MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 222/2024
RESOL-2024-222-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 05/04/2024
VISTO el Expediente EX-2024-15625924-APN-DNCJYMP#MSG del Registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J.
y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus
modificatorias, y las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828
del 27 de septiembre de 2019 y N° 549 de fecha 19 de agosto de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que ante la FISCALÍA FEDERAL DE PRESIDENCIA ROQUE SÁENZ PEÑA Provincia
del CHACO, a cargo del Doctor Carlos Martin AMAD, tramita el caso
Coirón 88862/2020/5/1, caratulado “LEGAJO Nº 33 PRESENTANTE: MINISTERIO
PÚBLICO FISCAL s/LEGAJO DE ACTUACIONES COMPLEMENTARIAS/PETICIONES
(EXPTE. FRE 3852/2020)”, con intervención del Juzgado Federal de Roque
Sáenz Peña de la mencionada provincia a cargo del Doctor Ricardo
Alcides MIANOVICH.
Que el mencionado Doctor AMAD, en su carácter de titular de dicha
FISCALÍA FEDERAL, solicitó a este Ministerio, mediante oficio de fecha
25 de enero de 2024, se ofrezca recompensa para aquellas personas que,
sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles
que permitan lograr las capturas de Ariel Alberto SOSA, titular del DNI
Nº 31.204.420, de nacionalidad Argentina, nacido el 7 de enero de 1983,
con último domicilio registrado en la calle Nº 20 entre calles Nº 21 y
Nº 23 (Centro) Ciudad de Roque Sáenz Peña, Provincia del Chaco, Sergio
Omar FERNÁNDEZ, titular del DNI N° 33.675.283, de nacionalidad
Argentina, nacido el 4 de marzo de 1988, con último domicilio
registrado en calle 206 Esquina calle 223, Roque Sáenz Peña, Provincia
del Chaco, sobre quienes pesa orden de captura nacional e internacional
desde el día 28 de abril de 2022, de Mauro Hernán PACHECO, titular del
DNI N° 29.616.591, de nacionalidad Argentina, nacido el 21 de agosto de
1988, con último domicilio registrado en Manzana 30 PC. 21 Barrio
Puerta del Sol de Roque Sáenz Peña, Provincia del Chaco, y Hernán
Eduardo ACOSTA, titular del DNI N° 33.147.934, de nacionalidad
Argentina, nacido el 14 de marzo de 1988, con último domicilio
registrado en calle 8 entre calle 1 y 3 Barrio Monseñor De Carlo, Roque
Sáenz Peña, Provincia del Chaco, sobre quienes pesa orden de captura
nacional e internacional desde el día 22 de septiembre de 2022.
Que los nombrados SOSA Ariel, FERNÁNDEZ Sergio, PACHECO Mauro y ACOSTA
Hernán, se encuentran prófugos en orden a la investigación de los
delitos de lavado de activos de origen delictivo, proveniente del
narcotráfico y asociación ilícita (Art.303 Inc.1 Inf. Art. 303 Inc. 2
A, Inf. Art. 303 Inc.3, Inf. Art. 304 y Art. 210), todos del Código
Penal.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece
los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de
recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán
modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido,
según lo estime la titular de esta Cartera.
Que, a través de la RESOL-2022-549-APN-MSG de fecha 19 de agosto de
2022, el “PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE
PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA” pasó a denominarse “PROGRAMA
NACIONAL DE RECOMPENSAS”, el cual funciona dentro de la órbita de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de
este Organismo.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la Dirección de Asuntos Legales, Asesoría y
Dictámenes de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este
Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N°
26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta
M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias, y la
RESOL-2019-828-APN-MSG.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000), (POR
CADA UNO DE LOS PRÓFUGOS) destinada a aquellas personas que, sin haber
intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que
permitan lograr las capturas de Ariel Alberto SOSA, titular del DNI Nº
31.204.420, de nacionalidad Argentina, nacido el 7 de enero de 1983,
Sergio Omar FERNÁNDEZ, titular del DNI N° 33.675.283, de nacionalidad
Argentina, nacido el 4 de marzo de 1988, sobre quienes pesa orden de
captura nacional e internacional desde el día 28 de abril de 2022, de
Mauro Hernán PACHECO, titular del DNI N° 29.616.591, de nacionalidad
Argentina, nacido el 21 de agosto de 1988, y Hernán Eduardo ACOSTA,
titular del DNI N° 33.147.934, de nacionalidad Argentina, nacido el 14
de marzo de 1988, sobre quienes pesa orden de captura nacional e
internacional desde el día 22 de septiembre de 2022.
ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse
telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS, dependiente de
la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de
este Ministerio, llamando a la línea gratuita 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada, preservando
la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y
los Afiches de la presente en medios de comunicación escritos, radiales
o televisivos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyese a las Fuerzas Federales de Seguridad para que
procedan a la difusión y publicación, en todas sus formas, de los
afiches que obra como (IF-2024-17378827-APN-DNCJYMP#MSG,
IF-2024-17376752-APN-DNCJYMP#MSG, IF-2024-17375961-APN-DNCJYMP#MSG,
IF-2024-31705121-APN-DNCJYMP#MSG), correspondiente a la recompensa
ofrecida, formando parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Bullrich
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 09/04/2024 N° 19160/24 v. 09/04/2024
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV)