INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA

Resolución 37/2024

Ciudad de Buenos Aires, 01/03/2024

VISTO el Expediente N° 1/2024/INAMU, las Leyes 26.801 y 24.156, las Resoluciones N° 193/2023/INAMU, 178/2022/INAMU, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 26.801, en su artículo 5°, establece la naturaleza jurídica del Instituto Nacional de la Música, como ente público no estatal, rigiéndose por su propio Estatuto y Reglamento Interno que elabore el Directorio y apruebe la Asamblea Federal, y por las normas que le sean aplicables conforme a su naturaleza jurídica, objeto y funciones.

Que mediante la Resolución 193/2023/INAMU se aprobó el Estatuto del Instituto Nacional de la Música, ratificado por la Asamblea Federal.

Que el artículo 3° incisos 7) y 13) del Estatuto, establece entre las facultades del Directorio “aprobar los procedimientos administrativos que regulen el desenvolvimiento institucional” y “autorizar los procesos de adquisición y contratación de bienes y servicios”.

Que mediante la Resolución 178/2022/INAMU se aprobó el Instructivo de Compras y Contrataciones vigente, el cual se aplica en la compra de bienes, contrataciones y servicios vinculados al desarrollo de las actividades que se realicen en el INAMU.

Que el Área de Administración manifiesta la necesidad de modificar el Instructivo de Compras y Contrataciones, a fin de adaptar el Instructivo a la realidad propia de nuestro Instituto.

Que el texto vigente fue inspirado en el Decreto N° 1030/2016 de Régimen de Contratación de la Administración Nacional, con las adaptaciones e inclusiones pertinentes, aunque el carácter de ente público no estatal del INAMU torna inaplicables y excesivamente burocráticos algunos de los procedimientos establecidos en dicho Decreto que fueron incorporados a nuestra normativa interna.

Que se prevé con el actual contexto económico en los contratos de tracto sucesivo, la posibilidad de actualizarlo conforme a pautas objetivas, teniendo en cuenta la situación económica y financiera del país.

Que asimismo, el volumen de procesos de compras y contrataciones, como el presupuesto destinado a las mismas, exigen de procedimientos más ágiles, eficientes y económicos.

Que se han mantenido institutos novedosos como las normas de anticorrupción que impiden la colisión de intereses; y por otro, se han incorporado nuevas prácticas positivas, tales como el Plan Anual de Compras, que generan previsibilidad y transparencia a las adquisiciones que realiza el INAMU, así como la prioridad de oferentes sustentables que posean un compromiso con la cuestión ambiental.

Que se incorpora la posibilidad de la oferta variante, y se ha hecho hincapié en particular en todo lo relativo a las muestras en los puntos 4.14 y subsiguientes.

Que mediante la Resolución 31/2024/INAMU el Directorio convocó a los representantes gubernamentales del ámbito de la cultura provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a que conformen la Asamblea Federal, la cual tendrá lugar el 14 de marzo de 2024 a las 14.00 horas en la sede administrativa.

Que el punto 5) del Orden del Día tratará la “Reforma del Instructivo de Compras y Contrataciones, del Instructivo de Procesos Internos de Auditoría Interna, del Instructivo de Procedimientos Internos de Tesorería, del Instructivo de Procedimientos Internos de Sistemas, del Instructivo de Procesos Internos del Área de Prensa y Comunicación”.

Que han tomado la debida intervención las Áreas de Administración y de Asuntos Técnico Legales.

Que ha tomado la intervención previa, en los términos del artículo 101 del Anexo del Decreto Nº 1344 reglamentario de la Ley 24.156, la Unidad de Auditoría Interna de este Instituto.

Que se debe dictar resolución al respecto, la que se expide en el marco de las facultades conferidas en la Ley 26.801 y la Resolución 193/2023/INAMU.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MUSICA

RESUELVE

ARTÍCULO 1.- Déjese sin efecto la Resolución 178/2022/INAMU y sus Anexos que la integran.

ARTÍCULO 2.- Apruébese el texto ordenado del INSTRUCTIVO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, el cual obra agregado como Anexo y forma parte integrante de la presente Resolución, ad referéndum de su aprobación por la Asamblea Federal del corriente año.

ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese.

Bernabe Cantlon - Dora Elena Bogarin

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 11/03/2024 N° 12012/24 v. 11/03/2024

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)