resoluciones
Nros. 152/06 y RESOL-2023-255-APN-PRES#SENASA, se han aplicado todas
las medidas fitosanitarias correspondientes en el área regulada de la
ciudad de Cinco Saltos, Provincia de RÍO NEGRO.
Que, además, por la aludida Resolución N° 152/06 se establece que para
áreas con condiciones climáticas particulares como la Región
Patagónica, si el invierno comienza antes de cumplirse DOS (2) ciclos
teóricos del insecto luego de la última captura verificada, se
reasumirá un trampeo intensivo al comenzar la primavera por un período
equivalente a UN (1) ciclo teórico.
Que, con base en el modelo de GRADOS-DÍAS utilizado por el SENASA para
estimar los ciclos biológicos teóricos del insecto, el 30 de noviembre
de 2023 se cumplió el ciclo respectivo al trampeo intensivo primaveral,
período requerido para determinar como erradicada la plaga y finalizada
la emergencia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el Artículo 8°, inciso f), del Decreto N° 1.585 del 19
de diciembre de 1996 y sus modificatorios.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Mosca de los Frutos. Finalización de la Emergencia
Fitosanitaria. Se declara la finalización de la Emergencia
Fitosanitaria por Mosca del Mediterráneo, instrumentada por la
Resolución N° RESOL-2023-255-APN-PRES#SENASA del 27 de marzo de 2023
del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, en el área
regulada de la ciudad de Cinco Saltos, Provincia de RÍO NEGRO.
ARTÍCULO 2°.- Abrogación. Se abroga la Resolución N°
RESOL-2023-255-APN-PRES#SENASA del 27 de marzo de 2023 del mentado
Servicio Nacional.
ARTÍCULO 3°.- Vigencia. La presente resolución entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Pablo Cortese
e. 05/01/2024 N° 356/24 v. 05/01/2024