MERCOSUR/GMC/RES. N° 19/22
MODIFICACIÓN
DE LA NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL
EXTERNO COMÚN
VISTO: El Tratado de Asunción,
el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 07/94, 22/94, 31/04 y
08/22 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones N° 16/21, 01/22
y 09/22 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario ajustar la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su
correspondiente Arancel Externo Común, instrumentos esenciales de la
Unión Aduanera.
EL
GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar las modificaciones a la Nomenclatura Común del
MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, que constan como
Anexo y forman parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Las modificaciones a la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su
correspondiente Arancel Externo Común aprobadas por la presente
Resolución entrarán en vigor a partir del 01/1/2023, debiendo los
Estados Partes asegurar su incorporación a su respectivo ordenamiento
jurídico nacional previo a esa fecha.
Art. 3 - Derogar las Resoluciones GMC N° 01/22 y 09/22 a partir del
01/1/2023.
CXXIV
GMC - Montevideo, 28/IX/22.