HOSPITAL DE PEDIATRÍA S.A.M.I.C. “PROF. DR. JUAN P. GARRAHAN”
Resolución 286/2024
Ciudad de Buenos Aires, 01/03/2024
VISTO el expediente Nº 1387/2018 del registro del Hospital de Pediatría
S.A.M.I.C. “PROF. DR. JUAN P. GARRAHAN” y las Resoluciones Nros. 693/18
y 1320/23 de este Consejo de Administración y sus modificatorias y
complementarias y;
CONSIDERANDO
Que mediante la Resolución N° 1320/CA/2023 del Visto se aprobaron las
modificaciones del Reglamento de Contrataciones del Hospital de
Pediatría S.A.M.I.C. “Prof. Dr. Juan P. Garrahan” en relación a los
montos establecidos a los efectos de encuadrar los procedimientos de
selección, aquellos previstos como excepción a la obligación de
presentar garantías y montos de autorización y aprobación por las
autoridades competentes.
Que, a efectos de lograr una mayor eficiencia en la tramitación de las
contrataciones, este Consejo considera necesario adecuar los montos
mencionados en el párrafo precedente y la Dirección Administrativa
Adjunta indica hacerlo según la estimación al 29 de enero de 2024,
según surge de las actuaciones obrantes a fs.287 a 289.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 10 del Estatuto Orgánico del Ente.
Por ello,
EL CONSEJO DE ADMINISTRACION DEL HOSPITAL DE PEDIATRÍA S.A.M.I.C. “PROF. DR. JUAN P. GARRAHAN”
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Modifíquense los incisos 1, 3 y 4 apartados I) a) y III)
del artículo 31 del Reglamento de Contrataciones del Hospital
S.A.M.I.C. “Prof. Dr. Juan P. Garrahan” el siguiente texto:
1. LICITACION O CONCURSO PÚBLICOS. La licitación o el concurso serán
públicos cuando el llamado a participar esté dirigido a una cantidad
indeterminada de posibles oferentes con capacidad para obligarse, se
podrán aplicar válidamente cualquiera fuere el monto presunto del
contrato y será obligatoria su aplicación cuando el estimado de la
contratación supere el monto de PESOS CIENTO VEINTE MILLONES ($
120.000.000).
3. LICITACION O CONCURSO PRIVADOS. La licitación o el concurso serán
privados cuando el monto estimado de la contratación no supere el monto
de PESOS CIENTO VEINTE MILLONES ($120.000.000).
4. CONTRATACIÓN DIRECTA. Cuando el monto presunto del contrato no
exceda de PESOS VEINTICUATRO MILLONES ($ 24.000.000). No obstante ello,
podrá aplicarse la compulsa abreviada o la adjudicación simple en los
siguientes supuestos:
I) COMPULSA ABREVIADA: Las contrataciones por compulsa abreviada serán
aquellas en que exista más de un potencial oferente con capacidad para
satisfacer la prestación y la situación de hecho se encuadre en las
siguientes situaciones:
a) POR BAJO MONTO: Se aplicará este procedimiento cuando el monto
presunto del contrato no supere el máximo de PESOS DIEZ MILLONES
($10.000.000), en virtud de no resultar económica y administrativamente
conveniente la tramitación de otros procedimientos que generan un
dispendio de actividad administrativa e involucran costos que no se
compadecen con el monto de la adquisición.
III) RÉGIMEN SIMPLIFICADO: Se aplicará este procedimiento para la
adquisición de insumos o servicios que no sean de tracto sucesivo y
cuya necesidad resulte imprevista, impostergable e imprescindible para
la normal prestación del servicio hospitalario, siempre que el monto
presunto del contrato no supere el máximo de PESOS SESENTA MILLONES ($
60.000.000) y que su necesidad imperiosa no permita realizar otro
procedimiento de selección en tiempo oportuno.
ARTÍCULO 2º: Sustitúyase el primer párrafo del inciso e) del artículo
87 del Reglamento de Contrataciones del Hospital de Pediatría
S.A.M.I.C. “Prof. Dr. Juan P. Garrahan” por el siguiente: e) Con
pagarés a la vista, cuando el importe que resulte de aplicar el
porcentaje que corresponda, según se trate de la garantía de
mantenimiento de oferta, de cumplimiento de contrato o de impugnación,
o bien el monto fijo que se hubiere establecido en el pliego, no supere
la suma de PESOS SEIS MILLONES ($6.000.000). Esta forma de garantía no
es combinable con las restantes enumeradas en el presente artículo.
ARTÍCULO 3º: Modifíquese el inciso c) del artículo 89 del Reglamento de
Contrataciones del Hospital de Pediatría S.A.M.I.C. “Prof. Dr. Juan P.
Garrahan” por el siguiente: c) Cuando el monto de la oferta o de la
orden de compra o contrato no supere la cantidad de PESOS VEINTICUATRO
MILLONES ($24.000.000).
ARTÍCULO 4º: Sustitúyase el ANEXO I del Reglamento de Contrataciones
del Hospital de Pediatría S.A.M.I.C. “Prof. Dr. Juan P. Garrahan” por
el adjunto que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 5º: Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Elmeaudy - Karina Fiquepron - Oscar J. Perez - Oscar C. Imventarza
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 06/03/2024 N° 10580/24 v. 06/03/2024
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
IF-2024-22623800-APN-DNRO#SLYT