ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 5499/2024
RESOG-2024-5499-E-AFIP-AFIP -
Procedimiento. Determinación y/o ingreso de ciertas obligaciones
impositivas. Adecuación de vencimientos correspondientes al mes de
marzo de 2024. Resolución General N° 5.492. Norma complementaria.
Ciudad de Buenos Aires, 11/04/2024
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2024-00866437- -AFIP-SECCDECNRE#SDGREC y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución General N° 5.492 estableció, con carácter de
excepción, el día 25 de marzo de 2024 como fecha de vencimiento para la
determinación y/o el ingreso de las obligaciones tributarias con
vencimiento fijado originalmente para el día 27 de marzo del corriente
año, correspondientes al Impuesto Para una Argentina Inclusiva y
Solidaria (PAIS), al impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas
bancarias y otras operatorias y al impuesto a las entradas de
espectáculos cinematográficos.
Que determinadas entidades financieras manifestaron la imposibilidad
operativa de cumplir en tiempo y forma con el nuevo plazo fijado para
la determinación y/o el ingreso antes mencionado, atento la
inexistencia de días hábiles entre el plazo estipulado para el ingreso
de las obligaciones tributarias a su cargo y el cierre de los
respectivos períodos de liquidación.
Que contemplando la razonabilidad de la situación descripta, se estima
conveniente considerar cumplidas en término las obligaciones aludidas
precedentemente, siempre que las mismas se hubieran efectivizado hasta
la fecha de vencimiento original fijada a tal efecto.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y
Recaudación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Las obligaciones de determinación y/o ingreso del
Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS), del impuesto
sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias y
del impuesto a las entradas de espectáculos cinematográficos, con los
alcances previstos en el artículo 1° de la Resolución General N° 5.492,
se considerarán cumplidas en término siempre que las mismas se hubieran
efectivizado hasta el 27 de marzo de 2024, inclusive.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.
Florencia Lucila Misrahi
e. 12/04/2024 N° 20406/24 v. 12/04/2024