UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA
Decreto 56/2024
DECTO-2024-56-APN-PTE - Acéptase renuncia.
Ciudad de Buenos Aires, 19/01/2024
VISTO el Expediente N° EX-2023-150667542-APN-DGDYD#MJ, la Ley N° 25.246
y sus modificaciones y el Decreto Nº 834 del 6 de diciembre de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 5° de la Ley N° 25.246 se creó la UNIDAD DE
INFORMACIÓN FINANCIERA (UIF), organismo dotado de autonomía y autarquía
financiera que actúa en jurisdicción del MINISTERIO DE JUSTICIA, y por
el artículo 8° se estableció que estará integrada por UN (1)
Presidente, UN (1) Vicepresidente y UN (1) Consejo Asesor de SIETE (7)
Vocales.
Que por el Decreto Nº 834/21 se designó Presidente de la UNIDAD DE
INFORMACIÓN FINANCIERA (UIF) al doctor Juan Carlos OTERO por un período
de ley.
Que con fecha 28 de noviembre de 2023 el doctor OTERO presentó su
renuncia al cargo aludido precedentemente, a partir del momento en que
se designe a su reemplazante, acorde al procedimiento legal establecido
para ello.
Que el cumplimiento de los estándares internacionales y de las normas
que regulan el accionar y la competencia de la UNIDAD DE INFORMACIÓN
FINANCIERA (UIF) tornan ineludible evitar la acefalía del citado
organismo.
Que, en consecuencia, resulta necesario aceptar la renuncia del aludido
funcionario, la que se hará efectiva a partir de la designación de la
persona que lo reemplace en el referido cargo, conforme el
procedimiento de selección previsto en el artículo 9º de la Ley Nº
25.246.
Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Acéptase la renuncia presentada por el doctor Juan Carlos
OTERO (D.N.I. N° 24.314.753) al cargo de Presidente de la UNIDAD DE
INFORMACIÓN FINANCIERA (UIF), organismo actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE JUSTICIA, la cual se hará efectiva a partir de la
designación de la persona que lo reemplace en el citado cargo, conforme
al procedimiento de selección establecido en el artículo 9º de la Ley
Nº 25.246.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Mariano Cúneo Libarona
e. 22/01/2024 N° 2680/24 v. 22/01/2024