ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución 115/2024

RESOL-2024-115-APN-ENRE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 20/02/2024

Visto el Expediente Nº EX-2024-12819067-APN-SD#ENRE, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 11 de la Resolución del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) Nº 102 de fecha 15 de febrero de 2024, se aprobaron los valores tarifarios de aplicación para el sistema de medición auto-administrada de la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.), detallados en el Anexo (IF-2024-15854259-APN-ARYEE#ENRE), a partir de la CERO HORAS (00:00 h) del día su entrada en vigencia.

Que, como consecuencia de un error material, los valores tarifarios de la Tarifa General (G1, G2 y G3) fueron calculados considerando los cargos fijos y variables de las mencionadas subcategorías correspondientes a la EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESUR S.A.).

Que el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1.759/72 T.O. 2017 determina que en cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión.

Que, en este, sentido el cargo tarifario de la subcategoría G1 asciende a 116,023 $/kWh, para la subcategoría G2 a 124,648 $/kWh y para la G3 a 118,877 $/kWh.

Que se ha emitido el correspondiente dictamen legal, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 7 inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que el ENRE resulta competente y el Señor Interventor se encuentra facultado en virtud de lo dispuesto por los artículos 2, 40 al 49, 56 incisos a), b), d) y s) y 63 incisos a) y g) de la Ley Nº 24.065, en los artículos 4 y 6 del Decreto Nº 55 de fecha 16 de diciembre de 2023, en los artículos 1 y 3 de la Resolución de la SECRETARÍA DE ENERGÍA (SE) Nº 1 de fecha 20 de diciembre de 2023 y en el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1.759/1972 T.O. 2017.

Por ello,

EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1.- Reemplazar los valores tarifarios de aplicación para el sistema de medición auto-administrada de la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) que se detallan en el Anexo (IF-2024-15854259-APN-ARYEE#ENRE) aprobados en el artículo 11 de la Resolución del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) Nº 102 de fecha 15 de febrero de 2024, para la subcategoría G1 Cargo Variable para consumos mensuales de 0-800 kWh, de modo que donde dice “112,145” debe decir “116,023”, para la subcategoría G2 Cargo Variable para consumos mensuales de 801-2000 kWh donde dice “119,716” debe decir “124,648” y, para la subcategoría G3 Cargo Variable para consumos mensuales mayores a 2000 kWh, donde dice “117,815” debe decir “118,877”.

ARTÍCULO 2.- Notifíquese a EDENOR S.A. y a las asociaciones de defensa del usuario y/o consumidor registradas.

ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Dario Oscar Arrué

e. 22/02/2024 N° 7887/24 v. 22/02/2024