PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
Disposición 183/2024
DISFC-2024-183-APN-PNA#MSG
Ciudad de Buenos Aires, 21/02/2024
Visto lo propuesto por la Dirección de Policía de Seguridad de la
Navegación, mediante el EX-2023-51438401-APN-DPSN#PNA, lo analizado por
la Dirección de Planeamiento, y
CONSIDERANDO:
Que, la Organización Marítima Internacional (OMI), examinó los
principios relacionados con la dotación de seguridad, destacando que
esta depende del número de tripulantes competentes o experimentados,
necesarios para asegurar la protección del buque, la tripulación, los
pasajeros, la carga, los bienes y el medio marino.
Que, en este contexto, se revocaron las Resoluciones A.890 (21) y A.955
(23), siendo sustituidas por la Resolución A.1047 (27), la cual
establece estándares más exigentes en esta materia.
Que, dentro de su gestión, la Dirección de Policía de Seguridad de la
Navegación entiende en todo lo relacionado con la aplicación de las
leyes y reglamentaciones que rigen la navegación, especialmente en lo
concerniente a la seguridad de la navegación y del buque y salvaguarda
de la vida humana en las aguas navegables de la Nación.
Que, la Ordenanza N° 3-09 (DPSN) TOMO 5 “RÉGIMEN DEL PERSONAL DE LA
MARINA MERCANTE” titulada “Dotaciones Mínimas de Seguridad para Buques
y Artefactos Navales de la Marina Mercante y de Regímenes Especiales”,
es la norma nacional de referencia que reglamenta los principios
relativos a la dotación mínima de seguridad.
Que, la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación impulsa la
modificación del inciso 1.1 del Agregado 1 y Anexo 1 del Agregado 3 (de
la norma citada), actualizando el Documento Internacional de Dotación
Mínima de Seguridad, ajustándolo al modelo internacional determinado en
la Resolución A.1047 (27).
Que la Dirección de Planeamiento no tiene objeciones que formular, toda
vez que el contenido de la publicación propiciada se adecua a los
criterios de coherencia y cohesión requeridos dentro del sistema
reglamentario y el de publicaciones, vigentes en la organización.
Que ha tomado intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos, la cual
se expidió mediante Dictamen Jurídico obrante en el
IF-2023-153220887-APN-PNAR#PNA.
Que esta instancia está facultada para dictar el correspondiente acto
administrativo, de acuerdo con los preceptos del Artículo 5º, inciso
a), apartado 2 de la Ley Nº 18.398 “Ley General de la Prefectura Naval
Argentina”.
Por ello,
EL PREFECTO NACIONAL NAVAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1º. APRUÉBASE el Volante Rectificativo N° 1-2024 de la
Ordenanza N° 3-09 (DPSN) del TOMO 5 “RÉGIMEN DEL PERSONAL DE LA MARINA
MERCANTE” titulada “Dotaciones Mínimas de Seguridad para Buques y
Artefactos Navales de la Marina Mercante y de Regímenes Especiales”,
que se adjunta como Anexo DI-2024-17289570-APN-DPLA#PNA y que forma
parte de la presente.
ARTÍCULO 2º. La citada norma actualizada entrará en vigencia a partir
de la fecha de la publicación del presente acto administrativo en el
Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 3º. Por la Dirección de Planeamiento, procédase a la
publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, la
impresión de UN (1) ejemplar patrón y su actualización en los sitios
oficiales de internet e intranet de la Prefectura Naval Argentina.
ARTÍCULO 4°. Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Guillermo José Giménez Perez - Marcelo Adrian del Giorgio - Alejandro Paulo Annichini
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en
https://www.argentina.gob.ar/prefecturanaval
e. 23/02/2024 N° 8328/24 v. 23/02/2024