PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 284/2024
DA-2024-284-APN-JGM - Modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 08/05/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-43063461-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.701
de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2023, vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°
24.156 y sus modificatorias, en los términos del Decreto N° 88 del 26
de diciembre de 2023 y la Decisión Administrativa N° 5 del 11 de enero
de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que corresponde adecuar el presupuesto vigente de diversas
Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional, con el objeto
de afrontar gastos impostergables para su normal funcionamiento.
Que con el objeto de atender necesidades de funcionamiento de la
AUDITORÍA GENERAL DE LA NACIÓN, organismo actuante en el ámbito del
PODER LEGISLATIVO NACIONAL, corresponde incrementar su crédito vigente.
Que es necesario incrementar el presupuesto vigente de la PROCURACIÓN
GENERAL DE LA NACIÓN, organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO
PÚBLICO, con el fin de atender gastos en materia salarial vinculados a
la venta de servicios al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA
JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJP), ente del Sector Público Nacional
actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD.
Que es menester incorporar en el presupuesto de la SECRETARÍA GENERAL
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN los créditos provenientes de la entonces
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA con el fin de dar cumplimiento a lo
estipulado en el Decreto N° 111 del 1° de febrero de 2024.
Que se propicia adecuar el presupuesto de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto N° 195 del 23 de
febrero de 2024, con la incorporación de créditos desde la SECRETARÍA
DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA y del ex-MINISTERIO DE
INFRAESTRUCTURA.
Que es menester compensar créditos del presupuesto vigente del BANCO
NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG), organismo descentralizado actuante
en el ámbito de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con el fin de atender la adquisición
de insumos de laboratorio.
Que resulta necesario incrementar el presupuesto del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO para afrontar
gastos de funcionamiento, gastos fijos de las sedes en el exterior y
cancelar las obligaciones de la REPÚBLICA ARGENTINA en materia de
cuotas a Organismos Internacionales y Comisiones de Ríos.
Que corresponde incrementar los créditos vigentes de la PREFECTURA
NAVAL ARGENTINA, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, con el objeto de afrontar sus gastos de
funcionamiento y los gastos que demanda la prestación del servicio de
policía adicional.
Que el incremento citado en el considerando precedente se financia mediante la incorporación de recursos remanentes.
Que se debe reforzar el presupuesto de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES
Y PENSIONES DE LA POLICÍA FEDERAL, organismo descentralizado actuante
en el ámbito de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, para afrontar las compras de bienes de consumo
y el pago de servicios básicos y comisiones bancarias necesarios para
el normal funcionamiento del Organismo.
Que, además, es menester reforzar el crédito destinado a bienes de uso
con el fin de atender la Licitación Publica vinculada a la adquisición
de Equipamiento Informático del Organismo.
Que corresponde compensar créditos dentro de la jurisdicción del
MINISTERIO DE DEFENSA para hacer frente a sus gastos de funcionamiento
y atender a distintos operativos de seguridad y vigilancia.
Que se propicia incorporar mayores recursos provenientes de ingresos no
impositivos y venta de bienes y servicios en el presupuesto del ESTADO
MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, organismo desconcentrado actuante en el
ámbito del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS del MINISTERIO
DE DEFENSA, para financiar gastos de funcionamiento de la Fuerza.
Que resulta oportuno reforzar el presupuesto vigente del INSTITUTO
NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, organismo desconcentrado actuante en
el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con el fin de atender los
operativos censales que hacen a la función esencial del Instituto.
Que es necesario incrementar el presupuesto vigente de la COMISIÓN
NACIONAL DE VALORES, organismo descentralizado actuante en el ámbito
del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con el fin de atender gastos de
funcionamiento, equipamiento, transferencias al exterior y además la
insuficiencia en materia salarial.
Que tal aumento se financia con una mayor estimación en el cálculo de sus recursos propios.
Que, asimismo, es menester modificar el presupuesto de la
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado
actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, para atender
transferencias a organismos internacionales con destino al pago de
membresías anuales.
Que para atender el incremento mencionado precedentemente se reducen las aplicaciones financieras.
Que corresponde incrementar el presupuesto de la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), organismo descentralizado
actuante en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL de la
SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE
CAPITAL HUMANO, destinado a atender gastos del Programa 32 – Acciones
de Nutrición – Programa 1.000 Días.
Que es necesario adecuar los créditos presupuestarios incluidos en la
órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO con el
fin de atender gastos en comisiones bancarias en el exterior.
Que a los fines estrictamente presupuestarios, las modificaciones de
los créditos presupuestarios de las áreas involucradas en la
reorganización ministerial del PODER EJECUTIVO NACIONAL se realizan con
cargo a las denominaciones presupuestarias de origen.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus
modificatorias y por el artículo 9° de la Ley N° 27.701 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, vigente
en los términos del Decreto N° 88/23.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2024, de acuerdo con el detalle obrante en
las PLANILLAS ANEXAS (IF-2024-43632836-APN-SSP#MEC) al presente
artículo, que forman parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Nicolás Posse - Luis Andres Caputo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 09/05/2024 N° 27942/24 v. 09/05/2024
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)