ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
Disposición 18/2024
DI-2024-18-E-AFIP-SDGADF
Ciudad de Buenos Aires, 02/05/2024
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2024-00874310- -AFIP-DEIEPC#SDGADF, y
CONSIDERANDO:
Que por la Disposición N° 66 (SDG ADF) del 2 de noviembre de 2023, se
aprobaron las “POLÍTICAS DE INTEGRIDAD EN LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN
DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS”.
Que en el artículo 2° de dicha norma se estableció que las referidas
políticas deberán ser incluidas en los pliegos de bases y condiciones
particulares de cada proceso de contratación.
Que, por otra parte, mediante la Disposición N° 2 (SDG ADF) del 2 de
enero de 2023, entre otras medidas, se creó el Registro de Proveedores
de la AFIP como continuador del que fuera creado por la Disposición N°
231/2017 (AFIP), y se aprobó el procedimiento de inscripción y
actualización de datos en dicho registro para los interesados en
participar en los procedimientos de selección realizados en este
Organismo.
Que, en ese marco, resulta conveniente difundir las mencionadas
políticas de integridad a través del Portal de Compras AFIP
(https://www.afip.gob.ar/compras) o el que en el futuro lo reemplace,
para conocimiento de todos los interesados en participar en los
procesos de contratación de este Organismo.
Que asimismo, a efectos de propender a la utilización del Registro de
Proveedores de AFIP como una herramienta integral y de consulta
permanente y, a su vez, simplificar los pliegos de bases y condiciones
particulares, resulta conveniente que en los procesos de contratación
que tramiten por el Portal de Compras AFIP, el conocimiento y
aceptación de las “POLÍTICAS DE INTEGRIDAD EN LOS PROCESOS DE
CONTRATACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS” por
parte de los interesados en participar en los referidos procesos se
formalice mediante la presentación de una declaración jurada ante el
indicado Registro.
Que ha tomado la intervención de su competencia la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el artículo 98 del Anexo de la Disposición N° 247 (AFIP) del 28 de
noviembre de 2022.
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Modificar el artículo 2° de la Disposición N° 66/23 (SDG ADF), el cual quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTÍCULO 2º.- Establecer que las políticas aprobadas en el artículo
1°, serán difundidas a través de la página web
https://www.afip.gob.ar/compras, para conocimiento y aceptación por los
interesados al momento de su inscripción en el Portal de Compras AFIP.
En aquellos procedimientos que aun no tramiten por el Portal de Compras
AFIP, las políticas aprobadas en el artículo 1° deberán ser incluidas
como anexo en los pliegos de bases y condiciones particulares de cada
uno de ellos”.
ARTÍCULO 2°. – Incorporar como último párrafo del punto 6.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA LA INCORPORACIÓN AL REGISTRO DE
PROVEEDORES del Anexo IV PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN
DE DATOS EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES DE LA AFIP, aprobado por el
artículo 5° de la Disposición N° 2/23 (SDG ADF), el siguiente: “Todos
los tipos de sujetos establecidos en el presente punto deberán
presentar una declaración jurada de conocimiento y aceptación de las
POLÍTICAS DE INTEGRIDAD EN LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS”.
ARTÍCULO 3°. - Instruir a la Sección Registro de Proveedores de la AFIP
para que requiera la presentación de la declaración jurada indicada en
el artículo 2° precedente, a todos los proveedores que ya se
encontrasen incorporados en el citado registro a la fecha de entrada en
vigencia de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Esta norma entrará en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y en la Biblioteca
Electrónica, y archívese.
Juan Maria Conte
e. 06/05/2024 N° 26379/24 v. 06/05/2024