INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
Decisión Administrativa 70/2024
DA-2024-70-APN-JGM - Desígnase Director Nacional de Control de Ahorro y Crédito Cooperativo y Mutual.
Ciudad de Buenos Aires, 16/02/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-04983805-APN-SICYT#JGM, las Leyes Nros.
25.164 y 27.701, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008,
sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su
modificatorio, 8 del 10 de diciembre de 2023, 88 del 26 de diciembre de
2023 y la Decisión Administrativa N° 1267 del 27 de diciembre de 2021 y
su modificatoria, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 88/23 se dispuso que a partir del 1° de enero de
2024 regirán las disposiciones de la Ley N° 27.701 de Presupuesto
General de la Administración Nacional, en virtud de lo establecido por
el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas
de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias.
Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación
transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las
estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de
Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o
Entidad de que se trate.
Que por el Decreto N° 8/23 se dispuso que el INSTITUTO NACIONAL DE
ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES) actuará como organismo
descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que por la Decisión Administrativa Nº 1267/21 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado Instituto
Nacional.
Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo
vacante y financiado de Director Nacional de Control de Ahorro y
Crédito Cooperativo y Mutual del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y
ECONOMÍA SOCIAL, organismo descentralizado actuante en la órbita del
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que con el fin de designar en el citado cargo al contador público Jorge
Hugo MOSTEIRO resulta necesario exceptuarlo del requisito de ingreso a
la Administración Pública Nacional previsto en el inciso f) del
artículo 5º del Anexo de la Ley Nº 25.164, el cual establece como
impedimento para el ingreso tener la edad prevista en la ley
previsional para acceder al beneficio de la jubilación o gozar de un
beneficio previsional.
Que la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que el servicio jurídico permanente del INSTITUTO NACIONAL DE
ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, organismo descentralizado actuante en
la órbita del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, ha tomado la intervención
que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
5° del Anexo I del Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y su
modificatorio y 2º del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Desígnase con carácter transitorio, a partir del dictado
de la presente medida y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles, al contador público Jorge Hugo MOSTEIRO (D.N.I Nº 10.833.414)
en el cargo de Director Nacional de Control de Ahorro y Crédito
Cooperativo y Mutual del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA
SOCIAL, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO
DE CAPITAL HUMANO, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto N° 2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función
Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y
se efectúa la presente designación transitoria con carácter de
excepción respecto a las disposiciones de los artículos 14 de dicho
Convenio y 5°, inciso f) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de
Empleo Público Nacional N° 25.164.
ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente
decisión administrativa deberá ser cubierto conforme los requisitos y
sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente,
en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro
del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del
dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas
específicas de la Jurisdicción 88 – MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO,
Entidad 114 -INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Nicolás Posse - Sandra Pettovello
e. 19/02/2024 N° 7136/24 v. 19/02/2024