MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
Decreto 151/2024
DECTO-2024-151-APN-PTE - Decreto N° 703/2022. Modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 19/02/2024
VISTO el Expediente N° EX-2022-68675160-APN-DGD#MRE, los Decretos-Leyes
Nros. 16.628 y 16.629, ambos del 17 de diciembre de 1957, ratificados
por la Ley N° 14.467, sus Decretos Reglamentarios Nros. 16.643 y
16.644, respectivamente, ambos del 18 de diciembre de 1957 y el Decreto
N° 703 de fecha 18 de octubre de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto-Ley Nº 16.628/57 se creó la “ORDEN DEL LIBERTADOR
SAN MARTÍN”, cuya condecoración será otorgada exclusivamente a los
funcionarios –civiles o militares- extranjeros que en el ejercicio de
sus funciones merezcan en alto grado el honor y reconocimiento de la
Nación.
Que, asimismo, por el Decreto-Ley Nº 16.629/57 se creó la “ORDEN DE
MAYO”, con el fin de ser otorgada exclusivamente a los ciudadanos
civiles y militares extranjeros que se hayan distinguido por sus
servicios y obras personales y merezcan la gratitud de la Nación.
Que por los artículos 5° y 6°, respectivamente, de las normas citadas
en las referidas Órdenes se dispuso que las condecoraciones serán
conferidas por el Gran Maestre de la Orden, que será el Excelentísimo
señor Presidente de la Nación, previo cumplimiento de todas las
formalidades reglamentarias establecidas para cada caso.
Que por los artículos 3° y 4° de los citados Decretos-Leyes Nros.
16.628/57 y 16.629/57, respectivamente, y los artículos 4° y 6° de las
Reglamentaciones aprobadas por los Decretos Nros. 16.643/57 y 16.644/57
se establecen los grados en los que se confieren las condecoraciones.
Que por el Decreto N° 703/22 se autorizó al Titular del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en su carácter
de Gran Canciller de la Orden, a otorgar las condecoraciones vinculadas
con la “ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTÍN” y la “ORDEN DE MAYO” que se
entreguen a funcionarios extranjeros, correspondientes a los grados
establecidos en los incisos b), c), d) y f) del artículo 4° del
Decreto-Ley N° 16.629/57 y a los incisos II, III, IV y V del artículo
3° del Decreto-Ley N° 16.628/57, ratificados por la Ley N° 14.467.
Que razones de gestión y economía procedimental hacen necesario ampliar
la autorización efectuada por el citado Decreto N° 703/22,
correspondiendo al respecto autorizar al Titular del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a otorgar las
respectivas condecoraciones en los títulos y grados correspondientes al
inciso VI del artículo 3° del Decreto-Ley N° 16.628/57 y al inciso e)
del artículo 4° del Decreto-Ley N° 16.629/57.
Que han tomado intervención en el ámbito de sus competencias la
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES, la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y
PLANIFICACIÓN EXTERIOR y la DIRECCIÓN NACIONAL DE CEREMONIAL del
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado
intervención.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el artículo 99, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 1° del Decreto N° 703 del 18 de
octubre de 2022, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 1°.- Autorízase al Titular del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en su carácter de Gran
Canciller de la Orden, a otorgar las condecoraciones vinculadas con la
“ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTÍN” y la “ORDEN DE MAYO” que se entreguen
a funcionarios extranjeros, correspondientes a los grados establecidos
en los incisos II, III, IV, V y VI del artículo 3° del Decreto-Ley N°
16.628/57 y a los incisos b), c), d), e) y f) del artículo 4° del
Decreto-Ley N° 16.629/57, respectivamente, ratificados por la Ley N°
14.467”.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Nicolás Posse - Diana Mondino
e. 20/02/2024 N° 7406/24 v. 20/02/2024