ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decreto 33/2024

DECTO-2024-33-APN-PTE - Decreto N° 50/2019. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 08/01/2024

VISTO el Expediente N° EX-2023-152755927-APN-DGDYL#MI, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992 y sus modificatorios), el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 8/23 se modificó en último término la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92 y sus modificatorios) estableciendo los Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la Nación y las Secretarías de Presidencia necesarias para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación.

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que resulta necesario modificar la conformación organizativa del MINISTERIO DEL INTERIOR y los Objetivos de sus Secretarías y Subsecretarías.

Que, asimismo, procede establecer el ámbito jurisdiccional de actuación de los organismos desconcentrados y descentralizados del citado Ministerio.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención que les compete.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico correspondiente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado VI, MINISTERIO DEL INTERIOR, por el siguiente:

“VI. - MINISTERIO DEL INTERIOR

- UNIDAD GABINETE DE ASESORES

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

-SUBSECRETARÍA LEGAL

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS

- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LAS PROVINCIAS

- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LOS MUNICIPIOS

SECRETARÍA DE INTERIOR

- SUBSECRETARÍA DE INTERIOR

- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS

SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES

- SUBSECRETARÍA DE TURISMO

- SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE

- SUBSECRETARÍA DE DEPORTES”.

ARTÍCULO 2°.- Suprímense del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, los Apartados XXIII y XXIV.

ARTÍCULO 3°.- Sustitúyese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado VI, MINISTERIO DEL INTERIOR, por el obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2023-154622383-APN-MI) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 4°.- Suprímense del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, los Apartados XXIII y XXIV.

ARTÍCULO 5°.- Sustitúyese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-, aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado VI, MINISTERIO DEL INTERIOR, por el siguiente:

“VI – MINISTERIO DEL INTERIOR

Organismos Descentralizados

ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

SECRETARÍA DE INTERIOR

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS (RENAPER)

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES

INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA (INPROTUR)

COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE (CNAD)

ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO (ENARD)”.

ARTÍCULO 6°.- Suprímense del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-, aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, los Apartados XXIII y XXIV.

ARTÍCULO 7º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones y personal con sus respectivos cargos, niveles, situación de revista y suplementos vigentes a la fecha.

ARTÍCULO 8º.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos presupuestarios previstos en las Jurisdicciones y Entidades de origen.

ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Nicolás Posse

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 09/01/2024 N° 1005/24 v. 09/01/2024

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3°

(ANEXO II)

VI.- MINISTERIO DEL INTERIOR

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1. Coordinar el Gabinete de Asesores del Ministro.

2. Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a dar respuesta a las cuestiones priorizadas por el Ministro.

3. Entender y asistir al Ministro en todas las cuestiones vinculadas a los aspectos logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus funciones institucionales.

4. Asistir al Ministro en materia de relaciones institucionales, ceremonial y protocolo.

5. Coordinar la comunicación institucional interna y externa, así como la difusión de contenidos, el desarrollo e implementación de la imagen institucional y contenidos digitales de la Jurisdicción.

6. Coordinar la relación con la prensa y los medios de comunicación de la Jurisdicción.

7. Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las distintas áreas del Ministerio para optimizar la gestión.

8. Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos, herramientas y procedimientos para generar información de gestión en coordinación con las áreas competentes.

MINISTERIO DEL INTERIOR

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Dirigir el diseño e implementación de las políticas administrativas, presupuestarias y financieras de los Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción.

2. Coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de los Servicios Administrativos Financieros del Ministerio.

3. Asistir, en el ámbito de su competencia, a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

4. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos del Ministerio.

5. Entender en el despacho y la gestión documental del Ministerio.

6. Entender en la instrucción de las informaciones sumarias, como así también en los sumarios administrativos y disciplinarios del Ministerio.

7. Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios y demás adquisiciones efectuadas por los servicios Administrativos Financieros del Ministerio.

8. Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiero-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción.

9. Intervenir en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones, y de las actividades de control y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo del Ministerio.

10. Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial, de infraestructura, de mantenimiento, de administración de bienes muebles e inmuebles y de servicios del Ministerio.

11. Entender en la administración y coordinación de los sistemas y recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones del Ministerio.

12. Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el ámbito de la Jurisdicción, de acuerdo a las previsiones que establezca la Autoridad de Aplicación en cada materia.

13. Coordinar el suministro de información pública en los términos de la Ley N° 27.275 en relación a los fines, competencias y funcionamiento del Ministerio.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA LEGAL

OBJETIVOS

1. Coordinar el servicio jurídico de la Jurisdicción, en lo que respecta a la emisión de dictámenes.

2. Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo que es competencia del Ministerio, en los asuntos judiciales, prejudiciales y arbitrajes, así como en la contestación de los requerimientos del Poder Judicial.

3. Monitorear el accionar de las unidades organizativas con competencia en temas legales existentes en el ámbito de la Jurisdicción.

4. Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia de proyectos de leyes y actos administrativos.

5. Supervisar la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico relativos a su competencia.

6. Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en relación con los contratos de obras y servicios públicos de la Jurisdicción.

7. Coordinar el asesoramiento legal que brinde la Secretaría en todas aquellas materias que sean competencia de la Jurisdicción.

8. Intervenir en la tramitación de informaciones sumarias, y en los sumarios administrativo-disciplinarios que se instruyan en el Ministerio.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Asistir en el diseño de la política presupuestaria de los Servicios Administrativos Financieros del Ministerio y en la evaluación de su cumplimiento.

2. Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas de los Servicios Administrativos Financieros del Ministerio, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3. Asistir, en el ámbito de su competencia, a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos e insumos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos en el Ministerio.

4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que presta servicio, así como la planificación de las actividades de administración general de los Servicios Administrativos Financieros del Ministerio.

5. Coordinar la aplicación de la política de administración del personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como la gestión de los espacios físicos del Ministerio.

6. Participar en la ejecución operativa de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiero-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción, como así también de proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.

7. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones, y de las actividades de control y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.

MINISTERIO DEL INTERIOR

SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS

OBJETIVOS

1. Articular las actividades político-institucionales que, en el marco de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y la forma federal de gobierno, el Gobierno Nacional, desarrolle con las provincias y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y las correspondientes a las relaciones interprovinciales.

2. Promover políticas públicas y acuerdos a nivel federal y regional, tendientes a la armonización entre las políticas del Gobierno Nacional y los Gobiernos Provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, con miras al desarrollo federal.

3. Intervenir en la evaluación técnica de la asignación del Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las provincias, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 23.548.

4. Entender en el análisis de los proyectos de legislación nacional en los que sea necesario coordinar normas nacionales, provinciales y municipales.

5. Entender en la formulación y ejecución de políticas de descentralización y coordinar las políticas inherentes a la regionalización de las provincias y las iniciativas de desarrollo regional, conforme con lo dispuesto en el artículo 124 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

6. Asistir al Ministro en lo relativo al régimen jurídico de las aguas de los ríos interprovinciales y sus afluentes.

7. Asistir al Ministro, en coordinación con otras áreas, en la promoción de la reforma política a nivel provincial y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en el ámbito de su competencia.

8. Celebrar convenios con las provincias, con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con los municipios y con otras Entidades gubernamentales, organizaciones civiles y organismos internacionales para el desarrollo e implementación de los programas y acciones de su competencia.

9. Impulsar la realización de acuerdos entre los municipios para la solución de problemáticas regionales o de interés común y a la optimización de la cooperación internacional dirigida a éstos.

10. Asistir técnicamente a los municipios para la innovación de los sistemas administrativos locales y el fortalecimiento de su capacidad de gestión.

11. Actuar como unidad ejecutora de proyectos de fortalecimiento institucional de los gobiernos provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, en el marco de su competencia.

12. Participar, en coordinación con otras áreas de la Administración Pública Nacional con competencia específica en la materia, en la evaluación y seguimiento de los sistemas financieros de los Estados provinciales, los procesos de privatizaciones y desregulación y en general todo lo atinente al examen y resolución de las cuestiones objeto de controversia en el campo económico, financiero y/o fiscal entre la Nación y las provincias.

13. Diseñar planes y coordinar acciones con los gobiernos de las provincias, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y con los municipios, en el ámbito de su competencia, asesorando en la formulación y gestión de proyectos de carácter federal, y coordinar con el MINISTERIO DE ECONOMÍA el desarrollo de las políticas y programas de asistencia a las provincias, a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y a los municipios.

14. Asistir al Ministerio en su participación en el FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL, creado por la Ley N° 24.855, y en lo atinente a otros fondos fiduciarios y fideicomisos vinculados a su competencia.

15. Asistir al Ministerio en el monitoreo y seguimiento del cumplimiento de las obligaciones asumidas en carácter de autoridad de aplicación de las normas que establecen su competencia.

16. Participar, en coordinación con los organismos competentes en la materia, en las acciones de prevención y respuesta requeridas para la protección civil de los habitantes ante hechos del hombre y de la naturaleza, coordinando con los gobiernos provinciales.

17. Elaborar medidas que sirvan como insumo para la definición de las políticas que hacen a la protección de la comunidad y colaborar con los entes nacionales, provinciales o privados para hacer frente a desastres naturales o causados por el hombre y a ilícitos que, por naturaleza, sean de su competencia.

SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LAS PROVINCIAS

OBJETIVOS

1. Desarrollar acciones de fortalecimiento institucional a nivel provincial y regional, orientadas a la promoción del desarrollo económico y social.

2. Asistir a la Secretaría en la promoción de la reforma política a nivel provincial y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

3. Coordinar, con las distintas dependencias del Ministerio y con los demás Ministerios con competencia en la materia, los aspectos vinculados con el apoyo institucional a las políticas de desarrollo provincial y municipal.

4. Participar en el análisis de la determinación, encuadre y seguimiento de lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 23.548 del Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias.

5. Proponer, en el ámbito de su competencia, instrumentos de asistencia a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en coordinación las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

6. Participar, en el ámbito de su competencia y con los organismos correspondientes, en la instrumentación de lo vinculado con el régimen de coparticipación federal de impuestos y en el seguimiento y control de la aplicación de la normativa vigente en la materia, o de regímenes especiales de transferencia de recursos nacionales a las provincias.

7. Promover acciones de coordinación de las políticas de endeudamiento del Gobierno Nacional con relación a los gobiernos provinciales y municipales, y realizar el seguimiento de los niveles de endeudamiento de estos últimos y de su incidencia en sus finanzas públicas.

8. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en el desarrollo de las relaciones con los gobiernos de las provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y a lo vinculado con cuestiones interjurisdiccionales.

9. Dirigir la elaboración de estudios y diagnósticos relevantes para la planificación estratégica regional.

10. Asistir a la Secretaría en lo atinente a la celebración de convenios con las provincias, con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con entidades gubernamentales, organizaciones civiles y organismos internacionales para el desarrollo e implementación de los programas y acciones de su competencia.

11. Proponer a la Secretaría acciones de prevención y respuesta requeridas para la protección civil de los habitantes ante hechos del hombre y de la naturaleza, coordinando con los Gobiernos Provinciales y con los organismos con competencia en la materia.

12. Asistir a la Secretaría, en la formulación de las medidas y políticas para la protección de la comunidad y colaborar, en el ámbito de su competencia, con los entes nacionales, provinciales o privados para hacer frente a desastres naturales o causados por el hombre, y a ilícitos que por naturaleza sean de su competencia.

SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LOS MUNICIPIOS

OBJETIVOS

1. Coordinar la implementación de los proyectos referidos al mejoramiento de la capacidad de gestión de los gobiernos municipales, a la modernización de sus sistemas administrativos y de gestión y al fortalecimiento de la capacidad de gerenciamiento de las políticas públicas de los gobiernos municipales.

2. Diseñar, evaluar y proponer cursos de acción a seguir en materia de promoción y desarrollo de micro-regiones, proponer planes y proyectos, como así también diseñar los instrumentos adecuados para su implementación y capacitación.

3. Participar en la suscripción de convenios con gobiernos municipales, entidades gubernamentales, organizaciones civiles y organismos internacionales, en el marco de su competencia.

4. Asistir a la Secretaría en su relación con las autoridades municipales, así como en el intercambio de información para la elaboración de informes y análisis vinculados a la implementación de las políticas públicas, planes y programas de la Secretaría.

5. Proponer planes y programas tendientes a la descentralización de funciones desde las provincias hacia los municipios, en el ámbito de su competencia.

6. Proponer y desarrollar mecanismos de coordinación institucional, nacional y sectorial en materia de su competencia.

7. Dirigir la elaboración de diagnósticos que sean de utilidad para la planificación estratégica de micro-regiones.

MINISTERIO DEL INTERIOR

SECRETARÍA DE INTERIOR

OBJETIVOS

1. Proponer y planificar políticas, planes y proyectos en materia poblacional y de migraciones y elaborar estudios sobre la situación demográfica del país en los aspectos de su composición poblacional, su distribución territorial y el nivel y tendencias de su crecimiento.

2. Proponer, en el ámbito de su competencia, las acciones necesarias para la implementación de reformas políticas, en coordinación con otras áreas de la Jurisdicción.

3. Intervenir en la convocatoria para los actos eleccionarios que le competen e intervenir en la difusión pública de los procedimientos y normas útiles a la ciudadanía durante el acto eleccionario.

4. Intervenir en la elaboración de reformas y adecuación de la legislación en materia de partidos políticos y conceder franquicias e intervenir en la distribución de los aportes del Fondo Partidario Permanente a las agrupaciones políticas.

5. Desarrollar las acciones necesarias para la implementación de reformas políticas, realizando el relevamiento de opiniones y de propuestas y la elaboración de proyectos de normas modificatorias de aquellas que rigen el funcionamiento del sistema político.

6. Asistir al Ministerio en las propuestas de reforma de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y en las relaciones con las convenciones que se reúnen a tal efecto.

7. Intervenir en los temas conexos con la declaración de estado de sitio, intervenciones del gobierno federal a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, la sanción de leyes de amnistía política y en lo relativo a la concesión del derecho de asilo.

8. Dirigir la realización estudios e investigaciones que sirvan de insumo en materia de políticas demográficas y de fortalecimiento de la identidad nacional.

9. Entender en las relaciones con las colectividades extranjeras en el área de su competencia y llevar un registro actualizado de las mismas.

10. Proponer políticas para el desarrollo e integración de las áreas de frontera y el afianzamiento de la identidad nacional.

11. Coordinar, en el ámbito de su competencia, la aplicación de la Ley N° 22.352 y el Decreto Ley N° 15.385 (Ley N° 12.913) en todo lo relacionado con la preservación de la seguridad de las áreas y zonas de frontera.

12. Intervenir en la gestión de los centros de frontera.

13. Asistir al Ministerio en lo concerniente a los actos de carácter patriótico, efemérides, feriados, custodia de emblemas y símbolos nacionales, uso de emblemas y símbolos extranjeros e intervenir en lo relativo a la erección y emplazamiento de monumentos.

14. Entender en la coordinación del Consejo Federal de Población.

15. Mantener la vinculación institucional en materia poblacional y migratoria con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

16. Entender en el diseño de las políticas del ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN.

17. Ejercer el control tutelar de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS y de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

18. Coordinar acciones con organismos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, en el ámbito de su competencia.

19. Evaluar y proponer al Ministerio políticas de descentralización y federalización del Sector Público Nacional.

20. Participar en los consejos federales constituidos a los fines de realizar el análisis de políticas públicas que sean materia de competencia del Ministerio.

21. Entender en los temas atinentes a la Comisión Nacional de Ex Combatientes de Malvinas.

SECRETARÍA DE INTERIOR

SUBSECRETARÍA DE INTERIOR

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la vinculación institucional en materia poblacional y migratoria con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

2. Coordinar la elaboración de investigaciones y estudios en materia de política demográfica e identidad nacional.

3. Mantener vinculaciones con organismos nacionales e internacionales que producen información sobre el comportamiento de variables demográficas y migratorias.

4. Coordinar los trabajos de elaboración de diagnósticos sobre el comportamiento de las variables demográficas y sobre sus particularidades sociales, económicas y regionales.

5. Proponer proyectos de normas inherentes a las migraciones internas e internacionales.

6. Asistir a la Secretaría en la elaboración de las políticas y supervisar la gestión del ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN.

7. Asistir a la Secretaría en el ejercicio del control tutelar de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS y de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

8. Proponer a la Secretaría proyectos de políticas de descentralización y federalización del Sector Público Nacional.

9. Asistir a la Secretaría en la gestión de los Centros de Frontera previstos de la Ley N° 22.352.

SECRETARÍA DE INTERIOR

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS

OBJETIVOS

1. Programar, organizar y ejecutar las tareas que la legislación vigente asigna al Ministerio en materia electoral y de partidos políticos.

2. Participar en las propuestas de reforma de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y en las relaciones con las convenciones que se reúnan a tal efecto.

3. Proponer los proyectos de convocatoria para los actos eleccionarios que le competen y participar en la difusión pública de los procedimientos y normas útiles a la ciudadanía durante el acto eleccionario

4. Proponer las medidas conducentes para perfeccionar el Registro Nacional de Electores y custodiar los ejemplares autenticados del padrón electoral.

5. Asistir a la Secretaría en la elaboración de reformas y adecuación de la legislación en materia de partidos políticos, y participar en la concesión de franquicias y distribución de los aportes del Fondo Partidario Permanente a las agrupaciones políticas.

6. Intervenir en la elaboración de reformas y adecuación de la legislación en materia institucional y programar, planificar, ejecutar y realizar el seguimiento de la política de fortalecimiento de las instituciones democráticas.

7. Participar en el desarrollo de las acciones necesarias para la implementación de reformas políticas, realizando el relevamiento de opiniones y de propuestas y la elaboración de proyectos de normas modificatorias de aquellas que rigen el funcionamiento del sistema político.

8. Entender en la elaboración de estudios estadísticos de los actos eleccionarios y difundir sus resultados.

9. Asistir en la planificación, elaboración, ejecución y seguimiento de las políticas, programas y proyectos orientados a la comunidad y a sus instituciones representativas.

10. Promover la realización de actividades político-institucionales y el desarrollo de normativa tendiente a consolidar la autonomía del gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

11. Asistir a la Secretaría en los temas conexos con la declaración de estado de sitio, las intervenciones del gobierno federal a las provincias, la sanción de leyes de amnistía política y en lo relativo a la concesión del derecho de asilo.

12. Intervenir en los temas atinentes a la Comisión Nacional de Ex Combatientes de Malvinas.

13. Intervenir, en el ámbito de sus competencias, en el marco de la Ley General de Reconocimiento y Protección al Refugiado N° 26.165.

14. Actuar como autoridad de aplicación del Reglamento General para la Publicidad de la Gestión de Intereses en el ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL, como organismo coordinador en los Reglamentos Generales de Audiencias Públicas para el PODER EJECUTIVO NACIONAL y para la Elaboración Participativa de Normas, aprobadas por el Decreto N° 1172/03, y como coordinador de la Mesa de Coordinación Institucional sobre Acceso a la Información Pública, creada por el Decreto N° 899/17.

MINISTERIO DEL INTERIOR

SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES

OBJETIVOS

1. Intervenir en la formulación de las políticas de turismo, ambiente y deportes en el ámbito nacional.

2. Definir, implementar y ejecutar planes, programas y proyectos vinculados al turismo, al ambiente y a los deportes, conforme las directrices que imparta el Ministro.

3. Intervenir en lo relativo al alcance y aplicación normativa inherente al ámbito de su competencia.

4. Entender en lo relativo al impacto de los planes, programas y proyectos ejecutados, desarrollando una metodología acorde y estratégica para cada área en el ámbito de su competencia.

5. Asistir al Ministerio en la formulación, implementación y ejecución de la política ambiental y su desarrollo sostenible, en el marco de lo dispuesto en el artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en los aspectos técnicos relativos a la política ambiental y a la gestión ambiental de la Nación, a los regímenes normativos relativos al ordenamiento ambiental del territorio y su calidad ambiental.

6. Entender, en el ámbito de su competencia, en la formulación de programas para su evaluación ante organismos de financiamiento externo, como también proyectos de participación público-privada y programas de financiamiento internacional para el sector turístico, deportivo y ambiental.

7. Participar, en coordinación con los demás organismos nacionales con competencia en la materia, en la planificación, ejecución y supervisión de obras de infraestructura para las áreas bajo su competencia.

8. Participar, en coordinación con las áreas competentes del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y conforme a las directrices que imparta el Ministerio, en la representación de la REPÚBLICA ARGENTINA en todas las reuniones, convenciones, foros y eventos internacionales vinculadas a las áreas del ámbito de su competencia.

9. Entender en la celebración de instrumentos jurídicos y/o acuerdos con las organizaciones y organismos locales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, provinciales, nacionales, regionales e internacionales, de carácter público- privado, gubernamentales o no gubernamentales, en el ámbito de sus competencias.

10. Asistir al Ministerio en lo relativo a la convocatoria y coordinación operativa de las actividades del Consejo Nacional del Deporte y la Actividad Física y del Consejo Federal de Turismo.

11. Asistir al Ministro en sus competencias vinculadas con el Consejo Federal del Medio Ambiente (COFEMA).

12. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en el fomento de la ‘Marca País Argentina”, en coordinación con los demás organismos nacionales con competencia en la materia.

13. Gestionar los programas de turismo social y responsable dirigidos a los grupos vulnerables de la sociedad.

14. Entender en las actividades turísticas y deportivas que se desarrollen en las Unidades Turísticas de Chapadmalal y Embalse.

15. Impulsar y entender en las estrategias de innovación para la mejora del turismo, del medio ambiente y del deporte, y promover el desarrollo de la biotecnología, en el ámbito de su competencia.

16. Promover la generación y difundir la información estadística sobre las áreas de su competencia.

17. Asistir en lo relativo a la promoción y desarrollo de la actividad turística en el país, así como en el establecimiento de planes, programas y proyectos que aseguren el crecimiento y desarrollo del turismo nacional e internacional receptivo de manera responsable y sostenible.

18. Asistir al Ministerio en la conducción del INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA, como así también en el Comité Interministerial de Facilitación Turística y entender en lo relativo a la promoción turística internacional.

19. Asistir al Ministerio en la Administración del FONDO NACIONAL DE TURISMO.

20. Participar en las propuestas de declaración de "Fiesta Nacional” y de interés turístico de aquellos eventos que, originados en condiciones naturales o acontecimientos económicos, culturales, deportivos o históricos, se convierten por su trascendencia en instrumentos de promoción turística nacional o internacional.

21. Colaborar con las áreas competentes del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA y para fines exclusivamente vinculados al sector turístico, en la política nacional de navegación aerocomercial, así como en las acciones referidas a la percepción, depósito y fiscalización del impuesto sobre pasajes aéreos al exterior en vuelos regulares o no regulares de pasajeros.

22. Asistir al Ministro en el ejercicio del control tutelar de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

23. Intervenir en todo lo relativo a la preservación y administración y a la gestión sostenible de los bosques, parques y reservas nacionales, áreas protegidas y monumentos naturales, recursos hídricos, flora y fauna silvestre y preservación del suelo, en el ámbito de su competencia.

24. Intervenir en la promoción del desarrollo sostenible de los asentamientos humanos, garantizando la calidad de vida y conservación de los recursos naturales.

25. Intervenir en el relevamiento, conservación, recuperación, protección y uso sostenible de los recursos naturales, renovables y no renovables.

26. Intervenir en la planificación y ordenamiento ambiental del territorio nacional, su espacio costero marino y su plataforma continental, en el ámbito de su competencia.

27. Asistir al Ministro en el control y fiscalización ambiental y en la prevención de la contaminación.

28. Formular, ejecutar y evaluar políticas, programas y proyectos vinculados a productos químicos y residuos, incluyendo los domiciliarios, de generación universal, especiales, peligrosos y/o cualquier otro que pudiere estar previsto en normativa especial, en el ámbito de competencia del Ministerio.

29. Colaborar en todo lo relacionado a las acciones preventivas ante emergencias naturales y catástrofes climáticas.

30. Elaborar promover e implementar políticas planes proyectos y programas relacionados con la mitigación y adaptación climática, vinculadas a la preservación ambiental.

31. Asistir al Ministerio en sus funciones de autoridad de aplicación de la Ley N° 26.815 y entender en la organización, sostenimiento y gestión del Servicio Nacional de Manejo del Fuego.

32. Contribuir a alcanzar los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS) y sus metas, relacionados con los temas de su competencia.

33. Intervenir en la asignación de recursos destinados al fomento del deporte a nivel nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, en el marco de su competencia específica.

34. Asistir al Ministro en su participación como socio fundador del ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO, creado por la Ley N° 26.573.

35. Intervenir en la elaboración y aplicación de políticas de promoción de la práctica, el desarrollo y la competencia deportiva en las distintas disciplinas olímpicas y paralímpicas, dentro de los programas y juegos nacionales y regionales; todo ello en coordinación con las federaciones nacionales, el Comité Olímpico Argentino (COA), Comité Paralímpico Argentino (COPAR) y el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD).

36. Intervenir en la realización de los torneos federativos proyectados por el Comité Paralímpico Argentino (COPAR), instrumentando el apoyo para la presencia del equipo técnico deportivo especializado y los clasificadores funcionales para el desarrollo de cada torneo.

37. Intervenir en la coordinación y ejecución programas de promoción y desarrollo del deporte de alto rendimiento sobre la base de los estándares internacionales de cada disciplina.

SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES

SUBSECRETARÍA DE TURISMO

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la formulación de las políticas de turismo en el ámbito nacional.

2. Definir, implementar y ejecutar planes, programas y proyectos en el área de su competencia, conforme las directrices que imparta la Secretaría.

3. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la aplicación de la Ley Nacional de Turismo N° 25.997 y demás normas que regulen la actividad turística.

4. Coordinar las políticas de registro, autorización de operación y fiscalización de prestadores turísticos.

5. Entender en lo relativo a la implementación de la Ley N° 25.599 y sus modificatorias.

6. Evaluar el impacto de los planes, programas y proyectos ejecutados por el Ministerio, en el ámbito de su competencia.

7. Asesorar, en el ámbito de su competencia, sobre cuestiones relacionadas con las inversiones en materia turística.

8. Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en la planificación, ejecución, implementación, desarrollo y supervisión de las obras de infraestructura turística a nivel nacional.

9. Colaborar con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, en el ámbito de su competencia, en la solicitud, formulación y seguimiento de programas y proyectos con financiamiento internacional.

10. Asistir a la Secretaría en la representación de la REPÚBLICA ARGENTINA en reuniones y eventos internacionales vinculados al sector turístico.

11. Intervenir, en el marco de su competencia, en el desarrollo de las relaciones institucionales con las organizaciones y organismos locales, provinciales, nacionales, regionales e internacionales, de carácter público y/o privados vinculados a la actividad turística.

12. Coordinar el Consejo Federal de Turismo, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Secretaría.

13. Participar y contribuir al seguimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y sus metas, en el área de su competencia.

14. Promover la innovación y transformación digital en el sector turístico.

15. Dirigir la elaboración de información estadística sobre el sector turístico y de las políticas implementadas.

16. Asistir a la Secretaría en la elaboración, ejecución y coordinación de la política nacional de navegación aerocomercial, así como en las acciones referidas a la percepción, depósito y fiscalización del impuesto sobre pasajes aéreos al exterior en vuelos regulares o no regulares de pasajeros, exclusivamente relacionados al área de turismo.

17. Intervenir en el desarrollo de políticas para la promoción y desarrollo de la actividad turística en el país, que aseguren el crecimiento y desarrollo del turismo nacional e internacional receptivo, de manera responsable y sostenible.

18. Asistir en la celebración de Convenios con entidades públicas y privadas, en el ámbito de su competencia.

19. Coordinar y ejecutar la asignación de apoyo económico a entidades públicas y/o privadas, en el marco de sus competencias específicas en materia turística.

20. Proponer a la Secretaría un plan plurianual de desarrollo de la "Marca País Argentina”, con criterios e indicadores que permitan un adecuado control estratégico sobre su efectiva instrumentación, conforme los objetivos de gestión y en el ámbito de su competencia.

21. Entender en las estrategias institucionales para el fomento y prestación del turismo social y responsable y de las Unidades Turísticas de Embalse y Chapadmalal.

SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES

SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la formulación, implementación y ejecución de la política ambiental y su desarrollo sostenible, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y demás normas y Convenios que regulan la materia.

2. Intervenir en la promoción y elaboración de regímenes normativos relativos al ordenamiento ambiental del territorio y su calidad ambiental.

3. Colaborar con las provincias y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en la gestión ambiental sostenible de los recursos hídricos, bosques, flora y fauna silvestre y en la preservación del suelo.

4. Participar en la promoción del desarrollo sostenible de los asentamientos humanos, mediante acciones que garanticen la calidad de vida y la disponibilidad y conservación de los recursos naturales.

5. Asistir a la Secretaría en las relaciones con las organizaciones no gubernamentales vinculadas a los temas ambientales y al desarrollo sostenible, y establecer un sistema de información pública sobre el estado del ambiente y las políticas que se desarrollan.

6. Intervenir las solicitudes de acceso a la información pública ambiental y su procedimiento conforme lo previsto en la Ley N° 25.831.

7. Participar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración de políticas y programas para la preservación de los parques y reservas nacionales, áreas protegidas y monumentos naturales.

8. Asistir a la Secretaría en el diseño, planificación, implementación, monitoreo y evaluación de los planes, programas y proyectos en el marco de la Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de Bosques Nativos.

9. Asistir a la Secretaría en la implementación y diseño de políticas, programas y proyectos vinculados a la preservación, prevención, monitoreo, fiscalización, control y recomposición ambiental.

10. Asistir a la Secretaría en la planificación y ordenamiento ambiental del territorio nacional, su espacio costero marino y su plataforma continental.

11. Participar, en el ámbito de su competencia, en el control y fiscalización ambiental y en la prevención de la contaminación.

12. Entender en los aspectos relativos a las competencias otorgadas a la Autoridad Ambiental Nacional por la Ley N° 24.449 y su Decreto Reglamentario N° 779/95 y normas complementarias.

13. Colaborar con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, en el ámbito de su competencia, en la solicitud, formulación y seguimiento de programas y proyectos con financiamiento internacional.

14. Entender en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental, en el marco de sus competencias.

15. Proponer a la Secretaría políticas, programas y proyectos vinculados a productos químicos y residuos, incluyendo los domiciliarios, de generación universal, especiales, peligrosos y/o cualquier otro que pudiere estar previsto en normativa especial, en el ámbito de competencia del Ministerio.

16. Asistir a la Secretaría en la representación del ESTADO NACIONAL ante organismos internacionales e interjurisdiccionales, vinculados a la política ambiental nacional.

17. Integrar el Consejo Federal del Medio Ambiente (COFEMA) y proporcionar los instrumentos de gestión necesarios para su funcionamiento como ámbito de concertación federal de política ambiental.

18. Participar, en el ámbito de su competencia, en los temas relativos a la aplicación de la Ley N° 26.815 y colaborar con la Secretaría en la organización, sostenimiento y gestión del Servicio Nacional de Manejo del Fuego creado por la Ley mencionada.

19. Asistir a la Secretaría en la elaboración, promoción e implementación de políticas, planes, proyectos y programas relacionados con los objetivos establecidos por la Ley N° 27.520.

20. Participar y contribuir al seguimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y sus metas, en el ámbito de su competencia.

21. Intervenir en la implementación de la política de educación ambiental en los ámbitos formales y no formales, articulando acciones a esos efectos con la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO y con las Jurisdicciones y actores relevantes en la materia.

22. Colaborar con la Secretaría en las cuestiones vinculadas al control tutelar de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

23. Articular, en coordinación con organismos locales, nacionales, regionales, multilaterales u otras organizaciones públicas y/o privadas vinculadas al área de su incumbencia, la integración de la política ambiental en las políticas públicas sectoriales.

SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES

SUBSECRETARÍA DE DEPORTES

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la promoción y el desarrollo en el país de la actividad física y deportiva en todas sus formas.

2. Participar en la planificación del uso de los recursos aplicados al desarrollo del deporte en general.

3. Asistir a la Secretaría en el desarrollo de una estrategia articulada para el fomento del deporte, en el diseño de programas y proyectos, en su etapa de desarrollo y alto rendimiento a nivel federal, promoviendo los principios de la ética deportiva y haciendo partícipe de ella a todos los integrantes del sistema deportivo nacional.

4. Promover y asistir las prácticas deportivas a nivel competitivo nacional, regional e internacional.

5. Entender en el desarrollo del deporte de base en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, en coordinación con los organismos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales y con instituciones privadas.

6. Asistir a la Secretaría en la promoción de sistemas integrados de planificación, proyecto, dirección y supervisión de las obras de infraestructura deportiva a nivel nacional, considerando especialmente el desarrollo de centros regionales de alto y mediano rendimiento y de tecnología aplicada al deporte que permitan aumentar la cantidad de competencias internacionales que se desarrollan en el país.

7. Colaborar con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, en el ámbito de su competencia, en la solicitud, formulación y seguimiento de programas y proyectos con financiamiento internacional.

8. Intervenir en la promoción y en la orientación del entrenamiento deportivo y el desarrollo de competencias, en coordinación con los organismos públicos o privados correspondientes.

9. Desarrollar políticas de promoción de la igualdad de género en el deporte, las cuales articularán estrategias de promoción y de remoción de obstáculos administrativos y/o normativos en todos los ámbitos de competencia y práctica.

10. Intervenir en la formación permanente de los recursos humanos que actúan en las actividades físicas y deportivas.

11. Desarrollar políticas de promoción del deporte adaptado e inclusivo para personas con discapacidad.

12. Coordinar y ejecutar programas de promoción y desarrollo del deporte de alto rendimiento sobre la base de los estándares internacionales de cada disciplina.

13. Coordinar la asignación, administración y otorgamiento de becas, subsidios, subvenciones u otro instrumento similar estipulado para el fomento de la actividad deportiva, en la cancelación de dichos beneficios en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo de los beneficiarios, y en la inhabilitación de los mismos hasta su regularización, de acuerdo a los términos de la reglamentación correspondiente.

14. Articular con el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD) las políticas del Deporte de Alto Rendimiento.

15. Articular con el MINISTERIO DE SALUD, con los actores sanitarios competentes en cada caso y con el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD) las acciones necesarias para brindar el apoyo preventivo sanitario para el desarrollo de las actividades físicas y deportivas.

16. Entender en la promoción de la investigación científica en el campo del deporte, así como en la asistencia al deportista, cualquiera sea su nivel competitivo, en el cuidado de su salud, en la mejora de su rendimiento y en la prevención del dopaje, en coordinación con los organismos competentes en la materia.

17. Implementar medidas activas para la erradicación de cualquier tipo de práctica discriminatoria, xenofóbica y/o racista en el ámbito del deporte, en coordinación con los demás organismos nacionales con competencia en la materia.

18. Entender en lo relativo a la implementación de la Ley N° 27.098.

19. Asistir a la Secretaría en la elaboración y aplicación de políticas de promoción de la práctica, el desarrollo y la competencia deportiva en las distintas disciplinas deportivas, dentro de los programas y juegos nacionales y regionales; todo ello en coordinación con las federaciones nacionales, el Comité Olímpico Argentino (COA), el Comité Paralímpico Argentino (COPAR), y el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD).

20. Asistir a la Secretaría en la realización de los torneos federativos proyectados por el Comité Paralímpico Argentino (COPAR), instrumentando el apoyo para la presencia del equipo técnico deportivo especializado y los clasificadores funcionales para el desarrollo de cada torneo.

21. Coordinar, de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 26.912, la representación del Ministerio ante la Comisión Nacional Antidopaje.

22. Diseñar, en articulación con el MINISTERIO DE SALUD, estrategias para la asistencia médica en competencias deportivas.

IF-2023-154622383-APN-MI