MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 219/2024
RESOL-2024-219-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 23/04/2024
Visto el Expediente N° EX-2024-38412760-APN-DGDMDP#MEC, la Ley de
Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, las leyes 25.300 y sus
modificatorias, 27.264 y 27.444, los decretos 628 del 6 de julio de
2018, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y 215 del 1°
de marzo de 2024, y las resoluciones 24 del 6 de febrero de 2024 y 27
del 8 de febrero de 2024, ambas del Ministerio de Economía, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la ley 25.300 y sus modificatorias se creó el Fondo de
Garantía para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FOGAPYME), como un
fideicomiso financiero y de administración con el objeto de otorgar
garantías en respaldo de las que emitan las Sociedades de Garantía
Recíproca y ofrecer garantías directas a las entidades financieras
acreedoras de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y formas
asociativas comprendidas en el artículo 1° de dicha ley, con el fin de
mejorar las condiciones de acceso al crédito de las mismas.
Que por el artículo 11 de dicha norma se estipuló que la administración
del patrimonio y elegibilidad de operaciones del Fondo de Garantía para
la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FOGAPYME) estaría a cargo de un
Comité de Administración presidido por el entonces Secretario de la
Pequeña y Mediana Empresa o el “representante que éste designe”, e
integrado según definiera el Poder Ejecutivo Nacional.
Que posteriormente, por el artículo 8° de la ley 27.444 la denominación
del Fondo de Garantía para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
(FOGAPYME) fue sustituida por Fondo de Garantías Argentino (FoGAr), y
por el artículo 44 de la Ley N° 27.264 se designó al entonces
Ministerio de Producción como Autoridad de Aplicación del mencionado
Fondo de Garantía, con facultades “para delegar tal carácter y sus
competencias”.
Que a través el decreto 628 del 6 de julio de 2018 se aprobó la
reglamentación del Capítulo II del Título II de la Ley N° 25.300
referido al Fondo de Garantías Argentino (FoGAr), que entre otras
cuestiones dispuso que el Comité de Administración previsto en el
artículo 11 de la ley 25.300 se integraría con tres (3) miembros
titulares y tres (3) miembros suplentes, a ser designados por la
Autoridad de Aplicación a propuesta del entonces Ministerio de
Producción, de la ex Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y
Mediana Empresa del citado ex Ministerio y del Banco de Inversión y
Comercio Exterior S.A. (BICE), respectivamente.
Que por el decreto 8 del 10 de diciembre de 2023 se modificó la Ley de
Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones asignándole al Ministerio
de Economía las competencias anteriormente atribuidas al ex Ministerio
de Producción, en todo lo inherente al desarrollo productivo y la
industria, entre otras.
Que a través del decreto 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, y en particular en el decreto 293 del 5 de abril de
2024, se sustituyó el Organigrama de Aplicación de la Administración
Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría del Ministerio de
Economía, estableciendo los objetivos y funciones, entre otras, de la
Secretaría de Planeamiento y Gestión para el Desarrollo Productivo y de
la Bioeconomía, y la Subsecretaría de Gestión Administrativa de Asuntos
Productivos y de la Bioeconomía de la Secretaría Legal y Administrativa
del citado Ministerio.
Que al titular de la Secretaría de Planeamiento y Gestión para el
Desarrollo Productivo y de la Bioeconomía del Ministerio de Economía
tiene entre sus funciones asistir al Ministro en la determinación de
los objetivos y las políticas para la industria y el comercio, las
pequeñas y medianas empresas, los emprendedores y la economía del
conocimiento; y en la coordinación de la gestión operativa de dichas
áreas.
Que en dicho orden de ideas por el decreto 215 del 1° de marzo de 2024
se designó al Ministerio de Economía como fiduciante en representación
del Estado Nacional, en todos los fondos fiduciarios integrados total o
parcialmente con bienes y/o fondos del Estado Nacional, ejerciendo en
ese carácter la dirección y conducción de dichos fondos fiduciarios.
Que a fin de operativizar los instrumentos de asistencia del Fondo de
Garantías Argentino (FoGAr), continuar impulsando la recuperación del
entramado productivo de la Nación, y facilitar el acceso al
financiamiento de sus distintos actores, resulta oportuno derogar la
resolución 24 del 6 de febrero de 2024 del Ministerio de Economía, por
la cual se delegó en la ex Secretaría de Industria y Desarrollo
Productivo del citado ministerio, el ejercicio de las funciones de
Autoridad de Aplicación del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr) del
Capítulo II del Título II de la ley 25.300 y sus modificatorias y del
decreto 628/2018; y que dicho ejercicio se delegue en la Secretaría de
Planeamiento y Gestión para el Desarrollo Productivo y de la
Bioeconomía del Ministerio de Economía.
Que, asimismo, resulta necesario y oportuno el reemplazo de los
miembros integrantes del Comité de Administración de dicho Fondo.
Que resulta conveniente, asimismo, autorizar al Secretario de
Planeamiento y Gestión para el Desarrollo Productivo y de la
Bioeconomía del Ministerio de Economía, a reemplazar a los
representantes titulares y suplentes de esta Cartera ante el Fondo de
Garantías Argentino (FoGAr).
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones y
el artículo 44 de la ley 27.264.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase al Secretario de Planeamiento y Gestión para el
Desarrollo Productivo y de la Bioeconomía del Ministerio de Economía,
Abogado Juan Alberto Pazo (M.I. N° 20.493.396), como miembro titular
del Comité de Administración del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr).
ARTÍCULO 2°.- Desígnase al Subsecretario de Gestión Administrativa de
Asuntos Productivos y de la Bioeconomía de la Secretaría Legal y
Administrativa del Ministerio de Economía, Licenciado en Administración
Joaquín Pérez Trípodi (M.I. N° 25.790.277), como miembro titular del
Comité de Administración del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr).
ARTÍCULO 3°.- Desígnase al Director Titular del Banco de Inversión y
Comercio Exterior S.A. (BICE), Abogado Ernesto Juan Marti Reta (M.I. N°
20.794.173), como miembro titular del Comité de Administración del
Fondo de Garantías Argentino (FoGAr), en representación del BICE S.A.
ARTÍCULO 4°.- Delégase en la Secretaría de Planeamiento y Gestión para
el Desarrollo Productivo y de la Bioeconomía del Ministerio de
Economía, el ejercicio de las funciones de Autoridad de Aplicación del
Fondo de Garantías Argentino (FoGAr) del Capítulo II del Título II de
la ley 25.300 y sus modificatorias y del decreto 628 del 6 de julio de
2018.
ARTÍCULO 5°.- Autorízase al Secretario de Planeamiento y Gestión para
el Desarrollo Productivo y de la Bioeconomía del Ministerio de
Economía, a reemplazar a los representantes titulares y suplentes del
Comité de Administración del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr).
ARTÍCULO 6°.- Deróganse las Resoluciones Nros. 24 del 6 de febrero de
2024 y 27 del 8 de febrero de 2024, ambas del Ministerio de Economía.
ARTÍCULO 7°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Andres Caputo
e. 24/04/2024 N° 23560/24 v. 24/04/2024