SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución Sintetizada 142/2024
EX-2024-07406262- -APN-DGTYA#SENASA - RESOLUCIÓN N° RESOL-2024-142-APN-PRES#SENASA DE FECHA 7 DE FEBRERO DE 2024
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, desde el 2 de diciembre de 2023 hasta el 31
de enero de 2024, la asignación transitoria de funciones como Director
Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria del SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA al Ingeniero Agrónomo D. Alejandro
Gabriel FERNÁNDEZ (M.I. N° 13.808.079), dispuesta por la Resolución N°
RESOL-2020-50-APN-MAGYP del 17 de abril de 2020 del entonces MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y prorrogada mediante las
Resoluciones Nros. RESOL-2020-817-APN-PRES#SENASA del 23 de octubre de
2020, RESOL-2021-300- APN-PRES#SENASA del 3 de junio de 2021,
RESOL-2021-640-APN-PRES#SENASA del 16 de diciembre de 2021,
RESOL-2022-629-APN-PRES#SENASA del 29 de septiembre de 2022 y
RESOL-2023-491-APN-PRES#SENASA del 1 de junio de 2023, todas del citado
Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo,
Categoría Profesional, Grado 1 (e3), Tramo Superior del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio
Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus
modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función
Directiva I.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el
sistema de selección previsto por la Resolución Conjunta N°
RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 de la ex-
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir
de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida se imputará con cargo a las partidas específicas del presupuesto
del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, para el
ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FIRMA: Pablo Luis CORTESE - SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Brenda Martínez Almudevar, Coordinadora, Dirección General Técnica y Administrativa.
e. 09/02/2024 N° 5828/24 v. 09/02/2024